Tema 3 Unión Europea: instituciones y funciones

Documento de Universidad sobre Tema 3 Unión Europea. El Pdf, de la materia de Derecho, explora las instituciones de la Unión Europea, como el Parlamento Europeo y el Tribunal de Cuentas, detallando su naturaleza, funciones y bases jurídicas.

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Tema 3 Unión Europea
El Parlamento Europeo
Naturaleza
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Artículo 14 TUE
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Artículo 223 TFUE
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Artículo 224 TFUE
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El Parlamento Europeo

Naturaleza y Evolución

El Parlamento Europeo, anteriormente conocido como asamblea, representa los intereses de los ciudadanos de la Unión Europea. Originalmente, estaba compuesto por delegados designados por los parlamentos nacionales según los procedimientos de cada Estado miembro. Las primeras elecciones por sufragio universal y directo se llevaron a cabo en junio de 1979, tras la adopción de un acta en 1976 que estableció este sistema electoral. Desde entonces, el procedimiento electoral se rige por las disposiciones de cada Estado miembro, con un régimen transitorio previsto por la acta de 1976 antes de la adopción de un régimen electoral europeo. Actualmente, su funcionamiento está regulado por el artículo 14 del Tratado de la Unión Europea y los artículos 223 a 234 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Artículo 14 TUE

El Parlamento Europeo, en colaboración con el Consejo, ejerce la función legislativa y la función presupuestaria, además de llevar a cabo funciones de control político y consultivas según lo establecido en los Tratados. Este órgano elige al Presidente de la Comisión.

El Parlamento está compuesto por representantes de los ciudadanos de la Unión, con un máximo de 750 diputados más el Presidente. La representación es decrecientemente proporcional, garantizando al menos seis diputados por Estado miembro y un límite de 96 escaños por país. La composición del Parlamento se fijará mediante una decisión adoptada por unanimidad por el Consejo Europeo, a iniciativa del Parlamento y con su aprobación.

Los diputados son elegidos por sufragio universal directo, libre y secreto, por un mandato de cinco años. El Parlamento tambien elige a su Presidente y a la Mesa entre sus miembros.

Artículo 223 TFUE

El Parlamento Europeo desarrollará un proyecto para establecer las disposiciones necesarias que permitan la elección de sus miembros por sufragio universal directo, siguiendo un procedimiento uniforme o principios Tema 3 Unión Europea 1comunes para todos los Estados miembros. El Consejo fijará estas disposiciones por unanimidad mediante un procedimiento legislativo especial, previa aprobación del Parlamento, que deberá pronunciarse por mayoría de sus miembros. Estas disposiciones entrarán en vigor una vez aprobadas por los Estados miembros según sus normas constitucionales.

Además, el Parlamento Europeo establecerá, mediante reglamentos adoptados por su propia iniciativa y siguiendo un procedimiento legislativo especial, el estatuto y las condiciones generales para el ejercicio de las funciones de sus miembros. Esto se llevará a cabo con el dictamen de la Comisión y la aprobación del Consejo. Las normas relativas al régimen fiscal de los miembros o exmiembros se decidirán en el Consejo por unanimidad.

Artículo 224 TFUE

El Parlamento Europeo y el Consejo, con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, establecerán mediante reglamentos el estatuto de los partidos políticos a escala europea, a los que se hace referencia en el apartado 4 del artículo 10 del Tratado de la Unión Europea, y en particular las normas relativas a su financiación.

Artículo 225 TFUE

Por decisión de la mayoría de los miembros que lo componen, el Parlamento Europeo podrá solicitar a la Comisión que presente las propuestas oportunas sobre cualquier asunto que a juicio de aquél requiera la elaboración de un acto de la Unión para la aplicación de los Tratados. Si la Comisión no presenta propuesta alguna, comunicará las razones al Parlamento Europeo.

Artículo 226 TFUE

El Parlamento Europeo puede constituir una comisión temporal de investigación a solicitud de una cuarta parte de sus miembros. Esta comisión se encargará de examinar alegaciones de infracción o mala administración en la aplicación del Derecho de la Unión, siempre que no esté en curso un procedimiento jurisdiccional sobre los mismos hechos. La existencia de la comisión finalizará con la presentación de su informe. Además, el Parlamento establecerá las modalidades para el ejercicio del derecho de investigación mediante reglamentos adoptados por su propia iniciativa, siguiendo un procedimiento legislativo especial y con la aprobación del Consejo y la Comisión.

Artículo 227 TFUE

Tema 3 Unión Europea 2Cualquier ciudadano de la Unión, así como cualquier persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro, tendrá derecho a presentar al Parlamento Europeo, individualmente o asociado con otros ciudadanos o personas, una petición sobre un asunto propio de los ámbitos de actuación de la Unión que le afecte directamente.

