Inicios del Liberalismo en España, Cortes de Cádiz y Constitución de 1812

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Historia de España- 2º Bachillerato
Tema 6
Tema 6: Inicios del Liberalismo en España.
Cortes de Cádiz y Constitución de 1812.
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I. Inicios del Liberalismo en España.
1.1. El Gobierno de Jose Bonaparte y los
afrancesados.
1.2. Junta Suprema Central.
II.Los inicios de la revolución liberal en España.
2.1. Configuración de las Cortes de Cádiz.
2.2. Legisladores gaditanos.
2.3. Desarrollo de las Cortes de Cádiz.
III. Análisis y valoración de la Constitución de
1812.
3.1. Características de la Constitución de 1812.
3.2. Valoración de la Constitución de 1812.
Historia de España- 2º Bachillerato
Tema 6
I. Inicios de la Revolución liberal en España
1.1. El gobierno de José Bonaparte y los afrancesados.
La invasión y la guerra plantea en el país la aparición de dos poderes: por un lado, el gobierno de
José Bonaparte (José I), basado en la cesión de los derechos del trono de España que Carlos IV,
Fernando VII y el resto de la familia real hizo a Bonaparte en Bayona; y por otro el de la Junta
Suprema Central (Doc. 3).
La organización del gobierno de José I inicia su andadura mediatizado por Napoleón. Su
instauración se plantea sobre unas bases que el propio emperador protagonizará: la promulgación de
una Constitución semejante a las del Imperio y una serie de reformas que entroncan con el
programa ilustrado, con el fin de atraerse a los reformistas españoles.
El Estatuto de Bayona (Doc. 4) promulgado el 6 de junio de 1808 por José I, es un texto surgido
de los cuatro proyectos que el propio Napoleón elaboró, por lo que habría que calificarla de «carta
otorgada» ya que los diputados españoles convocados a Bayona sólo pudieron exponer sugerencias,
sin llegar a discutir los proyectos.
El texto resultante de las sesiones celebradas en Bayona tenía la misma condición autoritaria de las
constituciones imperiales. Así, la estructura del sistema político descansaba en tres órganos: el
Senado, el Consejo de Estado (ambos de designación real) y las Cortes. El Senado tenía la facultad
de suspender la Constitución y proteger la libertad personal y de imprenta; y el Consejo de Estado
intervenía en el proceso legislativo cuya iniciativa correspondía al Gobierno.
A pesar del signo autoritario de esta «carta otorgada», su aplicación completa, prevista hacia 1813,
hubiese supuesto por primera vez en España una transformación socio-política y administrativa ya
que tiene contenidos de carácter liberal. A lo largo de su articulado se disponía el reconocimiento
de derechos fundamentales como la libertad de imprenta, inviolabilidad del domicilio, supresión
de privilegios; prevé la elaboración de códigos civiles y criminales, la reforma de la hacienda y la
abolición de las aduanas interiores, se declaraba la libertad de industria y comercio suprimiendo los
privilegios comerciales.
El programa reformista de José I se completó cuando Napoleón, una vez más sin consultarle,
decretó, en diciembre de 1808, la abolición de la Inquisición, además de la reducción y supresión
del número de conventos.
El fracaso del gobierno de José I se debió en gran parte a que la mayoría del país rechazó el
Gobierno «intruso» (Doc. 5), aunque un buen número de españoles, bien por convicción o bien por
interés, colaboraron con él. Los afrancesados (Doc. 6) convencidos, algunos de ellos destacados
hombres de la ilustración Llorente, Azanza, Cevallos, aceptaron el cambio dinástico. Estaban
persuadidos de que la resistencia contra Napoleón era inútil y que los últimos borbones Carlos IV y
Fernando VII habían demostrado su ineptitud para continuar el programa reformista emprendido en
la época de Carlos III. El nuevo gobierno de José I les parecía el compromiso más adecuado para
aplicar las reformas que el país necesitaba, dentro de la concepción clásica del despotismo ilustrado
y del respeto a la ley y a la idea de “reforma sin revolución”.
Junto a los afrancesados adictos a la causa de José I, hubo otro grupo más amplio que se ha
denominado los «aprovechados» y «emboscados». Unos, los funcionarios, se vieron obligados a
jurar la nueva dinastía para preservar sus empleos; y otros se adhirieron para obtener provecho de la
guerra.
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Inicios del Liberalismo en España

