El acto administrativo: nulidad, anulabilidad e irregularidad

Documento de Master.d sobre El Acto Administrativo. El Pdf, útil para estudiantes universitarios de Derecho, aborda el acto administrativo, sus tipos de invalidez (nulidad, anulabilidad, irregularidad) y la ejecución forzosa, según el resumen del documento.

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EL ACTO ADMINISTRATIVO
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master. DEL ACTO ADMINISTRATIVO

ÍNDICE

  1. CONCEPTO DEL ACTO ADMINISTRATIVO

3

  1. REGULACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

6

  1. CLASES DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

8

  1. ELEMENTOS

11

4.1. EL ELEMENTO SUBJETIVO

11

4.2. EL ELEMENTO OBJETIVO

12

4.3. EL ELEMENTO CAUSAL

13

4.4. EL ELEMENTO FINAL O TELEOLÓGICO

13

4.5. EL ELEMENTO FORMAL

14

  1. REQUISITOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

15

  1. EFICACIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO

17

6.1. EFICACIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO

17

6.2. DEMORA DE LA EFICACIA

19

6.3. SUSPENSIÓN DE LA EFICACIA

20

6.4. CESACIÓN DE LA EFICACIA

21

  1. VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO

23

7.1. NULIDAD ABSOLUTA

23

7.2. ANULABILIDAD

24

7.3. IRREGULARIDAD

27

7.4. EJECUTORIEDAD Y EJECUCIÓN FORZOSA

28

  1. NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

32

8.1. NOTIFICACIÓN

32

8.1.1. NOTIFICACIONES EN PAPEL.

35

8.1.2. NOTIFICACIONES A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS.

37

EL ACTO ADMINISTRATIVO

8.2. PUBLICACIÓN

37

8.3. INDICACIÓN DE NOTIFICACIONES Y PUBLICACIONES

39

8.4. CÓMPUTO DE PLAZOS

39

  1. CONVALIDACIÓN, CONSERVACIÓN Y CONVERSIÓN

42

9.1. CONVALIDACIÓN

42

9.2. CONSERVACIÓN Y CONVERSIÓN

43

  1. PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

45

BIBLIOGRAFÍA

47

2EL ACTO ADMINISTRATIVO

CONCEPTO DEL ACTO ADMINISTRATIVO

El acto administrativo puede ser definido como:

"La declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por la Administración, en el ejercicio de su potestad administrativa, distinta de la potestad reglamentaria" (definición apor- tada por Zanobini en su día).

Los actos administrativos vienen a ser una continuación, complemento o detalle de los actos de gobierno.

Por lo tanto, no son actos administrativos:

  • Los actos políticos del Gobierno.
  • Los actos materiales de la pura ejecución.
  • Los actos de la Administración sujetos al Derecho privado (Civil, Laboral, etcétera).
  • Los contratos celebrados por la Administración.
  • " Los reglamentos.

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Atención

Como todo acto jurídico, los actos administrativos suponen lo si- guiente: tienen que ser actos humanos, en donde se manifieste una voluntad consciente de producirse y con una exteriorización de esa voluntad a fin de que tenga efecto jurídico.

Características del acto administrativo:

  • Es una declaración intelectual que responde a todo tipo de declaraciones que apa- recen en la definición: de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo.
  • Declaración de voluntad: es un acto decisorio: la Administración declara lo que le interesa.
  • Declaración de juicio: es el caso que ocurre cuando la Administración solicita una información (un informe) a un órgano consultivo para tomar una decisión.
  • Declaración de conocimiento: es el caso de una certificación.

3EL ACTO ADMINISTRATIVO

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Ejemplo de Declaración de Conocimiento

El secretario firma un certificado en el que da fe de una relación jurí- dica. Es una declaración de conocimiento.

