Tema 1: Derecho Laboral en España y Cálculo de Indemnizaciones

Documento de Universidad sobre Tema 1: Derecho Laboral en España. El Pdf, de la materia de Derecho, aborda la creación de leyes, las definiciones de trabajador y empleador, las exclusiones del derecho laboral y el cálculo de indemnizaciones por fin de contrato.

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TEMA 1
1.¿De dónde salen las leyes?
Las leyes en España se crean a través de un proceso legislativo en el que participan los
tres poderes del Estado:
Poder Legislativo: Es el encargado de elaborar y aprobar las leyes. Está
representado por el Congreso de los Diputados y el Senado.
Poder Ejecutivo: Es el encargado de aplicar y hacer cumplir las leyes. Está
representado por el Gobierno.
Poder Judicial: Es el encargado de interpretar y aplicar las leyes en casos
concretos. Está representado por los jueces y tribunales.
El proceso general es el siguiente: el Gobierno propone una ley, el Congreso la debate
y aprueba, luego pasa al Senado para su revisión y aprobación definitiva. Una vez
aprobada, la ley se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entra en vigor.
2. El Derecho Laboral
El derecho laboral es un conjunto de normas que regulan las relaciones entre
empresarios y trabajadores. Su objetivo principal es proteger los derechos de los
trabajadores y garantizar unas condiciones de trabajo justas.
2.1. ¿Qué regula el derecho laboral?
El derecho laboral regula diversos aspectos de la relación laboral, como:
El contrato de trabajo: Requisitos, tipos, duración, etc.
El salario: Cuantía, forma de pago, etc.
El tiempo de trabajo: Jornada laboral, horas extras, descansos, vacaciones, etc.
Los derechos y deberes de trabajadores y empresarios: Derechos de los
trabajadores a la huelga, a la libertad sindical, etc. Deberes de los empresarios
en materia de seguridad e higiene en el trabajo, etc.
La Seguridad Social: Protección social de los trabajadores en caso de
enfermedad, accidente, desempleo, jubilación, etc.
2.2. ¿Dónde se regula el derecho laboral?
La principal norma que regula el derecho laboral en España es el Estatuto de los
Trabajadores (ETT). Esta ley establece los derechos y deberes básicos de trabajadores y
empresarios.
Además del ET, existen otras leyes y normas que regulan aspectos específicos del
derecho laboral, como la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la Ley de Seguridad
Social, etc.
2.3. ¿A quién se aplica el derecho laboral?
El derecho laboral se aplica a las relaciones laborales entre empresarios y trabajadores
por cuenta ajena. Esto significa que el trabajador presta sus servicios para un empresario
a cambio de un salario y bajo su dirección.
2.4. ¿Quién es considerado trabajador?
El artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores define al trabajador como aquella
persona física que voluntariamente presta sus servicios retribuidos por cuenta ajena y
dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica,
denominada empleador o empresario. (MIRAR COMO SE INSERTA EN EL RÉGIMEN, DAR
DE ALTA EN LA SS)
De esta definición se desprenden cuatro elementos esenciales:
Voluntariedad: El trabajador decide libremente si trabaja o no.
Retribución: El trabajador recibe un salario por su trabajo.
Ajenidad: El trabajador trabaja por cuenta ajena, es decir, para un empresario
que es quien se beneficia de su trabajo.
Dependencia: El trabajador está sometido a la dirección y organización del
empresario.
2.5. ¿Quién es considerado empresario?
El Estatuto de los Trabajadores no define expresamente al empresario, pero se entiende
que es aquella persona física o jurídica que organiza y dirige el trabajo de los
trabajadores.
2.6. Exclusiones del derecho laboral
El derecho laboral no se aplica a todas las relaciones de trabajo. Algunas relaciones
están expresamente excluidas, como:
Funcionarios públicos: Se rigen por su propio estatuto.
Trabajos a título de amistad, benevolencia o buena vecindad: Por ejemplo, un
vecino que ayuda a otro a pintar su casa.
Trabajos familiares: Siempre y cuando no exista un salario.
Consejeros y administradores de sociedades: Su relación con la empresa es de
carácter mercantil, no laboral.
Autónomos: Trabajan por cuenta propia y no dependen de un empresario.
2.7. Relaciones laborales de carácter especial
Además de las exclusiones, existen algunas relaciones laborales que tienen un carácter
especial y se regulan por normas específicas. Estas relaciones son:
Altos directivos
Empleados del hogar
Deportistas profesionales
Artistas
Representantes de comercio
Personas con discapacidad
Trabajos penitenciarios
Abogados en despachos privados
3. El trabajador autónomo