El Gobierno de Jose Bonaparte y los afrancesados

Historia de España- 2º Bachillerato Tema 6 UM I. Inicios de la Revolución liberal en España 1.1. El gobierno de José Bonaparte y los afrancesados. La invasión y la guerra plantea en el país la aparición de dos poderes: por un lado, el gobierno de José Bonaparte (José I), basado en la cesión de los derechos del trono de España que Carlos IV, Fernando VII y el resto de la familia real hizo a Bonaparte en Bayona; y por otro el de la Junta Suprema Central (Doc. 3).

La organización del gobierno de José I inicia su andadura mediatizado por Napoleón. Su instauración se plantea sobre unas bases que el propio emperador protagonizará: la promulgación de una Constitución semejante a las del Imperio y una serie de reformas que entroncan con el programa ilustrado, con el fin de atraerse a los reformistas españoles.

El Estatuto de Bayona (Doc. 4) promulgado el 6 de junio de 1808 por José I, es un texto surgido de los cuatro proyectos que el propio Napoleón elaboró, por lo que habría que calificarla de «carta otorgada» ya que los diputados españoles convocados a Bayona sólo pudieron exponer sugerencias, sin llegar a discutir los proyectos.

El texto resultante de las sesiones celebradas en Bayona tenía la misma condición autoritaria de las constituciones imperiales. Así, la estructura del sistema político descansaba en tres órganos: el Senado, el Consejo de Estado (ambos de designación real) y las Cortes. El Senado tenía la facultad de suspender la Constitución y proteger la libertad personal y de imprenta; y el Consejo de Estado intervenía en el proceso legislativo cuya iniciativa correspondía al Gobierno.

A pesar del signo autoritario de esta «carta otorgada», su aplicación completa, prevista hacia 1813, hubiese supuesto por primera vez en España una transformación socio-política y administrativa ya que tiene contenidos de carácter liberal. A lo largo de su articulado se disponía el reconocimiento de derechos fundamentales como la libertad de imprenta, inviolabilidad del domicilio, supresión de privilegios; prevé la elaboración de códigos civiles y criminales, la reforma de la hacienda y la abolición de las aduanas interiores, se declaraba la libertad de industria y comercio suprimiendo los privilegios comerciales.

El programa reformista de José I se completó cuando Napoleón, una vez más sin consultarle, decretó, en diciembre de 1808, la abolición de la Inquisición, además de la reducción y supresión del número de conventos.

El fracaso del gobierno de José I se debió en gran parte a que la mayoría del país rechazó el Gobierno «intruso» (Doc. 5), aunque un buen número de españoles, bien por convicción o bien por interés, colaboraron con él. Los afrancesados (Doc. 6) convencidos, algunos de ellos destacados hombres de la ilustración Llorente, Azanza, Cevallos, aceptaron el cambio dinástico. Estaban persuadidos de que la resistencia contra Napoleón era inútil y que los últimos borbones Carlos IV y Fernando VII habían demostrado su ineptitud para continuar el programa reformista emprendido en la época de Carlos III. El nuevo gobierno de José I les parecía el compromiso más adecuado para aplicar las reformas que el país necesitaba, dentro de la concepción clásica del despotismo ilustrado y del respeto a la ley y a la idea de "reforma sin revolución".

Junto a los afrancesados adictos a la causa de José I, hubo otro grupo más amplio que se ha denominado los «aprovechados» y «emboscados». Unos, los funcionarios, se vieron obligados a jurar la nueva dinastía para preservar sus empleos; y otros se adhirieron para obtener provecho de la guerra.

Historia de España- 2º Bachillerato Tema 6 La opinión pública siempre consideró a ambos colaboracionistas y traidores, marcando una profunda huella en la historia inmediatamente posterior. Frente a la versión historiográfica tradicional que calificó a los afrancesados de traidores, en la actualidad se insiste en las razones que explican su postura e incluso su sincero deseo de reforma, mientras que otros historiadores los llegan a equiparar a los liberales gaditanos.

