Código de Ética y Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México

Pdf de la Universidad Autónoma del Estado de México sobre el Código de Ética y Conducta. El material, un documento de Derecho para Universidad, detalla principios, valores y criterios de comportamiento, incluyendo igualdad, respeto y dignidad humana. Fue creado para promover una cultura ética y una convivencia armoniosa dentro de la institución.

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CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA
DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO
GENERALIDADES
1. OBJETO
El presente Código de Ética y Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de
México tiene por objeto establecer el conjunto de disposiciones que contienen los principios
y valores de carácter general, así como los criterios de conducta que orientan el
comportamiento de cada integrante de la comunidad universitaria, fortaleciendo,
garantizando y consolidando entre ellos una cultura de ética que favorezca una convivencia
armónica.
2. APLICACIÓN
Las disposiciones contenidas en el presente Código de Ética y Conducta de la
UAEM son de observancia general y obligatoria para cada integrante de la comunidad
universitaria, así como para las autoridades de la propia Institución.
3. MISIÓN
La Universidad Autónoma del Estado de México atenta a su compromiso con la
sociedad en la impartición de la educación en los niveles Medio Superior y Superior, fomenta
y fortalece en sus sectores del alumnado, del personal académico y del personal
administrativo, así como en sus autoridades, un comportamiento ético regido por los
principios y valores que incorpora en el presente código y que reconoce como propios.
4. VISIÓN
La Universidad Autónoma del Estado de México se renueva constantemente para
mejorar su contribución a la sociedad, promoviendo los valores y principios institucionales
en todos los actos que se derivan del quehacer universitario y a través de instrumentos
normativos como el presente Código de Ética y Conducta de la UAEM.
5. DIFUSIÓN
El Comité de Ética y Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México,
en cumplimiento de las funciones que tiene asignadas, es el órgano encargado de la difusión
del presente código entre la comunidad universitaria y las autoridades de la Institución, a
través de los diferentes medios de comunicación universitaria y de aquellos otros
mecanismos que considere apropiados; así mismo, se constituye como la instancia
universitaria competente para vigilar su cumplimiento.
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PRINCIPIOS, VALORES Y CRITERIOS DE CONDUCTA
1. IGUALDAD
Principio que implica el ejercicio de la imparcialidad, no discriminación y equidad
bajo el cual la comunidad universitaria debe comportarse y ser tratada, evitando hacer
distinción alguna y orientando además su actuar hacia el respeto a la dignidad humana.
a) La Universidad promoverá un trato sin distinción o exclusión alguna entre
quienes integran su comunidad.
b) La Institución promoverá una convivencia armónica en la cual ninguna persona
será discriminada por su origen étnico, nacionalidad, color de piel, cultura, sexo,
edad, capacidades diferentes, condición social, condición económica, estado de
salud, opinión, preferencia e identidad sexual, filiación política, estado civil o
situación familiar, entre otros.
c) Cada integrante de la comunidad universitaria observará una relación de respeto
igualitario en su interacción diaria dentro del ámbito en el que se desarrolla.
d) Quienes integran la comunidad universitaria se abstendrán de realizar conductas
que lleven al rechazo o exclusión de alguna persona dentro de la Institución.
2. EQUIDAD
Principio en el que subyace la justicia y la igualdad de oportunidades y
posibilidades en las actividades derivadas del quehacer universitario, considerando además
la comprensión de las circunstancias y necesidades de los diversos sectores que integran la
comunidad universitaria.
a) La Universidad propiciará la igualdad de oportunidades y posibilidades en el
desempeño de las actividades que desarrolla cada sector de su comunidad.
b) La Institución fortalecerá entre su comunidad la equidad en todas sus
manifestaciones, procurando generar afinidad entre sus integrantes.
c) Quienes forman parte de la comunidad universitaria tendrán la misma
posibilidad de acceder a los diferentes programas y actividades que lleve a cabo
la Universidad bajo esquemas de equidad e igualdad.
3. RESPETO
Principio esencial bajo el cual se rige el comportamiento de cada integrante de la
comunidad universitaria, que implica el reconocimiento de la dignidad humana y los
derechos de los demás, y que conlleva necesariamente a la práctica de la tolerancia.

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GENERALIDADES

  1. OBJETO

    El presente Código de Ética y Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México tiene por objeto establecer el conjunto de disposiciones que contienen los principios y valores de carácter general, así como los criterios de conducta que orientan el comportamiento de cada integrante de la comunidad universitaria, fortaleciendo, garantizando y consolidando entre ellos una cultura de ética que favorezca una convivencia armónica.

  2. APLICACIÓN

    Las disposiciones contenidas en el presente Código de Ética y Conducta de la UAEM son de observancia general y obligatoria para cada integrante de la comunidad universitaria, así como para las autoridades de la propia Institución.

