Diapositivas de Shcp Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre Organismos Internacionales. El Pdf detalla las 40 recomendaciones del GAFI para la prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, con enfoque en evaluación de riesgos y diligencia del cliente, útil para estudiantes universitarios de Derecho.
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ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Las 40 recomendaciones
| Tema | Recomendaciones |
| Políticas y coordinación de prevención de lavado y financiamiento del terrorismo | 1 - 2 |
| Lavado de dinero y confiscación | 3 - 4 |
| Financiación del terrorismo y proliferación del financiamiento | 5 - 8 |
| Medidas preventivas | 9 -23 |
| Transparencia y titularidad efectiva | 24 - 25 |
| Poderes y responsabilidades de las autoridades competentes | 26 - 35 |
| Cooperación internacional | 36 - 40 |
FATF INTERNATIONAL STANDARDS ON COMBATING MONEY LAUNDERING AND THE FINANCING OF TERRORISM & PROLIFERATION The FATF Recommendations February 2012 31ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 1: Evaluación de riesgos y enfoque basado en riesgo Los países deben identificar, evaluar y entender sus riesgos de lavado de activos/financiamiento del terrorismo Designar una autoridad o mecanismo para coordinar acciones para evaluar los riesgos Los países deben exigir a las instituciones financieras y actividades y profesiones no financieras designadas Aplicar un enfoque basado en riesgo 32ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 4: Decomiso y medidas provisionales Los países deben adoptar medidas que permitan a sus autoridades competentes congelar o incautar y decomisar lo siguiente:
Los países deben considerar la adopción de medidas que permitan que tales productos o instrumentos sean decomisados sin que se requiera de una condena penal o que exijan que el imputado demuestre el origen lícito de los bienes en cuestión que están sujetos a decomiso. . 33ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 6: Sanciones financieras dirigidas relacionadas al terrorismo y al financiamiento del terrorismo Los países deben implementar regímenes de sanciones financieras para cumplir con las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas relativas a la prevención y represión del terrorismo y el financiamiento del terrorismo. Las Resoluciones exigen a los países que congelen sin demora los fondos u otros activos y que aseguren que ningún fondo u otro activo se ponga a disposición, directa o indirectamente, de o para, el beneficio de alguna persona o entidad, designada por la:
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Recomendación 8: Organizaciones sin fines de lucro* Los países deben revisar la idoneidad de las leyes y regulaciones relativas a las entidades que pueden ser utilizadas indebidamente para el financiamiento del terrorismo. Los países deben aplicar medidas enfocadas y proporcionales, en línea con el EBR, a las organizaciones sin fines de lucro para protegerlas de los abusos del financiamiento del terrorismo, incluidas:
* Se refiere a una persona jurídica, acuerdo u organización que se dedica principalmente a recaudar o desembolsar fondos para fines tales como caritativos, religiosos, culturales, educativos, sociales o fraternales, o para llevar a cabo otros tipos de "buenas obras". . 35ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 8: Organizaciones sin fines de lucro* Un enfoque eficaz es aquel que comprende los cuatro elementos siguientes:
* Se refiere a una persona jurídica, acuerdo u organización que se dedica principalmente a recaudar o desembolsar fondos para fines tales como caritativos, religiosos, culturales, educativos, sociales o fraternales, o para llevar a cabo otros tipos de "buenas obras". . 36ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 10: Debida diligencia del cliente Debe prohibirse a las instituciones financieras que mantengan cuentas anónimas o cuentas con nombres obviamente ficticios Debe exigirse a las instituciones financieras que emprendan medidas de Debida Diligencia del Cliente: Establecen relaciones comerciales; Realizan transacciones ocasionales: (i) por encima del umbral aplicable designado (USD/EUR 15,000); o (ii) están ante transferencias electrónicas; Existe una sospecha de lavado de activos o financiamiento del terrorismo; o La institución financiera tiene dudas sobre la veracidad o idoneidad de los datos de identificación sobre el cliente obtenidos previamente 37ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 10: Debida diligencia del cliente (CA) Las medidas de DDC a tomar son las siguientes:
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Recomendación 11: Mantenimiento de registros · Debe exigirse a las instituciones financieras que mantengan, por un período de al menos cinco años, todos los registros necesarios sobre las transacciones, tanto locales como internacionales. · Estos registros tienen que ser suficientes para permitir la reconstrucción de transacciones individuales (incluyendo los montos y tipos de moneda involucrada, de haber alguna) de manera tal que se ofrezca evidencia, de ser necesario, para el enjuiciamiento de una actividad criminal. . . 39ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 12: Personas políticamente expuestas Debe exigirse a las instituciones financieras, con respecto a las PEP's: · Cuenten con sistemas apropiados de gestión de riesgo para determinar si el cliente o el beneficiario final es una persona expuesta políticamente. · Obtengan la aprobación de la alta gerencia para establecer (o continuar, en el caso de los clientes existentes) dichas relaciones comerciales. · Tomen medidas razonables para establecer la fuente de riqueza y la fuente de los fondos. · Lleven a cabo un monitoreo continuo intensificado de la relación comercial. 40ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 16: Transferencias electrónicas CA Debe exigirse a las instituciones financieras: · incluyan la información sobre el originador que se requiere, y que ésta sea precisa, así como la información requerida sobre el beneficiario, en las transferencias electrónicas y mensajes relacionados. · que la información permanezca con la transferencia electrónica o mensaje relacionado a lo largo de toda la cadena de pago. · monitoreen las transferencias electrónicas con el propósito de detectar aquellas que carezcan de la información requerida sobre el originador y/o beneficiario, y tomar las medidas apropiadas. 41ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 20: Reporte de operaciones sospechosas · Si una institución financiera sospecha o tiene motivos razonables para sospechar que los fondos son producto de una actividad criminal, o están relacionados al financiamiento del terrorismo, a ésta se le debe exigir, por ley, que reporte con prontitud sus sospechas a la Unidad de Inteligencia Financiera.
Recomendación 21: Revelación (tipping-off) y confidencialidad . Las instituciones financieras, sus directores, funcionarios y empleados deben estar protegidos por la ley frente a la responsabilidad penal y civil por violación de alguna restricción sobre la revelación de información, y tener prohibido por ley revelar información. 42ADOS UNIDOS MEXI SHCP SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 1.2 Organismos Internacionales CNBV COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES 1.2.3 Recomendaciones de GAFI DOS
Recomendación 22 APNFD: debida diligencia del cliente Los requisitos de debida diligencia del cliente y el mantenimiento de registros establecidos en las Recomendaciones 10, 11, 12, 15 y 17, se aplican a las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD) en las siguientes situaciones:
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