La gestion de la prevencion de riesgos laborales en la empresa

Documento de Formación profesional sobre la gestión de la prevención de riesgos laborales. El Pdf, de Derecho, detalla la organización y el plan de prevención, incluyendo herramientas para pymes y organismos públicos, así como medidas de emergencia.

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TEMA 2. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
1. La gestión de la prevención en la empresa
la gestión de la prevención en la empresa debe desarrollarse de acuerdo con las
obligaciones y requisitos establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
(LPRL) e integrando la prevención dentro del sistema general de gestión de la empresa:
dentro de todas las actividades que se realicen y en todos los niveles jerárquicos
La gestión de la prevención debe realizarse mediante un sistema de gestión de la
prevención:
Se entiende por sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales (SGPRL) el
sistema estructurado que define la política de prevención. Incluye la estructura de la
organización, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los
recursos necesarios para llevar a cabo la gestión de la prevención en el ámbito de la
empresa.
La gestión de la prevención en la empresa debe contemplar las siguientes acciones:
Todas las actividades o medidas preventivas que adopte la empresa deben guiarse por los
principios de la acción preventiva establecidos por la LPRL:
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1.1. La organización de la prevención de la empresa
1.2. El plan de prevención de riesgos laborales
El plan de prevención es el documento en el que se establece el sistema de gestión de la
prevención de la empresa. Es la herramienta a través de la cual se integra la gestión de la
prevención en el sistema general de gestión de la empresa y se establece su política de
prevención de riesgos laborales. El plan de prevención es un documento escrito obligatorio
que debe incluir como mínimo este contenido:
Además, el plan de prevención necesita de dos instrumentos o herramientas para que se
pueda gestionar y aplicar: la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad
preventiva.

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La gestión de la prevención en la empresa

la gestión de la prevención en la empresa debe desarrollarse de acuerdo con las obligaciones y requisitos establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) e integrando la prevención dentro del sistema general de gestión de la empresa: dentro de todas las actividades que se realicen y en todos los niveles jerárquicos La gestión de la prevención debe realizarse mediante un sistema de gestión de la prevención:

4 1 Control y corrección Identificación / Evaluación de riesgos Sistema de gestión Implantación de medidas preventivas Planificación y prevención 2 3 Fig. 2.1. Fases de un sistema de gestión de la prevención.

Se entiende por sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales (SGPRL) el sistema estructurado que define la política de prevención. Incluye la estructura de la organización, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para llevar a cabo la gestión de la prevención en el ámbito de la empresa.

La gestión de la prevención en la empresa debe contemplar las siguientes acciones:

  1. ª Organización de la prevención.
  2. ª Adopción de medidas preventivas para controlar o eliminar los riesgos.
  3. ª Elaboración del plan de prevención.
  4. ª Formación e información de las personas trabajadoras.
  5. ª Evaluación de riesgos.
  6. ª Vigilancia de la salud.
  7. ª Planificación de la actividad preventiva.
  8. ª Adopción de medidas de emergencia y primeros auxilios.

Todas las actividades o medidas preventivas que adopte la empresa deben guiarse por los principios de la acción preventiva establecidos por la LPRL:

Principio Significado Evitar los riesgos Suprimir el riesgo o la exposición a este. Evaluar los riesgos que no pueden evitarse Se evaluarán los riesgos que no han podido ser evitados por la gravedad de sus consecuencias y la probabilidad de que produzcan. Combatir los riesgos en su origen Integrar la prevención desde la concepción de los lugares de trabajo, los equipos y los procesos. Adaptar el trabajo a la persona Adaptar la actividad laboral a la persona, con vistas a atenuar el trabajo monótono y repetitivo, y reducir sus efectos sobre la salud. Tener en cuenta la evolución técnica y organizativa para implementar medidas preventivas. Tener en cuenta la evolución de la técnica Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro Evitar el uso de procesos o productos peligrosos cuando se pueda obtener el mismo resultado con otros menos peligrosos. Planificar la prevención Integrar los factores técnicos, organizativos, sociales y ambientales en busca de una mejora de la acción preventiva. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual Dar prioridad a las medidas de protección colectiva frente a las individuales. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores Dar información a las personas trabajadoras para que puedan desempeñar su actividad en las mejores condiciones de seguridad.

La organización de la prevención de la empresa

Modalidades de organización Requisitos que se deben cumplir Asunción por el propio empresario o empresaria El empresario o empresaria puede asumir la actividad preventiva siempre que: · La empresa tenga una plantilla de hasta diez personas trabajadoras o, si dispone de un único centro de trabajo, hasta veinticinco. · Las actividades desarrolladas en la empresa no estén incluidas en el anexo I del Reglamento de los Servi- cios de Prevención (trabajos en instalaciones de alta tensión, actividad en la minería, trabajo subterráneo. tareas con exposición a sustancias cancerígenas, radiaciones ionizantes y agentes químicos y biológicos peligrosos, actividades en la industria siderometalúrgica, etc.). · Su actividad profesional se desarrolle de forma habitual en el centro de trabajo. · Tenga la capacidad necesaria en cuanto formación adecuada a las funciones preventivas que se vayan a desarrollar. · El empresario o empresaria no pueda asumir la vigilancia de la salud. La empresa podrá designar una o varias personas trabajadoras para que se ocupen de la actividad preventiva, siempre que: · Tengan la capacidad necesaria. Este requisito implica que deben contar con la formación adecuada en prevención de riesgos, la cual dependerá de la complejidad de las funciones que tengan que desempeñar en la empresa · Dispongan del tiempo necesario y de los medios precisos. · Sean suficientes en número. La empresa está obligada a constituirlo en los siguientes supuestos: · Si tiene más de quinientas personas trabajadoras. · Si, a pesar de contar con un número de personas trabajadoras comprendido entre doscientas cincuenta y quinientas, realiza alguna de las actividades del anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención. · Si la autoridad laboral así lo decide por la peligrosidad de la actividad, salvo que se acuda a la modalidad de servicio de prevención ajeno. Servicio de prevención mancomunado Se puede constituir cuando varias empresas realicen actividades simultáneamente en un único centro de tra- bajo, edificio o centro comercial; pertenezcan a un mismo sector productivo o grupo empresarial, o desarrollen su actuación en un polígono industrial o un área geográfica limitada, Pueden constituir un servicio de prevención mancomunado, que tendrá la consideración de servicio de prevención propio. Servicio de prevención ajeno (SPA) El SPA es la entidad especializada dedicada al apoyo y asesoramiento de las empresas en relación con su actividad preventiva, La empresa debe acudir a un servicio de prevención ajeno cuando: · No asuma total o parcialmente la actividad preventiva. · La designación de una o varias personas trabajadoras resulte insuficiente. Recursos preventivos No son una modalidad preventiva, pero las empresas deben designarios para vigilar el cumplimiento de las acti- vidades preventivas cuando así se requiera, por tratarse de tareas de especial peligrosidad o por concurrir opo- raciones diversas que hagan necesario el control de los métodos de trabajo. Deben tener la capacidad suficiente.

El plan de prevención de riesgos laborales

El plan de prevención es el documento en el que se establece el sistema de gestión de la prevención de la empresa. Es la herramienta a través de la cual se integra la gestión de la prevención en el sistema general de gestión de la empresa y se establece su política de prevención de riesgos laborales. El plan de prevención es un documento escrito obligatorio que debe incluir como mínimo este contenido:

2 La estructura organizativa de la empresa, indicando las funciones y responsabilidades que asume cada nivel jerárquico y los cauces de comunicación entre ellos. 3 La organización de la producción en cuanto a la Identificación de los distintos procesos técnicos, las prácticas y los procedimientos organizativos de la empresa. 4 La organización de la prevención en la empresa, indicando la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes. 5 1 La identificación de la empre- sa y de su actividad productiva, el número de centros y sus características, y el número de personas trabajadoras. PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La política, los objetivos y las metas relacionados con la prevención que la empresa pretende alcanzar, así como los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos de los que va a disponer para ello.

Además, el plan de prevención necesita de dos instrumentos o herramientas para que se pueda gestionar y aplicar: la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.

2 Designación de personas trabajadoras Servicio de prevención propio (SPP)

La evaluación de riesgos laborales

La evaluación de riesgos laborales es un proceso para valorar la magnitud de aquellos riesgos que no han podido evitarse.

¿Para qué se realiza? · Las medidas adecuadas a los tipos de riesgos existentes: medidas de prevención técnica, organizativas, de protección colectiva, de protección individual o de formación e información a las personas trabajadoras.

