Derecho Procesal I
Información General del Curso
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Derecho Procesal I
1º Grado en Derecho
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Campus de Móstoles
Universidad Rey Juan Carlos
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No se permite la explotación económica ni la transformación de esta obra. Queda permitida la impresión en su totalidad.Trident
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DERECHO PROCESAL I
Profesor: Lidón Montón García
Mail: maríalindon.monton@urjc.es
Alumno: Cayetana Mª Moríñigo Diz
Carrera: Derecho
Año: 1º (Cuatri 2)
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Reservados todos los derechos. No se permite la explotación económica ni la transformación de esta obra. Queda permitida la impresión en su totalidad.ÍNDICE DE LA ASIGNATURA
Bloques Temáticos de la Asignatura
- BLOQUE 0 (El Poder Judicial)
- TEMA 1, Conflicto Jurídico y Medios de
Solución
- TEMA 2, El Derecho Procesal
- BLOQUE 1 (La Jurisdicción)
- TEMA 3, Principios Constitucionales
- TEMA 4, Aspecto Funcional
- TEMA 5, Aspecto Orgánico
- TEMA 6, Estatuto de Jueces y
Magistrados
- TEMA 7, Órganos de Gobierno
- TEMA 8, Personal Auxiliar
- TEMA 9, Personal Colaborador
- TEMA 10, Competencia y Criterios de
Atribución
- TEMA 11, Tribunales Especiales y
Supranacionales
- BLOQUE 2 (Derecho de Acción)
- TEMA 12, Derecho de Acción y Tutela
Judicial Efectiva
- TEMA 13, Derecho a la Asistencia
Jurídica Gratuita
- BLOQUE 3 (El Proceso Jurídico)
- TEMA 14, Concepto y Clases de
Procesos
- TEMA 15, Principios Jurídico-Técnicos del
Proceso Civil y Penal
- TEMA 16, Principios del Procedimiento
- TEMA 17, Actos Procesales
Reservados todos los derechos. No se permite la explotación económica ni la transformación de esta obra. Queda permitida la impresión en su totalidad.
TEMA 18, Actos Procesales de las Partes
y del Órgano Jurisdiccional
INFO GENERAL
Estructura del Derecho Procesal
- Procesal I
- Introducción/Parte General
- Procesal II
- Procesal III
Criterios de Evaluación del Curso
- 9 puntos -> exámenes
- 4 exámenes, cada uno eliminatorio
- o a Mayo se va solo con lo que no se apruebe
- hay que haberse presentado a los 4 exámenes para poder ir a Mayo
- 0.75 puntos -> trabajo en grupo
- entre 6 y 9 personas
- trabajo escrito y presentación
- sobre el tema 11
- 0.25 puntos -> juicios
- un juicio civil y uno penal
- realizar y entregar un resumen
Materiales de Estudio
- Derecho Procesal I. Jurisdicción, acción y proceso. - > Carolina Sanchis Crespo,
Virginia Pardo Iranzo, Ixusko Ordeñana Gezuraga, Lidón Montón García, Belén
Aige Mut y Javier Ignacio Zaragoza Tejada. Editorial Aranzadi La Ley. 5ª edición,
2025.
- Constitución Española (actualizada)
- Ley Orgánica del Poder Judicial (actualizada)
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deja de pedirle bizums a tu padre, tu trabajo de verano está aquí. - Randstad
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NOTAS DE CLASE
BLOQUE 0 (El Poder Judicial)
TEMA 1, Conflicto Jurídico y Medios de Solución
Índice del tema
- Formas
de
Solucionar
los
Conflictos
a. Autotutela
b. Autocomposición
c. Heterocomposición
- Mecanismos
Alternativos
de
Solución de Conflictos
a. Mediación
b. Conciliación
c. Arbitraje
Formas de Solucionar los Conflictos
Autotutela
- Definición: Resolución unilateral mediante el uso de la fuerza o autodefensa.
- Origen: Ejemplo histórico -> Ley del Talión (ojo por ojo, diente por diente).
- Finalidad: Castigo proporcional al daño
- Prohibición: Art. 455 CP (delito).
- Excepciones:
- Legítima defensa:
Art. 20.4 CP (proporcionalidad, agresión ilegítima, necesidad).
- Huelga laboral:
Art. 28.2 CE (derecho fundamental).
- Ejemplos del Código Civil:
Art. 592 CC (derecho a cortar raíces de finca contigua).
Art. 612 CC (derecho a recoger enjambres).
Autocomposición
- Definición: Resolución pacífica del conflicto mediante acuerdo entre las partes.
- Tipos:
- Negociación:
Directa entre las partes, sin intervención de terceros.
- Mediación:
Tercero neutral facilita el acuerdo, sin imponer decisiones.
- Conciliación:
- Tercero (LAJ o Juez de Paz) propone soluciones para acercar
posturas.
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Heterocomposición
- Definición: Un tercero impone la solución al conflicto.
- Tipos:
- Arbitraje:
Tercero (árbitro) decide mediante laudo.
- Jurisdiccional:
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (ADR y ODR)
Mediación (Sistema Autocompositivo)
- Regulación: Ley 5/2012, de 6 de julio (ámbitos civil y mercantil).
