Tema 4: El Consejo de la Unión Europea, Universidad de Navarra

Diapositivas de la Universidad de Navarra sobre el Tema 4: El Consejo. El Pdf explora la composición, organización y funciones del Consejo de la Unión Europea, incluyendo el papel del COREPER y la evolución del proceso decisorio en Derecho universitario.

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11 páginas

Tema 4: El Consejo
1. Composición y las formaciones del Consejo
2. Organización: La Presidencia y sus funciones: organización y disección de los trabajos
3. El Comité de Representantes Permanentes (COREPER)
4. Las competencias del Consejo: funciones legislativas y no-legislativas
5. La adopción de decisiones: su evolución
Eugenia López-Jacoiste
Facultad de Derecho
Consejo
Europeo
Consejo
Comisión
Parlamento
Europeo
TJUE
Tribunal de
Cuentas
BCE
Presidente
Consejo
Comisarios
Gobiernos
EM
EM (ministro)
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Representante
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Jefe Estado
Presidente
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CES
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Composición y Formaciones del Consejo

1. Composición y las formaciones del Consejo 2. Organización: La Presidencia y sus funciones: organización y disección de los trabajos 3. El Comité de Representantes Permanentes (COREPER) 4. Las competencias del Consejo: funciones legislativas y no-legislativas 5. La adopción de decisiones: su evolución Universidad de Navarra Eugenia López-Jacoiste Facultad de DerechoComisión Presidente Consejo Consejo Europeo Alto Representante 1 Presidente PE Consejo Presidente Comisión Comisarios Parlamento Europeo DPE EM (ministro) Tribunal de Cuentas Jefe Estado Presidente Gobierno Gobiernos EM TJUE BCE Parlamento CES CdRConsejo Europeo Consejo Comisión Parlamento Europeo Tribunal de Justicia UE Tribunal de Cuentas Banco Central Poder Ejecutivo Poder Legislativo Poder Judicial Poder Económico Pte Consejo Interés de los Estados Interés de los Estados Alto Representante CES CdR Interés de La Unión Interés de Ciudadanos DPE Interés de legalidad TJ TG Interés de legalidad TE BE Interés económico1. Consejo: art. 16 TUE / arts. 237-243 TFUE ¿Quién es el Consejo? El Consejo representa el interés nacional en los procesos de toma de decisiones. Es co-legislador. El Consejo canaliza la participación de los Estados miembros en la toma de decisiones. Presidencia Consejo Secretaría General Representantes de los EM COREPER

Composición y Formaciones del Consejo

1. Composición y formaciones: · Composición (art. 16.2 TUE) · Formaciones (art. 16.6 TUE) · El Consejo de Asuntos Generales velará por la coherencia de los trabajos de las diferentes formaciones del Consejo. Preparará las reuniones del Consejo Europeo y garantizará su actuación subsiguiente, en contacto con el Presidente del Consejo Europeo y la Comisión. · El Consejo de Asuntos Exteriores elaborará la acción exterior de la Unión atendiendo a las líneas estratégicas definidas por el Consejo Europeo y velará por la coherencia de la acción de la Unión. · Otras formaciones: Consejo Europea (art. 236 TFUE):

  1. Asuntos Generales
  2. Asuntos Exteriores
  3. ECOFIN
  4. Justicia y Asuntos de Interior
  5. Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores;
  6. Competitividad (Mercado Interior, Industria, Investigación y Espacio)
  7. Transporte, Telecomunicaciones y Energía;
  8. Agricultura y Pesca
  9. Medio Ambiente
  10. Educación, Juventud, Cultura y Deporte

Organización y Presidencia Rotatoria

Organización: Presidencia rotatoria y funciones

De carácter formal, semi-honorífica, con poder de representación y de dirección, que asume funciones administrativas. Rota cada 6 meses: (enero-junio/ julio-diciembre), según un orden prestablecido. Significado de las troikas (tres turnos) : fijar los objetivos a largo plazo 0 Polonia (enero -junio 2025), Dinamarca (julio-diciembre 2025), Chipre (enero -junio 2026) DECISIÓN (UE) 2016/1316 DEL CONSEJO de 26 de julio de 2016 que modifica la Decisión 2009/908/UE, por la que se establecen las normas de desarrollo de la Decisión del Consejo Europeo relativa al ejercicio de la Presidencia del Consejo, y de la presidencia de los órganos preparatorios del Consejo Las reuniones del Consejo (art. 237 TFUE) por convocatoria de su Presidente (de turno), a iniciativa de éste, de uno de sus miembros o de la Comisión. Para ello, cuenta con la asistencia de Secretaría General, (240 TFUE) que estará bajo la responsabilidad de un Secretario General nombrado por el Consejo.