¿Qué se evalúa? · Las condiciones generales del centro de trabajo. · Las condiciones específicas de los puestos de trabajo. · La posibilidad de que la persona que ocupe o vaya a ocupar un puesto de trabajo sea especialmente sensible (por sus características personales, su estado biológico o alguna de las condiciones laborales).

· Se debe realizar una evaluación inicial al empezar la actividad. · La evaluación se repetirá cuando se detecten daños en la salud de las personas trabajadoras, cuando cambien las características de estas o las condiciones de trabajo, y cuando haya indicios de ineficacia de las medidas de prevención.

La evaluación de riesgos es un proceso que se debe realizar siguiendo unas etapas de acuerdo con el documento del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Las directrices básicas para la evaluación de riesgos laborales son:

1. Determinación de los puestos de trabajo y sus riesgos 2. Análisis priorizado de la normativa, normas y documentos técnicos 3. Caracterización del riesgo 4. Valoración del riesgo

  • Se identificarán todos los puestos de trabajo de la empresa.
  • Se determinarán los ries- gos laborales asociados a cada uno de ellos. Para ello se pueden utilizar lis- tas de chequeo (véase la Tabla 2.6).
  • Los criterios, métodos o instru- mentos para caracterizar los ries- gos.
  • Los valores de referencia con los que comparar los resultados de la caracterización.
  • Las medidas preventivas para eliminar, reducir o controlar los riaenne Consiste en recabar información sobre el riesgo que se va a evaluar. La caracterización del riesgo se puede llevar a cabo mediante los siguientes procedimientos:
  • Observación directa del técnico evaluador.
  • Métodos que incluyen o impli- can la realización de mediciones, análisis o ensayos. La elección del procedimiento de evaluación dependerá de las carac- terísticas del riesgo, del puesto y de la actividad objeto de la evaluación. c) No se puede determinar si el riesgo está o no controlado y se deberá vol- ver a caracterizar hasta llegar a con- clusiones determinantes.

El proceso de evaluación de riesgos debe realizarse de acuerdo con distintos métodos, según el riesgo de que se trate. Para aquellos que no tienen su propio método de evaluación se puede utilizar el método general de evaluación de riesgos del INSST. La evaluación comienza por el análisis de los riesgos, que se desarrolla en las fases: identificación, estimación y valoración.

Identificación de los riesgos

Cada empresa debe elaborar una lista de los propios riesgos, teniendo en cuenta la naturaleza de su actividad y los lugares en los que se realiza:

Riesgos laborales

  1. Caída de personas a distinto nivel.
  2. Caída de personas al mismo nivel.
  3. Caída de objetos por desplome o derrumbamiento.
  4. Caída de objetos por manipulación.
  5. Pisadas sobre objetos.
  6. Choques y golpes contra objetos móviles o inmóviles.
  7. Golpes y cortes por objetos y herra- mientas.
  8. Proyección de fragmentos y partículas.
  9. Atrapamiento o aplastamiento por o entre objetos.

Exposición a temperaturas ambiente extremas, Atropellos o golpes con vehículos.

  1. Contactos térmicos.
  2. Contactos eléctricos.
  3. Exposición a agentes químicos.
  4. Exposición a radiaciones.
  5. Explosión e incendios.
  6. Exposición a agentes biológicos.
  7. Exposición al ruido.
  8. Exposición a vibraciones.
  9. Iluminación.

Carga mental.

  1. Riesgos derivados de factores psico- sociales u organizacionales.
  2. Carga física por movimientos repeti- tivos.
  3. Carga física por posturas forzadas
  4. Carga física por manipulación manual de cargas.
  5. Exposición a pantallas de visualiza- ción de datos.

3 Se compararán los resultados obtenidos en la fase de caracterización con los valo- res objetivos de referencia. De la valoración del riesgo se puede lle- gar a tres conclusiones: a) El riesgo está controlado y no debe- rán, por lo tanto, adoptarse medidas preventivas. b) El riesgo no está controlado y se debe- rán adoptar medidas preventivas.

  • A la hora de determinar los riesgos de cada pues- to se tendrá en cuenta si la persona que lo ocupa es especialmente sensible. Se debe realizar un análisis de la normativa específica o de los documentos donde se recojan obligaciones o recomendaciones respecto a los riesgos evaluados para identificar:

¿Cuándo se debe realizar? Con el objeto de obtener la información necesaria para que la empresa pueda decidir: · La adopción de medidas preventivas para eliminar o reducir riesgos.

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