La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: aspectos fundamentales

Diapositivas sobre la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El Pdf detalla los aspectos fundamentales de la prevención, incluyendo la introducción a la ley y sus antecedentes, así como las funciones de las administraciones competentes y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Derecho universitario.

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MÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
MÓDULO 1 INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN
ASIGNATURA 1
ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PREVENCIÓN
TEMA 2
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Página 1
ASIGNATURA 1
ASPECTOS FUNDAMENTALES
DE LA PREVENCIÓN
TEMA 2
La Ley de Prevención de
Riesgos Laborales
MÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
MÓDULO 1 INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN
ASIGNATURA 1
ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PREVENCIÓN
TEMA 2
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Página 2
2 La Ley de Prevención de Riesgos
Laborales
2.1 Introducción. La Ley de Prevención de Riesgos
Laborales (LRPL) y sus antecedentes
Para el estudio de este tema, se recomienda al alumno que vaya analizando, a la vez
que la exposición aquí contenida, el texto de la Ley. Para ello se van facilitando enlaces
a cada uno de los apartados comentados en la exposición, así como se facilita también
un enlace al texto consolidado de la Ley de la página web del Boletín Oficial del Estado,
al final del tema.
Tal como establece el preámbulo de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
prevención de Riesgos Laborales (LPRL), la misma tiene por objeto la determinación
del cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un
adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos
derivados de las condiciones de trabajo, y ello en el marco de una política coherente,
coordinada y eficaz de prevención de los riesgos laborales.
Así mismo, también se explica en el preámbulo cómo se articula dicha protección,
indicando que a partir del reconocimiento del derecho de los trabajadores en el ámbito
laboral a la protección de su salud e integridad, la Ley establece las diversas
obligaciones que, en el ámbito indicado, garantizarán este derecho, así como las
actuaciones de las Administraciones públicas que puedan incidir positivamente en la
consecución de dicho objetivo.
Es importante conocer los antecedentes de la Ley de Prevención. Esto podemos
conseguirlo si analizamos el propio preámbulo de la norma, en el que podemos ver que
la Ley tiene su origen en diversas fuentes, que esquematizamos a continuación.

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MÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

MÓDULO 1 INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN

ASIGNATURA 1 ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PREVENCIÓN

TEMA 2 La Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Universidad Francisco de Vitoria UFV Madrid Facultad de Derecho, Empresa y Gobierno Página 1

ASIGNATURA 1

ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PREVENCIÓN

TEMA 2

La Ley de Prevención de Riesgos LaboralesMÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES MÓDULO 1 INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN ASIGNATURA 1 ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PREVENCIÓN TEMA 2 La Ley de Prevención de Riesgos Laborales Universidad Francisco de Vitoria UFV Madrid Facultad de Derecho, Empresa y Gobierno Página 2

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Introducción. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LRPL) y sus antecedentes

Para el estudio de este tema, se recomienda al alumno que vaya analizando, a la vez que la exposición aquí contenida, el texto de la Ley. Para ello se van facilitando enlaces a cada uno de los apartados comentados en la exposición, así como se facilita también un enlace al texto consolidado de la Ley de la página web del Boletín Oficial del Estado, al final del tema.

Tal como establece el preámbulo de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales (LPRL), la misma tiene por objeto la determinación del cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, y ello en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz de prevención de los riesgos laborales.

Así mismo, también se explica en el preámbulo cómo se articula dicha protección, indicando que a partir del reconocimiento del derecho de los trabajadores en el ámbito laboral a la protección de su salud e integridad, la Ley establece las diversas obligaciones que, en el ámbito indicado, garantizarán este derecho, así como las actuaciones de las Administraciones públicas que puedan incidir positivamente en la consecución de dicho objetivo.

Es importante conocer los antecedentes de la Ley de Prevención. Esto podemos conseguirlo si analizamos el propio preámbulo de la norma, en el que podemos ver que la Ley tiene su origen en diversas fuentes, que esquematizamos a continuación.MÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES MÓDULO 1 INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN ASIGNATURA 1 ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PREVENCIÓN TEMA 2 La Ley de Prevención de Riesgos Laborales Universidad Francisco de Vitoria UFV Madrid Facultad de Derecho, Empresa y Gobierno Página 3

  • La Constitución Española. El artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo.
  • Legislación Comunitaria (normativa de la Unión Europea) o Política Comunitaria de Seguridad y Salud. La política de la Unión Europea busca una armonización de las legislaciones en los Estados miembros
    • Directiva 89/391/CEE, relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo.
    • Directivas 92/85/CEE, 94/33/CEE y 91/383/CEE, relativas a la protección de la maternidad y de los jóvenes y al tratamiento de las relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal.
  • Legislación y Acuerdos internacionales o Convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo
  • En el orden interno: o Necesidad de adoptar una visión unitaria en la reglamentación. o Necesidad de actualizar la normativa y regular nuevas situaciones no contempladas por la misma.