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¿De dónde salen las leyes?

TEMA 1 1 .¿ De dónde salen las leyes? Las leyes en España se crean a través de un proceso legislativo en el que participan los tres poderes del Estado:

  • Poder Legislativo: Es el encargado de elaborar y aprobar las leyes. Está representado por el Congreso de los Diputados y el Senado.
  • Poder Ejecutivo: Es el encargado de aplicar y hacer cumplir las leyes. Está representado por el Gobierno.
  • Poder Judicial: Es el encargado de interpretar y aplicar las leyes en casos concretos. Está representado por los jueces y tribunales.

El proceso general es el siguiente: el Gobierno propone una ley, el Congreso la debate y aprueba, luego pasa al Senado para su revisión y aprobación definitiva. Una vez aprobada, la ley se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entra en vigor.

El Derecho Laboral

2. El Derecho Laboral El derecho laboral es un conjunto de normas que regulan las relaciones entre empresarios y trabajadores. Su objetivo principal es proteger los derechos de los trabajadores y garantizar unas condiciones de trabajo justas.

¿Qué regula el derecho laboral?

2.1. ¿ Que regula el derecho laboral? El derecho laboral regula diversos aspectos de la relación laboral, como:

  • El contrato de trabajo: Requisitos, tipos, duración, etc.
  • El salario: Cuantía, forma de pago, etc.
  • El tiempo de trabajo: Jornada laboral, horas extras, descansos, vacaciones, etc.
  • Los derechos y deberes de trabajadores y empresarios: Derechos de los trabajadores a la huelga, a la libertad sindical, etc. Deberes de los empresarios en materia de seguridad e higiene en el trabajo, etc.
  • La Seguridad Social: Protección social de los trabajadores en caso de enfermedad, accidente, desempleo, jubilación, etc.

Regulación del derecho laboral

2.2. ¿ Dónde se regula el derecho laboral? La principal norma que regula el derecho laboral en España es el Estatuto de los Trabajadores (ETT). Esta ley establece los derechos y deberes básicos de trabajadores y empresarios. Además del ET, existen otras leyes y normas que regulan aspectos específicos del derecho laboral, como la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la Ley de Seguridad Social, etc.

Aplicación del derecho laboral

2.3. ¿ A quién se aplica el derecho laboral? El derecho laboral se aplica a las relaciones laborales entre empresarios y trabajadores por cuenta ajena. Esto significa que el trabajador presta sus servicios para un empresario a cambio de un salario y bajo su dirección.

Definición de trabajador

2.4. ¿ Quién es considerado trabajador?El artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores define al trabajador como aquella persona física que voluntariamente presta sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario. (MIRAR COMO SE INSERTA EN EL RÉGIMEN, DAR DE ALTA EN LA SS) De esta definición se desprenden cuatro elementos esenciales:

  • Voluntariedad: El trabajador decide libremente si trabaja o no.
  • Retribución: El trabajador recibe un salario por su trabajo.
  • Ajenidad: El trabajador trabaja por cuenta ajena, es decir, para un empresario que es quien se beneficia de su trabajo.
  • Dependencia: El trabajador está sometido a la dirección y organización del empresario.

Definición de empresario

2.5. ¿ Quién es considerado empresario? El Estatuto de los Trabajadores no define expresamente al empresario, pero se entiende que es aquella persona física o jurídica que organiza y dirige el trabajo de los trabajadores.