- Principios informadores:
- Voluntariedad
- Igualdad
- Imparcialidad
- Confidencialidad
- Lealtad
- Buena fe
- Tipos: Judicial y extrajudicial.
- Requisitos del mediador:
- Titulación universitaria o FP superior
- Formación específica
- Seguro de responsabilidad civil.
- Procedimiento: Sesiones informativa, constitutiva y necesarias.
- Finalización: Acta con/sin acuerdo (puede ser elevada a escritura pública o
homologada judicialmente).
- Mediación penal:
- Menores: LO 5/2000 (mayores de 14 y menores de 18 años).
- Adultos: Ley 4/2015 (Estatuto de la víctima): Requiere reconocimiento de
hechos, consentimiento de infractor y víctima.
Conciliación (Sistema Autocompositivo)
- Definición: Tercero propone soluciones para alcanzar un acuerdo.
- Tipos:
- Extraprocesal: Ley 15/2015 (Jurisdicción Voluntaria).
- Intraprocesal: LEC (arts. 415, 428 y 443).
- Conciliación ante Notario: Ley del Notariado (conflictos contractuales,
mercantiles, sucesorios).
- Conciliación ante Registrador: Ley Hipotecaria (conflictos inmobiliarios,
urbanísticos, mercantiles).
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Arbitraje (Sistema Heterocompositivo)
- Regulación: Ley 60/2003, de 23 de diciembre.
- Ámbito de aplicación: Arbitrajes internos e internacionales en territorio español.
- Requisitos: Convenio arbitral (cláusula o acuerdo).
- Tipos:
- De derecho: Basado en normas jurídicas (preferente).
- De equidad: Según criterio justo del árbitro.
- Clases especiales: Arbitraje de consumo (gratuito).
- Número de árbitros: Siempre impar, designado por las partes.
- Resolución -> Laudo arbitral:
- Irrecurrible (sólo anulable por motivos legales).
- Eficacia de cosa juzgada (no se puede reabrir el mismo conflicto).
- Título ejecutivo (su incumplimiento da lugar a ejecución ante tribunales).
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TEMA 2, El Derecho Procesal
Índice del tema
- Concepto, contenido y normas que
integran el Derecho Procesal
- Distinción
entre
normas
sustantivas
y
procesales:
ubicación y materia
- Aplicación
de
las
normas
procesales en el tiempo y en el
espacio:
a. Irretroactividad
b. Territorialidad
- Fuentes del Derecho Procesal:
a. La ley
b. Los principios generales
c. La jurisprudencia
d. La costumbre
- Principales
leyes
procesales:
LOPJ, LEC, Lecrim ...
Concepto, contenido y normas que integran el Derecho Procesal
Concepto del Derecho Procesal
El derecho procesal es la rama del derecho público que regula la jurisdicción (facultad de
juzgar y ejecutar lo juzgado), la acción (derecho a reclamar justicia) y el proceso (conjunto
de actos para resolver un conflicto). También abarca sistemas alternativos como mediación
y arbitraje.
Contenido del Derecho Procesal
- Normas orgánicas:
- Reglas sobre la organización de tribunales y personal judicial (jueces,
magistrados, LAJ).
- Normas procesales:
- Definen el desarrollo del proceso, regulando la intervención de las partes,
recursos, plazos y resoluciones.
Tipos de Normas
- Procesales o formales:
- Determinan la forma de proceder (admisión de demandas, plazos, recursos).
- Sustantivas o materiales:
- Regulan el contenido del litigio (derechos, obligaciones y relaciones
jurídicas).
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Distinción entre normas sustantivas y procesales
Normas Sustantivas
Reguladas principalmente en códigos civiles y penales, establecen derechos y deberes (ej.,
obligación de pagar una deuda).
Se ubican en códigos materiales (CC, CP).
Normas Procesales
Definen el procedimiento para hacer valer esos derechos en juicio (ej., plazos para
presentar una demanda).
Se ubican en leyes de enjuiciamiento (LEC, LECRIM).
Aplicación de las normas procesales en el tiempo y en el espacio
Irretroactividad (Aplicación en el tiempo)
- Principio general:
- Las leyes procesales rigen desde su entrada en vigor y no se aplican a
situaciones anteriores (art. 9.3 CE).
- Reglas específicas:
- Procesos finalizados -> No se ven afectados por la ley nueva.
- Procesos en curso -> Se aplica la ley anterior hasta la sentencia; la nueva
rige la ejecución.
- Ejecuciones y medidas cautelares -> Se aplican según la ley vigente en el
momento de su solicitud.
- Disposiciones transitorias:
- Normas que guían la adaptación entre leyes antiguas y nuevas.
Territorialidad (Aplicación en el espacio)
- Principio General:
- Las normas procesales españolas se aplican dentro del territorio nacional
(art. 2 LOPJ)
- Excepciones:
- Tratados internacionales
- Convenios de cooperación judicial
- Normativa de la UE
- Auxilio judicial internacional:
- Si un tribunal extranjero solicita colaboración: se aplica la ley española.
- Si un tribunal español solicita colaboración: se rige por la ley del país
requerido, salvo tratados.