Documento del Departamento de Geografía e Historia I.e.s. Gran Capitán de Córdoba sobre Tema 8: El Espacio Rural. El Pdf aborda los condicionantes naturales y humanos de la actividad agraria en España, como relieve, clima, suelos, vegetación y aspectos históricos, sociales y económicos, siendo útil para estudiantes universitarios de Geografía.
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Las actividades y el espacio agrarios están influidos por factores naturales y humanos.
Entre los condicionantes naturales destacan:
La topografía facilita o dificulta la práctica agrícola, por ello se aprecia una relación entre el mapa de aprovechamientos agrarios y el mapa de relieve.
Hay que añadir la importancia el relieve y del roquedo en el origen y evolución de los suelos, que son el soporte y la base de nutrición de los cultivos y aprovechamientos agrarios.
Condiciona los tipos de paisajes agrarios. Está presente a través de las temperaturas, precipitaciones y demás elementos climáticos (vientos, nubosidad, ... )
El régimen climático de influencia más intensa es el mediterráneo. Su larga sequía estival y elevadas temperaturas, exigen adaptación a las plantas y cultivos que ha tenido como consecuencia la adopción de la trilogía de cultivos mediterráneos (cereales, vid y olivo) y la implantación del regadío para contrarrestar los efectos de la aridez estival.
Los climas españoles, sobre todo el mediterráneo, presentan mucha irregularidad de unos años a otros, siendo frecuentes las heladas, las olas de calor, las sequías, ... que influyen negativamente sobre la agricultura y la ganadería.
En ocasiones se ha eliminado para lograr la total ocupación agrícola; otras veces se conserva con grandes rasgos de pureza, constituyendo la base de los aprovechamientos forestales. Algunas veces se ha conservado el sustrato herbáceo, no el arbóreo, para ser aprovechado por la ganadería; o se hace un aprovechamiento conjunto e integrado de suelo, pastos y arbolado dando lugar a paisajes de dehesa. zonas de dehesa)
Estos condicionantes son los responsables de la ordenación y usos del espacio agrario, así como de la expresión de las condiciones sociales, económicas, técnicas, políticas, etc, en las que la actividad se desenvuelve. El espacio agrario también acusa la influencia de los factores del pasado sobre los que se han formado y pervivido las estructuras agrarias.
Propiedad, explotación y régimen de tenencia son elementos básicos de la estructura agraria. Es manifiesta su influencia en la conformación del paisaje, exponente de la ocupación y del uso del espacio por la sociedad.
La propiedad, consiste en el derecho a gozar, disponer libremente y aprovechar la tierra sin más limitaciones que las contenidas en las leyes.
La propiedad dominante en España es la propiedad privada, que acusa una notable dualidad: un número muy elevado de pequeños propietarios que posee poca tierra y, en el otro extremo, un reducido número de grandes propietarios que concentra mucha tierra. Así, los dueños de menos de cinco hectáreas, que representan más de la mitad de los propietarios que existen en España, sólo poseen la décima parte del territorio, mientras que los que tienen más de 100 hectáreas, sin llegar a representar una centésima parte, concentran la mitad de la superficie.
A este problema estructural se añade la extraordinaria fragmentación de la tierra en multitud de parcelas, que es un inconveniente para la explotación.
Geográficamente existen diferencias en cuanto al tipo de propiedad. La propiedad pequeña y muy atomizada es dominante en la mitad septentrional, en el Levante y en la franja mediterránea; las grandes fincas tienen, en cambio, una mayor implantación en el sur, particularmente en Extremadura, Castilla-La Mancha y Andalucía occidental.
Estas circunstancias tienen sus antecedentes en los procesos históricos de ocupación del territorio y en su evolución posterior. Históricamente existieron tres tipos de propiedad bien diferenciados: colectiva, estamental y particular.
La propiedad colectiva era aquella cuya titularidad correspondía a las villas y a los municipios. Estaba integrada por las tierras pertenecientes a la colectividad, que se dividían en lotes o suertes para el aprovechamiento individual (bienes comunales), o se arrendaban a particulares a cambio de una cantidad de dinero para atender las necesidades de la villa (bienes de propios).
La superficie perteneciente a la Iglesia y a la nobleza constituía la propiedad estamental. La mayor parte de las tierras pertenecientes a la nobleza integraban los señoríos, cuya integridad territorial estuvo protegida durante siglos por la institución 3Departamento de Geografía e Historia I.E.S. Gran Capitán de Córdoba del mayorazgo. Los bienes de la Iglesia procedían de compras y de donaciones de los fieles.
Los titulares de ambos tipos de propiedad no tenían capacidad de enajenar o vender, razón por la cual se decía que estos bienes estaban en manos muertas. En consecuencia, unos y otros se encontraban apartados del mercado de la tierra y de la partición hereditaria, lo que redundaba en la escasez de tierra para los particulares y en su encarecimiento.
