La relación laboral: derechos y deberes de los trabajadores

Documento de Camscanner sobre La Relación Laboral. El Pdf, un material de Derecho para Formación profesional, aborda la regulación legal de las relaciones laborales, los derechos y deberes de los trabajadores, y el poder de dirección y vigilancia de la empresa.

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1 | P á g i n a
1. El Derecho del Trabajo.
2. La Relación laboral.
2.1.- Características de una relación laboral.
2.2.- Las relaciones excluidas o no laborales.
2.3.- Las relaciones laborales especiales.
3. Las leyes de la relación laboral.
3.1.- La Jerarquía de las normas laborales. Piramide Jerarquica.
3.2.- Las normas laborales internas nacionales.
3.3.- Las normas laborales externas e internacionales.
3.4.- Los principios generales del derecho del trabajo.
4. Derechos y deberes de los trabajadores.
5. El poder de dirección y vigilancia de la empresa.
6. Organismos Públicos en materia laboral.
6.1.- Los Tribunales laborales.
6.2.- La administración laboral.
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2 | P á g i n a
En esta unidad estudiarás la regulación legal de las relaciones laborales, todo lo
relacionado con las normas del trabajo, vuestros derechos y deberes como
trabajador, el poder de dirección de la empresa y los juzgados que en materia
laboral existen.
RESULTADOS DE APRENDIZAJE
R.3.- Ejerce los derechos y cumple las obligaciones que se
derivan de las relaciones laborales, reconociéndolas en los
diferentes contratos de trabajo.
TEMPORALIZACIÓN
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
A)
Se han identificado los conceptos básicos del derecho del trabajo y
sus normas fundamentales.
B)
Se han distinguido los principales organismos que intervienen en las
relaciones entre empresarios y trabajadores y las fuentes legales que
las regulan.
C)
Se han diferenciado las relaciones laborales sometidas a la regulación
del estatuto de los trabajadores de las relaciones laborales especiales
y excluidas.
D)
Se han determinado los derechos y obligaciones derivados de la
relación laboral.

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La Relación Laboral

UNIDAD DIDÁCTICA. 2 LA RELACIÓN LABORAL

  1. El Derecho del Trabajo.
  2. La Relación laboral.
    1. - Características de una relación laboral.
    2. - Las relaciones excluidas o no laborales.
    3. - Las relaciones laborales especiales.
  3. Las leyes de la relación laboral.
    1. - La Jerarquía de las normas laborales. Piramide Jerarquica.
    2. - Las normas laborales internas nacionales.
    3. - Las normas laborales externas e internacionales.
    4. - Los principios generales del derecho del trabajo.
  4. Derechos y deberes de los trabajadores.
  5. El poder de dirección y vigilancia de la empresa.
  6. Organismos Públicos en materia laboral.
    1. - Los Tribunales laborales.
    2. - La administración laboral.

CSI CamScannerU NIDAD DIDÁCTICA. 2 En esta unidad estudiaras la regulación legal de las relaciones laborales, todo lo relacionado con las normas del trabajo, vuestros derechos y deberes como trabajador, el poder de dirección de la empresa y los juzgados que en materia laboral existen.

Resultados de Aprendizaje

  • RESULTADOS DE APRENDIZAJE
    R.3 .- Ejerce los derechos y cumple las obligaciones que se
    derivan de las relaciones laborales, reconociendolas en los
    diferentes contratos de trabajo.

Temporalización y Criterios de Evaluación

TEMPORALIZACIÓN

  • CRITERIOS DE EVALUACIÓN
    A) Se han identificado los conceptos básicos del derecho del trabajo y
    sus normas fundamentales.
    B) Se han distinguido los principales organismos que intervienen en las
    relaciones entre empresarios y trabajadores y las fuentes legales que
    las regulan.
    C) Se han diferenciado las relaciones laborales sometidas a la regulación
    del estatuto de los trabajadores de las relaciones laborales especiales
    y excluidas.
    D) Se han determinado los derechos y obligaciones derivados de la
    relación laboral.

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El Derecho del Trabajo

1. El Derecho del Trabajo. A finales del siglo XVIII comenzó en Inglaterra la denominada Revolución Industrial, que su- puso la progresiva sustitución de los pequeños talleres artesanales por grandes fábricas con nuevas máquinas y muchos trabajadores. El poder de los empresarios frente a los empleados y la falta de unión de estos provocaban enormes abusos, y los trabajadores sufrían durísimas condiciones de vida; por ejemplo, se comenzaba a trabajar con seis u ocho años, las jornadas superaban las quince horas y en las fábricas las condiciones eran insalubres.

El Derecho del Trabajo surge para atender la necesidad de regular jurídicamente la realidad social del trabajo humano, ordenar las relaciones entre trabajadores y empresarios y solucionar los conflictos que se puedan ocasionar como consecuencia de estas relaciones.