Artículo 228 TFUE

El Parlamento Europeo elegirá a un Defensor del Pueblo Europeo, encargado de recibir reclamaciones de ciudadanos de la Unión sobre casos de mala administración en las instituciones de la Unión, excluyendo al Tribunal de Justicia en sus funciones jurisdiccionales. El Defensor del Pueblo podrá investigar estas reclamaciones de forma independiente, ya sea por iniciativa propia o a través de solicitudes recibidas, y deberá informar sobre los resultados. Si se verifica un caso de mala administración, se comunicará a la institución involucrada, que tendrá tres meses para responder. El Defensor del Pueblo presentará un informe anual al Parlamento sobre sus investigaciones. Su elección se realizará tras cada elección del Parlamento y su mandato es renovable. Puede ser destituido por el Tribunal de Justicia si no cumple con las condiciones necesarias o comete faltas graves. Durante su mandato, actuará de forma independiente y no podrá aceptar instrucciones de ningún gobierno u organismo. El Parlamento establecerá, mediante reglamentos adoptados por su propia iniciativa, el Estatuto y las condiciones del Defensor del Pueblo, previa consulta con la Comisión y aprobación del Consejo.

Artículo 229 TFUE

El Parlamento Europeo celebrará cada año un período de sesiones. Se reunirá sin necesidad de previa convocatoria el segundo martes de marzo.

El Parlamento Europeo podrá reunirse en período parcial de sesiones extraordinario a petición de la mayoría de los miembros que lo componen, del Consejo o de la Comisión

Artículo 230 TFUE

  • La Comisión podrá asistir a todas las sesiones del Parlamento Europeo y comparecerá ante éste si así lo solicita.
  • La Comisión contestará oralmente o por escrito a todas las preguntas que le sean formuladas por el Parlamento Europeo o por sus miembros.
  • El Consejo Europeo y el Consejo comparecerán ante el Parlamento Europeo en las condiciones fijadas por el reglamento interno del Consejo Europeo y Tema 3 Unión Europea 3por el del Consejo.

Artículo 231 TFUE

  • Salvo disposición en contrario de los Tratados, el Parlamento Europeo decidirá por mayoría de los votos emitidos.
  • El reglamento interno fijará el quórum.

Artículo 232 TFUE

  • El Parlamento Europeo establecerá su propio reglamento interno por mayoría de los miembros que lo componen.
  • Los documentos del Parlamento Europeo se publicarán en la forma prevista en los Tratados y en dicho reglamento.

Artículo 233 TFUE

El Parlamento Europeo procederá a la discusión, en sesión pública, del informe general anual que le presentará la Comisión

Artículo 234 TFUE

El Parlamento Europeo puede pronunciarse sobre una moción de censura contra la gestión de la Comisión, pero debe transcurrir un mínimo de tres días desde su presentación, y la votación debe ser pública. Si la moción es aprobada por una mayoría de dos tercios de los votos emitidos, que además representen la mayoría de los diputados del Parlamento, todos los miembros de la Comisión deben dimitir colectivamente, así como el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

Mientras tanto, los miembros de la Comisión continuarán en sus funciones de administración ordinaria hasta que sean reemplazados de acuerdo con el artículo 17 del Tratado de la Unión Europea. Los nuevos miembros de la Comisión designados para reemplazarlos tendrán un mandato que expirará en la misma fecha que el de los miembros que dimiten.

Composición del Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo asigna un número específico de escaños a cada Estado miembro. El total de eurodiputados ha ido aumentando a medida que la Unión Europea ha incorporado nuevos países en sus 7 ampliaciones. Actualmente, según el artículo 14 del Tratado de la Unión Europea, el Parlamento puede tener un máximo de 751 miembros, que incluye al presidente y 750 diputados. La distribución de escaños se realiza con un sistema de representación Tema 3 Unión Europea 4proporcional decreciente, permitiendo un mínimo de 6 y un máximo de 96 eurodiputados por país. La decisión sobre la distribución corresponde al Consejo Europeo, que actúa por unanimidad y con la aprobación del Parlamento Europeo.

La legislatura 2019-2024 inició con 751 diputados, de los cuales 54 eran españoles. Sin embargo, tras la salida del Reino Unido de la UE el 1 de febrero de 2020, el número de eurodiputados se redujo a 705, asignando 59 escaños a España. Para la legislatura 2024-2029, el Consejo Europeo decidió aumentar el número total a 720 diputados, de los cuales 61 corresponderán a España.

El mandato de cada parlamentario europeo dura 5 años. Existen incompatibilidades para ejercer el cargo, como ocupar otras posiciones dentro de las instituciones de la UE, ser miembro de un gobierno nacional o pertenecer a un parlamento nacional.

Incompatibilidades en España para Eurodiputados

En España, las incompatibilidades para los cargos del Parlamento Europeo están reguladas en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) de 1985. Según su artículo 211, son incompatibles para ser miembros del Parlamento Europeo:

  1. Aquellos que estén sujetos a incompatibilidades según las normas electorales de la UE.
  2. Personas mencionadas en el artículo 155.2 de la LOREG, como:
    • El presidente de la Comisión Nacional de la Competencia.
    • Miembros del Consejo de Administración de la Corporación RTVE.
    • Miembros de gabinetes de la Presidencia del Gobierno, ministros o secretarios de Estado.
    • Delegados del Gobierno en ciertas autoridades y empresas públicas.
  3. Miembros de las Cortes Generales, prevaleciendo el último cargo parlamentario adquirido.
  4. Miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, con la misma resolución de incompatibilidad que en las Cortes.
  5. Diputados electos por partidos, federaciones o coaliciones declarados ilegales por sentencia firme, o por agrupaciones vinculadas a partidos ilegalizados.

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