Turismo: política de fronteras de la UE, conectividad y sostenibilidad

Documento de Ace Preparadores sobre el turismo. El Pdf, un material para universitarios de Economía, explora el papel de España como líder mundial, la política de fronteras de la UE y su impacto, la conectividad y la sostenibilidad en el sector, con datos estadísticos y referencias normativas.

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TEMA 32. Turismo.
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Otros elementos del sistema turístico. La política de
fronteras de la UE y su impacto en el turismo. La
conectividad. La sostenibilidad en el turismo.
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Tema 32.
Otros elementos del sistema turístico. La política de fronteras de la UE y su impacto en el
turismo. La conectividad. La sostenibilidad en el turismo.
Introducción.
España es líder mundial en turismo, sector que aportó el 12,8% del PIB (186.596 millones de
euros) en 2023 y supone el 12,3% del empleo de acuerdo con los datos afiliación a la Seguridad
Social.
El número de turistas internacionales que visitaron España en 2023 superó los 85 millones por
primera vez desde que hay registros estadísticos. Una cifra (85.056.528 visitantes) que supone
un 18,7% más que en 2022 y un 1,9% por encima de 2019, hasta ahora el año de referencia
prepandemia. Además, España ha batido récord de gasto turístico, con 108.662 millones de
euros, un 24,7% más que en 2022 y un 18,2% superior respecto al año 2019, según los datos
publicados por el Instituto Nacional de Estadística INE.
El turismo tiene una importancia capital para España y por eso, dentro del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia que guía la ejecución de los fondos europeos Next
Generation EU, se dedica un programa específico, Plan de Modernización y Competitividad del
sector turístico (componente 14) al sector turístico, dotado con 3.400 millones de euros, con
el objetivo de avanzar hacia un modelo más sostenible, más rentable y de mayor calidad.
La política de fronteras de la UE y su impacto en el turismo.
La política de fronteras y migratoria de cualquier estado es un elemento que interviene de manera
directa en la actividad turística del mismo. Máxime, en regiones como la Unión cuya articulación
como Organismo Internacional de integración requiere la supresión de fronteras interiores para
libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales (26.2 del TFUE) lo que busca crear
un espacio de libertad, seguridad y justicia (3.3 del TUE), y de forma aun más intensa en países
como España cuyo perfil turístico mayoritario es internacional y, especialmente, europeo. En este
sentido, se requiere repasar la política de fronteras de la Unión en relación directa con su impacto
en la actividad turística.
El marco jurídico general de esta cuestión emana de las siguientes normas:
- La política migratoria es una competencia compartida entre los EEMM y la UE conforme el
artículo 4.2 del TFUE, en la medida en que queda subsumida en el ELSJ, y las políticas turísticas
de la UE se acomodan como una competencia de apoyo, coordinación y complementación
conforme el artículo 6.2 del mismo texto.
- La política migratoria se regula posteriormente entre los artículos 77 y 80 del TFUE y la
turística en el artículo 195.
No obstante, lo verdaderamente relevante a efectos turísticos es la política común de visados
europea que está directamente vinculada a dos cuestiones: la libre circulación de nacionales de
EEMM o residentes en la UE ad intra del continente en el marco del acervo Schengen y los
requerimientos de visados para practicar la actividad turística en la UE si se es nacional de un
tercer país.
En relación con los nacionales de los EEMM, estos, conforme los derechos recogidos en la Carta de
Derechos fundamentales de la UE, en su título V referido a la ciudadanía, tienen derecho a circular
libremente por el territorio de cualquier otro EEMM sin más obligación que la de portar un
documento identificativo en regla. En la Directiva 2004/38/CE, concretamente, se introduce la
ciudadanía de la Unión como condición fundamental de los ciudadanos de los Estados miembros
cuando ejercen su derecho de libre circulación y residencia en el territorio de la Unión. Finalmente,
cabe señalar que desde la puesta en marcha y la implementación del Acervo Schengen en el corpus

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Otros elementos del sistema turístico

ACE PREPARADORES TEMA 32. Turismo.

Otros elementos del sistema turístico. La política de fronteras de la UE y su impacto en el turismo. La conectividad. La sostenibilidad en el turismo. ACE PREPARADORES preparacion@acepreparadores.com www.acepreparadores.comTema 32.

Otros elementos del sistema turístico. La política de fronteras de la UE y su impacto en el turismo. La conectividad. La sostenibilidad en el turismo.

Introducción al turismo en España

España es líder mundial en turismo, sector que aportó el 12,8% del PIB (186.596 millones de euros) en 2023 y supone el 12,3% del empleo de acuerdo con los datos afiliación a la Seguridad Social.

El número de turistas internacionales que visitaron España en 2023 superó los 85 millones por primera vez desde que hay registros estadísticos. Una cifra (85.056.528 visitantes) que supone un 18,7% más que en 2022 y un 1,9% por encima de 2019, hasta ahora el año de referencia prepandemia. Además, España ha batido récord de gasto turístico, con 108.662 millones de euros, un 24,7% más que en 2022 y un 18,2% superior respecto al año 2019, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística INE.