En 1980 se promulgó la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que contiene la regulación básica de las relaciones laborales en España. En 1995 se aprobó el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, TRLET), que incorporaba las modificaciones introducidas en la mencionada ley y las efectuadas en otras disposiciones legales. Esta ley ha sufrido posteriormente diversos cambios para adaptarse a la situación económica y social de cada momento.

Tradicionalmente, el Derecho se divide en público y privado. Las normas del Derecho público van dirigidas a regular las relaciones del Estado y de los organismos públicos entre sí, así como sus relaciones con los particulares cuando el Estado y los organismos públicos actúan de forma oficial. El Derecho privado regula las relaciones entre particulares, o con el Estado y los organismos públicos cuando éstos actúan de forma privada. El Derecho del Trabajo ocupa una posición intermedia entre el público y el privado, ya que se trata de un ordenamiento jurídico que comprende normas de ambos.

Finalidades del Derecho del Trabajo

El Derecho del Trabajo tiene las siguientes finalidades Proteger a la persona trabajadora: su salud, su vida y su dignidad. Finalidad Compensar al trabajador frente al poder del empresario: · Estableciendo condiciones mínimas de trabajo. · Reconociendo a los trabajadores vías de defensa, como el proceso judicial. · Creando instrumentos para aplicar las normas, como los tribunales o la Inspección de Trabajo.

El derecho del trabajo, o derecho laboral, es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones individuales y colectivas entre las empresas y las personas trabajadoras, así como los conflictos que se puedan derivar de dichas relaciones.

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La Relación Laboral

2. La Relación Laboral. La relación laboral es una actividad regulada por el derecho del trabajo no es cualquier tarea, los trabajos que se encuentran dentro del derecho laboral no son todos, en este caso nos referimos aquellos empleos que las normas del derecho del trabajo controla y que los consideramos como tales así, cualquier otra relación que no este dentro de estas normas, no se llaman laborales, por ejemplo, las relaciones mercantiles de servicios que se dan entre empresas y particulares, las relación de seguros, las relaciones civiles, etc.

Características de una Relación Laboral

2.1 .- Caracteristicas de una relación laboral. Los trabajos que están encuadrados en el ámbito del empresario y trabajador como actividad privada y poder firmar un contrato de trabajo se deben dar los siguientes requisitos:

Personal Voluntario Trabajo sometido al Derecho Laboral Por cuenta ajena Dependiente Retribuido

  • Personal. El trabajo es de carácter personal,
    el trabajador es insustituible.
  • Voluntario. El trabajador debe ser libre de
    poner fin a la relación laboral en cualquier
    momento.
  • Por cuenta ajena. Se trabaja para otra per-
    sona a la cual se cede el fruto del trabajo,
    cobrando a cambio un salario. Se excluye el
    trabajo por cuenta propia, cuyo resultado es
    para quien realiza la actividad laboral.
    .
  • Dependiente. El empresario es el que ordena
    cuándo, dónde y cómo ha de realizarse el tra-
    bajo. La subordinación no ha de ser absoluta,
    puesto que entonces el trabajo no sería libre.
    .
  • Retribuido. Toda actividad laboral ha de
    ser remunerada, lo que excluye la realizada
    de forma gratuita. El empleado recibe un
    salario y el empresario obtiene los bienes o
    servicios fruto de la tarea desarrollada por
    el trabajador.

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Relaciones no Laborales o Excluidas

2.2 .- Las relaciones no laborales o excluidas. Existen trabajos o mejor dicho actividades que no son laborales y se encuentran excluidas del derecho del trabajo o fuera del ámbito del Estatuto de los Trabajadores, así se refiere el Art. 1 del mismo, nos referimos a las siguientes ocupaciones:

Relaciones excluidas (no se consideran relaciones laborales) Por falta de voluntariedad Las prestaciones personales obligatorias. Por ejemplo, formar parte de un jurado, formar parte de una mesa electo- ral, los servicios a los ciudadanos en caso de grave riesgo social o catástrofe y de protección civil, los trabajos de cola- boración social que deben realizar los perceptores de prestaciones por desempleo para no perder sus prestaciones, etc. Porque no son retribuidas

  • Los trabajos benévolos, amistosos y de buena vecindad, ya que carecen de retribución y tienen naturaleza
    gratuita (a veces se intercambian servicios por servicios). Por ejemplo, los trabajos de voluntariado en ONG, el
    deporte amateur, los becarios, el intercambio en labores agrícolas, las matanzas domésticas o la colaboración
    en los festejos populares.
  • Los trabajos en negocios familiares, salvo que se demuestre que se está contratado en dicho negocio. Se
    incluirán aquí los parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que convivan con el empresa-
    rio. La excepción a esta norma son los hijos menores de 30 años de un empresario aunque convivan con él (se
    acogerán al Régimen General de la Seguridad Social salvo prestación por desempleo).