Exclusiones del derecho laboral

2.6. Exclusiones del derecho laboral El derecho laboral no se aplica a todas las relaciones de trabajo. Algunas relaciones están expresamente excluidas, como:

  • Funcionarios públicos: Se rigen por su propio estatuto.
  • Trabajos a título de amistad, benevolencia o buena vecindad: Por ejemplo, un vecino que ayuda a otro a pintar su casa.
  • Trabajos familiares: Siempre y cuando no exista un salario.
  • Consejeros y administradores de sociedades: Su relación con la empresa es de carácter mercantil, no laboral.
  • Autónomos: Trabajan por cuenta propia y no dependen de un empresario.

Relaciones laborales de carácter especial

2.7. Relaciones laborales de caracter especial Además de las exclusiones, existen algunas relaciones laborales que tienen un carácter especial y se regulan por normas específicas. Estas relaciones son:

  • Altos directivos
  • Empleados del hogar
  • Deportistas profesionales
  • Artistas
  • Representantes de comercio
  • Personas con discapacidad
  • Trabajos penitenciarios
  • Abogados en despachos privados

El trabajador autónomo

3. El trabajador autónomo El trabajador autónomo es aquel que realiza una actividad económica o profesional por cuenta propia, fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona.

Características del trabajador autónomo

3.1. Características del trabajador autónomo

  • No tiene dependencia: No está sometido a la dirección de un empresario.
  • Asume el riesgo y ventura de su negocio: Las pérdidas y ganancias son suyas.
  • Trabaja por cuenta propia: Decide cómo y cuándo realiza su trabajo.

Trabajador Autónomo Dependiente Económicamente (TRADE)

3.2. Trabajador Autónomo Dependiente Económicamente (TRADE) El TRADE es un tipo especial de autónomo que, a pesar de trabajar por cuenta propia, depende económicamente de un cliente principal.

Obligaciones del empresario y del trabajador autónomo

4. Obligaciones del empresario y del trabajador autónomo

  • Empresario: Tiene la obligación de afiliar al trabajador a la Seguridad Social y cotizar por el.
  • Trabajador autónomo: Es responsable de darse de alta en la Seguridad Social y cotizar por sí mismo.

Espero que esta explicación te haya sido útil. Si tienes alguna otra pregunta, no dudes en consultarme.

El Contrato de Trabajo

TEMA 2 El Contrato de Trabajo Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un empresario y un trabajador, donde el trabajador se compromete a prestar sus servicios al empresario a cambio de un salario. Es importante destacar que el contrato refleja la realidad del trabajo que se realiza, independientemente de lo que se haya firmado.

Capacidad para Contratar

Capacidad para Contratar Para celebrar un contrato de trabajo, es necesario tener capacidad legal, regulada por el Código Civil. Existen dos tipos de capacidad:

  • Capacidad plena: La tienen las personas mayores de 18 años y los menores de 18 emancipados (matrimonio o concesión judicial), mayores de 16 años con el consentimiento de un tutor legal.
  • Capacidad limitada: La tienen los menores de 18 años y mayores de 16 que no estén emancipados. En este caso, se requiere la autorización de los padres o tutores. (que vivan de forma independiente)
  • Menores de 16 años: No pueden trabajar, salvo en el caso de artistas (entre 14 y 16 años), que requieren el consentimiento de los padres y un permiso especial para cotizar a la Seguridad Social.

Requisitos del Contrato de Trabajo

Requisitos del Contrato de Trabajo Para que un contrato de trabajo sea válido, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener un título para llevar a cabo una labor. Ejemplos: médicos, abogado, arquitecto, etc. En caso de que la titulación sea falsificada, el contrato será nulo.
  • Colegiación. Tener una colegiación en función de mi profesión. Este requisito se establece de forma obligatoria (ejemplo, colegio de abogados).

