Centro de Educación Especial: Proyecto Educativo y Curricular

Documento de Universidad sobre T.5: el Centro Específico de Educación Especial: Características Del Proyecto Educativo y Del Proyecto Curricular. El Pdf describe las características y criterios para la elaboración del proyecto educativo y curricular en centros de educación especial, incluyendo referencias normativas y objetivos educativos, útil para estudiantes universitarios.

Ver más

9 páginas

T.5: EL CENTRO ESPECÍFICO DE EDUCACIÓN ESPECIAL: CARACTERÍSTICAS DEL
PROYECTO EDUCATIVO Y DEL PROYECTO CURRICULAR. REFERENTES BÁSICOS Y
CRITERIOS PARA SU ELABORACIÓN
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN................................................................................................................. 1
2. EL CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL.........................................................................2
2.1. Objetivos educativos a conseguir................................................................................2
2.2. Los centros de EE como centros de recursos.............................................................2
3. CARACTERÍSTICAS GENERALES Y CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DE LA
RESPUESTA EDUCATIVA...................................................................................................... 3
3.1. La respuesta educativa desde el Plan de Actuación Personalizado (PAP)................ 3
4. EL PROYECTO EDUCATIVO Y EL PROYECTO CURRICULAR DE UN CENTRO
ESPECÍFICO. REFERENTES BÁSICOS Y CRITERIOS PARA SU ELABORACIÓN........... 4
4.1. El PEC...................................................................................................................4
4.2. La Concreción Curricular dentro del PEC............................................................. 6
5. REFERENTES BÁSICOS Y CRITERIOS PARA SU ELABORACIÓN...............................7
5.1. Contexto socio-cultural................................................................................................7
5.2. Las familias y otras entidades educativas...................................................................7
5.3. Los recursos del centro...............................................................................................8
5.4. Las líneas y criterios básicos que tienen que orientar el establecimiento de
determinadas medidas a medio y largo plazo....................................................................8
5.5. Criterios para su elaboración...................................................................................... 8
6. CONCLUSIÓN..................................................................................................................... 9
7. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS................................................................................... 9
8. LEGISLACIÓN.....................................................................................................................9
1. INTRODUCCIÓN
El centro específico de Educación Especial (CEE) se rige por los criterios establecidos en la
legislación vigente sobre organización y funcionamiento, recogidos principalmente en:
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) y Ley Orgánica 3/2020, de
29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (LOMLOE).
- Decreto 105/2022, de 5 de agosto, del Consell de organización y funcionamiento de
los centros de Educación Especial.
- Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios
de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano.
- Resolución de 6 de julio de 2023, del secretario autonómico de Educación y
Formación Profesional, por la cual se dictan instrucciones para la organización y el
funcionamiento de los centros de Educación Especial sostenidos con fondos
públicos para el curso 2023-2024.
Su organización interna se diferenciará puesto que debe dar respuesta educativa al
alumnado cuyas necesidades educativas especiales (NEE) presentan un carácter más
grave y permanente y apoyos de alta intensidad. Estas características diferenciales del CEE
deben ser contempladas en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro (PEC) y el
Proyecto de Actuación para la Mejora (PAM).
2. EL CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL
El CEE escolariza alumnado cuyas necesidades son permanentes y de un grado más
grave, por lo que la respuesta educativa deberá adaptarse a sus características. Su
alumnado tendrá un trámite de escolarización y su respuesta educativa será de nivel IV y
apoyo de grado 3. La LOMLOE reconoce el carácter excepcional que presenta el CEE al
establecer en su artículo 74.1 lo siguiente: “La escolarización del ACNEE se regirá por los
principios de normalización e inclusión. La escolarización de este alumnado en unidades o
CEE, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco
de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios”.
El Decreto 104/2018 (art 21) establece que “el ACNEE derivadas de discapacidades graves
o severas, debe escolarizarse en centros educativos ordinarios y, de manera excepcional,
en CEE, cuando se justifique que requiere apoyos y medidas de alta intensidad”.
FINES:
- Procurar el pleno desarrollo de la personalidad del alumnado y potenciar al máximo
las posibilidades con miras a su desarrollo integral.
- Lograr la adquisición de hábitos intelectuales y de trabajo que le preparen para la
participación activa y responsable en sociedad.
PRINCIPIOS:
- Orientar psicopedagógicamente y profesionalmente al alumnado.
- Normalizar los recursos didácticos y servicios.
- Posibilitar el mayor número de experiencias inclusivas.
- Flexibilizar al máximo la respuesta educativa ofrecida.
2.1. Objetivos educativos a conseguir
A continuación destacaremos algunos de los objetivos educativos considerados prioritarios:
- Adquirir progresivamente hábitos de autonomía personal e independencia del medio.
- Desarrollar la capacidad comunicativa que le permitirá la comprensión de mensajes
y la expresión de ideas, sentimientos y emociones.
- Utilizar distintos medios de representación y expresión.
- Fomentar la utilización proveedora del ocio y tiempo libre.
Al mismo tiempo, el centro específico se guiará por las siguientes intenciones:
- Confección de Planes de Actuación Personalizados (PAP) prácticos y factibles.
- Continuidad de los programas educativos.
- Participación efectiva de todos los miembros de la comunidad escolar.
- Contextualización y realismo de los programas educativos en base a la PCP y PCF.
- Utilización de técnicas y recursos educativos innovadores que dan vida a las
experiencias educativas que se llevan a cabo en el centro.
Actualmente, los CEE también pueden actuar como:
2.2. Los centros de EE como centros de recursos
Dan asesoramiento y apoyo a los centros ordinarios en la respuesta educativa y los
procesos de transformación hacia la inclusión. Deben desarrollar las tareas
complementarias siguientes reguladas en el Art.20 del Decreto 105/2022:
a) Sensibilizar a profesionales y a la comunidad educativa.
b) Detectar necesidades y barreras a la inclusión del alumnado.
c) Accesibilidad personalizada con medios comunes y específicos, sistemas
aumentativos o alternativos de comunicación, materiales singulares, productos de
apoyo, organización de apoyos personales, etc.

