Documento de Universidad sobre Conformación del Estado Argentino: historia y política. El Pdf explora la institucionalización y las estrategias para la construcción de la identidad colectiva, incluyendo la Ley 1420 y reformas educativas en Historia.
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En esta primera semana de clases realizaremos encuentros sincrónicos vea meet (publicaré el enlace en una noticia). En ambas clases trabajaremos de manera histórica los orígenes del estado argentino y los consecuentes procesos de institucionalización que en la formación del mismo se fueron desarrollando. Para comprender el origen del Sistema Educativo contextualizado en la formación del Estado recurriremos a herramientas que nos organizan la información.
La primera herramienta sugerida refiere a trabajar con un listado de presidencias nacionales que permitan relacionar nombres con fechas y así ubicarnos temporalmente, por lo que recomiendo el listado sea utilizado a lo largo de todo el desarrollo del espacio curricular Les dejo un link con una de los listados de presidentes que pueden utilizar http://adminpublica.org.ar/#!/-presidentes-argentinos/
También encontrarán en un drive que les comparto por enlace un texto de Adriana Puiggrós "Qué pasó en la Educación Argentina. Breve historia desde la Conquista hasta Presente" (2019). El mismo es un escrito base, ordenador del proceso histórico de conformación, fortalezas, debilidades y actualidad del sistema educativo. Se irán sugiriendo en clases las lecturas pertinentes de algunos capítulos. Al final de dicho libro también encuentran una lista de presidencias con sus respectivos ministros de educación https://drive.google.com/drive/folders/1Z2ZWubzRgVmBvVNhWb4T4ZCKW2JvBqKG?us p=sharing
Finalmente sumo a los recursos una línea de tiempo que encontrarán a continuación. La misma será explicada en la 1era clase sincrónica del martes 8 de agosto.
para lograr las 4 capacidades el Estado necesita institucionalizarse expandiéndose a través de la penetración en diferentes áreas:
Estado Liberal: desde mediados del siglo XIX hasta la década de 1930. Estado Social: desde mediados de la década de 1940 hasta mediados de la década de 1970. Estado Postsocial o Neoliberal: desde mediados de los '70 hasta la actualidad.
por una parte, la creación de una conciencia nacional, es decir un sentido profundamente arraigado de pertenencia a una sociedad territorialmente delimitada, que se identifica por una comunidad de origen, lenguaje, símbolos, tradiciones, creencias, y expectativas acerca de un destino compartido.
Por otra, la internalización de sentimientos que entrañan una adhesión "natural" al orden social vigente y que, al legitimarlo, permiten que la dominación se convierta en hegemonía"
Tradicionalmente se ha referido, al estudiar, leer o explicar historia argentina, a la generación del 80 como la organizadora del pujante estado nacional que daba cuenta de una Argentina económicamente creciente y políticamente selectiva. Dicha etapa es reconocida por leyes que determinaron aspectos centrales del estado nacional, especialmente en términos de disputa de poder institucional a la Iglesia Católica. Entre esas leyes se destacan la de Educación Común, la creación del registro civil y la de matrimonio civil.
Sobre esto algunas aclaraciones. Si bien Orden y Progreso fue el lema de la denominada Generación del 80 no es correcto reducir la organización del estado a esas décadas. Hemos referido que el período de las presidencias nacionales liberales (Mitre 1862-1868, Sarmiento 1868-1874 y Avellaneda 1874-1880) fueron centrales en el desarrollo de lo que Oszlak denomina capacidades estatales. Ejemplo claro de esto es la sanción en 1869 del Código Civil Argentino. Además, hemos recalcado continuamente la idea de proceso a la hora de referir la construcción del estado y la conformación de sus subsistemas.
Otra advertencia es, que cuando hablamos de estado nacional y leyes nacionales, en aquella época debemos recordar que las mismas regían para la capital y los territorios nacionales, ya que nuestro país aún no contaba con la división política en provincias tal cual conocemos hoy, 23 más la capital federal. Esto es importante porque nos permite dimensionar el alcance de leyes como la de Educación Común entendiendo que las provincias eran autónomas según lo establecido por el art. 5 de la Constitución Nacional.
Todo esto lo desarrollaremos en el meet de la clase del martes 15 de agosto pero lo dejamos sintetizado aquí para dejar uns secuencia de contenidos ordenada en el aula virtual.
