El Sistema Nacional de Salud: Ley 16/2003 y sus capítulos clave

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TEMA 11
EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD. LEY 16/2003, DE 28 DE MAYO, DE
COHESIÓN Y CALIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD: CAPITULO
PRELIMINAR (DISPOSICIONES GENERALES), CAPÍTULO I (DE LAS
PRESTACIONES), CAPÍTULO III (DE LOS PROFESIONALES) Y CAPÍTULO X (DEL
CONSEJO INTERTERRITORIAL). INDICADORES CLAVE DEL SNS ACTUALIZADOS
(INCLASNS BD).
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El Sistema Nacional de Salud en España

GRUPOENFERMERIAOPE.COM TEMA 11 EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD. LEY 16/2003, DE 28 DE MAYO, DE COHESIÓN Y CALIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD: CAPITULO PRELIMINAR (DISPOSICIONES GENERALES), CAPÍTULO I (DE LAS PRESTACIONES), CAPÍTULO III (DE LOS PROFESIONALES) Y CAPÍTULO X (DEL CONSEJO INTERTERRITORIAL). INDICADORES CLAVE DEL SNS ACTUALIZADOS (INCLASNS - BD).La protección derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria de la salud en España

Normativa básica del Sistema Nacional de Salud

Normativa básica que regula el Sistema Nacional de Salud

  • Constitución Española (1978)
  • Ley General de Sanidad (Ley 14/1986)
  • Normativa Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (Ley 16/2003)

La Constitución Española de 1978 establece, en su artículo 43, el derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria de la salud todos los ciudadanos. Los principios y criterios sustantivos que permiten el ejercicio en España de este derecho se regulan por la Ley 14/1986, General de Sanidad y se concretan en:

Financiación pública, universalidad y gratuidad de los servicios sanitarios en el momento del uso.

  • Derechos y deberes definidos para los ciudadanos y para los poderes públicos.
  • Descentralización política de la sanidad en las Comunidades Autónomas.

Prestación de una atención integral de la salud procurando altos niveles de calidad debidamente evaluados y controlados.

Ley de Cohesión y Calidad (2003) :_ La ley quiere asegurar la coordinación y cooperación entre las Comunidades Autónomas y trata de temas como las prestaciones, la cartera de servicios, los medicamentos, la educación sanitaria, etc. . Su objetivo es: garantizar la equidad, acceso de todos los ciudadanos del Estado español en igualdad de condiciones a todas las prestaciones.

Competencias de las administraciones públicas en materia sanitaria

Competencias de las administraciones públicas en materia sanitaria

Bases y coordinación de la sanidad

  • CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL SNS
  • ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Sanidad exterior Política del medicamento Gestión de INGESA Planificación Sanitaria
  • COMUNIDADES AUTÓNOMAS Salud Pública Gestión Servicios de Salud
  • CORPORACIONES LOCALES Salubridad Colaboración en la gestión de los Servicios Públicos

Fuente: Reparto de competencias según la Constitución Española de 1978; Ley 14/1986, de 25 de abril, Ley General de Sanidad; y la Ley 16/2003 de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

Cobertura poblacional y asistencia sanitaria

Cifras de población en España

COBERTURA POBLACIONAL POBLACIÓN CIFRAS DE POBLACIÓN Hombres Mujeres Ambos sexos 49 24 48 Millones de habitantes 47,0 46,7 47 1 1,5% 23 46 44,8 45 Millones de habitantes 22 44 2007 2014 2021 La pirámide poblacional es claramente REGRESIVA. 90 y más años 0,4% 0,8% 0,9% Mujeres 80-84 años 1,1% 1,6% 1,7% 2,1% 2,2% 2,5% 2,5% 2,7% 60-64 años 3,1% 3.3% 3,6% 3,7% 50-54 años 3,9% 3,9% 4,2% 4,1% 40-44 años 4,1% 4,1% 3,4% 3,4% 30-34 años 2,9% 2,9% 2,7% 2,6% 20-24 años 2,6% 2,5% 2.7% 2,5% 10-14 años 2,8% 2,6% 2,5% 2,3% 0-4 años 2,1% 2,0% -5,0% -4,0% -3,0% -2,0% -1,0% 0,0% 1,0% 2,0% 3,0% 4,0% 5,0% POBLACIÓN PROTEGIDA POR EL SNS 100% de la población tiene asistencia sanitaria financiada con fondos públicos: 47,4 M de personas Mutualismo con proveedor privado 3,5% SNS 96,5% 45,8 M Proveedor de atención sanitaria ACCESO A TRAVES DE TARJETA SANITARIA SISTEMA NACIONAL DE SALUD DE ESPAÑA Tarjeta Sanitaria JUNTA DE ANDALUCIA NÚMERO DE HISTORIA DE SALUD DE ANDALUCÍA AN 0123456789 DNVNIE 00123456-X CARMEN ANDALUZA ANDALUZA BBBBBBBBXX123456 00123456789 1,3% Hombres 70-74 años 46,5 47.385.107 personas 47,4

