Diapositivas de la Universidad Del País Vasco sobre Gestión de Residuos Urbanos e Industriales. El Pdf es un material esquemático que aborda la gestión de residuos, sus aspectos generales y las obligaciones de los gestores, útil para estudiantes universitarios de Educación ambiental.
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Máster en Ingeniería y Gestión Ambiental
eman ta zabal zazu
Universidad
del País Vasco
Euskal Herriko
Unibertsitatea
BILBOKO
INGENIARITZA
ESKOLA
ESCUELA
DE INGENIERÍA
DE BILBAO
GESTION DE RESIDUOS
URBANOS E INDUSTRIALES
Dr. Ing. Alexander López Urionabarrenechea
Dpto Ingeniería Química y del Medio Ambiente
Escuela de Ingeniería de Bilbao (UPV/EHU)Aspectos generalesla gestión de residuos comprende:
V PLANES DE GESTIÓN DE RESIDUOS
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓNY
MEDIO AMBIENTE
PLAN ESTATAL MARCO DE
GESTIÓN DE RESIDUOS
(PEMAR)
2016-2022
EDISCREEN
PLAN DE PREVENCIÓN Y
GESTIÓN DE RESIDUOS
DE EUSKADI 2030
Borrador 5- Mayo 2021
Transformando
los RESiduos
en Recursos
(T-RES-en-R)
EUSKO JAURLARITZA
GOBIERNO VASCO
EKONOMIAREN GARAPEN,
JASANGARRITASUN
ETA INGURUMEN SAILA
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO
ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD
Y MEDIO AMBIENTE
GOBIERNO
de
CANTABRIA
Liébana
Cantabria
2017
Año I jubilar
CONSELLERÍA CE UNDAISEADES E NVESTIGACIÓN
MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA SOCIAL
PLAN DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CANTABRIA
2017 - 2023
REVISIÓN Y ADAPTACIÓN DE LOS PLANES AUTONÓMICOS DE GESTIÓN Y
PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Consultar aquí todos los planes y programasPRODUCTOR
Persona física o jurídica cuya actividad produzca residuos.
POSEEDOR
El productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de residuos.
VS
GESTOR
Persona física o jurídica, pública o privada, registrada mediante autorización o
comunicación que realice cualquiera de las operaciones de la gestión de residuos, sea o no
el productor de residuos.
AGENTE
Persona física o jurídica que organice la valorización o la eliminación de residuos por
encargo de terceros, incluso sin tomar posesión física de los residuos.
NEGOCIANTE
Persona física o jurídica, que actúe por cuenta propia en la compra y posterior venta de
residuos, incluso sin tomar posesión física de los residuos.El esquema de la gestión de residuos:
Generación
Envasado y
etiquetado
EPONGE
Almacenamiento
Entrega
L
RESPONSABLE:
EL PRODUCTOR
RESPONSABLE:
EL GESTOR
Transporte
RESPONSABLE:
EL NEGOCIANTE
RESPONSABLE:
EL AGENTE
Almacenamiento
RESPONSABLE:
EL GESTOR
TratamientoPRODUCTOR DE RESIDUOS
OBLIGACIONES GENERALES
Todo productor (o poseedor) de
residuos está obligado a asegurar el
tratamiento adecuado de sus residuos
V Realizar el tratamiento de los residuos por sí mismo (debe tener la autorización para ello).
V
Encargar el tratamiento a un agente/negociante o a un gestor de residuos.
Entregar los residuos a una entidad pública o privada de traslado de residuos para su tratamiento.
Si se envían a tratamiento intermedio (R12/R13/D08/D09/D13/D14/D15) o
a un negociante el productor debe acreditar documentalmente el
tratamiento completo
Obligaciones de clasificación, almacenamiento, envasado, etiquetado
Identificar los residuos (código LER o convenio MARPOL) + determinar características de peligrosidad
Facilitar información sobre los residuos a gestores y administración
Disponer de zona habilitada e identificada para el almacenamiento en condiciones de seguridad e higiene:
Tiempos máximos de almacenamiento (con fecha de inicio en el archivo cronológico):
A la Comunidad Autónoma
v Si > 10 t/año RP o > 1000 t/año RNP
COMUNICACIÓN INICIO DE ACTIVIDAD
+ seguro o garantía financiera
Residuos producidos según LER
Cantidad estimada a producir al año
Condiciones de almacenamiento
Operaciones de tratamiento previstas
v Si > 10 t/año RP
PLAN DE MINIMIZACIÓN
A presentar cada 4 años
v Si envío de residuos a vertedero
INFORME DE CARACTERIZACIÓN BÁSICA
v Si producción de RP o > 10 t/año de RNP
ARCHIVO CRONOLÓGICO
Archivo electrónico donde se recogen, por orden cronológico:
GESTOR DE RESIDUOS
OBLIGACIONES GENERALES
Obligaciones de clasificación, almacenamiento, envasado, etiquetado
Disponer de zona habilitada e identificada para el almacenamiento en condiciones de seguridad e higiene:
Tiempos máximos de almacenamiento (con fecha de inicio en el archivo cronológico):
OBLIGACIONES CONCRETAS DE INFORMACIÓN
A la Comunidad Autónoma
Instalaciones de almacenamiento
v Instalaciones de tratamiento
v Personas físicas o jurídicas que realicen operaciones de recogida
AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDAD
Identificación (NIF y NIMA)
Ubicación de las instalaciones
Tipos y cantidades de residuos (códigos LER) + características de
peligrosidad (HP)
Operaciones de tratamiento autorizadas (códigos R y D)
Capacidad máxima de tratamiento
Tipos y cantidades de residuos (códigos LER) autorizadas para
producir como consecuencia de la actividad
Disposiciones relativas al cierre y mantenimiento
Fecha de autorización y plazo de vigencia
Fianzas, seguros, garantías financieras
ARCHIVO CRONOLÓGICO
La cantidad y destino de productos, materiales o
