Documento de Universidad sobre Tema 1. ¿Qué Es la Política Criminal y para Qué Sirve?. El Pdf, de Derecho, analiza la política criminal, su relación con el derecho penal y la criminología, y la tutela de la libertad sexual de menores, incluyendo leyes y problemáticas actuales.
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La política gubernamental se lleva a cabo a través de diversas formas, según lo que se pretende regular: política sanitaria, educativa, de empleo, etc. La política criminal es una de estas formas, supone el sector de la política estatal donde se toman las decisiones de cara a prevenir y reaccionar frente a los delitos. El Estado tiene que garantizar, en la medida de lo posible, la seguridad de los ciudadanos frente al crimen, y este lo hace a través de la política criminal.
La política criminal está basada en una concreta ideología. Esto provoca que, en los Estados totalitarios, donde no hay división de poderes, se lleve a cabo una política criminal totalmente distinta a la de un Estado democrático, donde la disidencia política es algo necesario y sano.
En un sentido académico/disciplina: la política criminal busca soluciones legales que mejoren la eficacia y la justicia del ordenamiento en una sociedad y momento histórico determinados (esas respuestas responden a los valores y al concepto social y político).
No solo interesa analizar la concreta orientación político-criminal de un Estado, sino también si esta es o no adecuada a los valores y al concreto modelo social y político que se defiende. Consiste pues en una actividad crítica a desarrollar por juristas y criminólogos quienes se deben preguntar, por ejemplo, si es adecuada la actual pena de prisión permanente revisable en un Estado social y democrático de derecho que exige la orientación resocializadora de las penas de prisión.
La política criminal como aspecto de la política general, y por tanto como ejercicio del poder, refleja claramente la ideología de quien la lleva a cabo. Esto es, depende de la forma del Estado, del modo de gobierno y de si quien formula y ejecuta su actuación está condicionado por los límites derivados del respeto a los derechos fundamentales. En este sentido, el crimen se percibe y se maneja de forma distinta en los Estados totalitarios que en los democráticos.
En un Estado totalitario.
o Predomina la prevención general (intimidación) y la prevención especial negativa (escarmiento).
En un Estado Democratico (pluralidad).
o Objetivo: Conseguir una convivencia pacífica, porque se entiende que el crimen es como la muerte la naturaleza humana.
o Normalidad del delito: Objetivo de mantenerlo en los límites tolerables.
Reto: Combinar las exigencias de seguridad con la libertad de los ciudadanos.
La política criminal la dicta la ideología de los gobernantes (del momento). Ejemplo: delitos contra la libertad sexual. Los movimientos sociales son importantes, pero en pocas ocasiones eficaces. Ejemplo: aborto.
La Política Criminal tambien depende de las vertientes mas progresivas o más conservadoras y de los movimientos sociales dentro de los Estados Democráticos.
La prevención del crimen en un Estado Social Democrático de Derecho (ESDD): debe hacerse en 3 pasos/etapas:
1· Prevención primaria:
. Prevención secundaria:
. Prevención terciaria:
En el ámbito penitenciario (tratamiento penitenciario).
"La mejor política criminal es la buena política social" (VON LISZT). Por tanto, la política criminal debería preguntarse cuáles son las causas de la delincuencia (pobreza, marginación, paro ... ) e intentar erradicarlas a través de políticas sociales en primer término. Ver la 13th enmienda.
Objeto: el fenómeno criminal, la legislación que lo contempla y todas las instituciones políticas que buscan la prevención o la reacción frente al delito (Derecho penal, económico, educativo, social y cultural).
Método: El utilizado por la Sociología y las ciencias políticas (no método jurídico ni empírico criminológico).
No hay que confundir Derecho Penal con política criminal: El DP es solo una de las herramientas/mecanismos que utiliza la PC, y por sí sola no sirve. Además, las medidas impuestas por la Política criminal son las que hacen funcional el DP.
Funciones: Son todas aquellas que contribuyan a comprender y prevenir el crimen:
Estudiar los mecanismos de prevención del delito (ante/post delictum).
. Crítica de la legislación vigente planteando las posibles reformas.
. Evaluación de la política criminal desde el paradigma de los Derechos humanos.
La violencia estructural (derivada de la pobreza) se combate a través de la política social a través del reconocimiento de libertades y tolerando la conducta desviada.
Pero si se trata de una criminalidad derivada de la globalización (corrupción política, delitos medioambientales y de cuello blanco) la política criminal debe actuar internacionalmente.
Política criminal y derecho penal: la dogmática penal
. Derecho Penal:
Guía al legislador en la reforma de la ley penal.