Elementos esenciales del contrato de trabajo

Elementos esenciales del contrato de trabajo

  • Consentimiento: Ambas partes deben consentir libremente y de forma expresa. El consentimiento puede ser invalidado por error, violencia, intimidación o dolo (engaño, ocultación de datos para hacerme creer que puedo firmar).
  • Objeto: El objeto del contrato debe ser posible, lícito y determinado. No puede ser contrario a la ley o a la moral.
  • Causa: La causa del contrato es la voluntad de intercambiar trabajo por salario. El contrato de trabajo tiene que ser lícito, posible y determinado.

Ineficacia del Contrato

Ineficacia del Contrato Un contrato puede ser ineficaz por:

  • Nulidad total: El contrato se considera nulo desde el principio.
  • Nulidad parcial: Solo se anula la cláusula que incumple la ley, que será sustituida por lo que establece la normativa.

Forma del Contrato

Forma del Contrato En principio, existe libertad de forma, por lo que el contrato puede ser escrito o verbal. Sin embargo, hay excepciones en las que la ley exige que el contrato sea por escrito, como en los contratos de formación, trabajo a distancia, duración determinada, etc. Si la ley exige que el contrato sea escrito y no lo es, se presume que es indefinido y a jornada completa. Además, puede conllevar sanciones. El preaviso en un periodo de prueba como en la relación laboral, se tiene que avisar sí o sí. Así tienen el espacio de tiempo para cubrir la posición. No se puede hacer un periodo de prueba en la misma empresa cuando previamente se ha superado ese periodo de prueba.

Pactos Accesorios

Pactos Accesorios Los pactos accesorios son acuerdos adicionales al contrato principal. Un ejemplo es el periodo de prueba, que permite al empresario y al trabajador conocerse mutuamente antes de formalizar la relación laboral. El periodo de prueba se puede hacer en todos los contratos de trabajo, el periodo máximo dependerá del convenio. No podrá de exceder de más 6 meses para técnicos titulados.

El Empresario

El Empresario El empresario puede ser una persona física o jurídica. Empleador = persona física.

  • Persona física: Responde de las deudas de la empresa con todos sus bienes presentes y futuros. Empresario individual. (Hostelero, etc) Sea uno o varios, responde con sus buenes con las deudas que puede tener en el ejercicio de la activada.
  • Persona jurídica: Responde de las deudas solo con el capital aportado a la sociedad. Con los bienes que obtenga el capital de la sociedad.

Un empresario también puede ser una comunidad de bienes. ¿Puede contratar una comunidad de bienes a un empleado? Sí, un jardinero, contratar una empresa de limpieza, etc. Tiene capacidad de contratar, aunque no tenga personalidad jurídica. Diferencia entre empresario y empleador Empresario individual o persona física (empleador) tiene una capacidad para poder contratar a unos trabajadores y responde con todos sus bienes presentes y futuros. El empresario jurídico (sociedad) puede contratar a trabajadores. Puede ser también empresario la administración pública, instituciones sin ánimo de lucro (fundación), empresario sin personalidad jurídica.

  • Una comunidad de bienes (comunidad de propietarios) puede contratar.
  • La herencia yacente > En cuanto alguien fallece y todavía no se ha aceptado la herencia.
  • UTE

Modalidades de Contratación

Modalidades de Contratación Todos los contratos de trabajo empiezan siendo indefinidos. Si no quiero que sea indefinido, tengo que hacer un contrato temporal (dos tipos). (principio de estabilidad en el empleo) Existen dos tipos principales de contratos:

  • Indefinido: No tiene una duración determinada.
  • Temporal: Tiene una duración determinada y debe estar justificado.
  • Fijo discontinuo: no dura todo el año, solo de temporada.

Sector de la construcción (modelo de contratación) No se puede realizar el contrato desde comienzos del 2021. Sólo hasta 3 años y podías mover al trabajador por diferentes obras.

Contratos Formativos

Contratos Formativos Los contratos formativos tienen como objetivo la formación del trabajador. Existen dos tipos:

  • Contrato de formación en alternancia: Permite compaginar la formación con el trabajo.

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