El Tribunal de Justicia de la Unión Europea: composición y funcionamiento

Diapositivas de la Universidad de Navarra sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Pdf, un conjunto de diapositivas, aborda la composición y el funcionamiento general de esta institución, incluyendo la organización interna y el rol de los abogados generales, para la materia de Derecho a nivel universitario.

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13 páginas

Tema 7: El Tribunal de Justicia
1. Composición y su funcionamiento en general
2. Organización: los abogados generales
3. Aspectos generales de la jurisdicción del Tribunal de Justica (TJUE)
Eugenia López-Jacoiste
Facultad de Derecho

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Composición y Funcionamiento del Tribunal de Justicia

Tema 7: El Tribunal de Justicia

  1. Composición y su funcionamiento en general
  2. Organización: los abogados generales
  3. Aspectos generales de la jurisdicción del Tribunal de Justica (TJUE)

TYYVAYN
Universidad
de Navarra
Eugenia López-Jacoiste
Facultad de DerechoINSTITUCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA
PARLAMENTO EUROPEO
REPRESENTA A LOS
CIUDADANOS DE LA UE
SUPERVISA
Y
CONSULTA
CONTROLA
CONFIRMA,
RECHAZA Y
MODIFICA
COOPERACIÓN
COMISIÓN
+
CONTOLA
CONSEJO
PODER EJECUTIVO
PROPONE
POLÍTICAS
COMUNITARIAS
PODER
LEGISLATIVO
SENTENCIAS
RECURSOS
TRIBUNAL
DE
JUSTICIA

Órgano Judicial: Composición y Funcionamiento

1. El órgano judicial: composición y su funcionamiento
El control de legalidad (Art. 19 TUE)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) comprenderá el
Tribunal de Justicia (TJ) y el Tribunal General (TG)
Razón de ser: garantizará el respeto del Derecho en la interpretación y
aplicación de los Tratados.
Los Estados miembros establecerán las vías de recursonecesarias
para garantizar la tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos
por el Derecho de la Unión.
Los jueces nacionales aplican el Derecho de la UE

  • principios estructurales del Derecho de la Unión
  • juez nacional no ejerce control de legalidad del Derecho de la UE
  • TJUE tiene el monopolio para la declaración de invalidez de los actos
    legislativos y no legislativos de la UE

Composición del Tribunal de Justicia (art. 19.2 TUE)

2. Composición (art. 19. 2 TUE)
Los jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia y
los jueces del Tribunal General serán

  • elegidos de entre personalidades que ofrezcan plenas
    garantías de independencia
  • que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio, en
    sus respectivos países, de las más altas funciones
    jurisdiccionales o que sean jurisconsultos de reconocida
    competencia (art. 253y 254 TFUE)

Serán nombrados de comun acuerdo por los Gobiernos
de los Estados miembros conforme a un comité de
idoneidad (art. 255T FUE)

  • para un período de seis años (posible reelección)
  • Hay 11 abogados generales (art. 252 TFUE) en la actualidad
    que asisten al Tribunal de Justicia
  • Tribunal de Justicia: 27 jueces / Tribunal General: 54
    jueces

Composición del Tribunal de Justicia

PRESIDENTE
VICEPRESIDENTE
TRIBUNAL DE
JUSTICIA
COMPOSICIÓN
(27 MIEMBROS)
PRESIDENTES DE SALA
JUECES
ABOGADOS
GENERALES
SECRETARIO

Abogado General y sus Conclusiones

Abogado general y sus conclusiones
No es abogado de ninguna parte: solo defiende la integridad y
autonomía del Derecho de la UE
Figura existente en el derecho francés
Intervine solo ante el Tribunal de Justicia
Sus estudios: Conclusiones generales, en las que se expone y
analiza el estado actual del Derecho de la UE sobre un punto
concreto que afecta al litigio.
No es un dictamen vinculante para el Tribunal
Solo es una opinión más sobre el problema de fondo del litigio
El Tribunal puede asumir o no, total o parcialmente en su
sentencia las conclusiones generales presentadas por el
abogado general
O
En la actualidad hay 11 abogados generales