El Comité de Representantes Permanentes (COREPER)

Funciones del COREPER

3. El Comité de Representantes Permanentes (COREPER) Dada la idiosincrasia del Consejo, cuenta con el COROPER para la preparación de su funciones y trabajos: (art. 16.6 TUE y 240.1 TFUE): Funciones: 0 Preparación de todoslos trabajos del Consejo: 0 salvo cuestiones agrícolas, en cuyo caso el Comité Especial de Agricultura (CEA) prepara los expedientes del Consejo de Agricultura. O Salvo cuestiones PESC (Política Exterior y de Seguridad Común) (ya que hay existe un comité especial: Comité Político y de Seguridad (CPS), para estas cuestiones Vela por la coherencia de las políticas de la UE O Elabora acuerdos y soluciones que somete a la adopción del Consejo (asuntos A/ B) O Composición: los representantes permanentes de los Estados miembros 0 Coreper I O Coreper II

Competencias del Consejo

Competencias legislativas y no-legislativas

4. Las competencias del Consejo (16 TUE) Competencias legislativas El Consejo ejercerá conjuntamente con el Parlamento Europeo la función legislativa y la función presupuestaria. . La aprobación conjunta con el PE se realiza generalmente mediante el procedimiento legislativo ordinario (art. 294 TFUE). Competencias no-legislativas · Competencias de ejecución: (art. 291.2 TFUE), cuando sean necesarias condiciones uniformes de ejecución de los actos jurídicamente vinculantes de la Unión, y bajo ciertas condiciones. · coordinación de las políticas económicas generales de los Estados miembros. art. 212/ 122 TFUE · Consejo celebra, en nombre de la Unión, los acuerdos internacionales de la UE ( 218 TFUE)

Adopción de Decisiones y Evolución del Sistema de Votaciones

Evolución del Sistema de Votaciones en el Consejo

5. La adopción de decisiones: su evolución del sistema de votaciones en el Consejo De la unanimidad a la mayoría cualificada: elemento supranacional, frente al carácter intergumernamental AUE: mayoría cualificada para la realización del mercado interior 0 Niza: voto ponderado en función del peso de la población o A partir del Tratado Lisboa: 16 TUE / 238 TFUE: según los casos 0 por mayoría simple, Mayoría cualificada O unanimidad En caso de votación, cada miembro del Consejo podrá actuar en representación de uno solo de los demás miembros. (art. 239 TFUE) Mayoría simple: el Consejo se pronunciará por mayoría de los miembros que lo componen. (art. 238.1 TFUE) 0 Organización de la Secretaría general (art. 240.2) 0 Cuestiones de procedimiento y para la aprobación de su reglamento interno

Mayoría Cualificada: Evolución

Mayoría cualificada: evoluación O Niza: sistema de voto ponderado (peso político y económico). Post-Lisboa: Hasta el 31.10.2014: sistema Niza: 255 votos (sobre 354) A partir de 2014: doble criterio: numero de Estados y peso población art. 16 TUE + art. 238 TFUE: D A propuesta de la Comisión: como mínimo 55% de los miembros (15 Estados) + min. 65% de población. Minoría de bloqueo: 4 Estados. Otros: como mínimo 72% de los miembros del Consejo que representen a su vez. Como mínimo, al 65% de la población D (*) Calculador de votos: http://www.consilium.europa.eu/App/calculette/default.aspx?lang=es& cmsid=1690

Unanimidad del Consejo

Unanimidad del Consejo para ... O Las abstenciones de los miembros presentes o representados no impedirán la adopción de los acuerdos del Consejo que requieran unanimidad. Cualquier país puede vetar una propuesta. O Progresiva reducción de las decisiones del Consejo que requieren unanimidad: algunos ejemplos ... O existencia de una violación grave y persistente por parte de un Estado (art. 7.2 TUE) Número de parlamentarios o comisarios (art. 14.2 y 17.5 TUE) Política exterior y de seguridad común (art. 22 TUE) Política Común de seguridad y defensa (art. 42.2 TUE) Revisión de los Tratados: ratificación unánime (art. 48 TUE) Adhesión de nuevos Estados (art. 49 TUE) O Procedimiento legislativo especial

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