La Constitución Española de 1978: Valores y Principios
La Constitución Española de 1978 es clave en la construcción del Estado social y democrático de
derecho en España, definiendo valores como la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo
político. Establece que España es un Estado cuya soberanía recae en el pueblo español.
Características de la Constitución Española
Sus características son:
- Popular
- Normativa
- Monárquica
- Rígida
- Consensuada
- Democrática
- Derivada
- Extensa
Contexto Histórico de la Constitución de 1978
La Constitución surgió durante la transición democrática tras la dictadura de Franco. Se hizo necesaria
una nueva legislación que reemplazara las Leyes Fundamentales del régimen anterior, lo que llevó a la
Ley para la Reforma Política en 1977. Las nuevas Cortes elegidas ese mismo año asumieron la
tarea de redactar la Constitución, que fue aprobada el 31 de octubre de 1978 y ratificada por
referéndum el 6 de diciembre de ese mismo año.
Cronología de la Constitución de 1978
31 MOH978
27 H21978
1978
Aprobada por ambas
cámaras,congreso y senado
1978
Sancionada por el rey
antes de las cortes
1978
29 M2H1978
Entrada en vigor
O
C
6H21978
29 H2 1978
Publicada en el BOE
Referendum
Aprobada por el pueblo español
1978
1978
IMPORTANT
Estructura de la Constitución Española
52. ESTRUCTURA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Título I: De los Derechos y Deberes Fundamentales
I
"De los derechos y
deberes fundamentales"
ART 10-55
Capítulos del Título I
CAP. I
"De los españoles y
los extranjeros"
CAP. III
"Principios rectores política
social y económica"
CAP. II
"Derechos y libertades"
CAP. IV
"Garantías de las libertades
y derechos fundamentales"
ART. 14
CAP. V
"Suspensión de los
derechos y libertades"
Sección I: "Derechos fundamentales y libertades
públicas"
Sección II: "Derechos y deberes de los ciudadanos"
Título II: La Corona
ART 56-65
=
"La Corona"
Título III: De las Cortes Generales
ART 66-96
"De las Cortes Generales"
Capítulos del Título III
CAP. I
"De las Cámaras"
CAP. II "De la elaboración de leyes"
CAP. III
"De los tratados internacionales"
Título IV: Del Gobierno y la Administración
ART 97-107
IV
"Del Gobierno y
la Administración"
Título V: De las Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
ART 108-116
V
"De las relaciones entre el
Gobierno y las Cortes Generales"
Estructura General de la Constitución
888
Estructura
169 artículos
Preámbulo
Once títulos
4 Disposiciones
Adicionales
9 Disposiciones
Transitorias
1 Disposición Derogatoria
1 Disposición Final
IMPORTANT
Título VI: Del Poder Judicial
ART 117-127
VI
"Del Poder Judicial"
Título VII: Economía y Hacienda
ART 128-136
VII
"Economía y Hacienda"
Título VIII: De la Organización Territorial del Estado
ART 137-158
VIII
"De la organización territorial
del Estado"
Capítulos del Título VIII
CAP. I "Principios generales"
CAP. Il "De la Administración Local"
CAP. III
"De las Comunidades
Autónomas"
Título IX: Del Tribunal Constitucional
ART 159-165
IX
"Del Tribunal Constitucional"
Título X: De la Reforma Constitucional
ART 166-169
X
"De la reforma constitucional"
Título Preliminar de la Constitución Española
6TÍTULO PREELIMINAR
El Título Preliminar de la Constitución explica las ideas que deben impulsar las normas del país. Por
ejemplo, la libertad y la igualdad. El título preliminar dice que España es:
- Un país que respeta los derechos de las personas.
- Una democracia, porque los españoles pueden votar a sus representantes.
- Una monarquía parlamentaria, porque el Rey es el máximo representante de todos los españoles y
porque hay un Parlamento para debatir, votar y cambiar las leyes.
