Documento de Udemedellin.edu.co sobre Nociones del Derecho Procesal. El Pdf, de nivel universitario y materia de Derecho, explora la definición, importancia, objeto y fines del derecho procesal, detallando las formas de resolución de conflictos como la autocomposición y el desistimiento.
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Liliana Damaris Pabón Giraldo ldpabon@udemedellin.edu.co
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El precursor del derecho procesal es Niceto Alcalá Zamora. El derecho se compone por normas sustanciales y normas procesales, siendo ambas igual de importantes, ya que ambas se interrelacionan entre sí y permiten que se puedan salvaguardar los derechos de los ciudadanos.El derecho procesal es un conjunto de conceptos, instituciones (jurisdicción, acción, etc) que permiten la protección de un derecho sustancial. El derecho procesal permite también administrar justicia en una situación con derecho contrapuestos. El derecho procesal está compuesto de principios, procedimientos, sujetos procesales. El derecho procesal es un sujeto tridimensional que tiene involucrados a tres sujetos, el actor/demandante, el opositor/demandado y el Estado/juez/corte. El derecho procesal es una área del derecho que es transversal a todas las demás áreas pero, si bien es una parte transversal, el proceso es solo uno y el trámite va a variar según el caso.
La demanda se presenta ante EL ESTADO, ante un juez con jurisdicción y competencia. Se deja en reparto, en busca de que se distribuya correctamente la noción ... Cuando no hay oficina de apoyo el Estado dijo que siempre se le entrega al juez del municipio que se encuentre designado para ello - art 42 La demanda tiene unos requisitos legales que debe cumplir y es el juez quien está encargado de admitir, inadmitir o rechazarla (art 90) El juez admite cuando se cumplen todos los requisitos legales. Si se inadmite una demanda el abogado tiene 5 días para corregir la demanda y seguir los requisitos establecidos en la ley (art 82) El juez rechaza la demanda cuando carezca de jurisdicción, competencia, y/o cuando haya vencido el término de caducidad. Demanda - Juez que admite o no - Notificación al demandado (debido proceso) - Contestación de demanda - Audiencia (pruebas, alegato, sentencia) - Recursos
Para que exista un conflicto deben existir como mínimo dos personas involucradas. Cuando nos encontramos en sociedad, cada individuo tiene necesidades diferentes y por ende, intereses diferentes. Un conflicto es una disputa de intereses que surge después de la vulneración de un derecho sustancial y se da por fuera del proceso. Debe existir una alteridad (polos opuestos) como sucede con los acreedores/deudores, padre/hijo, acusado/acusador. Un litigio es una disputa de intereses también, pero el litigio se da dentro de un proceso jurisdiccional y no por fuera como el conflicto.
La autodefensa no quiere hablar de justicia privada; es un mecanismo que le da la ley a una sola persona para que por sí misma pueda defender su derecho sustancial. Un ejemplo de autotutela es la retención del bien, la legítima defensa. Es una forma de resolver el conflicto en la cual una persona resuelve el conflicto por sí misma, de manera unilateral y por encima de la otra, de manera egoísta. Tiene que estar permitida por la ley porque si no lo está, es justicia privada. Se da porque el Estado no está facultado en ese momento para solucionar el conflicto y no alcanza a llegar. Muchas formas de autotutela van a terminar siendo formas de heterocomposición, no para resolver el conflicto, sino para verificar que fue o no fue legal lo que hiciste en un comienzo para proteger tu derecho.
Aquí opera el principio de autonomía de voluntad privada, y ambas personas son capaces de resolver sus conflictos. También puede ser resuelto por una sola persona, siempre que la resolución beneficie a la otra parte. Un ejemplo de esto puede ser el desistimiento , el allanamiento y la transacción. Estas tres formas se dan total o parcialmente, pueden ser por fuera o dentro del proceso y opera solo sobre derechos disponibles (que pueden negociarse, disponer, y son derechos patrimoniales por regla general). La forma por excelencia autocompositiva es la transacción, pero también existen otras dos: