Pdf del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sobre la Guía Legal de los Prestadores de Servicios Turísticos Agencias de Viajes y Oficinas de Representaciones Turísticas. El Material, dirigido a la Formación profesional en Derecho, aborda el marco normativo, requisitos de operación y obligaciones del sector turístico, incluyendo protección al consumidor.
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El Viceministerio de Turismo, a través de la Mesa Permanente para la Formalización Turística (MPFT), elaboró esta guía, con el fin de que las agencias de viajes y las oficinas de representa- ciones turísticas y usuarios de estos servicios, puedan apoyarse en esta para el cumplimiento de los requisitos legales en sus diferentes ámbi- tos, dentro de las actividades propias de su obje- to social y los servicios que ofrecen y contratan.
En la presente guía se encuentra la normatividad que regula a los establecimientos de las agen- cias de viajes y oficinas de representaciones tu- rísticas. Como un documento de apoyo para que puedan conocer las leyes, decretos, resoluciones y conceptos aplicables a su operación.
Nota aclaratoria: Esta guía tiene un carácter didáctico y los creadores no se hacen respon- sables de cualquier error u omisión al citar la normatividad o interpretación de la norma, para más información los invitamos a consultar la norma específica en los canales oficiales.
El Turismo es considerado por la Organización Mundial del Turismo - OMT como un sector económico de gran envergadura y crecimiento en el mundo.
En este contexto, el Artículo 1 de Ley 300 de 1996 (Ley General de Turismo de Colombia), resaltó que el turismo es una industria esencial para el de- sarrollo del país y de sus entidades territoriales. Con esta ley y las otras normas que la han modificado como la Ley 1101 de 2006, Ley 1558 de 2012, Decreto Ley 2106 de 2019 y la Ley 2068 de 2020, se establecen el marco general, principios, definicio- nes, las autoridades competentes en el sector y los prestadores de servi- cios turísticos, entre otros aspectos.
Igualmente, el Decreto 1074 de 2015 y sus modificaciones (Decretos 229 de 2017, 2063 de 2018 y 1836 de 2021), reglamentan aspectos como la inscripción en el Registro Nacio- nal de Turismo, la contribución pa- rafiscal, así como aspectos particu- lares atinentes a las agencias de viaje y oficinas de representaciones turísticas.
El Decreto Ley 2106 de 2019, conocido como ley anti trámites incluye algunos componentes relacionados con aspectos de funcionamiento, vigilancia y control de los prestadores de servicios turísticos.
Es preciso indicar que los actores del Turismo, como las agencias de viajes y oficinas de representaciones turís- ticas en Colombia deben conocer la normatividad mencionada, para que se consolide el sector como una industria motora de la economía del país.
Son PST constituidas por personas naturales o jurídicas, que se dedi- can profesionalmente al ejercicio de actividades turísticas dirigidas a la prestación de servicios, directamente o como intermediarios entre los via- jeros y proveedores de los servicios.
Es la combinación previa de, por lo menos, dos o más servicios de ca- rácter turístico, vendido u ofrecido como un solo producto y por un pre- cio global. La facturación por separa- do de algunos de los servicios turísti- cos no exime a la Agencia de Viajes del cumplimiento de las obligaciones del presente título.
Servicios turísticos adicionales a los básicos de alojamiento y de transpor- te, que pueden o no estar incluidos en el plan turístico.
Son aquellas que permiten a los tu- ristas:
SABÍAS QUE No son plataformas electrónicas o digitales de servicio turísticos aquellas que prestan servicios de publicidad o se limitan a facilitar el proceso de transmisión y difusión de contenidos, sin adoptar un modelo de negocios de intermediación para la prestación de un servicio turístico.
Persona natural o jurídica que ad- ministra, opera o representa una plataforma electrónica o digital de servicios turísticos que presten y/o disfruten en Colombia.
RECUERDA QUE De acuerdo con la actividad económica que corresponde a las agencias de viajes y oficinas de representaciones turísticas, estos se clasifican en los siguientes códigos:
SABÍAS QUE Si las oficinas de representaciones turísticas actuarán en representación de una Agencia de Viajes en cualquiera de sus categorías; estas deberán dar cumplimiento a las normas que rigen a este tipo de PST.
por Agencias de Viajes Opera- doras y vendidos por Agencias de Viajes y Turismo;
cias de Viajes Operadoras establecidas en el país;
SABÍAS QUE Las Agencias de Viajes Mayoristas no podrán vender directamente al público, por tanto, no establecen contacto comercial con éste. Sin embargo, responderán solidariamente con la agencia vendedora ante el usuario por las reclamaciones que se presentasen.
RECUERDA QUE Señalar las empresas y los productos o servicios que representan, adjuntando documentos que acrediten que por parte de la representada se le ha conferido un mandato para adelantar la venta, promoción o explotación de servicios turísticos en el territorio nacional o en el extranjero.