sustancias, y residuos resultantes de la preparación
para la reutilización, del reciclado, de otras operaciones
de valorización y de operaciones de eliminación.v Entidades / empresas que transporten residuos (transportistas)
v Negociantes y agentes
v Gestores de plantas móviles de tratamiento
COMUNICACIÓN PREVIA
TRANSPORTISTAS
Identificación (NIF y CNAE)
Autorización en materia de transporte de mercancías
Residuos a transportar (códigos LER)
Cualquier otro dato necesario para la presentación electrónica
AGENTES
Identificación (NIF)
Descripción de actividades a realizar
Identificación de los residuos (LER)
NEGOCIANTES
Identificación (NIF)
Descripción de actividades a realizar
Identificación de los residuos (LER)
Acreditación documental del valor positivo de los residuos
Indicación de la instalación de almacenamiento, en su caso
ARCHIVO CRONOLÓGICO
La cantidad y destino de productos, materiales o
sustancias, y residuos resultantes de la preparación
para la reutilización, del reciclado, de otras operaciones
de valorización y de operaciones de eliminación.v Las personas físicas o jurídicas que presten servicios de recogida
v Instalaciones de tratamiento de residuos
v Entidades y empresas que transporten residuos peligrosos
v Negociantes / agentes de residuos peligrosos
MEMORIA ANUAL
Resumen del archivo cronológico, a entregar antes del 01/03
Identificación de la empresa (NIMA):
Operación de tratamiento:
Año de referencia:
Entradas a la operación:
Salidas de la operación:
Destino (5)
Residuo (1)
Cantidad (2)
Origen (4)
Residuos del tratamiento / materiales (1)
Cantidad (2)
Operación (3)
Empresa
Residuos almacenados a 31 de diciembre:
Residuos (1)
Cantidad (2)
(1) Los residuos se identificarán de conformidad con el artículo 6. En el concepto material, se indicará el
residuo tratado que ha alcanzado el fin de la condición de residuo.
(2) Las cantidades se expresarán en toneladas.
(3) Las operaciones de tratamiento se identificarán mediante la codificación establecida en los anexos II
y III de esta ley.
(4) Identificación de la empresa o entidad de donde provienen los residuos, incluyendo el NIMA cuando
esten inscritos en el Registro de producción y gestión de residuos; o en su caso, indicando como origen
«particulares».
(5) Indicación del destino de los residuos del tratamiento o de los materiales, incluyendo la operación a la
que se destinan, e identificando el NIMA de la instalación de tratamiento en la que se tratan los residuos. En el
caso de los residuos que han alcanzado el fin de la condición de residuos se indicará la empresa destinataria,
de acuerdo a la declaración de conformidad exigida en la correspondiente orden ministerial.Otras obligaciones en función del tipo de gestor:
Tipo de gestor
Obligaciones
Acopiar, clasificar y almacenar inicialmente en una instalación autorizada los residuos en las
condiciones adecuadas conforme a lo previsto en su autorización y disponer de acreditación
documental de dichas operaciones.
Entidades / empresas que hacen
actividades de recogida de residuos
Envasar y etiquetar los residuos conforme a la normativa vigente para su posterior transporte, cuando
el productor inicial o poseedor no tenga tales obligaciones.
Entregar los residuos para su tratamiento a entidades o empresas autorizadas, y disponer de una
acreditación documental de esta entrega, debiendo dar traslado de la misma al productor inicial u otro
poseedor de los residuos.
Entidades / empresas que transporten
residuos (TRANSPORTISTAS)
Transportar, por encargo del operador del traslado, los residuos desde el productor inicial u otro
poseedor hasta la planta de tratamiento, cumpliendo las prescripciones de las normas de transportes,
las restantes normas aplicables y las previsiones contractuales y disponer de una acreditación
documental de la entrega.
Mantener los residuos separados e identificados durante su transporte y, en el caso de los residuos
peligrosos, envasados y etiquetados con arreglo a la normativa vigente.
Efectuar las comprobaciones oportunas para proceder a la recepción y en su caso aceptación según lo
convenido en el contrato de tratamiento.
Entidades / empresas que realicen una
actividad de tratamiento de residuos
Llevar a cabo el tratamiento de los residuos entregados conforme a lo previsto en su autorización y
acreditarlo documentalmente; en el caso de las instalaciones sujetas a autorización ambiental
integrada, conforme a las mejores técnicas disponibles.
Gestionar adecuadamente los residuos que produzcan como consecuencia de su actividad.
Deberán cumplir con lo declarado en su comunicación de actividades y con las cláusulas y condiciones
asumidas contractualmente.
Negociantes / agentes
Los negociantes desarrollarán su actividad con residuos peligrosos y no peligrosos que tengan valor
positivo y deberán acreditar documentalmente esta condición en la correspondiente comunicación.
Los negociantes estarán obligados a asegurar que se lleve a cabo una operación completa y adecuada
de tratamiento de los residuos que adquieran y a acreditarlo documentalmente al productor inicial u
otro poseedor de dichos residuos por medio del documento de identificación del traslado.