Visualiza gratis el PDF completo

Regístrate para acceder al documento completo y transformarlo con la IA.

Vista previa

INTRODUCCIÓN

El centro específico de Educación Especial (CEE) se rige por los criterios establecidos en la legislación vigente sobre organización y funcionamiento, recogidos principalmente en:

  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) y Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE).
  • Decreto 105/2022, de 5 de agosto, del Consell de organización y funcionamiento de los centros de Educación Especial.
  • Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano.
  • Resolución de 6 de julio de 2023, del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional, por la cual se dictan instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros de Educación Especial sostenidos con fondos públicos para el curso 2023-2024.

Su organización interna se diferenciará puesto que debe dar respuesta educativa al alumnado cuyas necesidades educativas especiales (NEE) presentan un carácter más grave y permanente y apoyos de alta intensidad. Estas características diferenciales del CEE deben ser contempladas en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro (PEC) y el Proyecto de Actuación para la Mejora (PAM).

EL CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL

El CEE escolariza alumnado cuyas necesidades son permanentes y de un grado más grave, por lo que la respuesta educativa deberá adaptarse a sus características. Su alumnado tendrá un trámite de escolarización y su respuesta educativa será de nivel IV y apoyo de grado 3. La LOMLOE reconoce el carácter excepcional que presenta el CEE al establecer en su artículo 74.1 lo siguiente: "La escolarización del ACNEE se regirá por los principios de normalización e inclusión. La escolarización de este alumnado en unidades o CEE, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios".

El Decreto 104/2018 (art 21) establece que "el ACNEE derivadas de discapacidades graves o severas, debe escolarizarse en centros educativos ordinarios y, de manera excepcional, en CEE, cuando se justifique que requiere apoyos y medidas de alta intensidad".

Fines del Centro de Educación Especial

  • Procurar el pleno desarrollo de la personalidad del alumnado y potenciar al máximo las posibilidades con miras a su desarrollo integral.
  • Lograr la adquisición de hábitos intelectuales y de trabajo que le preparen para la participación activa y responsable en sociedad.

