La Propiedad Industrial: diseño industrial y marcas de la Universidad de Oviedo

Diapositivas de la Universidad de Oviedo sobre La Propiedad Industrial. El Pdf explora los derechos de propiedad industrial, el diseño industrial con sus procesos de concesión y contenido, y la caracterización general y concesión de marcas, destacando su función distintiva en el mercado del Derecho.

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17 páginas

LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Contabilidad y Finanzas
Fern ando Herrero González
Oviedo. Febrero de 2024
1. LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. INTRODUCCIÓN
¿Qué son los derechos de propiedad industrial?
Los derechos de Propiedad Industrial son activos intangibles o inmateriales, que
no pueden tocarse o verse físicamente, pero que pueden comercializarse como
cualquier otro bien sico mediante, compraventa, licencia (alquiler), hipoteca, etc.
Su protección específica se fundamenta en su vinculación al tráfico empresarial, bien
por razón del destino de los resultados de una actividad inventiva o diseñadora
(creaciones industriales), bien por razón de la función de identificación de los
empresarios, sus establecimientos, productosy servicios (signosdistintivos).
Permiten a sus titulares emprender acciones legales contra aquellos que copien,
falsifiquen, fabriquen, importen, o vendan productos o servicios protegidos por dichos
derechos, cuando no tengan la autorización de los titulares.
El sistema de protección específica de la propiedad industrial tiene como finalidad el
garantizar el progreso técnico y la configuracn de un adecuado marco de
competencia librey leal.

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La Propiedad Industrial

Introducción a los Derechos de Propiedad Industrial

Universidad de Oviedo LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Contabilidad y Finanzas Fernando Herrero González Oviedo. Febrero de 20241. LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. INTRODUCCIÓN · ¿ Qué son los derechos de propiedad industrial?

  • Los derechos de Propiedad Industrial son activos intangibles o inmateriales, que no pueden tocarse o verse fisicamente, pero que pueden comercializarse como cualquier otro bien físico mediante, compraventa, licencia (alquiler), hipoteca, etc.
  • Su protección específica se fundamenta en su vinculación al tráfico empresarial, bien por razón del destino de los resultados de una actividad inventiva o diseñadora (creaciones industriales), bien por razón de la función de identificación de los empresarios, sus establecimientos, productos y servicios (signos distintivos). Permiten a sus titulares emprender acciones legales contra aquellos que copien, falsifiquen, fabriquen, importen, o vendan productos o servicios protegidos por dichos derechos, cuando no tengan la autorización de los titulares.
  • El sistema de protección específica de la propiedad industrial tiene como finalidad el garantizar el progreso técnico y la configuración de un adecuado marco de competencia libre y leal.

Registro de la Propiedad Industrial

1. LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. INTRODUCCIÓN · ¿ Cómo y dónde se registra la propiedad industrial?

  • Antes de hacer el registro conviene buscar posibles anterioridades en las bases de datos gratuitas en www.oepm.es para saber si ya existen otros derechos de Propiedad Industrial (PI) (marcas, diseños, patentes) iguales o muy parecidos al que se quiere registrar, pues ello impediría la protección. También se pueden solicitar los servicios de búsqueda de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). La OEPM concede títulos de PI con efectos en España. La Oficina de la Unión Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO, por sus siglas en inglés) concede marcas y diseños con efectos en la UE. La Oficina Europea de Patentes concede patentes con efectos en más de 40 países, incluidos los Estados Miembros de la UE

Tipos de Derechos de Propiedad Industrial

  • Tipos de derechos de propiedad industrial
  • Marcas y nombres comerciales: signos distintivos que identifican productos o servicios en el mercado. Pueden estar compuestos por palabras, dibujos, o combinaciones de ambos así como por sonidos o formas tridimensionales.
  • Diseños industriales: protegen la apariencia visual externa de un producto.
  • Patentes y modelos de utilidad: dan protección a las invenciones que resuelven problemas técnicos; pueden consistir en productos y procedimientos en todos los campos de la tecnología.

