Documento de Universidad sobre Bloque V: Gestión Financiera. El Pdf, un material didáctico de Derecho, detalla la gestión financiera del Estado español, incluyendo el presupuesto, créditos y sus modificaciones. Este recurso es útil para el estudio autónomo.
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LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS: CLASIFICACIÓN GASTOS PLURIANUALES LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTOS DE CRÉDITO. AMPLIACIONES DE CRÉDITO. GENERACIONES DE CRÉDITO. TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. INCORPORACIONES DE CRÉDITO. ANTICIPOS DE TESORERÍA.
| Artículo 1 LGP "Esta ley tiene por objeto la regulación del régimen presupuestario, económico- financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero del sector público estatal." Alcance subjetivo Todos los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal incluirán sus presupuestos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (principio de unidad).
a) Sector público administrativo 1. Administración General del Estado. LIMITATIVO 2. Organismos autónomos. LIMITATIVO 3. Seguridad Social. LIMITATIVO 4. Órganos con dotación diferenciada. LIMITATIVO 5. Autoridades administrativas independientes. DEPENDE 6. Universidades públicas no transferidas. ESTIMATIVO 7. Otros organismos o entidades públicas vinculados o dependientes de la AGE, consorcios y fondos sin personalidad jurídica: cuya actividad no se desarrolle en el mercado o no se financien mayoritariamente con ingresos comerciales. ESTIMATIVO b) Sector público empresarial 1. Entidades públicas empresariales. ESTIMATIVO 2. Sociedades mercantiles estatales. ESTIMATIVO 3. Otros organismos o entidades públicas vinculados o dependientes de la AGE, consorcios y fondos sin personalidad jurídica no incluidos en el sector público administrativo. ESTIMATIVO c) Sector público fundacional 1. Fundaciones del sector público estatal. ESTIMATIVO 2Constitución Española Ley General Presupuestaria | Artículo 134 CE "2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado." "7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea." | Artículo 32 LGP "Los Presupuestos Generales del Estado constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal." | Artículo 33.2 LGP (editado) Los Presupuestos Generales del Estado determinarán: a) Las obligaciones económicas que, como máximo, pueden reconocer los sujetos que tienen presupuesto limitativo. b) Los derechos a reconocer durante el correspondiente ejercicio por los entes que tienen presupuesto limitativo. c) Las operaciones no financieras y financieras a realizar por las entidades que tienen presupuesto estimativo. d) Los objetivos a alcanzar en el ejercicio por cada uno de los gestores responsables de los programas con los recursos que el respectivo presupuesto les asigna. e) La estimación de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.
Existen dos tipos de estructuras presupuestarias, una para el estado de ingresos y otra para el estado de gastos, entendidas estas como la organización que ingresos y gastos, respectivamente, deben seguir en su configuración en la Ley de Presupuestos de cada año. RECUERDA: El proyecto de ley de presupuestos, que posteriormente será aprobado como ley por las Cortes Generales, está integrado por: el articulado, con sus anexos, y los estados de ingresos y de gastos. (Artículo 37.1 LGP) Artículo 39 LGP (editado) La estructura de los Presupuestos Generales del Estado y de sus anexos se determinará, de acuerdo con lo establecido en esta ley, por el Ministerio de Hacienda teniendo en cuenta: · La organización del sector público estatal. · Las finalidades y objetivos que se pretenda conseguir. · La naturaleza económica de los ingresos y de los gastos. Clasificación orgánica Clasificación por programas Clasificación económica 3Estructura del estado de ingresos Los estados de ingresos de los presupuestos de carácter limitativo se estructurarán siguiendo las clasificaciones orgánica y económica (Artículo 41 LGP).
LEY GENERAL PRESUPUESTARIA La clasificación orgánica distinguirá los ingresos que se realicen en función del organismo que los ingrese. Así, se distinguirán, según proceda, los ingresos correspondientes a: . La Administración General del Estado. • Los organismos autónomos. · La Seguridad Social. · Otras entidades.
La clasificación económica agrupara los ingresos según el tipo de actividad de la que procedan. De esta manera, la clasificación económica organiza los ingresos separando: Clasificación económica - IMPORTANTE Los corrientes Capítulo 1. Impuestos directos y cotizaciones sociales. Ej. IRPF Capítulo 2. Impuestos indirectos. Ej. IVA Capítulo 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos. Capítulo 4. Transferencias corrientes. Ej. Transferencia UE Capítulo 5. Ingresos patrimoniales. Ej. Venta de un inmueble Los de capital: Capítulo 6. Enajenación de inversiones reales. Ej. Inversión que vende Capítulo 7. Transferencias de capital. Ej. Transferencia UE para gastos de capital Los de operaciones financieras: Capítulo 8. Activos financieros. Capítulo 9. Pasivos financieros. INGRESOS DE FONDOS EUROPEOS. Los ingresos asociados a las actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se imputarán a los siguientes capítulos de gasto. 4Los ingresos se agruparan por capítulos, los cuales se desglosarán en artículos y estos, a su vez, en conceptos que podrán dividirse en subconceptos.