Principios del Centro de Educación Especial

  • Orientar psicopedagógicamente y profesionalmente al alumnado.
  • Normalizar los recursos didácticos y servicios.
  • Posibilitar el mayor número de experiencias inclusivas.
  • Flexibilizar al máximo la respuesta educativa ofrecida.

Objetivos educativos a conseguir

A continuación destacaremos algunos de los objetivos educativos considerados prioritarios:

  • Adquirir progresivamente hábitos de autonomía personal e independencia del medio.
  • Desarrollar la capacidad comunicativa que le permitirá la comprensión de mensajes y la expresión de ideas, sentimientos y emociones.
  • Utilizar distintos medios de representación y expresión.
  • Fomentar la utilización proveedora del ocio y tiempo libre.

Al mismo tiempo, el centro específico se guiará por las siguientes intenciones:

  • Confección de Planes de Actuación Personalizados (PAP) prácticos y factibles.
  • Continuidad de los programas educativos.
  • Participación efectiva de todos los miembros de la comunidad escolar.
  • Contextualización y realismo de los programas educativos en base a la PCP y PCF.
  • Utilización de técnicas y recursos educativos innovadores que dan vida a las experiencias educativas que se llevan a cabo en el centro.

Actualmente, los CEE también pueden actuar como:

Los centros de EE como centros de recursos

Dan asesoramiento y apoyo a los centros ordinarios en la respuesta educativa y los procesos de transformación hacia la inclusion. Deben desarrollar las tareas complementarias siguientes reguladas en el Art.20 del Decreto 105/2022:

  1. Sensibilizar a profesionales y a la comunidad educativa.
  2. Detectar necesidades y barreras a la inclusión del alumnado.
  3. Accesibilidad personalizada con medios comunes y específicos, sistemas aumentativos o alternativos de comunicación, materiales singulares, productos de apoyo, organización de apoyos personales, etc.
  4. Medidas y metodologías basadas en el diseño universal de aprendizaje (DUA).
  5. Medidas personalizadas para el alumnado con necesidades de apoyo intensivo, especializado y generalizado.
  6. Programas específicos para el alumnado con diversidad funcional que presenta alteraciones graves de conducta.
  7. PAP desde el enfoque de la planificación centrada en la persona (PCP).
  8. Orientación y apoyo a las familias del alumnado con diversidad funcional.
  9. Orientación sociolaboral.
  10. Determinación de la modalidad de escolarización.
  11. Propuesta de acciones formativas.

CARACTERÍSTICAS GENERALES Y CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DE LA RESPUESTA EDUCATIVA

La respuesta educativa se vertebra a través de los niveles de concreción curricular pero sobre todo se materializa a través del nivel IV:

La respuesta educativa desde el Plan de Actuación Personalizado (PAP)

Constituido por medidas dirigidas al ACNEAE que requiere una respuesta personalizada e individualizada de carácter extraordinario que implique apoyos especializados adicionales. Atendiendo al carácter extraordinario de este nivel, es preceptivo realizar una evaluación sociopsicopedagógica y emitir un informe. El PAP es el documento que concreta las medidas de este nivel para garantizar el acceso, participación y aprendizaje, de acuerdo con el artículo 14 del Decreto 104/2018.

Formará parte del expediente académico del alumnado, ya que "debe ser un documento breve y funcional" (art. 14.2 del Decreto 14/2018).

Tiene un carácter anual y se redacta al inicio de cada curso escolar o después de la emisión del informe sociopsicopedagógico. El equipo docente, coordinado por el tutor/a es el responsable de su elaboración. Su evaluación se realizará trimestralmente por el equipo educativo, coordinado por el tutor y asesorado por el servicio especializado de orientación, ahora EOE.

Con la información obtenida de las familias tienen que evaluar los resultados y la eficacia de las medidas de respuesta llevadas a cabo, la organización de los apoyos personales especializados y el progreso del alumnado e introducir las modificaciones necesarias.

En la sesión de evaluación de final de curso, han de acordar la continuidad de PAP y hacer la propuesta para el año siguiente. Si hay algo que modificar o incorporar se decidirá de forma colegiada por el equipo educativo a propuesta de cualquiera de sus miembros o familia. El tutor/a ha de hacer constar las conclusiones y decisiones en el PAP y facilitar la información a las familias que tienen derecho a recibir una copia.