  • Declaración de deseo: por ejemplo, las propuestas de resolución. Esta declara- ción excede de lo meramente material (puede dar lugar a un procedimiento coactivo). También hay que descartar que esta declaración sea siempre expresa, ya que se puede dar el caso de que sea presunta, en virtud de la cual se presu- me una actuación administrativa.
  • La declaración siempre debe proceder de la Administración Pública, por lo que no serán actos administrativos los que emanen del administrado ni los actos que emanen de órganos públicos que no pertenecen a la Administración.

Ejemplo de Actos No Administrativos

No son actos administrativos los que dictan los órganos legislativos, los tribunales, etcétera.

  • La declaración es unilateral, lo que supone que solamente es parte la Administra- ción Pública, aunque luego afecte a los administrados.
  • La declaración se va a dictar en virtud de la potestad administrativa, que deberá haber sido atribuida conforme al principio de legalidad (debe existir una normativa que atribuya esa potestad). La potestad administrativa va a ser diferente a la potestad reglamentaria.

Resumen del Acto Administrativo

El acto administrativo es la declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo realizada por la Administración en el ejerci- cio de su potestad administrativa.

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Resumen de las Características del Acto Administrativo

Por tanto, es una declaración intelectual, que procede de la Adminis- tración Pública, unilateral y que se dicta en virtud de la potestad ad- ministrativa.

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Más Información sobre el Acto Administrativo

En el Campus Virtual puedes encontrar más información acerca del acto administrativo. ¡ Vamos!

5EL ACTO ADMINISTRATIVO

REGULACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

Se regulan en el título III de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se estructura en tres capítulos y se centra en la regulación de los requisitos de los actos administrativos, su eficacia y las reglas sobre nulidad y anulabilidad.

Los actos administrativos tienen unos requisitos que afectan a su fondo y a su forma, es de- cir, al contenido del acto y a su exteriorización.

Los requisitos que afectan al contenido del acto administrativo son la competencia y la lega- lidad.

Ojo al Dato: Competencia y Legalidad

Tener competencia equivale a estar dotado de atribuciones para otorgar el acto en lo que respecta a la jerarquía, al organismo, a la materia y al territorio.

La legalidad implica un acomodamiento entre el acto y la ley que lo autoriza.

Por otro lado, la forma o exteriorización del acto administrativo es una garantía del acto mismo, puesto que este no es un acto interno, sino jurídico, resultado de pareceres distintos.

La forma externa es una garantía, en definitiva, contra la irreflexión y la ligereza.

Por el acto administrativo se resuelven diversos asuntos. Las leyes establecen frecuentemente los plazos dentro de los cuales los organismos administrativos deben pronunciarse sobre asuntos de su incumbencia, a instancias de los particulares interesados. Según el artículo 34 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adminis- traciones Públicas, "Los actos administrativos que dicten las Administraciones Públicas, bien de oficio o a instancia del interesado, se producirán por el órgano competente ajustándose a los requisitos y al procedimiento establecido".

6EL ACTO ADMINISTRATIVO

En cuanto a la forma que suele adquirir el acto administrativo, es la escrita, a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y cons- tancia.

Atención a la Preferencia de Medios Electrónicos

La preferencia del uso de medios electrónicos es una novedad que introduce la Ley 39/2015, estableciendo como preferentes las notifi- caciones electrónicas que se realizarán en la sede electrónica o en la dirección electrónica habilitada única, según corresponda.

7EL ACTO ADMINISTRATIVO

CLASES DE ACTOS ADMINISTRATIVOS

Los actos administrativos pueden ser:

  • Estatales, si proceden de la Administración Central.
  • Locales, si proceden de un organismo local.
  • Simples, si solo un órgano tiene la competencia para resolverlos.
  • Compuesto, si la competencia para resolverlos es mixta, es decir, dos o más órganos la comparten.
  • Discrecionales, si no están sometidos a ningún control legal.
  • Reglados, si existe una ley precedente que deban acatar.
  • Positivos, si consisten en hacer.
  • Negativos, si consisten en omitir.
  • Generales, si se dirigen a una pluralidad de personas indeterminadas.
  • Especiales, si están destinados a personas determinadas.
  • Negociables, si los efectos jurídicos del acto se derivan de la voluntad del órgano (por ejemplo, un nombramiento).
  • No negociables, si los efectos jurídicos se derivan de la norma (por ejemplo, una ins- cripción en un registro).