- Artículo 1 (País democrático y monarquía): España es un país democrático que valora la libertad,
justicia, igualdad y respeto a las ideas políticas. El poder de las instituciones proviene del pueblo
español, y España es una monarquía parlamentaria, con el Rey como máximo representante y un
Parlamento para legislar.
- Artículo 2 (España y las autonomías): España es un país de todos los españoles, compuesto por
regiones y nacionalidades que pueden convertirse en comunidades autónomas.
- Artículo 3 (El idioma): El castellano es el idioma oficial de España, pero otras lenguas como el
catalán, gallego, valenciano y euskera son igualmente importantes en sus respectivas comunidades
autónomas y deben ser respetadas.
- Artículo 4 (La bandera): La bandera de España es roja y amarilla, y cada comunidad autónoma tiene
su propia bandera además de la española.
- Artículo 5 (La capital): Madrid es la capital de España.
- Artículo 6 (Los partidos políticos): Los partidos políticos representan la diversidad de ideas de los
ciudadanos. Deben respetar las leyes y operar de manera democrática.
- Artículo 7 (Los trabajadores y los empresarios): Los trabajadores defienden sus intereses a través
de los sindicatos, mientras que las empresas lo hacen a través de asociaciones. Ambos deben actuar
conforme a la ley y de manera democrática.
- Artículo 8 (Las Fuerzas Armadas): Las Fuerzas Armadas tienen la responsabilidad de defender
España, por ejemplo, ante ataques de otros países.
- Artículo 9 (La obligación de cumplir con las leyes): Todos los ciudadanos e instituciones deben
cumplir la Constitución y las leyes, las cuales deben ser claras, públicas y aplicadas por igual. Las
instituciones no pueden legislar a favor de intereses propios.
Título I: Derechos y Deberes Fundamentales
7TÍTULO I DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES
Los Derechos Fundamentales (Artículos 15-29)
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
Artículos del 15 al 29
- Artículo 15
Derecho a la vida,
a la integridad física y moral
- Artículo 16
Derecho a la libertad
ideológica, religiosa y de culto
- Artículo 17
Derecho a la libertad
personal y a la seguridad
+
- Artículo 18
Derecho al honor, a la intimidad
personal y familiar, y a la propia
imagen. Domicilio inviolable.
Secreto de las comunicaciones
- Artículo 19
Derecho a la libertad de
residencia y circulación
- Artículo 20
Derecho a la libertad de
expresión, producción
y creación, cátedra e
información
- Artículo 21
Derecho de reunión
OPOST
- Artículo 22
Derecho de asociación
- Artículo 23
Derecho de participación
- Artículo 24
Tutela judicial efectiva
- Artículo 25
Principio de legalidad
penal
- Artículo 26
Prohibición de los tribunales
de honor
- Artículo 27
Derecho a la educación y a la
libertad de enseñanza
- Artículo 28
Derecho a la libertad
sindical y a la huelga
- Artículo 29
Derecho de petición
Deberes Constitucionales
B) Deberes:
- (Art.27.4) el deber de defender a España
- (Art.30.1), deberes en caso de catástrofe o calamidad pública
- (Art.30.4), deber de solidaridad en la contribución al sostenimiento de los gastos
públicos de acuerdo con la capacidad económica
- (Art.31.1), y el deber de trabajar -unido al derecho al trabajo-
- (Art.35.1), el deber de asistencia de los padres frente a los hijos
- (Art.39.3), deberes en relación con la salud pública
- (Art.43.2), deber de conservar el medio ambiente
- (Art.45.1), obligación de comparecer ante las Cámaras legislativas en caso de ser
requerido (Art.76.2) y la obligación de acatar las sentencias judiciales
Estudio del Derecho a la Protección de la Salud
8ESTUDIO DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD
El derecho a la protección de la salud en España está consagrado en la Constitución Española de
1978, específicamente en el artículo 43, que establece que "toda persona tiene derecho a la
protección de la salud" Este derecho implica que los poderes públicos deben garantizar no solo
el acceso a servicios de salud, sino también promover medidas preventivas y asegurar la
educación sanitaria de la población
En resumen, el derecho a la protección de la salud en España es un derecho fundamental que
está respaldado por la Constitución y diversas leyes que garantizan su cumplimiento. Este
derecho no solo se refiere a la atención médica, sino que también abarca la promoción de la
salud y la prevención de enfermedades, reflejando un enfoque integral hacia el bienestar de la
población.