CAPÍTULO ARTÍCULO CONCEPTO SUBCONCEPTO 1. Impuestos directos y cotizaciones sociales. 10. Sobre la renta. 100. De las personas físicas. 00. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 99. Asignación tributaria a la Iglesia Católica y otros fines sociales. ( ... ) 2. Impuestos indirectos. 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos. 4. Transferencias corrientes. 5. Ingresos patrimoniales. 6. Enajenación de inversiones reales. 7. Transferencias de capital. 8. Activos financieros. 9. Pasivos financieros. 5Estructura del estado de gastos Los estados de gastos de los presupuestos de carácter limitativo se estructurarán siguiendo las clasificaciones orgánica, por programas y económica (Artículo 40 LGP).
La clasificación orgánica agrupará, según proceda, los créditos asignados a los distintos centros gestores de gasto de: . La Administración General del Estado. · Los organismos autónomos. · La Seguridad Social. · Los órganos con dotación diferenciada en los presupuestos. • Otras entidades. Los créditos se agruparan por secciones, las cuales se desglosarán en servicios. • Secciones o Servicios Los organismos autónomos, así como las agencias estatales y resto de entidades del sector público administrativo estatal con presupuesto limitativo, se agruparán según el Ministerio al que estén adscritos.
SECCIÓN SERVICIO 1. Casa de S.M. El Rey. 2. Cortes Generales. 3. Tribunal de Cuentas. 4. Tribunal Constitucional. 5. Consejo de Estado. 6. Deuda Pública. 7. Clases Pasivas. 8. Consejo General del Poder Judicial. 9. Aportaciones al Mutualismo Administrativo. 10. Contratación Centralizada. 11. Ministerio de Asuntos Exteriores, Union Europea y Cooperación. 03. Secretaría de Estado de Cooperación Internacional ( ... ) 12. Ministerio de Justicia. 13. ... 6Clasificación por programas La clasificación por programas organiza los créditos según el objetivo que se pretende conseguir mediante su ejecución. Esta clasificación permitirá a los centros gestores agrupar sus créditos según los programas presupuestarios anuales y plurianuales. LEY DE PRESUPUESTOS 2024: Diferenciara: - Programas finalistas (A-L): objetivos cuantificables e indicadores de ejecución mensurables como, por ejemplo, el programa de Creación de infraestructuras de carreteras. - Programas instrumentales y de gestión (M-Z): tienen como finalidad la administración de recursos para la ejecución de actividades generales de ordenación, regulación y planificación. Los créditos se agruparán por:
ÁREAS DE GASTO POLÍTICA DE GASTO GRUPO DE PROGRAMAS PROGRAMA Área de gasto 1. Servicios públicos básicos 11. Justicia. 111. Administración General de Justicia. 111 M. Gobierno del Poder Judicial. 111 N. Dirección y Servicios Generales de Justicia. Área de gasto 2. Actuaciones de protección y promoción social Área de gasto 3. Producción de bienes públicos de carácter preferente Área de gasto 4. Actuaciones de carácter económico ( ... ) Área de gasto 9. Actuaciones de carácter general PROGRAMA 000X El programa 000X recoge "Transferencias y libramientos internos". *No hace falta aprenderse los programas pero si este programa: 000X 7Clasificación económica La clasificación económica agrupará los créditos según el tipo de actividad económica a la que se destina el gasto, separando:
Los corrientes: Capítulo 1. Gastos de personal. Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios. Capítulo 3. Gastos financieros. Capítulo 4. Transferencias corrientes. El Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria: Capítulo 5. Fondo de contingencia. Los de capital: Capítulo 6. Inversiones reales. (Inventariables) Capítulo 7. Transferencias de capital. Los de operaciones financieras: Capítulo 8. Activos financieros. Capítulo 9. Pasivos financieros. Los créditos se agruparán por capítulos, los cuales se desglosarán en artículos y éstos, a su vez, en conceptos que podrán dividirse en subconceptos.
CRÉDITOS DE FONDOS EUROPEOS. Los créditos asociados a las actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se imputarán a los siguientes capítulos de gasto. IMPORTANTE: LEY GENERAL TRIBUTARIA: No obstante, con independencia de la estructura presupuestaria del estado de gastos del presupuesto (clasificación orgánica, por programas o económica), los créditos se identificarán funcionalmente de acuerdo con su finalidad, deducida del programa en que aparezcan o, excepcionalmente, de su propia naturaleza, al objeto de disponer de una clasificación funcional del gasto. 8