Apuntes sobre el matrimonio canónico, su sacramentalidad y el consentimiento

Documento de Universidad sobre Apuntes Matrimonial Canónico. El Pdf explora la definición del matrimonio canónico, su consideración sacramental y las implicaciones de la violencia y el miedo en el consentimiento matrimonial, un tema clave en Derecho.

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TEMA 1 - EL MATRIMONIO CANÓNICO

I. DEFINICIÓN DEL MATRIMONIO

La palabra matrimonio designa dos realidades distintas pero unidas por una relación de causa y efecto:

  • La celebración (matrimonio in fieri): acto de contraer por el que los dos se entregan y aceptan mutuamente en alianza irrevocable para constituir en matrimonio.
  • La sociedad conyugal (matrimonio in facto ese): comunidad formada por marido y mujer.

Definiciones del matrimonio:

  1. Justiniano: "Es la unión del varón y la mujer, que contiene la unidad indivisible de vida".
  2. Modestino: "Es la unión del varón y la mujer, consorcio de toda la vida, comunión en el derecho divino y en el humano".
  3. Lombardo: "Es la unión marital del varón y mujer, entre personas legítimas, que retiene una comunidad indivisible de vida.
  4. Pio XI: "Es la íntima comunidad conyugal de vida y amor que se establece sobre la alianza de los cónyuges, es decir, sobre su consentimiento personal e irrevocable".
  5. Juan Pablo II: "Es el pacto conyugal o elección consciente y libre, con la que el hombre y la mujer aceptan la comunidad íntima de vida y amor, querida por Dios mismo, que sólo bajo esta luz manifiesta su verdadero significado".
  6. Hervada: "El marido y la mujer, por el pacto conyugal, ya no son dos, sino una sola carne.

El Código abre la regulación del matrimonio con un texto en el que describe el matrimonio así: "Un consorcio de toda la vida entre el varón y la mujer".

II. CONSIDERACIÓN SACRAMENTAL DEL MATRIMONIO

1. La sacramentalidad del matrimonio

  • "Matrimonio es un sacramento" = un signo sensible que produce la gracia en quienes lo reciben con las debidas disposiciones.
  • Las imágenes nupciales del Antiguo y Nuevo Testamento enseñan las relaciones de Dios y Cristo con la humanidad; son un conocimiento previo del matrimonio.
  • El texto de San Pablo muestra la unión de Cristo con la Iglesia como ejemplar normativo respecto del matrimonio. Su objetivo = "la unión mística de Cristo con la Iglesia sea el modelo de los matrimonios cristianos".
  • La naturaleza propiamente sacramental del matrimonio: Es definida como: signo y causa de la gracia. Sienta la doctrina de que: "el matrimonio es verdadero y propiamente uno de los siete sacramentos de la Ley Evangélica, instituida por Cristo, y que confiere gracia".
  • Por la sacramentalidad del matrimonio, los esposos quedan vinculados uno a otro de la manera más profundamente indisoluble. Su recíproca pertinencia es representación real de la misma relación de Cristo con la Iglesia.

2. Elementos y estructura del sacramento del matrimonio

Estructura

  1. El sacramento no es algo añadido al matrimonio; el matrimonio es elevado y enriquecido por una dimensión sobrenatural.
  2. El matrimonio es una nueva institucion; llevada a cabo por Cristo-Redentor al elevarlo a la dignidad de sacramento.

Elementos

  1. Signo externo = contrato, pacto conyugal.
  2. Sujetos = los contrayentes.
  3. Ministros = los contrayentes.
  4. Produce la gracia; el título exigitivo de la gracia es el vínculo conyugal.
  5. Matrimonio = unión de Cristo con la Iglesia.