El turismo tiene una importancia capital para España y por eso, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que guía la ejecución de los fondos europeos Next Generation EU, se dedica un programa específico, Plan de Modernización y Competitividad del sector turístico (componente 14) al sector turístico, dotado con 3.400 millones de euros, con el objetivo de avanzar hacia un modelo más sostenible, más rentable y de mayor calidad.

Política de fronteras de la UE y su impacto en el turismo

La política de fronteras y migratoria de cualquier estado es un elemento que interviene de manera directa en la actividad turística del mismo. Máxime, en regiones como la Unión cuya articulación como Organismo Internacional de integración requiere la supresión de fronteras interiores para libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales (26.2 del TFUE) lo que busca crear un espacio de libertad, seguridad y justicia (3.3 del TUE), y de forma aun más intensa en países como España cuyo perfil turístico mayoritario es internacional y, especialmente, europeo. En este sentido, se requiere repasar la política de fronteras de la Unión en relación directa con su impacto en la actividad turística.

Marco jurídico de la política de fronteras

El marco jurídico general de esta cuestión emana de las siguientes normas:

  • La política migratoria es una competencia compartida entre los EEMM y la UE conforme el artículo 4.2 del TFUE, en la medida en que queda subsumida en el ELSJ, y las políticas turísticas de la UE se acomodan como una competencia de apoyo, coordinación y complementación conforme el artículo 6.2 del mismo texto.

  • La política migratoria se regula posteriormente entre los artículos 77 y 80 del TFUE y la turística en el artículo 195. ACE PREPARADORES // preparacion@acepreparadores.com // www.acepreparadores.com 1

No obstante, lo verdaderamente relevante a efectos turísticos es la política común de visados europea que está directamente vinculada a dos cuestiones: la libre circulación de nacionales de EEMM o residentes en la UE ad intra del continente en el marco del acervo Schengen y los requerimientos de visados para practicar la actividad turística en la UE si se es nacional de un tercer país.

Libre circulación de nacionales de EEMM

En relación con los nacionales de los EEMM, estos, conforme los derechos recogidos en la Carta de Derechos fundamentales de la UE, en su título V referido a la ciudadanía, tienen derecho a circular libremente por el territorio de cualquier otro EEMM sin más obligación que la de portar un documento identificativo en regla. En la Directiva 2004/38/CE, concretamente, se introduce la ciudadanía de la Unión como condición fundamental de los ciudadanos de los Estados miembros cuando ejercen su derecho de libre circulación y residencia en el territorio de la Unión. Finalmente, cabe señalar que desde la puesta en marcha y la implementación del Acervo Schengen en el corpus jurídico de la UE, 1999, y en la medida en que el Espacio Schengen tiene por objeto la supresión de las fronteras interiores y la compensación de los riesgos que esto pudiese comportar, las mismas condiciones para la circulación que se aplican a los nacionales de los EEMM en territorio comunitario, se aplican también a los nacionales de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. Así, más de 400 millones de ciudadanos de la UE disfrutan de la libertad de circulación en el espacio Schengen. Pueden viajar, trabajar y vivir en cualquier lugar de la UE.

Política de visados para nacionales de terceros países

En lo referido a los nacionales de terceros países que deseen circular y visitar el territorio comunitario, las previsiones son distintas. La UE tiene una política común de visados para visitas de corta duración (máximo de 90 días dentro de un periodo de 180 días) al espacio Schengen, compuesta por un conjunto de normas armonizadas que establece los terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para viajar a la UE y los que no, los procedimientos y condiciones para la expedición de visados para estancias de corta duración, el modelo uniforme de etiqueta de visado y un Sistema de Información de Visados (VIS) común en el que se registran todas las solicitudes de visado y las decisiones correspondientes.

La UE ha establecido una política de visados para:

  • Estancias de corta duración previstas en el territorio de un Estado Schengen o tránsito por él;
  • El tránsito por las zonas internacionales de transito de los aeropuertos de los Estados Schengen.

Esto significa que los procedimientos y condiciones que se exigen para la expedición de visados son los mismos para todos los ciudadanos de terceros países a los que se exige estar en posesión de un visado cuando viajan al espacio Schengen. En la actualidad, la obligación de visado se aplica a los viajeros procedentes de 105 países o entidades no pertenecientes a la UE y 27 países europeos expiden visados Schengen (como miembros del espacio Schengen) cuyo objeto es ejecutar la política de visados. El hecho de contar con normas comunes significa igualmente que un visado de corta duración expedido por uno de los Estados Schengen da derecho a su titular a viajar y visitar los 27 Estados Schengen para estancias de corta duración. La política de visados persigue varios objetivos entre los que destacan facilitar los viajes a la UE para los viajeros legítimos, apoyar el turismo y el comercio y, de esta manera, impulsar el crecimiento en la UE. Se expiden más de 15 Millones de estos visados al año. Los procedimientos y condiciones armonizados que se aplican en la expedición de visados para estancias de corta duración en el espacio Schengen se recogen en el Código de visados.

