La Unión Europea: competencias, instituciones y órganos por Molina Oposiciones

Documento de Molina Oposiciones sobre la Unión Europea, sus competencias e instituciones. El Pdf detalla la organización y funcionamiento de la UE, incluyendo el Parlamento Europeo, sus funciones y antecedentes históricos, óptimo para oposiciones de Derecho.

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TEMA 5. LA UNIÓN EUROPEA. COMPETENCIAS DE LA UNIÓN
EUROPEA. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA: EL
PARLAMENTO EUROPEO, EL CONSEJO EUROPEO, EL CONSEJO DE
MINISTROS DE LA UNIÓN EUROPEA, LA COMISIÓN EUROPEA, EL
TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA. EL TRIBUNAL DE
CUENTAS.
I. LA UNIÓN EUROPEA.
a. ANTECECENTES.
La Unión Europea es una comunidad supranacional de 27 Estados europeos que fue
establecida en 1993, cuando entró en vigor el Tratado de la Unión Europea (TUE),
firmado el 7 de febrero de 1992, siendo la sucesora de facto de las Comunidades
Europeas, creadas en los años 50 del siglo XX.
b. Tratados fundacionales de la U.E.
La Unión Europea se basa en el Estado de Derecho. Esto significa que todas sus
actividades se derivan de los tratados, acordados voluntaria y democráticamente por
todos los Estados miembros. Los tratados se han modificado y puesto al día para
adaptarse a la evolución de la sociedad.
Los tratados fundacionales se han modificado varias veces, en especial con motivo del
ingreso de nuevos Estados miembros en 1973 (Dinamarca, Irlanda y Reino Unido),
1981 (Grecia), 1986 (España y Portugal), 1995 (Austria, Finlandia y Suecia), 2004
(Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y
República Checa), 2007 (Bulgaria y Rumanía) y Croacia (2013).
España se incorpora con la firma del Tratado de Adhesión en Madrid el 12 de junio de
1985, integrándose en la Comunidad Económica Europea de forma efectiva el 1 de
enero de 1986.
El 23 de junio de 2016, los ciudadanos británicos votaron a favor de la retirada del
Reino Unido de la Unión Europea por un margen del 51,9%. El 29 de marzo de 2017, el
Reino Unido invocó el Artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, notificando así su
intención de retirarse y abriendo el período de dos años en el que debía negociarse un
Acuerdo sobre los términos de esta retirada. El 1 de febrero de 2020 entró en
vigor el Acuerdo de Retirada y, tras meses de negociaciones entre la UE y el Reino
Unido, el 24 de diciembre de 2020 las partes alcanzaron un compromiso sobre un
Acuerdo de Comercio y Cooperación, un Acuerdo sobre Seguridad de la Información y
un Acuerdo relativo a Cooperación sobre Usos Pacíficos de la Energía Nuclear entre la
Unión Europea y Reino Unido, que entraron en vigor el 1 de enero de 2021, fecha en
la que, definitivamente, el Reino Unido dejó de disfrutar de los derechos y obligaciones
como Estado Miembro de la Unión Europea.
De esta forma, la UE queda configurada por 27 países:
ALEMANIA
AUSTRIA
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BÉLGICA
BULGARIA
CHIPRE
CROACIA
DINAMARCA
ESLOVENIA
ESPAÑA
ESTONIA
FINLANDIA
FRANCIA
GRECIA
HUNGRÍA
IRLANDA
ITALIA
LETONIA
LITUANIA
LUXEMBURGO
MALTA
PAÍSES BAJOS
POLONIA
PORTUGAL
REPÚBLICA CHECA
REPÚBLICA ESLOVACA
RUMANÍA
SUECIA
Basándose en los Tratados, las instituciones de la UE pueden adoptar legislación que
luego es aplicada por los Estados miembros.
Los Tratados anteriores son:
1. Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del
Acero
El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA),
firmado el 18 de abril de 1951 en París, entró en vigor el 23 de julio de 1952 y expiró el
23 de julio de 2002.
2. Tratado de Roma
El Tratado de Roma, constitutivo de la Comunidad Económica Europea (CEE),
Firma : 25 de marzo de 1957
Entrada en vigor : 1 de enero de 1958

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La Unión Europea

Antecedentes de la Unión Europea

La Unión Europea es una comunidad supranacional de 27 Estados europeos que fue establecida en 1993, cuando entró en vigor el Tratado de la Unión Europea (TUE), firmado el 7 de febrero de 1992, siendo la sucesora de facto de las Comunidades Europeas, creadas en los años 50 del siglo XX.

Tratados fundacionales de la Unión Europea

La Unión Europea se basa en el Estado de Derecho. Esto significa que todas sus actividades se derivan de los tratados, acordados voluntaria y democráticamente por todos los Estados miembros. Los tratados se han modificado y puesto al día para adaptarse a la evolución de la sociedad.