También iremos sumando recursos que ilustran, amplían y acercan mucha info sobre cada eje del programa. Sobre la Ley de Educación Común, conocida como Ley 1420, sancionada en el año 1884 y debatida en el Congreso Pedagógico de 1882 les dejo otro video, muy breve, que sintetiza uno de los principales debates que se desarrollaron en torno a la Ley, la laicidad. Ver:
Haremos en esta clase referencia al SIPCE, sigla que surge de las investigaciones realizadas por Adriana Puiggrós junto a APPEAL (Alternativas pedagógicas y prospectivas en América Latina, grupo de investigación) publicadas mayoritariamente en los diversos tomos de Historia de la Educación Argentina. Puede afirmarse que la autora refiere a SIPCE cuando encuentra una seria de características en el Sistema educativo que le permite definirlo justamente como un todo articulado con una intención pedagógica clara que lo crea y sostiene. Dicha intención refiere a la necesidad de un estado naciente por conformar una identidad nacional encontrando en la escuela pública un recurso fundamental para tal fin. El SIPCE, Sistema de Instrucción Pública Centralizado Estatal, desarrollará varias etapas desde sus inicios con la Ley 1420 (1884), hasta el retorno a la democracia en los 80 del siglo XX. Dicha periodización la construyen entendiendo que la Ley permitió dar formato legal a ideas y definiciones políticas que ya se desarrollaban de manera desarticulada, y culminan con el retorno a la democracia dado que hasta dicho periodo se ha realizado la investigación dirigida por Puiggrós.
Hablar de SIPCE implica referir a una primera etapa, las que nos convoca (1884-1916), de base sarmientina en muchas de sus ideas, aunque se diferencia en el planteo fuertemente centralista que implicó la organización del sistema, a distinción del plateo de D. F. Sarmiento que defendía un papel más descentralizado de la educación. Son características importantes de este SIPCE la hegemonía del estado estableciendo un sistema verticalista y burocratizado que otorga subsidiaridad a los sectores privados y que defiende el carácter oligárquico, liberal y no participativo en sus definiciones, funciones y contenidos. Por eso hablamos de un Sistema educativo autoritario. Dentro y durante el desarrollo del mismo surgirán voces disruptivas con dicho esquema que profundizaremos en una próxima unidad. Se los conceptualiza como grupos de alternativas pedagógicas siendo los más destacados los democráticos radicalizados.
Para avanzar en la comprensión de la conformación de este SIPCE es fundamental conocer las bases legales del mismo. Ya comenzamos a trabajar la Ley 1420 del año 1884.
Complementará el objetivo de dicha Ley otra sancionada en 1905, Ley 4874. Queda a disposición en la sección archivos estas dos primeras leyes que trabajaremos: Ley 1420 de Educación Común y Ley 4874 conocida como Ley Láinez
El SIPCE encontró en la corriente normalista el marco necesario para desarrollar el espíritu de la Ley 1420. La formación de las maestras normales, enfáticamente en femenino, era base fundamental para el objetivo homogeneizador y nacionalista, siempre destacando la invaluable meta de ese momento: educación primaria obligatoria, gratuita y laica para los niños y niñas que habitaban nuestro país.
Ese normalismo se encontraba fuertemente influenciado por la corriente positivista que iniciado el siglo XX comienza sus primeros derroteros al comprender que el valor infalible de la ciencia se tambalea a la par de las disputas mundiales que derivaran en la Primera Guerra Mundial (1914-1918). Es así que para las primeras décadas de este siglo tomaron fuerza dentro del normalismo, a pesar del empuje recibido por el Sistema Educativo a raíz del Centenario de la Revolución de Mayo, aquellos grupos que siempre disintieron y pensaron alternativas al modelo más estricto y estructurado de formación que caracterizaba la formación en la escuela normal. Entre dicho grupos, ya presentes en los debates previos a la Ley 1420, se destacaron los democráticos radicalizados que optaban por defender a las culturas inmigrantes y plantearon críticas al centralismo que caracterizaba al normalismo. Otros grupos alternativos fueron los socialistas y los anarquistas con menor fuerza en el aspecto educativo.
La expansión del normalismo en nuestro país a partir de las fundación de las escuelas normales significó una estrategia clara de consolidación del SIPCE, ya que no puede entenderse la centralidad del sistema sin la estructuración de la formación docente. Para la caracterización de esta corriente trabajaremos con el texto de Fiorucci y Southwell presente en "Palabras claves en la Historia de la Educación Argentina"
Ley Láinez
La Ley Nacional 4874/05, conocida como Ley Láinez, porque fue el senador Manuel Láinez su ideólogo y propulsor, fue sancionada en el año 1905 y denominada "Escuelas elementales, infantiles, mixtas y rurales en las provincias". Puede afirmarse que con esta ley concluye la etapa de conformación del Sistema Educativo entendiendo que la misma resulta un complemento para la Ley 1420 ya que logra avanzar en la extensión de la obligatoriedad de la escolarización primaria en las provincias interviniendo en un área de índole provincial que no