Reforma de la política de visados

El sector del turismo y los viajes representa alrededor del 10 % del PIB de la UE y desempeña por tanto un papel fundamental en la economía europea. Los Estados miembros de la UE figuran entre los principales destinos turísticos del mundo. Por ello, es necesario que la política de visados sea eficaz y eficiente. Para alcanzar este objetivo, la Comisión en 2018 propuso un conjunto de reformas a acometer en esta política:

  • Procedimientos más rápidos y flexibles: El plazo para la toma de decisiones sobre las solicitudes de visado se reducirá de quince a diez días. Los viajeros podrán presentar sus solicitudes hasta seis meses antes de su viaje previsto, en lugar de los tres meses actuales, y podrán cumplimentar y firmar las solicitudes por vía electrónica.

  • Visados para entradas múltiples con una validez prolongada: Se aplicarán normas armonizadas a los visados para entradas múltiples a fin de prevenir mejor los visados de conveniencia y reducir los costes y ahorrar tiempo tanto para los Estados miembros como para los viajeros frecuentes.

  • Visados de corta duración en las fronteras exteriores: Para facilitar las visitas turísticas de corta duración, se permitirá a los Estados miembros expedir visados de entrada única directamente en las fronteras terrestres y marítimas exteriores en virtud de regímenes temporales. Dichos visados serán válidos durante una estancia máxima de siete días únicamente en el Estado miembro expedidor. ACE PREPARADORES // preparacion@acepreparadores.com // www.acepreparadores.com 2

  • Recursos adicionales para reforzar la seguridad del procedimiento: En vista del significativo aumento de los costes de tramitación a lo largo de los últimos años, se introducirá un incremento moderado (20 EUR) de la tasa, cuyo importe se ha mantenido invariable desde 2006 y que pasará de 60 EUR a 80 EUR.

Excepciones a la necesidad de visado: ETIAS

A pesar de que la regla general sea la necesidad de un visado para circular por el espacio comunitario si se es extranjero, existen muchas excepciones a esta regla cuyo objetivo es agilizar los trámites y fomentar el potencial económico derivado de la actividad turística. El anexo II del reglamento 2018/1806 especifica los 62 estados que, en reciprocidad con la UE, están exentos de la obligación del visado para cruzar las fronteras exteriores e interiores. Durante estos 90 días, estos visitantes no están autorizados para trabajar o estudiar, pero pueden llevar a cabo actividades turísticas y empresariales. Con el fin de reducir los trámites y los períodos de espera, así como para abordar los problemas de seguridad, la Comisión Europea (CE) ha encontrado una solución: ETIAS. ETIAS representa el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes. Se trata de un sistema íntegramente electrónico que autoriza y realiza un seguimiento de los visitantes de países que no necesiten un visado para acceder al espacio Schengen. De alguna forma, se parece al Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje de los EE.UU. (ESTA), que se emplea para una finalidad similar. Los trámites legales para aprobar ETIAS empezaron en el 2016 y está previsto que el sistema esté listo en el 2024. El sistema ETIAS, además de utilizarse para fines de turismo y empresariales, también permitirá a las personas visitar los países del espacio Schengen por motivos médicos y de tránsito. Además, será obligatorio para todos los países que estén exentos de visado en el espacio Schengen.

Control de seguridad con ETIAS

El sistema ETIAS someterá a un control de seguridad detallado a cada solicitante para determinar si se le autoriza la entrada a cualquier país del espacio Schengen. Debido al hecho de que los ciudadanos de países que no necesiten un visado para viajes de una duración máxima de 90 días dentro de la UE no están obligados a pasar por un largo trámite para la solicitud de un visado, ETIAS se asegura de que estas personas no supongan un riesgo para la seguridad. Este sistema de autorización de viaje recopilará, realizará un seguimiento y actualizará los datos necesarios relacionados con visitantes con el fin de determinar si es segura su entrada a los países del espacio Schengen.

Objetivo principal de ETIAS: seguridad

El motivo principal para la aprobación de la autorización de viaje ETIAS es la seguridad. Con el aumento de riesgos para los viajeros de todo el mundo, la UE desea garantizar viajes sin complicaciones en sus países. El ETIAS reducirá substancialmente problemas de seguridad a través de sus sistemas de recopilación de datos e de información. Esto significa que ETIAS detectará si una persona supone un riesgo de cualquier clase para la seguridad de los países del espacio Schengen. Esto conllevará la denegación de acceso a la persona y evitar un riesgo presente dentro de las fronteras de la UE. Se trata básicamente de hacerse cargo de un problema, incluso antes de que su manifestación.

Beneficios adicionales de ETIAS

Aunque, además de hacer más seguros los viajes, las autorizaciones de viaje ETIAS también contribuirán a los países de la UE y a todos los viajeros de las siguientes maneras:

  • Reducir los trámites y los períodos de espera
  • Mejorar la gestión las fronteras de los países de la UE
  • Ayudar en la detección y reducción de crímenes y terrorismo
  • Prevendrá la migración irregular
  • Complementará la política de liberalización de visados de la UE

En resumen, la autorización de viaje ETIAS hará que la experiencia de viaje dentro de la UE tenga lugar sin complicaciones y de forma más segura. ACE PREPARADORES // preparacion@acepreparadores.com // www.acepreparadores.com 3

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