Tramitación Procesal Tema 5: Competencias y órganos de la Unión Europea

Documento de Oposita Test sobre Tramitación Procesal, Tema 5, que aborda la Unión Europea. El Pdf, de Derecho y para Oposiciones, detalla las competencias, instituciones y órganos principales de la UE, incluyendo el Parlamento Europeo y la Comisión Europea, con un enfoque en los actos no legislativos y los principios de delimitación de competencias.

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La Unión Europea. Competencias de la UE. Instituciones y órganos
de la Unión Europea: El Parlamento Europeo, el Consejo Europeo,
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el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal de Cuentas.
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Tratado de la Unión Europea.
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La Unión Europea

OPOSITA LTEST TRAMITACIÓN PROCESAL TEMA 5 aloreixa@icloud.com / +34 607 08 50 52 www.opositatest.comOPOSITA LTEST TRAMITACIÓN PROCESAL TEMA 5 La Unión Europea. Competencias de la UE. Instituciones y órganos de la Unión Europea: El Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de Ministros de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal de Cuentas. Tratado de la Unión Europea. Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. aloreixa@icloud.com / +34 607 08 50 52 Comprueba si tu temario está actualizado https://opo.cl/gCY Accede a los recursos del tema https://opo.cl/SVK www.opositatest.comTRAMITACIÓN PROCESAL | TEMA 5

Índice del Tema 5

I. La Unión Europea 1. Países miembros de la Unión Europea . 6 2. El Euro y la Eurozona . 7 3. El Espacio Schengen 7 4. Los símbolos de la Unión Europea 8 . II. Derecho de la Unión Europea 10 1. Derecho originario 2. Derecho derivado 15 III. Competencias de la Unión Europea 18 1. Delimitación de las competencias 18 . 2. Ejercicio de las competencias 19 3. Cooperación reforzada . 20 IV. Instituciones y órganos de la Unión Europea 22 1. El Comité Económico y Social 22 2. El Comité de Regiones 23 V. El Parlamento Europeo 25 1. Naturaleza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 2. Composición y elección 26 3. Estructura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 4. Organización 30 5. Competencias 30 6. Defensor del Pueblo Europeo. 32 VI. El Consejo Europeo 34 1. Naturaleza 34 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. Composición 34 3. Organización 35 4. Competencias 36 VII. El Consejo de Ministros de la Unión Europea 37 1. Naturaleza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 2. Composición 37 3. Organización 39 4. Competencias 40 VIII. La Comisión Europea 42 1. Naturaleza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 2. Composición 42 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3. Organización . 45 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4. Competencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 aloreixa@icloud.com / +34 607 08 50 52 IX. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea 47 1. Naturaleza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47 2. Composición 48 3. Organización 49 4. Competencias 50 X. El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea 54 1. Naturaleza . 54 2. Composición 54 3. Organización 55 4. Competencias 56 XI. El Banco Central Europeo 57 1. Naturaleza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57 2. Estructura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57 3. Competencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58 RECURSOS GRÁFICOS A lo largo del tema encontrarás diversos recursos grá- ficos destinados a ayudarte a visualizar y memorizar datos importantes de la materia. PLAZOS Sabemos que los plazos y datos temporales siempre son difíciles de recordar, por eso hemos creado este icono, situado en el margen derecho de la página, que te indi- cará que en ese párrafo hay uno o varios plazos o datos temporales. Destacados Pregunta de examen Este icono, situado en el mar- gen izquierdo, te señalará las cuestiones que se han pre- guntado en exámenes oficia- les de años anteriores de tu oposición. Datos importantes N Cuando haya algún cambio o modi- ficación en el tema estos símbolos te indicarán el alcance del cambio o modificación. aloreixa@icloud.com / +34 607 08 50 52 Hay palabras clave o frases que son muy relevantes y que debes tener muy claras a la hora de estudiar. Es- tos conceptos los hemos marcado con un resaltado amarillo para que los localices de un simple vistazo. NegritaT. 5