3. Consecuencias

  1. Proyección de la sacramentalidad
  1. En los sujetos: aumenta en ellos la gracia santificante y reciben la específica gracia sacramental; se unen como cristianos, miembros del Cuerpo Místico de Cristo.
  2. En el vínculo: es un vínculo sagrado; un vínculo sacramental, es decir, el sacramento del matrimonio constituye al vínculo como un título exigitivo de la gracia.
  3. En las propiedades esenciales (unidad e indisolubilidad): adquieren firmeza.
  4. En los fines del matrimonio: adquieren una dimension sobrenatural.
  1. Especificación sacramental del matrimonio
  • La especificación sacramental del matrimonio tiene como objetivo calificar qué matrimonios son sacramentos y cuáles no.
  1. El matrimonio es sacramento, desde el mismo momento en su celebración, entre dos bautizados si los dos contrayentes han recibido el bautismo antes de contraerlo.
  2. Si los dos contrayentes se casan antes de bautizarse, el matrimonio se convierte en sacramento en el momento en que los dos se bautizan. Lo mismo sucede cuando se bautiza el que no lo estaba todavía, si era uno el que no estaba bautizado.
  3. El matrimonio no es sacramento entre bautizado y no bautizado.
  • Fundamento de la sacramentalidad del matrimonio = signo de unión de Cristo con su Iglesia. Ese signo no lo produce uno de los cónyuges (el bautizado) sino los dos en la unidad (los bautizados). De modo que:

Si los dos están bautizados, se constituye el signo, y hay sacramento. Si los dos o uno de ellos no está bautizado, no se constituye el signo, y no hay sacramento.

  1. Inseparabilidad entre matrimonio y sacramento
  • Pese a haber sometido a discusión por parte de algún sector doctrinal en momentos más próximos a la promulgación del Código, el nuevo cuerpo legal sigue apoyando la clásica doctrina de la inseparabilidad: "Entre bautizados no puede haber contrato matrimonial válido que no sea por ese mismo sacramento".
  • Los novadores, (Escoto, Melchor, Cano, los regalistas ... ) son los que sostienen la separabilidad entre matrimonio y sacramento, y por ello:
  1. Niegan la jurisdicción de la Iglesia sobre el matrimonio.
  2. Extienden masivamente el matrimonio civil.
  • La Iglesia permite discutir a los teólogos el tema de la inseparabilidad entre matrimonio y sacramento, o incluso no definirse al respecto, como fue el caso de Benedicto XIV, que no quiso definirse sobre la inseparabilidad. Pero a partir de Pío IX, no se admiten tales discusiones, porque pensar lo contrario supondría un olvido del Magisterio.

Regulación del principio de inseparabilidad:

  1. Antes: Código de 1917, c. 1.012
  2. Ahora: Código de 1983, c. 1.005

III. LOS FINES DEL MATRIMONIO

  • El matrimonio, al ser propio de naturaleza humana, está ordenado con naturaleza a unos fines.

Código de 1917 Se establece una jerarquía de fines y una ordenación de unos fines a otros: interrelación.

  • Fin primario: procreación + educación de la prole.
  • Fin secundario: mutua ayuda + remedio de la concupiscencia.

Código vigente (c. 1.055)

"Consorcio de toda la vida en que consiste el matrimonio está ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole".

  • Los fines están ordenados por su misma índolenatural: al bien de los cónyuges + generación y educación de la prole.
  • Los fines están interrelacionados entre sí: no cabe la búsqueda del bien de los cónyuges sin la apertura a la generación; tampoco cabe la búsqueda de la prole prescindiendo de la búsqueda del bien de los cónyuges.
  • Los fines están jerarquizados entre sí:
  • Fin primario: procreación + educación de la prole.
  • Fin secundario: mutua ayuda + remedio de la concupiscencia.

El fin secundario no quiere decir que sea menos importante que el fin primario; más bien que la perfección de ese fin secundario no se agota en si mismo, sino en su ordenación al fin primario.

  • Los fines están unidos intrinsecamente entre sí: son armónicamente complementarios pues aúnan la procreación y educación de la prole con la competencia afectiva y solidaria entre los cónyuges. Todos los elementos del matrimonio se dirigen a la vez a los fines primarios que a los secundarios; aquellos elementos que sólo se dirigen a unos fines, y excluyen a otros, nos son elementos propios del matrimonio.
  • No puede ser excluido ningún fin en el pacto conyugal, pues el matrimonio sería nulo.