Los tratados fundacionales se han modificado varias veces, en especial con motivo del ingreso de nuevos Estados miembros en 1973 (Dinamarca, Irlanda y Reino Unido), 1981 (Grecia), 1986 (España y Portugal), 1995 (Austria, Finlandia y Suecia), 2004 (Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y República Checa), 2007 (Bulgaria y Rumanía) y Croacia (2013).

España se incorpora con la firma del Tratado de Adhesión en Madrid el 12 de junio de 1985, integrándose en la Comunidad Económica Europea de forma efectiva el 1 de enero de 1986.

El 23 de junio de 2016, los ciudadanos británicos votaron a favor de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea por un margen del 51,9%. El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido invocó el Artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, notificando así su intención de retirarse y abriendo el período de dos años en el que debía negociarse un Acuerdo sobre los términos de esta retirada. El 1 de febrero de 2020 entró en vigor el Acuerdo de Retirada y, tras meses de negociaciones entre la UE y el Reino Unido, el 24 de diciembre de 2020 las partes alcanzaron un compromiso sobre un Acuerdo de Comercio y Cooperación, un Acuerdo sobre Seguridad de la Información y un Acuerdo relativo a Cooperación sobre Usos Pacíficos de la Energía Nuclear entre la Unión Europea y Reino Unido, que entraron en vigor el 1 de enero de 2021, fecha en la que, definitivamente, el Reino Unido dejó de disfrutar de los derechos y obligaciones como Estado Miembro de la Unión Europea.

De esta forma, la UE queda configurada por 27 países: ➢ ALEMANIA ➢ AUSTRIA www.molinaoposiciones.com molinaoposiciones@gmail.com C/ Porto Colón, 6, Alcorcón Teléfono 620.477.092 Página 1AUXILIO JUDICIAL TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA MOLINA OPOSICIONES ➢ BÉLGICA > BULGARIA ➢ CHIPRE > CROACIA > DINAMARCA > ESLOVENIA ➢ ESPAÑA > ESTONIA > FINLANDIA ➢ FRANCIA > GRECIA > HUNGRÍA › IRLANDA ➢ ITALIA > LETONIA > LITUANIA ➢ LUXEMBURGO ➢ MALTA › PAÍSES BAJOS > POLONIA > PORTUGAL › REPÚBLICA CHECA › REPÚBLICA ESLOVACA > RUMANÍA > SUECIA

Basándose en los Tratados, las instituciones de la UE pueden adoptar legislación que luego es aplicada por los Estados miembros.

Los Tratados anteriores son:

  1. Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), firmado el 18 de abril de 1951 en París, entró en vigor el 23 de julio de 1952 y expiró el 23 de julio de 2002.
  2. Tratado de Roma El Tratado de Roma, constitutivo de la Comunidad Económica Europea (CEE), Firma : 25 de marzo de 1957 Entrada en vigor : 1 de enero de 1958 www.molinaoposiciones.com molinaoposiciones@gmail.com C/ Porto Colón, 6, Alcorcón Teléfono 620.477.092 Página 2AUXILIO JUDICIAL TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA MOLINA OPOSICIONES Su firma coincidió con la del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom), por lo que ambos son conocidos conjuntamente como los "Tratados de Roma".

Tratados de Modificación

El Acta Única Europea

El Acta Única Europea, supone la primera modificación de gran alcance del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (CEE).

Firma : 17 de febrero de 1986 (Luxemburgo) / 28 de febrero de 1986 (La Haya) Entrada en vigor : 1 de julio de 1987

Tuvo por misión redinamizar la construcción europea, fijando la consolidación del mercado interior en 1993 y permitiendo la libre circulación igualmente de capitales y servicios. Por este Tratado, las competencias comunitarias son ampliadas a los dominios de la investigación y el desarrollo tecnológico, medioambiente y política social. El Acta Única consagra también la existencia del Consejo Europeo, que reúne a los Jefes de Estado y de Gobierno e impulsa una iniciativa común en materia de política exterior (la Cooperación Política Europea) así como una cooperación en materia de seguridad.

El Tratado de Maastricht

El Tratado de la Unión Europea (TUE), también conocido como Tratado de Maastricht,

Firma : 7 de febrero de 1992 Entrada en vigor : 1 de noviembre de 1993

Bajo este acuerdo, la Unión Europea continúa el mercado común y la CEE, transformada en Comunidad Europea, y marca una nueva etapa en el proceso de unión. El Tratado crea la ciudadanía europea y permite circular y residir libremente en los países de la Unión, así como el derecho de votar y ser elegido en un Estado de residencia para las elecciones europeas o municipales. Se decide la creación de una moneda única europea, el euro, que entraría en circulación en 2002 bajo control del Banco Central Europeo. El Tratado se compone de tres pilares:

  • Un pilar comunitario, que modifica los Tratados de Roma y de París y el Acta Única, e incorpora la nueva Unión Económica y Monetaria.
  • Un segundo pilar, referido a la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) incluyendo la Defensa, que sustituye en adelante a la cooperación política reforzándola y ampliándola.
  • Por último, un tercer pilar recoge el hasta entonces campo de la cooperación intergubernamental en los ámbitos de Justicia e Interior, y es el corolario ineludible de la total libertad de circulación de personas en la Comunidad. www.molinaoposiciones.com molinaoposiciones@gmail.com C/ Porto Colón, 6, Alcorcón Teléfono 620.477.092 Página 3AUXILIO JUDICIAL TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA MOLINA OPOSICIONES

El Tratado de Amsterdam

Firma : 2 de octubre de 1997 Entrada en vigor : 1 de mayo de 1999

Por este tratado se reafirman los principios de libertad, democracia y respeto a los derechos humanos, incluyendo explícitamente el principio de desarrollo continuado. Este Tratado supuso un avance en varios planos:

  • En relación con el Parlamento: se simplifican los procedimientos en los que participa, disminuyendo el uso del procedimiento de cooperación y estableciendo un mecanismo de cierre del procedimiento de codecisión que lo coloca al mismo nivel que el Consejo; se le faculta a establecer un estatuto del parlamentario europeo, así como propuestas para la elección directa de los parlamentarios según principios comunes a todos los Estados miembros; igualmente, el candidato para Presidente de la Comisión habrá de ser aprobado por el Parlamento.
  • El Tribunal de Justicia también verá reforzadas sus competencias con la atribución de funciones en relación con la protección de los derechos humanos y el asilo, la inmigración, la libre circulación de las personas y la cooperación judicial en materia civil, así como en materia de cooperación policial y judicial en materia penal.
  • También se refuerza el papel y las facultades del Tribunal de Cuentas para luchar más eficazmente contra el fraude que afecte a los intereses del presupuesto comunitario. El Tribunal debe denunciar al Parlamento Europeo y al Consejo toda irregularidad en los ingresos y gastos comunitarios.

El Tratado de Niza

El Tratado de Niza, acordado en el plano político en el Consejo Europeo de Niza el 11 de diciembre de 2000 por los Jefes de Estado o de Gobierno de la Unión,

Firma : 26 de febrero de 2001 Entrada en vigor : 1 de febrero de 2003

Mientras tanto, el 23 de julio de 2002 se extingue la CECA, creada para 50 años, y su ámbito de actuación queda englobado en el de la Comunidad Europea.

Uno de los objetivos primordiales del Tratado de Niza fue preparar la estructura institucional de la Unión Europea para propiciar la adhesión de los 10 nuevos Estados miembros. La mayor dificultad de esta reforma fue encontrar las diferentes fórmulas para reducir el número de miembros de las instituciones.

Para ello se adoptaron, entre otros acuerdos, los siguientes:

  • En el ámbito institucional:
    • El Consejo de la Unión Europea y la nueva ponderación de votos en el Consejo: medidas de reajuste del peso respectivo de los Estados miembros en favor de los más poblados y reparto de los votos en una Unión de 25 y luego de 28 Estados miembros. (Tras el "Brexit", 27)
    • La Comisión Europea: modificación de la composición de la Comisión, refuerzo de los poderes del Presidente y modificación del sistema para su nombramiento.
    • Sistema jurisdiccional: nuevo reparto de las competencias entre las dos instancias (Tribunal de Justicia y Tribunal de Primera Instancia) y posibilidad de crear salas jurisdiccionales especializadas.
    • El Parlamento: ampliación del procedimiento de codecisión y modificación del número de Diputados que corresponde a cada Estado miembro y a futuros Estados miembros.
    • El Tribunal de Cuentas, el Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones: composición y nombramiento de los miembros.
  • En el ámbito de los procedimientos de decisión:
    • Cooperaciones reforzadas: el Tratado de Niza ha flexibilizado el sistema de cooperaciones reforzadas (condiciones menos estrictas, supresión del derecho de veto y ampliación de los ámbitos concernientes).
    • Votación por mayoría cualificada: ampliación de la votación por mayoría cualificada.

El Tratado de Lisboa

Firma : 13 de diciembre de 2007 Entrada en vigor : 1 de diciembre de 2009

Firmado por los Jefes de Estado o de Gobierno de los 28 Estados miembros poniendo así fin a varios años de negociaciones sobre cuestiones institucionales.

Este Tratado permite adaptar las instituciones europeas y sus métodos de trabajo, incrementar la legitimidad democrática y consolidar los cimientos de los valores fundamentales de la Unión Europea.

El Tratado dota a la Unión Europea del marco jurídico y de los medios necesarios para responder a las expectativas de los ciudadanos. Para poder entrar en vigor, el Tratado ha tenido que ser ratificado por cada uno Estados miembros, correspondiendo a estos últimos elegir el método de ratificación, con arreglo a sus normas constitucionales. www.molinaoposiciones.com molinaoposiciones@gmail.com C/ Porto Colón, 6, Alcorcón Teléfono 620.477.092 Página 5

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