El gobierno de los afrancesados, que nunca pasó del intento de mantener una mínima administración e impedir el fraccionamiento del país, fracasó en la aplicación del programa de reformas. Al final de la guerra, muchos afrancesados fueron perseguidos y marginados por lo que unas 12.000 familias afrancesadas terminarán por exiliarse.

El gobierno de la Junta Suprema Central

1.2. El gobierno de la Junta Suprema Central.

La Junta Suprema Central y Gubernativa del Reino, formada en septiembre de 1808 en Aranjuez, fue un órgano que ejerció los poderes ejecutivo y legislativo españoles durante la ocupación napoleónica de España. Se componía de representantes de las juntas que se habían formado en las provincias españolas. Se formó en Aranjuez y se convirtió en el gobierno de la resistencia. A pesar de su carácter revolucionario, estuvieron formadas por miembros de las clases dirigentes ( nobles, clérigos, generales o burgueses ilustrados), los que el pueblo estaba acostumbrado a obedecer.

Poco a poco fue aumentando la influencia de los sectores más reformistas. Por eso, además de dirigir la guerra, la Junta asumió la tarea de modernizar las instituciones del Antiguo Régimen. Quienes propugnaron los cambios eran los liberales. El Liberalismo había penetrado en España, procedente de Francia, a partir del estallido de la revolución, a pesar de la censura oficial. Fue minoritario, pero la guerra le brindó la oportunidad de poder propagarlo.

Se trasladó a Sevilla en diciembre de 1808 y a la Real Isla de León (San Fernando, Cádiz) en enero de 1810.

Posteriormente las Cortes de Cádiz, que no aceptan la renuncia de los Borbones, asumen la soberanía nacional y dirigen el levantamiento antifrancés.

Ambos centros de poder intentan llevar a cabo unas profundas reformas político-administrativas muy limitadas por el conflicto bélico.

Los inicios de la revolución liberal en España

Configuración de las Cortes de Cádiz

2.1. - Configuración de las Cortes de Cádiz La invasión de España por las tropas francesas planteó una grave crisis política. Ya hemos visto cómo la negativa de la mayoría de la población a acatar la soberanía francesa, aceptada por la monarquía española en Bayona, y la pasividad del gobierno provisional ante el invasor, provocaron la formación de las Juntas. Estas eran organismos creados con la voluntad de expulsar al ejército francés y restituir en el trono a Fernando VII. Los miembros de cada Junta eran elegidos por votación, por lo que por primera vez el pueblo asumía la soberanía y escogía a sus gobernantes.

A pesar de esta apariencia de cambio, en realidad, las Juntas eran controladas por las clases privilegiadas, ya que éstas no podían permitir que el pueblo aprovechara la confusión y pidiera reparto de tierras y reformas sociales, pues se temía una revolución similar a la de 1789 en Francia.

Historia de España- 2° Bachillerato Tema 6 UM UM7 Las Juntas no se formaron con la voluntad de llevar a cabo una revolución política y social, sino que fueron el fruto de una situación de guerra. Inicialmente, las Juntas actuaban independientemente en su ámbito territorial, pero pronto se constituyó una Junta Suprema Central, formada por delegados de las Juntas Provinciales. Éstos eligieron presidente a Floridablanca, que había sido ministro con los monarcas Carlos III y Carlos IV. Así pues, las Juntas se habían constituido en gobierno soberano. Asumían por tanto el poder que les delegaba el pueblo mientras estaba ausente el monarca.

En mayo de 1809 se inició el proceso que culminaría en la reunión de Cortes, dejando a éstas la tarea de transformar el Estado y la sociedad del Antiguo Régimen.

Previa a la convocatoria, y a sugerencia de Jovellanos y Quintana, se realizó una amplia consulta al país y a las autoridades sobre las medidas que las Cortes debían adoptar. Las respuestas mostraban el interés de la opinión pública por las cuestiones políticas de orden práctico: limitación del poder absoluto del rey, rechazo de los estamentos y del régimen de privilegios, división de poderes, derechos individuales y reformas sociales concretas.