Contexto y Origen de la Unión Europea

I. LA UNIÓN EUROPEA MAR DE BARENTS TERRITORIOS NO CONTINENTALES Y DE ULTRAMAR DE LOS ESTADOS MIEMBROS Bélgica Lituania Bulgaria Luxemburgo Azores (PT). Madeira (PT) Canarias (ES) GOLFO DE BOTNIA FINLANDIA Guadalupe (FR) Martinica (FR) Chequia Hungria ·Guayana Francesa (FR) Reunión (FR) Dinamarca Malta "Helyirédi +Tall Estocolmo ESTONIA Alemania Países Bajos MAR DEL NORTE Riga LETONIA Estonia Austria IRLANDA DINAMARCA Copenhague MAR Vilna Irlanda Polonia PAISES BAJO Ámsterdan Grecia Portugal Bertin Varsovi CANAL DE LA MANCHA Drugelas BÉLGICA ALEMANIA España Rumanía Park „Praga CHEQUIA Francia Eslovenia ESLOVAQUIA Viena Bratislava FRANCIA AUSTRIA Cróàcia Eslovaquia GOLFO DE VIZCAYA SESLOVENIA RUMANÍA Liubliana .za CROACIA Italia Finlandia .Bucarest GOLFO DE LEDA Suecia PORTUGAL ITALIA BULGARIA Sofa Lisboa Madrid ESPAÑA Letonia El orden protocolario es el orden alfabético en la lengua del Estado miembro. MAR TIRRENO M R GRECIA MAR BABA Alenas EGEO MAR JÓNICO E CHIPRE Nicosia R MALTA'La Valeta A NEO En este tema nos ocuparemos del estudio de la Unión Europea (en adelante, UE) que es una organiza- ción internacional sui generis formada por 27 Estados miembros que, como su propio nombre indica, se encuentran en Europa, aunque algunos de sus territorios se extiendan más allá del continente. En cuanto al origen de esta organización, hay que decir que la idea de la integración europea, aunque no es propia del Siglo XX, se presenta, tras la Segunda Guerra Mundial, como una solución para aca- bar con los cataclismos cíclicos que asolaban Europa. Y ya desde el principio, se hicieron notar las dos corrientes europeístas que persisten hoy día y que dieron lugar a dos organizaciones distintas:

  • Por un lado, estaban los que querían una cooperación intergubernamental sin cesión alguna de soberanía, fundamentalmente los anglosajones. De ahí surgió, en 1949, el Consejo de Europa, que NO es una institución de la UE y al que hoy pertenecen 46 países*, incluidos los 27 países de la UE. *Como consecuencia de la agresión a Ucrania, el Comité de Ministros por resolución de 16 de Marzo de 2022 decidió expulsar del Consejo de Europa a la Federación de Rusia, pasando este organismo de 47 a 46 miembros1.
  • Y por otro lado, estaban los que soñaban con una integración de carácter federal y de ahí surge precisamente lo que hoy conocemos como UE. Ahora bien, como señaló en 1950 el que fuera ministro francés de Asuntos Exteriores, Robert Schuman, Europa no se haría de golpe sino mediante realizaciones concretas que irían creando previamente una solidaridad de hecho. Y así ha ocurrido en los ya 70 años que hace del primer Tratado.

aloreixa@ 1 https://search.coe.int/cm/Pages/result_details.aspx?ObjectID=0900001680a5da51 opositatest.com v1.2.0 5 | T. 5 | @ Rue de la Loi/Wetstraat 175 1048 Bruxelles/Brussel BELGIQUE/BELGIE Tel. +32 22816111 www.consilium.europa.eu OCÉANO wireamburgo Consejo de la Unión Europea ATLANTICO LITUANIA LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA MAR CELTA MAR DE NORUEGA SUECIA Mayotte (FR) BÁLTICO POLONIA Budapest HUNGRÍA MAR NEGRO Chipre MAR ADRIÁTICOT. 5

