Documento sobre la evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado de educación primaria. El Pdf, apto para estudiantes universitarios de Educación cívica, aborda las características, estrategias, técnicas e instrumentos de evaluación, así como la promoción y los planes de refuerzo.
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El tema que voy a exponer comprende el desarrollo de la evaluación de los procesos de enseñanza-aprendizaje en la etapa de Educación Primaria (EP).
En primer lugar, cabe destacar que es imprescindible favorecer el aprendizaje competencial del alumnado y para ello, cobra vital importancia el proceso evaluativo. En palabras de Sanmartí (2019), la evaluación debe tener el objetivo de reconocer las dificultades y encontrar caminos para superarlas.
El concepto de evaluación actualmente tiene por objetivo una regulación continua y corrección de errores, a través de la retroalimentación.
Si el éxito del aprendizaje del alumnado depende en gran medida de la metodología aplicada por parte del docente, también es imprescindible reflexionar sobre la evaluación en torno a tres preguntas: para qué evaluamos, qué evaluamos y cómo evaluamos.
La evaluación supone la adecuación de los procesos de enseñanza-aprendizaje a las características y necesidades de los discentes, con el objetivo de establecer mejoras en dicho proceso por parte del docente, manteniendo un carácter continuo, formativo y orientador. Por lo tanto, la evaluación se centra tanto en el proceso de aprendizaje del alumnado como en la actuación docente (Bernal et al., 2014).
A continuación, voy a explicar el primer apartado del tema relativo a la evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado de EP. La evaluación se define como un proceso dinámico, continuo, global y sistemático orientado a seguir la evolución de los procesos de enseñanza-aprendizaje, con el objetivo de diseñar y desarrollar la acción pedagógica de acuerdo con las necesidades y logros del alumnado. Dicho proceso de evaluación comprende cuatro funciones (Bernal et al., 2014):
Atendiendo a la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la cual a partir de ahora denominaré 1Miguel Ángel Merino Fernández LOMLOE, se establece en su artículo 20.1 (evaluación durante la etapa) que la evaluación del alumnado será continua y global, teniendo en cuenta su progreso en el conjunto de los procesos de aprendizaje.
Su carácter global tiene por objetivo la valoración del grado de adquisición de las competencias y del progreso en las áreas, estableciendo una serie de criterios para la mejora de los procesos de enseñanza-aprendizaje, el desarrollo del currículo y la atención a la diversidad.
Su carácter continuo permite constatar los progresos realizados por cada estudiante atendiendo a su situación inicial. Para ello, los docentes deberán recoger información permanentemente, atendiendo a la diversidad de capacidades, actitudes, ritmos y estilos de aprendizaje de cada estudiante. De esta manera, la evaluación inicial, procesual y final se complementarán temporalmente con el objetivo de que la evaluación final sirva como evaluación inicial del siguiente proceso de manera cíclica, otorgándole un carácter formativo, regulador y orientador en la práctica educativa. Además, la evaluación posibilita la detección de dificultades de aprendizaje, adecuando el proceso de enseñanza- aprendizaje a las necesidades del alumnado e implementando en su caso medidas ordinarias de apoyo, de orientación, de tutoría y de colaboración con familias.
La evaluación debe ser un proceso reflexionado sobre cómo y cuándo evaluar.
Actualmente el documento que regula la evaluación en todo el estado es el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
Además, en nuestro ámbito autonómico disponemos de orientaciones para la evaluación especificadas en el Decreto 38/2022, de 29 de septiembre, por el que se establece la ordenación y el currículo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León, en su Anexo II.B. En este se especifica que los elementos que comprenden el proceso evaluativo son los criterios de evaluación junto a los indicadores de logro, las técnicas e instrumentos de evaluación, los momentos de evaluación y los agentes evaluadores.
A continuación, voy a responder a las preguntas: ¿ qué se evalúa?, ¿cómo se evalúa?, ¿cuándo se evalúa? y ¿quién evalúa?
Respecto a la pregunta qué evaluar, hace referencia a la valoración y medición del grado de adquisición de las competencias y del progreso del alumnado. Para ello, se usa como referente principal los criterios de evaluación, los cuales permiten seleccionar los instrumentos oportunos de evaluación, así como definir los indicadores de logro, que permiten evaluar los niveles de desempeño observables. Tanto los criterios de evaluación como los indicadores de logro servirán de punto de partida para diseñar Situaciones de Aprendizaje (SA) con las que se busca el objetivo de adquirir las ocho competencias clave al término de la EP.
En cuanto a la pregunta cómo evaluar, el docente tiene la misión ineludible de planificar, seleccionar y elaborar los procedimientos para obtener la información relevante sobre el aprendizaje del alumnado. Dichos procedimientos pueden diferenciarse entre técnicas de 2Miguel Ángel Merino Fernández observación, las cuales permiten obtener información sobre el proceso del aprendizaje; las técnicas de análisis del desempeño, las cuales evalúan tanto el proceso como el resultado del aprendizaje, valorando las actividades realizadas; y, por último, las técnicas de análisis del rendimiento se centran exclusivamente en evaluar los resultados finales.
Para referirse al cuándo evaluar, se establecen tres tipos de evaluación atendiendo al momento en el que se llevan a cabo, denominadas, inicial o de diagnóstico, continua y sumativa. La evaluación inicial o diagnóstica tiene por objetivo la individualización del currículo con el fin de atender a la diversidad. Durante todo el proceso de enseñanza- aprendizaje, se aborda una evaluación continua que informará acerca de su evolución y desarrollo. Y la evaluación sumativa, complementaria a la continua, permite determinar tanto lo que se ha logrado durante todo el proceso educativo, así como el resultado obtenido. Dicha evaluación sumativa proporciona a través del uso de diferentes técnicas e instrumentos de evaluación una información vital para orientar la planificación, seguimiento y correcciones en la siguiente SA.
En este aspecto, atendiendo al artículo 14 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, el equipo docente liderado por el tutor o tutora del gripo deberá valorar coordinadamente el progreso del alumnado a través de una única sesión de evaluación al finalizar el curso escolar. Dichos resultados se plasmarán en el acta de evaluación final de curso, trasladándose al expediente académico de cada estudiante y de ahí a su historial académico. En esta se deberán constar las medidas de intervención educativas tanto generales como específicas, así como la propuesta de evaluación psicopedagógica cuando dichas medidas no hayan surtido efecto.
Además, a lo largo del curso escolar deberán llevarse a cabo por lo menos tres sesiones de evaluación, una por trimestre. En estas participará todo el conjunto de docentes encargados de la docencia en dicho grupo, coordinados por el tutor o tutora de este. El objetivo de estas es llevar a cabo un diálogo constante en el que se adopten decisiones para mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje tanto del grupo como de cada estudiante, así como de la propia labor docente.
Los resultados de las evaluaciones deben acompañarse de una calificación numérica, en los siguientes términos:
Seguidamente voy a especificar los documentos oficiales de evaluación recogidos en el artículo 25 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, en el que se establece que:
3Miguel Ángel Merino Fernández
Seguidamente voy a exponer en qué consisten cada uno de los documentos oficiales de evaluación:
Atendiendo a Bernal et al. (2014) la evaluación no puede quedarse únicamente en la valoración de las capacidades adquiridas por el alumnado, sino que también tiene como finalidad adecuar el proceso de enseñanza a las características y necesidades educativas, manteniendo su carácter continuo informativo.
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