Sin embargo, la Junta Suprema Central no pudo sobreponerse a las derrotas militares en la guerra y a la Bachilleres 1 presión de los absolutistas, por lo que fue reemplazada por un Consejo de Regencia, encabezada por el obispo de Médicos 1 Orense. Este Consejo, con recelos y dificultades, terminó 10 20 40 de organizar las Cortes, que se convocaron en Cádiz, Composición de las Cortes de Cádiz única ciudad no conquistada por los franceses.

Los legisladores gaditanos

Eclesiásticos 80 Abogados 56 Funcionarios 48 Militares 30 Sin profesión determinada; 20 Catedráticos de Universidad 16 Nobles 14 Marinos 8 Comerciantes 6 Escritores 2 Arquitectos 1 60 80 100 Historia de España- 2º Bachillerato Tema 6 410₺ Antes de inaugurarse las Cortes en septiembre de 1810, se delinearon dos posturas: por un lado, los jovellanistas, bajo el influjo británico, que pretendían mantener la continuidad histórico-constitucional española, constituyendo dos cámaras, una de las cuales representaría a los estamentos privilegiados. Por otro lado, estarán los revolucionarios, más tarde llamados liberales, que son partidarios de una cámara única que asuma la soberanía nacional y lleve a cabo la tarea de construir un nuevo estado mediante una Constitución escrita que recoja la tradición histórica y las novedades revolucionarias aportadas por la Revolución Francesa.

La guerra iba a favorecer al grupo de los diputados liberales, pues, muchas provincias estaban ocupadas y no pudieron designar y enviar a sus representantes. Solo las regiones periféricas, donde existía una importante burguesía comercial abierta a las ideas modernas, lograron trasladar por mar a sus representantes. En definitiva, la composición de las Cortes de Cádiz hubo de completarse en la propia ciudad, sede fundamental del liberalismo hispano. Estas circunstancias determinaron que la composición de las Cortes fuese mayoritariamente de miembros de las denominadas "clases medias" (funcionarios, abogados, comerciantes y profesionales), un centenar de eclesiásticos y cincuenta miembros de la aristocracia, según se muestran en el gráfico, y favoreció la concentración de diputados liberales en las Cortes, aunque no existiera en realidad una gran implantación del liberalismo en España.

Desarrollo de las Cortes de Cádiz

2.3. - Desarrollo de las Cortes de Cádiz Los liberales conseguirán dos grandes logros antes de comenzar: -Que las cortes no se convoquen por estamentos, al estilo del Antiguo Régimen, sino como asamblea, dando el voto por cabeza. -Las Cortes se autoconstituyeron en Asamblea Nacional Constituyente, asumiendo la soberanía nacional.

Las Cortes de Cádiz serán así, algo más parecido a la Asamblea Nacional francesa que a las Cortes tradicionales de Castilla. Querían proclamar la primera constitución que garantizase las libertades de los ciudadanos, que controlara el poder real, que acabara con las instituciones del Antiguo Régimen y que abriera para España un futuro de libertad y progreso. Al mismo tiempo proclamaron rey a Fernando VII, al ser el legítimo heredero.

En la sesión inaugural de Cortes el día 24 de septiembre de 1810 (Doc. 7) tuvo lugar el discurso de apertura de Muñoz Torrero anunciando el objetivo primordial de la Cámara: construir un nuevo régimen político basado en los principios de soberanía nacional, división de poderes y la inviolabilidad de los diputados. Él mismo propuso el primer decreto de constitución de las Cortes generales y extraordinarias en el que se promulgaba que sólo en ellas residía la soberanía nacional. Esta cuestión pronto dividiría a los diputados en absolutistas o «serviles», para quienes la soberanía descansa únicamente en el rey, y los liberales para quienes la nación está por encima del monarca.

Las Cortes de Cádiz, en un plazo de tres años, cambiaron el rostro de España, transformando sus estructuras sociales, económicas y políticas. Para ello llevaron a cabo una obra revolucionaria, que presentó dos dimensiones distintas pero complementarias: por una parte, procedieron a la liquidación de los fundamentos del Antiguo Régimen; por otra, diseñaron un nuevo Estado, reflejado en la Constitución de 1812.

Entre las medidas que se tomaron para acabar con el Antiguo Régimen habría que mencionar las siguientes:

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