  3. MISIÓN

    La Universidad Autónoma del Estado de México atenta a su compromiso con la sociedad en la impartición de la educación en los niveles Medio Superior y Superior, fomenta y fortalece en sus sectores del alumnado, del personal académico y del personal administrativo, así como en sus autoridades, un comportamiento ético regido por los principios y valores que incorpora en el presente código y que reconoce como propios.

  4. VISIÓN

    La Universidad Autónoma del Estado de México se renueva constantemente para mejorar su contribución a la sociedad, promoviendo los valores y principios institucionales en todos los actos que se derivan del quehacer universitario y a través de instrumentos normativos como el presente Código de Ética y Conducta de la UAEM.

  5. DIFUSIÓN

    El Comité de Ética y Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México, en cumplimiento de las funciones que tiene asignadas, es el órgano encargado de la difusión del presente código entre la comunidad universitaria y las autoridades de la Institución, a través de los diferentes medios de comunicación universitaria y de aquellos otros mecanismos que considere apropiados; así mismo, se constituye como la instancia universitaria competente para vigilar su cumplimiento.

PRINCIPIOS, VALORES Y CRITERIOS DE CONDUCTA

  1. IGUALDAD

    Principio que implica el ejercicio de la imparcialidad, no discriminación y equidad bajo el cual la comunidad universitaria debe comportarse y ser tratada, evitando hacer distinción alguna y orientando además su actuar hacia el respeto a la dignidad humana.

    1. La Universidad promoverá un trato sin distinción o exclusión alguna entre quienes integran su comunidad.
    2. La Institución promoverá una convivencia armónica en la cual ninguna persona será discriminada por su origen étnico, nacionalidad, color de piel, cultura, sexo, edad, capacidades diferentes, condición social, condición económica, estado de salud, opinión, preferencia e identidad sexual, filiación política, estado civil o situación familiar, entre otros.
    3. Cada integrante de la comunidad universitaria observará una relación de respeto igualitario en su interacción diaria dentro del ámbito en el que se desarrolla.
    4. Quienes integran la comunidad universitaria se abstendrán de realizar conductas que lleven al rechazo o exclusión de alguna persona dentro de la Institución.
  2. EQUIDAD

    Principio en el que subyace la justicia y la igualdad de oportunidades y posibilidades en las actividades derivadas del quehacer universitario, considerando además la comprensión de las circunstancias y necesidades de los diversos sectores que integran la comunidad universitaria.

    1. La Universidad propiciará la igualdad de oportunidades y posibilidades en el desempeño de las actividades que desarrolla cada sector de su comunidad.
    2. La Institución fortalecerá entre su comunidad la equidad en todas sus manifestaciones, procurando generar afinidad entre sus integrantes.
    3. Quienes forman parte de la comunidad universitaria tendrán la misma posibilidad de acceder a los diferentes programas y actividades que lleve a cabo la Universidad bajo esquemas de equidad e igualdad.
  3. RESPETO

    Principio esencial bajo el cual se rige el comportamiento de cada integrante de la comunidad universitaria, que implica el reconocimiento de la dignidad humana y los derechos de los demás, y que conlleva necesariamente a la práctica de la tolerancia.

    1. La Universidad promoverá entre su comunidad una actitud de respeto que fomentará la inclusión y tolerancia, propiciando un ambiente de desarrollo y convivencia pacífica y armónica.
    2. Quienes integran la comunidad universitaria observarán una conducta basada en valores y principios que lleven a la práctica del respeto en el ámbito en que se desarrollan.
    3. Ninguna opinión, creencia o postura diferente a la propia, será motivo de ofensa o discriminación hacia otro u otra integrante de la comunidad universitaria.
  4. TOLERANCIA

    Valor social que conlleva el reconocimiento de la diversidad, teniendo implícito el respeto de las diferencias y la aceptación de la pluralidad de creencias, convicciones, prácticas e ideas de los demás, aun cuando sean contrarias a las propias.

    1. La Universidad fomentará una conducta armónica entre su comunidad, promoviendo el respeto a la diferencia de ideas, opiniones o creencias entre sus integrantes.
    2. Quienes forman parte de la comunidad universitaria mantendrán una actitud de respeto y no discriminación en su interactuar diario, por la manifestación de ideas u opiniones diferentes a las propias.
    3. Cada integrante de la comunidad universitaria procurará la práctica de la tolerancia en el desempeño de sus actividades y en su interactuar con los demás.
  5. SOLIDARIDAD

    Actitud a través de la cual se genera un vínculo de empatía con las personas, reconociéndose unidos en la manifestación de los mismos intereses e ideales o en la solución de problemáticas diversas.

