Documento de Academia Mr sobre la Administración Pública en la Constitución y las Leyes 39/2015 y 40/2015. El Pdf explora los artículos 103, 104 y 105 de la Constitución, detallando principios de acción y funciones de las fuerzas de seguridad, así como los convenios administrativos en Derecho para Universidad.
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Debemos partir de la idea de que la Administración Pública es la organización creada para satisfacer los intereses de la población, las necesidades y los servicios generales y comunes, tales como la sanidad, educación o justicia.
Por otra parte, la Constitución Española de 1978 es la norma suprema, la que prevalece sobre cualquier otra norma de nuestro sistema, debiendo sujetarse todas ellas a lo dispuesto por la Constitución.
Los artículos 103 a 107 de la Constitución, dentro de su Título IV (del Gobierno y de la Administración) hablan de la Administración Pública.
El artículo 103 de la Constitución dice:
"1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.
3. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones."
Es decir, la Administración Pública se refiere a todas las Administraciones, ya sea las dependientes del Ayuntamiento de Zaragoza, del Gobierno de Aragón, del Gobierno del Estado, etc.
Además, debemos tener claro que la Administración Pública sirve con objetividad a los intereses generales, es decir, sirve al bien común con imparcialidad para todos los ciudadanos sin establecer distinción alguna.Esta actuación de la Administración se realizará de acuerdo con los siguientes principios:
El artículo 104 de la Constitución Española habla de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:
"1. Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.
2. Una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad."
Debe señalarse que este artículo se refiere a las Fuerzas y Cuerpos de seguridad tales como policía o guardia civil cuya misión es proteger al ciudadano, pero no al ejército o a las Fuerzas Armadas, cuya misión es la defensa del Estado y su soberanía y se regulan en el artículo 8 (Titulo Preliminar).
Además, una Ley Orgánica (ley que exige para su aprobación una mayoría absoluta del Congreso de los Diputados) regulará sus funciones, principios de actuación y estatutos (conjunto de derechos y obligaciones).
El artículo 105 de la Constitución Española dispone:
"La ley regulará:
a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten.
b) El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.
ACADEMIA MR. Tema 3. Página 2 de 64c) El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado."
En consecuencia, debe tratarse de una norma con rango de ley la que regule:
El artículo 106 de la Constitución dice:
"1. Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican.
2. Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos."
Los jueces y tribunales de lo Contencioso-Administrativo supervisan la actuación de las Administraciones, concretamente su potestad reglamentaria (poder de realizar disposiciones administrativas) y la legalidad de la actuación administrativa, es decir, que los actos y decisiones que ha tomado la Administración sean conformes a la ley.
Lo que no se controla es la oportunidad o conveniencia de los actos, únicamente controla la legalidad de la actuación administrativa. También controlan el sometimiento de la actuación administrativa a los fines que la justifican, es decir a las competencias que tienen asignadas cada una de ellas. En consecuencia, no existe un control de unas administraciones sobre otras, puesto que dicho control es ejercido por los Tribunales.
En otro orden de cosas, en lo que se refiere a la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, los elementos clave para su determinación son:
ACADEMIA MR. Tema 3. Página 3 de 64En último lugar, el artículo 107 de la Constitución dispone:
"El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia."
En el Consejo de Estado se integran expresidentes del Gobierno, ex altísimos cargos (ministros, senadores, etc.), siendo sus funciones la de elaborar informes sobre determinados asuntos, pero no es obligatorio seguir sus indicaciones.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley de Procedimiento Administrativo Común, regula el proceso de toma de decisiones por las Administraciones Públicas.
El Título Preliminar de la Ley 39/2015 lleva por rúbrica "Disposiciones generales", cuyo artículo 1 regula el objeto de la ley.
Dice que esta Ley tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de re clamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas, así como los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.
Solo mediante ley, cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento, y de manera motivada, podrán incluirse trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley. Reglamentariamente podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a los órganos competentes, plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia, formas de iniciación y terminación, publicación e informes a recabar.
El artículo 2 se refiere al ámbito subjetivo de aplicación, indicando que esta Ley se aplica al sector público, que comprende:
El sector público institucional se integra por:
ACADEMIA MR. Tema 3. Página 4 de 64b) Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas.
c) Las Universidades públicas, que se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de esta Ley.
Tienen la consideración de Administraciones Públicas la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, así como los organismos públicos y entidades de derecho público previstos en la letra a) del apartado 2 anterior.
Las Corporaciones de Derecho Público se regirán por su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o delegadas por una Administración Pública, y supletoriamente por la presente Ley.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, establece la regulación legal del sector público, cuyo Título Preliminar lleva por rúbrica "Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público".
Esta Ley establece y regula las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, los principios del sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de la potestad sancionadora, así como la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de su sector público institucional para el desarrollo de sus actividades.
Esta Ley se aplica al sector público que comprende:
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