Busca el equilibrio entre seguridad jurídica y respeto de los DDHH.
. Política criminal:
Debe orientar su prevención y tratamiento del fenómeno criminal considerado los principios e instituciones que ha ido elaborando la dogmática penal.
1 Dirigida al legislador, le dice el programa que tiene que implantar para enfrentar el problema.
2Así, ambas disciplinas alcanzarán su objetivo común: Convivencia pacífica respetando al máximo la libertad humana.
. Criminología: Obtención de datos fiables acerca de la criminalidad y sus causas. Analizan cuál es el problema y causas.
· Política Criminal: Busca soluciones y medidas idóneas, basándose en la información criminológica disponible (valorada en términos de eficacia y justicia).
Ahora, cada vez más, la política criminal parchea mediante reformas la legislación penal según la alarma social del momento.
Políticas sociales: Son las primeras y más importantes. Están basadas en la educación (sobre todo, familia, escuela y universidad). Las políticas sociales actúan sobre las causas (no sobre los resultados), sobre las situaciones (no sobre las personas), logrando una política social preventiva (no reactiva).
Política de medios de comunicación: Contribuyen en la estabilidad (o desestabilidad) social por medio de la alarma social. Deben asegurarse la veracidad de la información y acatar sus normas deontológicas.
Derecho administrativo sancionador: Asegura que los medios jurídicos se utilicen de forma correcta, y que un caso administrativo no se convierta en un caso penal.
Medidas extrapenales de resolución de conflictos: Justicia restaurativa: La mayoría de los casos que llegan a los juzgados son de escasa gravedad (ámbito familiar o social) y entorpecen la acción de la justicia. Por eso, es necesario acudir a otras vías extrajudiciales de reducción de conflictos: la mediación ("más vale un mal acuerdo que un buen juicio").
Propuestas penales (del Derecho Penal): Es necesario:
La historia de la política criminal es la historia sobre como las sociedades han comprendido el delito y han reaccionado frente a el. Cada sociedad tiene sus delitos y sus penas, tiene su propio Derecho Penal, considerando delito unas conductas, dejando de considerar otras o introduciendo otras nuevas. Para comprenderlo es necesario tener en cuenta las concepciones filosóficas imperantes de cada época. El Derecho Penal no es una realidad ahistórica, sino que depende de los cambios políticos, sociales, económicos, culturales e ideológicos.
El delito ha existido siempre, pero en sus primeras manifestaciones la concepción que se tenía era la del delito como un hecho sobrenatural o fatalista (designios del destino). Además, las formas primitivas de reacción frente al delito eran:
Formas primitivas de reacción frente al delito:
Sistema composicional: Abogaba por una reparación del delito entre víctima y delincuente.
La historia del castigo es un relato de violencia y deshumanización, que muestra como las personas han prescindido de límites morales en su intento de abordar la criminalidad. Se buscaba infringir el máximo dolor posible ya que la pena iba más allá de la mera retribución, sino que servía también para mandar un mensaje intimidatorio al resto de la comunidad para que se abstuviese de realizar la misma conducta.
Con la implantación de la religión judeocristiana, se identifica al Estado con el Monarca (Monarquía Absoluta), se afirma el origen divino de la soberanía. Se concentraba a todo el poder en la figura del monarca, ya que era heredero natural de Dios. El delito se equipara a pecado y la pena a penitencia. Por tanto, el proceso penal se encaminaba a la obtención de la confesión del reo, aunque fuera a través de torturas, y a la imposición de una pena entendida como la expiación religiosa necesaria para redimir al delincuente de su culpa.
En este contexto, la tortura y la inquisición estaban asociada a lo que hoy denominaríamos Derecho penal del Antiguo Régimen, también conocido como Derecho Penal de la Monarquía Absoluta que es la forma más primitiva del totalitarismo. Se concentra todo el poder en una única persona: el Rey.
El poder se concentra en una única persona (monarquía absoluta). su ejercicio no es restringido por ninguna ley.
No hay división de poderes.
Se identifica el delito con el pecado (delito=pecado): El castigo es causar máximo sufrimiento posible por un pecado que no se debió cometer.
Tortura e inquisición es el DP de la Monarquía Absoluta.
. Responsabilidad objetivo y castigo colectivo.
Responsabilidad objetiva: Se castiga por los resultados, aunque no tenga relación con los hechos.
1 Castigo colectivo: La pena recae sobre el autor, su familia y su colectividad. Se usa para dar ejemplo a la comunidad.
. Pena como expiación de la culpa y búsqueda del temor colectivo.