    1. La Universidad, a través del cumplimiento de su objeto y fines, reconocerá su responsabilidad de apoyo solidario a la sociedad en la atención de sus necesidades.
    2. Cada integrante de la comunidad universitaria se reconocerá como parte de una colectividad que realizará y fomentará actitudes de colaboración y altruismo en casos de desastres naturales o situaciones de adversidad.
    3. Quienes forman parte de la comunidad universitaria y concuerden con una ideología o situación expresada por sus integrantes, podrán tener una actitud empática actuando en función de dichas manifestaciones.
  6. HONESTIDAD

    Principio que debe regir a cada integrante de la comunidad universitaria al proceder con rectitud y respeto en todos los actos en que intervenga, fomentando con ello una cultura de confianza.

    1. La Universidad promoverá entre quienes conforman su comunidad, una conciencia de responsabilidad sobre los actos que realicen en su interrelación con la Institución.
    2. Los actos de quienes forman parte de la comunidad universitaria deberán llevarse a cabo observando conductas de rectitud e integridad.
    3. Cualquier acto que realice cada integrante de la comunidad universitaria deberá estar apegado a condiciones de certeza y veracidad.
  7. PLURALISMO

    Condición mediante la cual se respeta y reconoce la existencia de diversas doctrinas, convicciones, pensamientos y creencias entre la comunidad universitaria.

    1. La Universidad fomentará una conducta de tolerancia y respeto entre su comunidad en la manifestación plural de su pensamiento y en su actuar.
    2. La comunidad universitaria actuará como una colectividad incluyente que promoverá el reconocimiento y aceptación de la diferencia en las ideas, opiniones o creencias expresadas.
    3. Quienes integran la comunidad universitaria podrán manifestar sus ideas, creencias y convicciones, sin más limitante que el respeto a los demás.
  8. SUSTENTABILIDAD

    Compromiso de minimizar el impacto ambiental derivado del desarrollo de las actividades de la comunidad universitaria, así como por el uso de los recursos naturales y materiales, adoptando una actitud de respeto, defensa y preservación del medio ambiente y de toda forma de vida.

    1. La Universidad incentivará entre su comunidad, el uso adecuado y responsable de los recursos naturales y materiales necesarios para la realización de las actividades que conforman el quehacer universitario.
    2. La Universidad, vinculada a las problemáticas sociales, impulsará acciones que promuevan la preservación del ambiente y de la biodiversidad, así como promocionará e implementará prácticas de gestión ambiental.
    3. Cada persona que forma parte de la comunidad universitaria asumirá el compromiso de actuar bajo el principio de sustentabilidad y responsabilidad social, promoviendo una cultura de respeto ambiental y de toda forma de vida al interior de la Institución, llevando a cabo acciones de preservación, conservación y mejoramiento del ambiente.
    4. Quienes integran la comunidad universitaria como parte de una colectividad comprometida con la cultura ambiental, usarán de forma racional y responsable los recursos naturales y materiales con que cuenta la Institución.
  9. DIGNIDAD HUMANA

    Atributo que posee todo ser humano mediante el cual reconoce su calidad de valioso, constituyéndose además como un principio esencial que debe ser aceptado y respetado por las demás personas.

    1. La Universidad fortalecerá el reconocimiento y respeto al valor inherente de cada integrante que conforma su comunidad.
    2. La Institución fomentará una convivencia armónica basada en una cultura de ética en la cual todas las personas que forman parte de la Universidad son respetadas y valoradas.
    3. Quienes forman parte de la comunidad universitaria deberán practicar el respeto hacia ellos mismos, así como valorarán y respetarán a las personas con las que interactúan, aceptando las características y condiciones de cada uno.
  10. PAZ Y ARMONÍA

    Actitud de convivencia en la que deberán desarrollarse las relaciones de la comunidad universitaria de forma pacífica y armónica, a fin de superar las diferencias y propiciar un diálogo respetuoso y la solidaridad entre quienes la integran, constituyéndose como el medio para evitar cualquier manifestación de violencia.

    1. La Universidad, comprometida con impulsar una convivencia basada en una cultura de ética, promoverá entre quienes la integran el respeto a los derechos humanos que le son inherentes a cada miembro de su comunidad.
    2. La Institución implementará acciones que lleven a generar conductas de aceptación, respeto y no violencia entre quienes integran su comunidad.
    3. Los miembros de la comunidad universitaria deberán interactuar dentro de un marco de valores y principios, fomentando un ambiente de integración y respeto.
    4. Quienes integran la comunidad universitaria se interrelacionarán mediante un diálogo abierto, respetuoso e inclusivo, evitando cualquier demostración de violencia o discriminación.

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