Diapositivas de la Universidad Rey Juan Carlos sobre Noción y Rasgos Configuradores del Derecho Sindical. El Pdf explora el concepto de Derecho Sindical, sus caracteres distintivos y las fuentes normativas que lo regulan, incluyendo aspectos procesales y la representación colectiva, ideal para estudiantes universitarios de Derecho.
Ver más39 páginas


Visualiza gratis el PDF completo
Regístrate para acceder al documento completo y transformarlo con la IA.
Sistema de normas jurídicas, establecidas estatalmente fruto de la autonomía colectiva, que regulan las relaciones de representación y defensa colectiva de los intereses de los trabajadores asalariados y de los empleadores o empresarios dentro del proceso económico de producción de bienes y serviciosu
SIN AUTONOMÍA CIENTÍFICA, FORMA PARTE DEL DERECHO DEL TRABAJO
GENÉRICA ESPECÍFICA Relativo a la representación y defensa colectiva de las partes de la relación laboral (sindicatos u órganos de representación en empresa) Relativo al sindicato como sujeto singularu
Alcanza al conjunto del sistema económico y social, no sólo a la empresa o centro de trabajo RR.LL. constituyen soporte real de las relaciones de producción y económicas RR.LL. no son formaciones sociales aisladas, sino una estructura caracterizadora del sistema económico y socialu
CONCEPTO DIMENSIONES Potestad que comparten los sujetos colectivos representativos para la autorregulación de sus intereses respectivos - AUTOORGANIZACIÓN GRUPAL - AUTONOMÍA NORMATIVA - AUTONOMÍA REPRESENTATIVA - AUTOTUTELA COLECTIVAu
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES ORDEN JERÁRQUICO DISPOSICIONES LEGALES DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS CONVENIOS COLECTIVOS ACUERDOS COLECTIVOSu
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: ART. 28º.1.Derecho fundamental. LIBERTAD SINDICAL El derecho de los trabajadores a fundar sindicatos y a afiliarse a los de su elección, así como el derecho de los sindicatos ya constituidos al ejercicio libre de las funciones que les son atribuidas para la defensa de los intereses del trabajo asalariadou
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: ART. 28º.2.Derecho fundamental. HUELGA Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidadu
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: ART. 37.1 (DCHOS. Y DEBERES CIUDADANOS) La ley garantizará el derecho de negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la FUERZA VINCULANTE de los conveniosu
DERECHO DE CONFLICTO ASOCIACIÓN (art. COLECTIVO 22) (asociaciones (art. 37.2) empresariales) SINDICACIÓN FUNCIONARIOS PÚBLICOS (art. 103.3) EXCLUSIÓN LIBERTAD SINDICAL JUECES, MAGISTRADOS Y FISCALES EN ACTIVO (art. 127.1) PARTICIPACIÓN TRABAJADORES EN LA EMPRESA (art. 129.2)u
TRATADOS INTERNACIONALES: (Arts. 93 a 96 de la C.E.) Organización de Naciones Unidas (O.N.U.) Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) Instituciones europeas Art. 10.2 de la C.E .: las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.u
Art. 23.4 Declaración Universal DD.HH. (D.U.DD.HH.) Art. 22 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Económicos (19/12/1966) Art. 8 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (19/12/1966) Ratificado por España Instrumento 13/4/1977 (BOE 30 de abril) Ratificado por España Instrumento 13/4/1977 (BOE 30 de abril)u
Convenio nº 87 sobre la Libertad Sindical y la protección del derecho de sindicación (9/7/1948) CONVENIOS FUNDAMENTALES Convenio nº 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (1/7/1949) (LIBERTAD SINDICAL Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA) Ratificado por España Instrumento 13/4/1977 (BOE 11 de mayo) Ratificado por España Instrumento 13/4/1977 (BOE 10 de mayo)u
Convenio nº 141 sobre las organizaciones de trabajadores rurales y su función en el desarrollo económico y social (23/6/1975) CONVENIOS TÉCNICOS (Libertad Sindical) Ratificado por España Instrumento 10/4/1978 (BOE 7/12/1979) Convenio nº 11 concerniente a los derechos de asociación y de coalición de los obreros agrícolas (12/11/1921) Ratificado por España Instrumento 25/3/1932 (Gaceta 26 de marzo)u
Convenio OIT n.º 135 relativo a la protección y facilidades que deben otorgarse a los representantes de los trabajadores en la empresa (23/6/1971) Ratificado por España Instrumento 8/9/1972 (BOE 4/7/1974) CONVENIOS SOBRE RELACIONES DE TRABAJO (Representación y negociación colectiva) Convenio nº 151 sobre la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la Administración Pública (27/6/1978) Ratificado por España Instrumento 22/6/1984 (BOE 12/12/1984)u
Convenio OIT n.º 154 sobre el fomento de la negociación colectiva (19/6/1981) Ratificado por España Instrumento 26/7/1985 (BOE 9/11/1985)u
Subsidiariedad UE (art. 153.1) TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA (TFUE) (Título X: Política social) Reconocimiento de los interlocutores sociales (art. 152) Exclusión del Derecho de sindicación del TFUE (art. 153.5) Competencia compartida ente UE y estados miembros en la materia social (art. 4.2.b) TFUE)u
Libertad Sindical (art. 12.1) CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA Derecho de negociación y de acción colectiva (art. 28) Ratificado por España por art. 2 de Ley Orgánica 1/2008, de 30 de julio (BOE 31/7/2008) Derecho a la información y consulta de los trabajadores en la empresa (art. 27)u
DERECHO DERIVADO UE Directiva 2002/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2002, por la que se establece un marco general relativo a la información y a la consulta de los trabajadores en la Comunidad Europea Directiva 2009/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, sobre la constitución de un comité de empresa europeo o de un procedimiento de información y consulta a los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria (versión refundida)u
DERECHO DERIVADO UE Directiva 2001/86/CE del Consejo, de 8 de octubre de 2001, por la que se completa el Estatuto de la Sociedad Anónima Europea en lo que respecta a la implicación de los trabajadoresu
CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE Libertad sindical (art. 11) LOS DERECHOS HUMANOS Y DE LAS Exclusión negociación colectiva LIBERTADES FUNDAMENTALES (CEDDHH)(4/11/1950) (Consejo de Europa) Incorporación al derecho comunitario por el vigente art. 6.2 y protocolo 8º del Tratado de la Unión Europea (TUE) Ratificado por España Instrumento 26/9/1979u
Libertad Sindical (Parte I.5 y Parte II. art. 5) CARTA SOCIAL EUROPEA (Consejo de Europa) (18/10/1961) Derecho de negociación colectiva (Parte I.6 y art. 6) Incluye trabajadores migrantes (art. 19) Ratificado por España por Instrumento de 29/4/1980 Incluye trabajadores migrantes (art. 19)u
REGULACIÓN LEGAL: Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical (LOLS) (desarrollo del artículo 28.1 C.E.)