Porque falta la dependencia o ajenidad

  • Los intermediarios o agentes comerciales, que prestan sus servicios en virtud de una relación o contrato
    mercantil, siempre que asuman el riesgo y ventura de la actividad.
  • La actividad de consejero o ser miembro de un órgano de administración de una sociedad (SA, SL, etc.),
    siempre que no se desempeñen otras funciones.
  • Los autónomos.
  • Los transportistas por cuenta propia titulares de autorización administrativa que efectúan por un precio
    servicios públicos con vehículo propio.

Porque así lo establece la ley El trabajo desempeñado por determinados funcionarios públicos. Se rigen por el Estatuto Básico del Empleado Público. Dentro de los trabajos familiares merece especial mención a la Tabla que se muestra a continuación en la que cuando el trabajador tiene relación directa con el empresario se hablaría de trabajos familiares, pues serían considerados como Autonomos o empresarios, que forman parte del negocio, estando dentro de los que consideramos como trabajos por cuenta propia. ¿Quiénes se consideran familiares de primer y segundo grado? Fíjate en el siguiente cuadro cómo cada línea en el árbol genealógico significa un grado, y cómo se puede andar hacia arriba y hacia abajo pero nunca en horizontal para contar los grados. El grado de consangui- nidad hace referencia a la propia familia (propia sangre) y el de afinidad a la familia del cónyuge. Fíjate que el cónyuge no se cuenta y que su familia se cuenta igual.

Sus abuelos Abuelos 3º 2º4 2º 4 Padres (suegros) Padres Tíos 4º 1º 4 1º 4 0º Cónyuge YO Hermanos Primos 1º 3º Hijos Sobrinos Nietos Piensa en quiénes de tu fami- lia serían familiares de primer y segundo grado y quiénes lo serían de tercer y cuarto, de cara a considerar con quié- nes podrías tener una rela- ción laboral o no. CS, CamScanner FÍJATE 2ºU NIDAD DIDÁCTICA. 2

Cómputo de los Grados de Parentesco

CÓMPUTO DE LOS GRADOS DE PARENTESCO AFINIDAD CONSANGUINIDAD BISABUELOS-3º BISABUELOS- 3º TIOS-ABUELOS- 4º ABUELOS - 2º ABUELOS - 2º TIOS-ABUELOS - 4º t TIOS-3º PADRES - 1º PADRES-1º TIOS-3º PRIMOS - 40 PRIMOS - 40 CÓNYUGE TRABAJADOR HERMANOS - 20 HERMANOS-2º SOBRINOS - 3º SOBRINOS-3º T HIJOS- 1º HIJOS- 1º SOBRINO-NIETOS - 4º SOBRINO-NIETOS - 4º NIETOS- 20 NIETOS - 20 BIZNIETOS - 3º BIZNIETOS - 30

Relaciones Laborales Especiales

2.3 .- Las relaciones laborales especiales. Existen una serie de actividades que aunque son retribuidas con un sueldo y se llevan a cabo por cuenta ajena, pero debido a sus características especiales se apartan de las normas del derecho del trabajo y necesitan una regulación y control normativo especial, en materia de salarios, horarios, vacaciones, etc. Estos trabajos son los siguientes:

Relaciones laborales especiales

  • Personal de alta dirección.
  • Empleados al servicio del hogar familiar.
  • Penados en las instituciones penitenciarias.
  • Deportistas profesionales.
  • Artistas en espectáculos públicos.
  • Representantes de comercio.
  • Minusválidos en centros especiales de empleo.
  • Estibadores portuarios (carga y descarga de muelles) que prestan sus servicios a través de sociedades estatales.
  • Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una ley, como en el caso de personas con
    discapacidad, residentes sanitarios (MIR) y abogados en despachos profesionales.

Caso Práctico 1: Relaciones Laborales Excluidas

CASO PRÁCTICO 1. Relaciones laborales excluidas En un pequeño negocio familiar de fabricación de cerraduras trabaja Cristina con sus padres. Ella tiene 22 años y acaba de terminar sus estudios de Producción por Mecanizado. También trabajan con ellos otros dos torneros-fresadores y una alumna del ciclo que estudió Cristina y que está realizando el módulo de Formación en el Centro de Trabajo. Señala en cuáles de los casos planteados no se dan las notas características para que exista actividad regulada por el Derecho de Trabajo. Solución: La actividad de los propietarios no se regula por el Derecho del Trabajo porque faltan los requisitos de dependencia y ajenidad. En el caso de Cristina, aunque se trate de un trabajo familiar y conviva con sus padres, al ser menor de 30 años podría celebrar un contrato de trabajo, eso sí, sin derecho a la prestación por desempleo. La actividad de la estudiante que realiza la FCT no es ni voluntaria ni retribuida. CS: CamScanner

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