Países Miembros de la Unión Europea

1. PAÍSES MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA La UE está compuesta por 27 países, tras la salida del Reino Unido. Caso Reino Unido: El 23 de junio de 2016, los ciudadanos del Reino Unido votaron a favor de abandonar la UE. El 29 de marzo de 2017 el Reino Unido comunicó oficialmente al Consejo Europeo su intención de abandonar la UE mediante la activación del art. 50 TUE, que veremos más adelante. Aunque el 29 de marzo de 2019, cumplidos dos años desde la notificación, debían dejarse de aplicar los Tratados en dicho territorio, se le fueron concediendo al Reino Unido sucesivas prórrogas hasta el 1 de Febrero de 2020 en el que entró en vigor el Acuerdo de Retirada. La entrada en vigor de ese acuerdo marcó el fin del plazo establecido en el art. 50 TUE y el inicio de un período transitorio que duró hasta el 31 de diciembre de 2020.

Adhesión a la Unión Europea

A. Adhesión a la Unión Europea Cualquier Estado europeo que respete los valores de la UE y se comprometa a promoverlos podrá soli- citar el ingreso como miembro en la Unión. El procedimiento de adhesión a la UE se describe en el art. 49 TUE y cuenta con dos fases:

  • Una fase comunitaria > El Estado solicitante dirigirá su solicitud al Consejo, que se pronunciará por unanimidad después de haber consultado a la Comisión y previa aprobación del Parlamento Europeo, el cual se pronunciará por mayoría de los miembros que lo componen. Se tendrán en cuenta los criterios de elegibilidad acordados por el Consejo Europeo.
  • Una fase interestatal >> Las condiciones de admisión y las adaptaciones que esta admisión supone en lo relativo a los Tratados sobre los que se funda la Unión serán objeto de un acuerdo entre los Estados miembros y el Estado solicitante. Dicho acuerdo se someterá a la ratificación de todos los Estados contratantes, de conformidad con sus respectivas normas constitucionales.

En cuanto a las candidaturas, hay que distinguir entre países candidatos y candidatos potenciales2:

  • Países candidatos son los países que están en proceso de incorporar la legisla- ción de la UE al Derecho nacional.
  • Candidatos potenciales son los países que no cumplen todavía los requisitos para ingresar en la UE.

ADHESIÓN A LA UNIÓN EUROPEA · NOTIFICACIÓN: CONSEJO · ADMISIÓN: CONSEJO POR UNANIMIDAD PREVIA CONSULTA A LA COMISIÓN Y CON LA APROBACIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Boreigalgud.com / 84 607 08 50 52

Salida de la Unión Europea

B. Salida de la Unión Europea Cualquier estado miembro podrá abandonar la UE a través del procedimiento de salida, introducido por el Tratado de Lisboa, que se describe en el art. 50 TUE. Así, todo Estado miembro podrá decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión. El Estado miembro que decida retirarse notificará su intención al Consejo Europeo y, a la luz de las orientaciones del Consejo Europeo, la Unión negociará y celebrará con ese Estado un acuerdo que establecerá la forma de su retirada, teniendo en cuenta el marco de sus relaciones futuras con la Unión. Este acuerdo se negociará con arreglo al art. 218.3 TFUE y lo celebrará el Consejo en nombre de la Unión por mayoría cualificada, previa aprobación del Parlamento Europeo. Los Tratados dejarán de aplicarse al Estado de que se trate a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo de retirada o, en su defecto, a los 2 AÑOS DE LA NOTIFICACIÓN, salvo si el Consejo Europeo, de acuerdo con dicho Estado, decide por unanimidad prorrogar dicho plazo, que es lo que ocurrió en el caso de Reino Unido.

2 https://european-union.europa.eu/principles-countries-history/joining-eu_es opositatest.com v1.2.0 6 | T. 5 | @

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