Documento de Fundación de Estudios para la Administración Pública sobre la Constitución Española de 1978: Título Preliminar, Título Primero, de los Derechos y Deberes Fundamentales. El Pdf explora las etapas de la transición política española y las características de la Constitución, incluyendo principios rectores de política social y económica, útil para estudiantes universitarios de Derecho.
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En el proceso de gestación de nuestra Constitución, podrían distinguirse dos etapas: una primera, que engloba los hechos que se desarrollaron durante todo el proceso de transición política, que enlaza una dictadura política que duraba cuarenta años basada en un sistema de leyes fundamentales, con una democracia de tipo occidental como se pretendía implantar, y una segunda, que se refiere al proceso y plasmación de un nuevo sistema jurídico y social como consecuencia de la aprobación de nuestra Constitución de 1.978.
En esta primera etapa dentro del proceso de transición, partiremos de un hecho clave cual fue el fallecimiento del General Franco, el 20 de noviembre de 1.975.
Dos días después de su fallecimiento se produjo la restauración de la Monarquía, al proclamar las Cortes Generales a Juan Carlos I de Borbón como Rey de España.
En esta época se vive un clima social muy turbulento, donde la alteración del Orden Público y el aumento de los atentados terroristas, eran patentes.
El Gobierno tras la muerte del General, pasa a ser liderado por Arias Navarro, figura política coincidente con la línea del régimen anterior y que pretendía mantener un continuismo político, basado en un sistema de leyes fundamentales que fueron articuladas a lo largo del periodo comprendido entre 1.938 y 1967:
Este sistema no responde a las esperanzas de la base social, pese a que se realizaron algunos intentos por reformar las mismas y avanzarlas a un nuevo sistema, constituyéndose una Comisión Mixta Gobierno-Consejo Nacional del Movimiento, para comenzar a debatir la reforma de las anteriores Leyes fundamentales, pero este intento fracasó por diversas causas provocando el deterioro del Gobierno.
Este periodo de dificultad y transición hace emerger con gran fuerza la importancia política de la Corona y el papel decisivo de Torcuato Fernández Miranda, Presidente de las Cortes y del Consejo del Reino, configurándose en este órgano las primeras orientaciones dirigidas ya al aperturismo político.
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En estas circunstancias, el Rey y el Presidente del Gobierno por entonces (Arias Navarro), acordaron el relevo al frente del ejecutivo, el día 1 de julio de 1.976.
De esta forma, el día 3 de julio de 1.976, previa propuesta de una terna de tres nombres, el Rey nombra como Presidente del Gobierno a Adolfo Suárez González, hasta entonces ministro Secretario General del Movimiento.
El nombramiento del nuevo Presidente iba a resultar decisivo, ya que propiciará el inicio del cambio político a través de lo que se ha denominado la "ruptura pactada" o "ruptura controlada", esto es, conseguir el cambio de sistema político de una forma no traumática, sino progresiva, que no supusiera un cambio radical y además que ello se consiguiera de forma pacífica y con el consenso popular.
Estaba claro pues, que lo que necesitaba España era una nueva Constitución adaptada a la realidad nacional y al momento histórico, pero la elaboración de esa suprema Ley no correspondía a las Cortes del momento, sino a otras nuevas que debían ser elegidas libremente por el pueblo español. Era preciso crear un instrumento legal, para llevar a la práctica el proceso de ruptura controla y transición, y ese instrumento va a ser una Ley, corta de contenido, pero de una transcendencia fundamental, denominada:
Ley para la Reforma Política, que fue sancionada el 4 de enero de 1.977, y sometida a referéndum de ratificación el 15 de Diciembre de 1.976. Se trata de una Ley escueta consta:
Su gran transcendencia queda patente por cuanto a través de ella, se produjeron hechos tan importantes como los siguientes:
Su contenido establecía básicamente, la creación de una Cortes compuestas de dos Cámaras, el Congreso de los Diputados y el Senado, elegidas de acuerdo con los principios democráticos, y el procedimiento para la elaboración de la nueva Constitución.
La Ley para la Reforma Política, atribuía al Gobierno la potestad para regular las primeras elecciones a Cortes, esto se realizó mediante Real Decreto-Ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre las Normas electorales, toda vez que en aquel tiempo no existía legislación electoral, en dicho marco se propició la celebración de las primeras Elecciones Generales el 15 de junio de 1.977.
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De estas primeras elecciones surgieron unas Cortes constituyentes, encargadas de la elaboración de un texto constitucional, que dotara de un marco jurídico adecuado al nuevo estado democrático.
Fase de redacción: La elaboración de la Constitución se inicia en el verano de 1.977, una vez constituidas las nuevas Cortes, se constituye para ello una Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas, y el nombramiento de una Ponencia de siete diputados encargados de elaborar el anteproyecto constitucional.
Fase de discusión en el Congreso: Elaborado este anteproyecto es publicado a fin de que por los distintos grupos parlamentarios y demás diputados se presentaran las enmiendas oportunas, hecho que se produjo en cantidad superior a mil, que fueron dictaminadas por la citada Ponencia, acabándose finalmente por su debate y aprobación en la Cámara del Congreso.
Fase de discusión en el Senado: Aprobado el proyecto por el Congreso de los Diputados es remitido al Senado, donde se interpusieron otras mil enmiendas, que fueron discutidas en la Comisión y el Pleno. Debido a las diferencias que presentaba el texto aprobado por el Congreso y el aprobado por el Senado, se creó una Comisión Mixta para resolver estas discrepancias.
Fase de aprobación: Constituida la Comisión Mixta, a fin de elaborar un texto uniforme que limara las diferencias existentes entre ambas Cámaras, la Constitución es aprobada en reunión separada de ambas Cámaras, a propuesta de la Comisión Mixta el 31 de Octubre de 1.978. Posteriormente fue sometida mediante referendum de ratificación al pueblo Español el día 6 de Diciembre de 1.978. A través de la siguiente pregunta: ¿ Aprueba el proyecto de Constitución?, para pasar a continuación a la sanción real, que se produjo el día 27 de diciembre de 1.978, concluyendo este proceso con la publicación de la Constitución en el B.O.E. el día 29 de Diciembre de 1.978, fecha que, en virtud de lo establecido en la Disposición Final de propio texto, entra en vigor la misma.
| Aprobada por las Cortes Generales | Ratificada por referéndum | Sancionada por el Rey | Publicada en el BOE |
| 31/10/1978 | 06/12/1978 | 27/12/1978 | 29/12/1978 |
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La Constitución Española de 1.978, es la novena en el proceso constitucional español, y tiene una serie de características que a continuación se relacionan:
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