Principales Aspectos del Derecho a la Salud
Principales aspectos del derecho a la protección de la salud:
- Acceso Universal: Todas las personas tienen derecho a recibir atención sanitaria,
independientemente de su situación económica, social o de residencia. En España, esto
está garantizado por el Sistema Nacional de Salud (SNS).
- Atención sanitaria adecuada: El derecho a la salud implica que la atención que se brinde
debe ser de calidad, adecuada, eficiente y accesible. Esto incluye la provisión de servicios
médicos, diagnósticos, tratamientos y prevención de enfermedades.
- Prevención: El derecho a la salud no solo incluye el tratamiento de enfermedades, sino
también la promoción de la salud y la prevención de riesgos que puedan afectarla. Esto se
logra a través de campañas de prevención, vacunación y educación para la salud.
- Protección de los derechos del paciente: Las personas tienen derecho a ser informadas
sobre su estado de salud, opciones de tratamiento y riesgos, así como a dar su
consentimiento para procedimientos médicos. El respeto a la autonomía del paciente es
clave en este derecho.
- Derechos relacionados con la salud mental: La salud mental también está protegida,
garantizando el acceso a los servicios adecuados para el tratamiento de trastornos
psicológicos y psiquiátricos.
- Derecho a la privacidad y confidencialidad: Los datos personales de los pacientes deben
ser tratados con confidencialidad, de acuerdo con las leyes de protección de datos, para
salvaguardar su intimidad y garantizar su derecho a la privacidad.
Legislación Relevante sobre Salud
Legislación relevante:
- Constitución Española de 1978 (Art. 43): Reconoce el derecho de todos los ciudadanos a la
protección de la salud.
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad: Regula el acceso a la atención sanitaria y
la organización del sistema sanitario en España.
- Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública: Promueve la salud pública y la
protección de la salud a nivel colectivo.
Este derecho es fundamental para el bienestar de la población, permitiendo que cada persona
tenga la oportunidad de recibir la atención sanitaria que necesita para vivir de manera
saludable.
Artículos y Principios Clave de la Constitución Española
9La Constitución consta de 169 artículos, además de disposiciones adicionales y transitorias.
Los derechos fundamentales, recogidos en el Título I, son esenciales para el orden político y la paz
social, alineados con la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Uno de los valores más destacados es el principio de legalidad, que garantiza que todos, ciudadanos y
poderes públicos, están sujetos a la ley.
División de Poderes
La división de poderes es otro principio clave:
- Poder Legislativo en las Cortes Generales
- Poder Ejecutivo en el Gobierno
- Poder Judicial independiente.
Artículos Importantes de la Constitución Española
¿Cuáles son los artículos más importantes de la Constitución Española?
La soberanía reside en el pueblo
La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
El castellano es la lengua oficial del estado (art 3)
La bandera de España formada por 3 franjas roja
amarilla y roja(art 4)
La villa de Madrid como capital del estado (art 5)
Pluralismo político estructura interna y democrático (art 6)
Sindicatos (art 7)
Fuerzas armadas (art 8)
IMPORTANT
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación español
- Artículo 14: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna
por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social.»
- Artículo 23: «Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o
por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.»
- Artículo 35: «Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre
elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente
para satisfacer sus necesidades y las de su familia.»
- Artículo 117: «La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y
Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos
únicamente al imperio de la ley.»y la independencia del poder judicial.
- Artículo 149: Competencias Exclusivas del Estado
Este artículo es largo y extenso, pero se refiere a las competencias exclusivas del Estado, como
defensa, justicia y relaciones internacionales.
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