Flujos financieros del sistema público español

Flujos financieros del sistema público español. Reforma del 2002

Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

Administración del Estado

Instituto Social de la Marina Mutualidades de Funcionarios Públicos

Comunidades Autónomas

INGESA Ceuta y Melilla

Cotizaciones sociales Impuestos

Servicios Regionales de Salud

17 Comunidades Autónomas

Presupuesto global Salud Penitenciaria y Hospitales Militares

Conciertos

Centros de Atención Primaria

Presupuesto global Población

Presupuesto global Hospitales publicos

Presupuesto global Pacientes

Copago Precios Farmacia

Presupuesto Global Salud Pública

Presupuesto global Pago directo

Conciertos

Pago por estancia

Hospitales privados

Pago por servicios

Profesionales privados

Pago por servicios

Primas de seguros

Seguro Privado

Primas de seguros

Corporaciones locales

Organización y prestaciones del Sistema Nacional de Salud

Niveles asistenciales del Sistema Nacional de Salud

Organización del Sistema Nacional de Salud El Sistema Nacional de Salud se organiza en dos entornos o niveles asistenciales: Atención Primaria y Atención Especializada, en los que el acceso espontáneo de los ciudadanos y la complejidad tecnológica se encuentran en relación inversa.

Atención primaria Atención especializada

Características Accesibilidad Complejidad técnica

Actividades Promoción de la salud y de prevención de la enfermedad con capacidad de resolución técnica para abordar de forma completa los problemas de salud más frecuentes

Cuenta con los medios diagnósticos y terapéuticos de mayor complejidad y coste cuya eficiencia aumenta si se concentran

Acceso Espontáneo Por indicación de los facultativos de atención primaria

Dispositivo asistencial Centros de salud y consultorios locales Centros de especialidades y hospitales

Régimen de atención En el centro y en el domicilio del ciudadano De manera ambulatoria o con internamiento

Prestaciones y cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud

Prestaciones del Sistema Nacional de Salud El conjunto de servicios que el Sistema Nacional de Salud ofrece a los ciudadanos incluye actividades preventivas, diagnósticas, terapéuticas, rehabilitadoras y de promoción y mantenimiento de la salud.

La cartera de servicios básica se estableció en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud y en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se regula la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. Posteriormente la reforma sanitaria que establece el Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones modifica la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud incluyendo las siguientes modalidades:

  • Cartera común de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud: incluye todas aquellas actividades y servicios o técnicas, sin carácter de prestación, que no se consideran esenciales y/o que son coadyuvantes o de apoyo para la mejora de una patología de carácter crónico. Las actividades, servicios o técnicas incluidas en esta modalidad de cartera están pendientes de hacerse efectivas una vez se aprueben por Orden del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
  • Cartera de servicios complementaria de las comunidades autónomas: las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias podrán incorporar una técnica, tecnología o procedimiento no contemplado en la

PRESTACIONES SNS la cartera común básica, suplementaria o de servicios accesorios del Sistema Nacional de Salud, para lo cual establecerán los recursos adicionales necesarios informando, de forma motivada, al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

  • Cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud: comprende todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente.
  • Cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud: incluye las siguientes prestaciones:
  • Atención primaria
  • Atención especializada
  • Atención sociosanitaria
  • Atención de urgencia
  • Prestación farmacéutica
  • Prestación ortoprotésica
  • Prestación de productos dietéticos
  • Prestación de transporte sanitario

IC C SLA

Ley de Cohesión y Calidad del SNS

Estructura de la Ley de Cohesión y Calidad

LEY DE COHESION Y CALIDAD Ley de cohesión y calidad del SNS: Estructura oFecha de disposición: 28/05/2003 oPublicación: 29/05/2003 oEntrada en vigor: 30 de mayo de 2003. 12 capítulos. 79 artículos.

  • CAPÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales (Arts. 1 a 6)
  • CAPÍTULO I. De las prestaciones (Arts. 7 a 29)
  • CAPÍTULO II. De la farmacia (Arts. 30 a 33)
  • CAPÍTULO III. De los profesionales (Arts. 34 a 43)
  • CAPÍTULO IV. De la investigación (Arts. 44 a 52)

. CAPÍTULO V. Del sistema de información sanitaria (Arts. 53 a 58)

. CAPÍTULO VI. De la calidad (Arts. 59 a 63)

. CAPÍTULO VII. De los planes integrales (Art. 64)

CAPÍTULO VIII. De la salud pública (Arts. 65 a 66)

. CAPÍTULO IX. De la participación social (Arts. 67 a 68)

. CAPÍTULO X. Del Consejo Interterritorial (Arts. 69 a 75)

. CAPÍTULO XI. De la Alta Inspección (Arts. 76 a 79) 10 Disposiciones adicionales Una disposición transitoria Dos disposiciones derogatorias Seis disposiciones finales

Objetivos de la Ley de Cohesión y Calidad

LA LEY DE COHESION Y CALIDAD Objetivos de la Ley La ley quiere asegurar la coordinación y cooperación entre las Comunidades Autónomas y trata de temas como las prestaciones, la cartera de servicios, los medicamentos, la educación sanitaria, etc.

Su objetivo es: garantizar la equidad, acceso de todos los ciudadanos del Estado español en igualdad de condiciones a todas las prestaciones.

La calidad: últimos avances técnicos en condiciones de seguridad promoviendo la prevención de la enfermedad y la promoción de la salud o las soluciones eficaces de la enfermedad cuando esta aparece y evaluando qué medidas deben incorporarse porque han demostrado efectividad.

La participación social: respetando la autonomía de cada individuo y valorando también al colectivo de usuarios.

Capítulo Preliminar: Disposiciones generales

LA LEY DE COHESION Y CALIDAD Capitulo Preliminar: Disposiciones generales Artículo 1. Objeto. El objeto de esta ley es: Establecer el marco legal para las acciones de coordinación y cooperación de las Administraciones públicas sanitarias,, de modo que se garantice la equidad, la calidad y la participación social en el Sistema Nacional de Salud, así como la colaboración activa de éste en la reducción de las desigualdades en salud.

Principios generales de la Ley de Cohesión y Calidad

LA LEY DE COHESION Y CALIDAD Capítulo Preliminar: Disposiciones generales Artículo 2. Principios generales Son principios que informan esta ley:

  1. La prestación de los servicios a los usuarios del Sistema Nacional de Salud en condiciones de igualdad efectiva y calidad, evitando especialmente toda discriminación entre mujeres y hombres en las actuaciones sanitarias.
  2. El aseguramiento universal y público por parte del Estado.
  3. La coordinación y la cooperación de las Administraciones públicas sanitarias para la superación de las desigualdades en salud, en los términos previstos en esta ley y en la Ley General de Salud Pública.
  4. La prestación de una atención integral a la salud, comprensiva tanto de su promoción como de la prevención de enfermedades, de la asistencia y de la rehabilitación, procurando un alto nivel de calidad, en los términos previstos en esta ley y en la Ley General de Salud Pública.
  5. La financiación pública del Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con el vigente sistema de financiación autonómica.
  6. La igualdad de oportunidades y la libre circulación de los profesionales en el conjunto del Sistema Nacional de Salud.
  7. La colaboración entre los servicios sanitarios públicos y privados en la prestación de servicios a los usuarios del Sistema Nacional de Salud.
  8. La colaboración de las oficinas de farmacia con el Sistema Nacional de Salud en el desempeño de la prestación farmacéutica.

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