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Ejemplo de Actos Negociables y No Negociables

Un ejemplo de un acto negociable sería un nombramiento y de uno no negociable, una inscripción en un registro.

  • Definitivos, si ponen fin a un procedimiento.
  • De trámite, si implican la existencia de otros actos antes y después, para lograr un fin.

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  • Impugnables, si deben reunir las condiciones previstas en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La mayoría de los actos administrativos son de este tipo.
  • No impugnables, si no pueden ser objeto de un recurso contencioso-administrativo.
  • Favorables, si aumentan la esfera jurídica de los particulares.
  • De gravamen, si disminuyen la esfera jurídica de los particulares.

Reto: Ejemplos de Actos Favorables y de Gravamen

¿Te atreves a poner un ejemplo de un acto favorable? ¿ y de uno de gravamen?

Solución al Reto

Serían actos favorables, entre otros, las autorizaciones, las admisiones, las concesiones. Como actos de gravamen puedes encontrar las expropiaciones o las sanciones.

  • Expresos, si se manifiestan de una forma directa.
  • Tácitos, si se deducen, de forma indirecta, como efecto reflejo de otro acto adminis- trativo.
  • Presuntos, si se producen por la inactividad de la Administración, y ante esta inactivi- dad, la ley deduce unas determinadas consecuencias.

Ojo al Dato: Actos Presuntos y Silencio Administrativo

El problema de los actos presuntos es determinar si el silencio admi- nistrativo tiene un valor positivo (estimatoria de la petición, recurso o reclamación), o un valor negativo (desestimatorio de la petición, re- clamación o recurso).

Más sobre el Silencio Administrativo

¿Quieres saber más sobre el silencio administrativo? Dispones para ello de un audiovisual que te será de gran utilidad. (Tienes el material en el Campus Virtual).

  • Actos que agotan la via administrativa: si no son susceptibles de recurso ante la propia Administración.
  • Actos que no agotan la via administrativa: si son recurribles ante la Administración, mediante recurso ordinario previo a la vía contenciosa.

9EL ACTO ADMINISTRATIVO

  • Firmes, si salvo recurso de revisión, no pueden ser impugnados en vía administrativa, ni en vía contencioso-administrativa.
  • No firmes, si son susceptibles de recurso en via administrativa, y una vez adoptada esta también pueden ser impugnados ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

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ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO

Son elementos esenciales del acto administrativo:

  • El elemento subjetivo.
  • El elemento objetivo.
  • El elemento causal.
  • El elemento final o teleológico.
  • El elemento formal.

Vamos a verlos con más detalle:

EL ELEMENTO SUBJETIVO

El acto administrativo debe proceder, para ser tal, de una Administración Pública. Ahora bien, la Administración actúa a través de sus órganos, que tienen a su vez unos funcionarios titula- res, siendo necesario:

  • Que el órgano que dicte el acto tenga atribuida la competencia para ello, distinguién- dose tres tipos de competencia:
  • Territorial: por razón del espacio o territorio.
  • Funcional: por razón de la materia.
  • Jerárquica: por razón del grado jerárquico del órgano.
  • Que el funcionario titular del órgano esté adscrito al mismo en forma legítima.
  • Que tal funcionario no tenga relación personal, directa o indirecta, con el fondo del asunto. En otro caso se darían las causas legales de abstención y y/o recusación.

Son motivos de abstención del funcionario los siguientes (artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público):

  • Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pu- diera influir la de aquél, o ser administrador de sociedad o entidad interesada o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

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