EL PROYECTO EDUCATIVO Y EL PROYECTO CURRICULAR DE UN CENTRO ESPECÍFICO. REFERENTES BÁSICOS Y CRITERIOS PARA SU ELABORACIÓN.

El PEC

Según el artículo 121 de la LOMLOE, "el Proyecto Educativo de Centro recogerá los valores, objetivos y prioridades de actuación. Incorporará la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa que corresponde fijar y aprobar al claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas". Por tanto, se concreta en 4 elementos:

Análisis del contexto del PEC

¿Dónde estamos? Análisis del contexto: Elaborarlo presupone el conocimiento del entorno/contexto y partir analizando el contexto socio-económico del medio social, natural y cultural, de las familias, del centro, del alumnado, del profesorado.

Rasgos de identidad del PEC

¿Quiénes somos? Rasgos de identidad: Supone la definición de los valores y prioridades de actuación de acuerdo con la identidad del centro y la consecución de los fines que se establecen en la LOMLOE. Los rasgos de identidad implica tener en cuenta la población atendida por el centro específico que debe cumplir los siguientes criterios de escolarización:

  • El alumnado requiere apoyos individualizados de alta intensidad, amplitud y especialización durante la mayor parte de la jornada (grado 3).
  • Estos apoyos no se pueden prestar en el marco de las medidas de atención a la diversidad disponibles en un centro ordinario.
  • Ante la imposibilidad de la escolarización ordinaria, el informe sociopsicopedagógico tiene que justificar que los apoyos intensivos y especializados pueden contribuir a un mejor desarrollo de las dimensiones de la calidad de vida.
  • El alumnado con diversidad funcional intelectual (DFI) moderada podrá escolarizarse de manera excepcional en un CEE en la etapa de secundaria o en un programa de TVA. En ningún caso podrá escolarizarse en un CEE el alumnado con DFI ligera excepto que se incorpore para cursar un PFCBA.
  • Con carácter general, el alumnado de educación infantil se escolarizará en la modalidad ordinaria del aula ordinaria.

Además, la escolarización en este centro solo se llevará a cabo cuando no pueda satisfacerse sus necesidades en un centro ordinario. Será necesario el trámite de escolarización, cuyo procedimiento debe incluir la evaluación sociopsicopedagógica y su correspondiente informe, la audiencia a los padres y la autorización por la resolución de la Dirección Territorial (DT).

Objetivos del PAP en el PEC

¿Qué queremos? Objetivos que debe alcanzar el PAP: Estos objetivos los podemos encontrar en el Artículo 16 del Decreto 105/2022, de 5 de agosto.

  1. Partir de la edad del alumnado y de sus habilidades y aspiraciones, interactuando con los contextos naturales.
  2. Considerar las oportunidades de los diferentes contextos y eliminar las barreras que existan.
  3. Vincular los objetivos de trabajo a la adquisición de competencias clave.
  4. Especificar el trabajo intensivo y especializado del centro educativo que permita la práctica y transferencia de las habilidades adquiridas a todos los contextos.
  5. Concretar los dispositivos y productos de apoyo y los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación que van a utilizarse.
  6. Desarrollar actitudes y conductas que promuevan la seguridad personal, la autoprotección, el equilibrio afectivo, la capacidad para decidir libremente.
  7. Incorporar saberes básicos dirigidos a la eliminación de prejuicios ...
  8. Seleccionar los materiales didácticos y los productos de apoyo de acuerdo con los criterios de funcionalidad.
  9. Incluir la orientación educativa y el acompañamiento sobre el itinerario académico o formativo más adecuado.

Estructura organizativa del PEC

¿Cómo nos organizamos? Estructura organizativa:

a) Recursos humanos: La variedad de recursos humanos coordinan su labor en torno a tres ejes y tres funciones:

  • Función docencia: Suministra ayuda pedagógica y orientación para alcanzar objetivos y se basa en el principio de división de trabajo:

¿Non has encontrado lo que buscabas?

Explora otros temas en la Algor library o crea directamente tus materiales con la IA.