IV. LAS PROPIEDADES ESENCIALES

  • C. 1.056 recoge las propiedades esenciales de todo matrimonio: unidad + indisolubilidad.
  • Consecuencias prácticas:
  1. No es posible que se produzca un ataque a la indisolubilidad sin que sufra, al mismo tiempo, la unidad. Quien acepta el principio de unidad y rechaza el de indisolubilidad, es que no ha entendido el verdadero sentido de ambas propiedades.
  2. La unidad e indisolubilidad no han de ser vistas como imposiciones o exigencias que coartarían el libre fluir o la absoluta espontaneidad de la persona humana. No se trata de límites ni de obstáculos, sino de valores del matrimonio en los que el amor conyugal encuentra su más perfecta realización.

1. Unidad

  • Significado: "unión de un varón con una mujer"
  • Doble fundamento:

1º Derecho natural La razón de fondo de la unidad del matrimonio (monogamia) radica en la igualdad en dignidad y valor que existe entre varón y mujer. Sólo el matrimonio "uno" realiza la justicia que exige la relación varón-mujer. Por el contrario, la poligamia lleva consigo una situación de desigualdad, puesto que el varón recibe totalmente a cada una de sus mujeres, mientras que la mujer no recibe totalmente al varón. 2º Significación sacramental del matrimonio La unidad se funda en el carácter ejemplar normativo que tiene la unión de Cristo con la Iglesia respecto del matrimonio: si Cristo es esposo de una sola esposa, la Iglesia, quiere decir que el matrimonio es también monogámico.

2. Indisolubilidad

  • Significado: "el vínculo matrimonial une a varón y mujer en toda su capacidad de unión conyugal y durante toda la vida de ambos cónyuges".
  • Doble fundamento:

1º Derecho natural:

  • El matrimonio es indisoluble en razón de los fines del matrimonio, particularmente por el aspecto de la educación de los hijos y del bien de los mismos cónyuges.
  • La indisolubilidad hunde sus raíces últimas y más profundas en la propia esencia del matrimonio.
  1. "Si los dos serán una sola carne, lo que Dios unió no lo separe el hombre".
  2. El divorcio es contra la naturaleza porque la una sola carne se corta en dos o supone una división de cuerpos.

2º Sacramentalidad:

  • Al ser la unión de Cristo con su Iglesia el ejemplo normativo del matrimonio, y al ser esta la unión indisoluble, esta misma característica es aplicable al vínculo conyugal.
  • La sacramentalidad da una especial firmeza a la indisolubilidad, de modo que el matrimonio consumado es absolutamente indisoluble.
  • Tipos de indisolubilidad:
  1. Indisolubilidad intrínseca: el matrimonio no se puede disolver nunca por propia autoridad de los cónyuges.
  2. Indisolubilidad extrínseca: el matrimonio no se puede disolver nunca, salvo casos excepcionales determinados por el autor de la Ley general de indisolubilidad.

V. LOS BIENES DEL MATRIMONIO

  • Una preocupación de la Patrística fue mostrar la honestidad y bondad del matrimonio frente a aquellos sectores que despreciaban el matrimonio, por considerarlo inadecuado a la vida cristiana.
  • Defendió la superioridad de la virginidad frente al matrimonio.
  • Declaró como bueno tambien aquel matrimonio, como obra de Dios e imagen de la unión de Cristo con la Iglesia.
  • Agustín de Hipona"Estos son todos los bienes por los cuales las nupcias son buenas"
  1. La prole: se reciba con amor, se crie con benignidad y se eduque religiosamente.
  2. La fidelidad: fuera del vínculo conyugal, no se unan con otra o con otra.
  3. Vínculo indisoluble (sacramento): el matrimonio no se disuelva y a que el repudiado o repudiada no se una a otro ni aun por razón de la prole.
  • En la Edad Media se tradujeron cada uno de estos bienes según las categorías filosóficas de la época:
  • Fines del matrimonio: se incluye el bien de la prole.
  • Propiedades esenciales del matrimonio: se incluye el bien de fidelidad + bien del sacramento.

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