Diferencia entre Propiedad Industrial e Intelectual

1. LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. INTRODUCCIÓN. · La propiedad industrial es diferente de la propiedad intelectual

  • Los derechos de Propiedad Intelectual surgen con la creación y se pueden registrar ante el Registro de la Propiedad Intelectual.
  • Los derechos de autor, relativos a creaciones artísticas, estéticas, literarias, científicas, musicales, obras teatrales y cinematográficas, y programas de ordenador, pueden protegerse como Propiedad Intelectual.

Duración y Efecto de los Derechos de Propiedad Industrial

  • ¿ Cuánto duran y dónde tienen efecto los derechos de propiedad industrial?
  • Los derechos de Propiedad Industrial estan limitados temporal y territorialmente.
  • La duración es variable; las marcas se conceden por periodos de 10 años, que pueden prorrogarse indefinidamente. Los diseños industriales se conceden por periodos de 5 años, prorrogables hasta un máximo de 25 años. Las patentes pueden extenderse un máximo de 20 años y los modelos de utilidad 10 años debiendo pagarse cuotas anuales para mantenerlos en vigor.
  • La validez de estos títulos de PI se limita al territorio donde se ha concedido la protección y no se extiende a otros países. No obstante, hay acuerdos internacionales que facilitan extender estos derechos a varios Estados.

La Patente de Invención

Caracterización General de la Patente

2. LA PATENTE DE INVENCIÓN. · Caracterización general.

  • Es el título de propiedad industrial en virtud del cual se goza del derecho de explotar en régimen de exclusividad una invención idónea para la producción de una cosa nueva (patente de producto) o para la producción de una cosa por medio de un procedimiento nuevo (patente de procedimiento). Para que una invención sea patentable tiene que cumplir los siguientes requisitos: Tiene que ser nueva, esto es, que no esté comprendida en el estado de la técnica, constituido por todo lo que antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente se ha hecho accesible al público por cualquier medio. Implicar actividad inventiva, esto es, que no resulte del estado de la técnica de una manera evidente para un experto en la materia Susceptible de aplicación industrial. No son invenciones patentables los descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos, obras literarias, artísticas y científicas, planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales o económico-comerciales, programas de ordenador, etc.
  • No son invenciones patentables aquellas cuya explotación comercial sea contraria al orden público o las buenas costumbres.

Resolución de Problemas Técnicos con Patentes

2. LA PATENTE DE INVENCIÓN.

  • Una patente debe resolver un problema técnico y puede referirse a procedimientos, productos, aparatos o dispositivos técnicos; o al uso de dichos productos.
  • Una patente consta de una memoria descriptiva dirigida a explicar el problema técnico, y cómo se resuelve. Se compone de una descripción de la invención, dibujos aclaratorios, resumen y reivindicaciones. Las reivindicaciones son las características técnicas a las que se otorga la protección legal.
  • Antes de presentar la solicitud de patente conviene buscar posibles anterioridades en las bases de datos gratuitas en www.oepm.es para saber si ya existen otras invenciones iguales o muy parecidas, pues ello impediría la protección. También se pueden solicitar los servicios de búsqueda de la OEPM sujetos a un precio público.

Concesión de la Patente

2. LA PATENTE DE INVENCIÓN. · Concesión.

  • La patente se concede por la OEPM, se inscribe en el Registro de Patentes y se publica su concesión y registro en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial y a través de folletos.
  • El derecho a la patente, que es transmisible, pertenece al inventor/es o a sus causahabientes.