Organización y Funcionamiento del Tribunal General

Pleno (27 jueces)
Gran Sala (15 jueces)
Asuntos atribuidos conforme al aet. 28 RPTG
(alsuntos de cierta dificultad)
Tribunal General
Organización y
funcionamiento
Salas de 3 y 5 Jueces
Con carácter general, conocimiento de los asuntos
atribuidos al TG
Juez único
Asuntos "sencillos" conforme al art. 29 RPTG

Jurisdicción del Tribunal de Justicia (art. 19.3 TUE)

3. Jurisdicción: (art. 19.3 TUE)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciará, de
conformidad con los Tratados:

a)
sobre los recursos interpuestos por un Estado miembro, poruna
institución o por personas físicas o jurídicas;

b)
con carácter prejudicial, a petición de los órganos jurisdiccionales
nacionales, sobre la interpretación del Derecho de la Unión o sobre
la validez de los actos adoptados por las instituciones;

C)
en los demás casos previstos porlos Tratados. (arts. 261, 262
TFUE)

Aspectos Generales de la Jurisdicción del TJUE

3. Aspectos generales de la jurisdicción del TJUE:
· Vincula a todos los Estados miembros de la UE
· Tipos de recursos específicos y regulados en los tratados
Directos:

  • Recurso de incumplimiento (258-259 TFUE)
    0
  • Recurso de anulación (art. 263 TFUE).
  • Recurso por omisión (art. 265 TFUE)
  • Recurso contra las sanciones (art. 261 TFUE).
    0
  • Recurso de indemnización (art. 268 TFUE)
    O
  • Recurso responsabilidad contractual (art. 272)
  • Recurso de funcionarios (art. 270 TFUE).
    Indirectos:
    O
  • Cuestión prejudicial (art. 267 TFUE)
    O
  • Excepción de ilegalidad (art. 277 TFUE)

Competencias Específicas del TJ según el TFUE

3.1 Competencias especificas del TJ, según el TFUE
Casación sobre decisiones del TG
Por remisión del TG ante casos de unidad y coherencia
del Derecho de la Unión
Reexamen excepcional de las decisiones prejudiciales del TG
por motivos de unidad y coherencia del Derecho de la UE
· Recurso por incumplimiento (258 y 259 TFUE)
· Recurso anulación sólo si interpuestos por un Estado
miembro contra el Parlamento Europeo y/o contra el
Consejo y por una institución de la Unión contra otra
institución (263 TFUE)
Recurso de inacción: competencia parcial junto con el TG
(265 TFUE)

Competencias Específicas del Tribunal General

3.2. Competencias especifica del Tribunal General
Recurso de anulación si es interpuestos por personas físicas o
jurídicas y dirigidos contra los actos de las instituciones y de los
órganos y organismos de la Unión Europea (anulación 263 TFUE).
Recurso de anulación si es interpuesto por un Estado contra el
Consejo en relación con las ayudas de Estado, el dumping o las
competencias de ejecución
.
Competencia parcial para conocer del recurso por inacción delas
instituciones, órganos y organismos (omisión 265 TFUE)
Recursos de casaciones limitada frente al Tribunales especializados
Cuestión prejudicial (276 TFUE)
Recursos basados en contratos que prevean expresamente su
competencia (cláusulas compromisorias, art. 272 TFUE)Cuando el Tribunal General considere que el asunto requiere una
resolución de principio que pueda afectar a la unidad o a la
coherencia del Derecho de la Unión, podrá remitir el asunto anteel
Tribunal de Justicia para que éste resuelva.
Las resoluciones dictadas por el Tribunal General sobre cuestiones
prejudiciales podrán ser reexaminadas con carácter excepcional por
el Tribunal de Justicia, en las condiciones y dentro de los límites
fijados en el Estatuto, en caso de riesgo grave de que se vulnere la
unidad o la coherencia del Derecho de la Unión.

Procedimiento ante el TJUE

4. Procedimiento ante el TJUE: aplicable en todos los
recursos
Fase escrita:
· Escrito de recurso: demanda.
Notificación al demandado y publicación en el DOUE
· Contestación a la demanda; réplica y duplica.
· Designación de Juez Ponente y delAbogado General (TJ)
Fase oral:
Se personan las partes
· Presentación de pruebas, expertos, peritos ...
. Presentación de las Conclusiones del AbogadoGeneral.
Deliberación y sentencia
conseno / mayorías
no votos disidentes

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