Ilustrados y reformistas clamaron contra esta situación y, finalmente, en el siglo XIX se le puso fin mediante los procesos desamortizadores. La desamortización afectó a los bienes propiedad del clero y de los municipios; la primera fue llevada a cabo por Mendizábal en 1836 y supuso la incautación de numerosas fincas pertenecientes al clero y su venta a particulares. La desamortización civil tuvo lugar más tarde, a partir de 1855, y se llevó a efecto al aplicar la Ley de Madoz, la cual dio origen a la privatización de la tierra que formaba el patrimonio comunal de los municipios españoles.
La influencia de estas medidas en la estructura agraria fue muy grande, pues supuso el trasiego de una cantidad ingente de tierra de propiedad colectiva a manos de particulares. En contra de lo que se pretendía, vino a reforzar la gran propiedad, pues, por lo general, los compradores ya tenían la condición de propietarios. Asimismo, la desamortización civil privó a los municipios de un amplísimo patrimonio, a base de sustento de los más humildes.
En lo que a los bienes de la nobleza se refiere, la abolición del mayorazgo y la supresión del régimen señorial permitieron que, en adelante, los bienes de la nobleza se rigiesen por las leyes sucesorias normales y entraran en un proceso de fragmentación por herencia, aunque preservando su condición de latifundios.
El resultado de estos procesos fue una concentración notable de la propiedad y, como los vecinos habían perdido sus tierras públicas y que a finales del siglo XIX la población iba en aumento, la proletarización del campesinado se incrementó al haber más personas y menos tierras que labrar. La desigualdad en la distribución de la tierra o la carencia de ella estuvieron en la base de la conflictividad social y de las demandas de reforma agraria, que se materializaron en la Segunda República, aunque sus efectos quedaron anulados tras la Guerra Civil.
La noción de explotación agraria hace referencia a las condiciones técnicas. La explotación agraria guarda relación con la propiedad y, como sucede con ésta, también se caracteriza por la dicotomía existente entre las pequeñas explotaciones o minifundios y las grandes explotaciones o latifundios, de tanta implantación en el sur y en el suroeste peninsular.
4Departamento de Geografía e Historia I.E.S. Gran Capitán de Córdoba 0 Provincias con latifundios y minifundios en España.( http://lugaresenclase.blogspot.com.l) OVIEDO VIZCAYA LA CORUÑA SANTANDER GUIPUZCOA LUGO "ÁLAVAY PONTEVEDRA LEÓN BURGOS ORENSE LOGROÑO, HUESCA ILÉRIDA 4 GERONA ZAMORA 8% VALLADOLID SORIA 10% ZARAGOZA BARCELONA "SEGOVIA 16% TARRAGONA SALAMANCA 28% GUADALAJARA 6 %- TERUEL MADRID 23% CASTELLÓN 7% CACERES 43% TOLEDO 34% CUENCA 5% VALENCIA 21 % CIUDAD REAL 53% ALBACETE 25% BADAJOZ 34% ALICANTE 13% CORDOBA 43% JAÉN 40% MURCIA 22 % HUELVA 48% más del 40% SEVILLA 53 % GRANADA 45% del 25 al 40% ALMERÍA 17% del 10 al 25% CADIZ 58% hasta el 10% Fuente: CARRION P .. Los latifundios en España sin catastrar Latifundismo a principios del siglo XX. 5 NAVARRAS PALENCIA 5% ÁVILA 26% BALEARES MALAGA 36%Departamento de Geografía e Historia I.E.S. Gran Capitán de Córdoba
Los datos extraídos del último censo agrario nos indican que más de la mitad de las explotaciones agrarias de España son minifundios de extensión inferior a cinco hectáreas, y que las explotaciones de extensión superior a 300 hectáreas, representan tan sólo un 1%, aunque concentran una cantidad considerable de tierra.
En España existe hoy día 1.764.000 explotaciones agrarias. En 1962, año del Primer Censo Agrario, había casi tres millones. Desde entonces hasta la fecha, su número ha decrecido en un proceso paralelo al éxodo rural, que ha consistido en la desaparición de parte de las más pequeñas y su incorporación a otras más grandes, razón por la que ha aumentado levemente el tamaño medio de las explotaciones.
Tradicionalmente, las explotaciones se han clasificado en minifundios, latifundios o explotaciones de tamaño medio; sin embargo, ello no está del todo justificado, pues las características e importancia de la explotación no dependen tanto de su superficie como de su rentabilidad económica, ya que explotaciones dimensionalmente muy grandes pueden ser improductivas o muy poco rentables y, en cambio, explotaciones de tamaño medio o reducido (regadío, frutales, enarenados, etc.) pueden generar grandes ingresos.
Con el fin de resolver este contrasentido y de valorar las explotaciones en términos estrictamente económicos, estas empiezan a considerarse en términos de UDE (Unidad de Cuenta Europea), que es la unidad de cómputo equivalente a 1000 euros de margen o rendimiento bruto estándar.
De acuerdo con esta nueva clasificación, comprobamos que las explotaciones españolas, bien por superficie, bien por su menor productividad, tienen un tamaño económico inferior a la media europea y que existen notables diferencias regionales.
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