Contenido y Duración de la Patente

  • Contenido
  • Tiene una duración improrrogable de 20 años desde la fecha de presentación de la solicitud y tiene efectos desde la publicación si bien en algunos casos (para productos médicos o farmacéuticos) puede extenderse hasta cinco años más.
  • El contenido fundamental es el privilegio para su titular de las facultades necesarias para la explotación en exclusiva de la invención patentada.
  • Si se viola su derecho el titular tiene acción judicial en los ámbitos civil y penal.
  • El titular ha de pagar unas anualidades y explotar la patente, de forma directa o a través de tercero autorizado, de modo que resulte suficiente para cubrir la demanda nacional. La falta de pago de una anualidad o de la adecuada explotación constituyen causa de extinción de la patente por caducidad.

Consideración de la Patente como Objeto de Tráfico

2. LA PATENTE DE INVENCIÓN. · Consideración de la patente de invención como objeto de tráfico.

  • El valor patrimonial de la patente es separable del derecho moral del inventor, el cual tiene el derecho frente al titular de la patente a ser mencionado como tal.
  • La patente puede ser objeto de tráfico y transmitirse inter vivos y mortis causa, de forma plena o limitada y es susceptible de gravamen y ejecución.
  • Se pueden otorgar licencias sobre las patentes que comportan una autorización de explotación de la invención patentada. Hay licencias contractuales, que nacen de un convenio entre licenciante y licenciatario entre las que podemos destacar las licencias de pleno derecho cuya oferta de contratación se publica a través de la OEPM. También puede darse el supuesto de licencias obligatorias si se dan determinadas causas como la falta o insuficiencia de explotación de la invención patentada.

El Modelo de Utilidad

Caracterización General del Modelo de Utilidad

3. EL MODELO DE UTILIDAD · Caracterización general.

  • Es el título de propiedad industrial en virtud del cual se goza del derecho de explotar en régimen de exclusividad una invención industrialmente aplicable que, siendo nueva, e implicando una actividad inventiva, consista en dar a un objeto o producto una configuración, estructura o composición de la que resulte alguna ventaja practica apreciable para su uso o fabricación. No son protegibles las invenciones de procedimiento.
  • Son invenciones de rango inferior no protegibles como patentes. Tiene que ser invención nueva, esto es, que no esté comprendida en el estado de la técnica, constituido por todo lo que antes de la fecha de presentación de la solicitud se ha hecho accesible al público por cualquier medio, y que no resulte del estado de la técnica de una manera muy evidente para un experto en la materia

Concesión del Modelo de Utilidad

  • Concesión.
  • El modelo de utilidad se concede por la OEPM, se inscribe en el Registro de Patentes y se publica su concesión y registro en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial.

Contenido del Modelo de Utilidad

  • Contenido
  • Tiene una duración improrrogable de 10 años desde la fecha de presentación de la solicitud y tiene efectos desde la publicación.
  • Su titular tiene los mismos derechos que el titular de una patente.

El Diseño Industrial

Caracterización General del Diseño Industrial

4. EL DISEÑO INDUSTRIAL · Caracterización general. Pueden registrarse en el Registro de Diseños de la OEPM aquellos diseños que sean nuevos y posean carácter singular.

  • Podemos definir el diseño industrial como la apariencia dada a una cosa con el fin de facilitar su colocación en el mercado.
  • Un diseño da protección a la apariencia estética de un producto; las líneas que lo definen, su contorno, forma, colores, textura o materiales del mismo o de su ornamentación. Los diseños pueden ser bidimensionales o tridimensionales.
  • Los productos protegidos se deben atener a una clasificación de diseños, llamada Clasificación de Locarno, que establece 32 clases distintas de productos. Los diseños sólo pueden protegerse en una única clase, que corresponda con el producto desarrollado. Una solicitud de diseño industrial puede incluir hasta 50 diseños diferentes incluidos en la misma Clasificación de Locarno
  • Es nuevo si ningún otro diseño idéntico ha sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de su solicitud.
  • Posee carácter singular si la impresión general en el usuario difiere de la recibida por este por cualquier otro diseño que haya ha sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de su solicitud.

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