Documento de Universidad sobre Contratos Administrativos. El Pdf detalla los contratos administrativos segùn la ley española 9/2017 y el marco internacional, abordando prohibiciones y requisitos de solvencia para estudiantes de Derecho.
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Ley 9/2017, 8 de noviembre, de contratos del sector público.
Los motivos de esta nueva ley: transposición de las nuevas directivas europeas de 2014 (retraso de año y medio, eficacia directa).
La junta consultiva de contratación de 2016 donde se recogía que partes de eta directiva de 2014 tiene el contenido de aplicación directa y cuáles no. Pero luego se aprobó la nueva ley de 2017.
*Esta ley, a diferencia de otra, contratos de servicios cuando es la administración contratante la que asume los riesgos; de concesión de servicios asume un riesgo operativo sustancia (de demanda, de disponibilidad, etc.). Esto es importante porque va a determinar que se aplique un régimen jurídico u otro.
Cuáles son los instrumentos a través de los cuales se va a estableciendo un corpus común de contratos públicos; yendo de más a menos:
Normas de participación y de selección de contratista: determinan los requisitos que deben cumplir las personas o empresas que optan por un contrato públicos.
Discriminación directa o indirecta, los criterios de adjudicación de los contratos son vitales, es el foco de las OI.
Prevención de corrupción: promoción de integridad, es uno de los objetivos de la ley. La trasparencia y confidencialidad (siempre esa trasparencia, que es necesaria para la prevención de la corrupción, debe tener límites y estos vienen dados por la confidencialidad). Objetividad, conflicto de intereses (regulación de cómo se resuelven estos), criterios de adjudicación, definición de objeto de contrato (la forma en la que se defina de acuerdo con normas técnicas).
Vías de reclamación y de recurso eficaces: en los supuestos de incumplimiento. Motivo que los recursos administrativos en materia de CP tengan una regulación específica (alzada, reposición) la UE encomiendan directamente a órganos judiciales u órganos administrativos especializados en la resolución de estos recursos y deben ser independientes de la administración contratante, por eso hay tribunales específicos de CP (los miembros de los tribunales deben ser expertos con mas 15 años de experiencia en la CP).
Todo estos es lo que las directivas europeas denomina concordancia, igualdad de tratamiento, transparencia e integridad.
Directiva 2014/24/UE, de contratación pública: Directivas sustantivas que regulan los contratos públicos
Todas ellas, interpretadas pola jurisprudencia do TJUE en materia, interpretando esas directivas y principios (aplicables, aunque no se le aplique la directiva).
Pueden alguno de ellos entrar en contradicción.a. Utilización eficiente de los recursos públicos b. Asegurar la vigencia de las libertades comunitarias de circulación de mercaderías y prestación de servicios de la CP c. Modernización de las reglas vigentes (simplificación procesal) e incorporación de avances jurisprudenciales (ej. Modificación e los contratos) d. Uso estratégico de la CP (objetivos sociales, de género, ambientales, personas con discapacidad, PIMES) ya que atraves de los CP se movilizan gran cantidad de recursos, utilizar los CP para realizar otras políticas públicas. e. Integridad: prevención y combate de la corrupción. f. Defensa comercial hacia terceros países (ICPI): desde el año 2022 hay un instrumento de contratación pública internacional, que le permite decir a la UE dar reciprocidad a los rechazos de productos por 3eros países.
Definición de CP: acuerdos onerosos entre un poder adjudicadores y una empresa, para correspondencia de alguno de los tipos contractuales (obras, servicios, etc.), hay algunas figuras excluidas.
Ej. La Universidad para arreglar el pabellón, hace un convenio de cooperación con la xunta (convenio de cooperación excluido), que liego como resultado hay que hacer una obra para arreglarlo y estas van por contrato.
Limites económicos de aplicación (contratos SARHA): los contratos que están dentro del ámbito de aplicación de la directiva. Para los contratos no SARHA no están en el ámbito de la directiva, pero eso no quiere decir que sea excluido de la aplicación de los principios.
Selección cualitativa: solvencia, excluidos, modos de acreditación (DEUC). Las condiciones subjetivas del solictador, las empresas deben reunir estos requisitos.
Documento europeo único de contratación, le da certificado que hace una especie de reconocimiento muto que sustituye la inscripción.
Determinación del objeto del contrato (CPV): vocabulario común de contratación. Cuando se identifica un contrato, sino hay un vocabulario común en la UE para facilitar la identificación.
Racionalización técnica de contratación (acuerdos marco, subasta electrónica, sistemas dinámicos, catálogos electrónicos, contratación conjunta, centrales de compras)
En el año 2004 el TJUE la modificación sustancial de un contrato luego de su adjudicación y durante su ejecución
O que obedezcan a motivos que ya aparecían recogidos en las condiciones iniciales
Modificación y terminación del contrato: en las directivas se regula la modifican y la terminación del contrato cuando haya infracción del derecho europeo
El articulo 1 de la Ley de contratos del sector publico dice cuales son los principios reguladores de la contratación pública:
incorporación transversal y preceptiva de criterios sociales y ambientales, siempre que guarden relación con el objeto del contrato.
A través de la contratación pública se moviliza una cantidad de recursos, vamos a usar esos recursos para hacer políticas públicas (ambientales, de género, inclusión social, innovación, defensa de las pequeñas y medianas empresas). Esos requisitos o condiciones pueden introducirse en distintos momentos del proceso de contratación.
Quien resulte elegido para el contrato tiene que cumplir estas condiciones de carácter social, ambiental, etc. Sino quedan excluidas del procedimiento de contratación.
El adjudicatario, a la empresa seleccionada, incumple estas condiciones, se resuelve el contrato por incumplimiento del contratista.
*Pero a veces hay dificultad de integración de los principios que pueden ser contradictorios.
Noción e importancia: las Directivas pretenden armonizar la regulación de los CP en el conjunto de la UE, la determinación del ámbito subjetivo (esto es que, los entes deben ajustar su actuación a estas normas) y de importancia critica.
La jurisprudencia del TJUE establece que las definiciones de los entes que integran el ámbito subjetivo (en especial la noción de "organismo de derecho público") debe dársele una interpretación funcional y no formal.
Contratos SARHA (sujetos a regulación de armonización) son aquellos celebrados por un poder adjudicador que están sujetos, por su objeto y su valor estimado, a las Directivas UE (arts. 19 a 23).
Art 1S "Son contratos sujetos a una regulación armonizada los contratos de obras, los de concesión de obras, los de concesión de servicios, los de suministro, y los de servicios, cuyo valor estimado, calculado conforme a las reglas que se establecen en el artículo 101, sea igual o superior a las cuantías que se indican en los artículos siguientes, siempre que la entidad contratante tenga el carácter de poder adjudicador. Tendrán también la consideración de contratos sujetos a regulación armonizada los contratos subvencionados por estas entidades a los que se refiere el artículo 23."
Los contratos que no son SARHA de aplicación los principios del Derecho UE de la CP, tal y como los interpreta el TJUE (igualdad de tratamiento, libertad de circulación de mercaderías y de prestación de servicios).