Fuentes de origen de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

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Exposición del articulado de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales de Riesgos Laborales (LPRL), se estructura de la siguiente forma:

  • Preámbulo
  • Capítulo I. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones
  • Capítulo II. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo
  • Capítulo III. Derechos y obligaciones

Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)

  • Capítulo IV. Servicios de prevención
  • Capítulo V. Consulta y participación de los trabajadores
  • Capítulo VI. Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores
  • Capítulo VII. Responsabilidades y sanciones
  • Disposiciones adicionales
  • Disposiciones transitorias
  • Disposiciones derogatorias
  • Disposiciones finalesMÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES MÓDULO 1 INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN ASIGNATURA 1 ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PREVENCIÓN TEMA 2 La Ley de Prevención de Riesgos Laborales Universidad Francisco de Vitoria UFV Madrid Facultad de Derecho, Empresa y Gobierno Página 5

A continuación vamos a ir revisando los diferentes apartados de la LPRL, indicando los principales aspectos regulados en ellos.

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. [Preámbulo]

En el preámbulo de la Ley se realiza una exposición de los diferentes motivos que llevaron a su promulgación, así como de los principales aspectos regulados en la misma.

CAPÍTULO I. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones

  • Artículo 1. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
  • Artículo 2. Objeto y carácter de la norma.
  • Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  • Artículo 4. Definiciones.

Este primer capítulo de la LPRL se compone de los artículos del 1 al 4.

El artículo 1 establece que la LPRL, junto con sus disposiciones de desarrollo, complementarias y cuantas otras normas, legales o convencionales contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas de prevención en el ámbito laboral, o sean susceptibles de producirlas, constituyen el marco de la normativa de prevención.

El artículo 2 establece el objeto y carácter de la LPRL, de tal forma que:

El objeto de la Ley de Prevención es promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.

Así mismo, se establece el carácter de las disposiciones de carácter laboral contenidas tanto en la propia Ley como en sus normas reglamentarias, indicando que tendrán el carácter de Derecho necesario mínimo indisponible, pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los convenios colectivos.

Es decir, que las disposiciones de la Ley son siempre susceptibles de mejorarse mediante la negociación colectiva, y nunca pueden rebajarse las exigencias en ella establecidas.

El artículo 3 establece el ambito de aplicación de la Ley de Prevención y su normativa de desarrollo.MÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES MÓDULO 1 INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN ASIGNATURA 1 ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PREVENCIÓN TEMA 2 La Ley de Prevención de Riesgos Laborales Universidad Francisco de Vitoria UFV Madrid Facultad de Derecho, Empresa y Gobierno Página 6

Ámbito de aplicación de la LPRL

  • Relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  • Relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
  • Sociedades cooperativas, en las que existan socios cuya actividad consista en la prestación de un trabajo personal.

Ámbitos para los que se establecen obligaciones específicas

  • Fabricantes, importadores y suministradores
  • Trabajadores autónomos

También se establecen particularidades al respecto de su aplicación:

No será de aplicación en las actividades cuya naturaleza lo impida

  • Policía, seguridad y resguardo aduanero
  • Servicios operativos de protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública
  • Fuerzas Armadas y actividades militares de la Guardia Civil

Pero la LPRL deberá inspirar la normativa específica que se dicte para regular la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores que prestan sus servicios en las indicadas actividades.

Tampoco será de aplicación en la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.MÁSTER UNIVERSITARIO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES MÓDULO 1 INTRODUCCIÓN A LA PREVENCIÓN ASIGNATURA 1 ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA PREVENCIÓN TEMA 2 La Ley de Prevención de Riesgos Laborales Universidad Francisco de Vitoria UFV Madrid Facultad de Derecho, Empresa y Gobierno Página 7

En los centros y establecimientos militares será de aplicación lo dispuesto en la presente Ley, con las particularidades previstas en su normativa específica.

En los establecimientos penitenciarios, se adaptaran a la presente Ley aquellas actividades cuyas características justifiquen una regulación especial.

Por último, el artículo 4 de este capítulo define los siguientes conceptos, de gran importancia:

  • Prevención: Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
  • Riesgo laboral: Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.
  • Daños derivados del trabajo: Las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
  • Riesgo laboral grave e inminente: Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores. En el caso de exposición a agentes susceptibles de causar daños graves a la salud de los trabajadores, se considerará que existe un riesgo grave e inminente cuando sea probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato una exposición a dichos agentes de la que puedan derivarse daños graves para la salud, aun cuando éstos no se manifiesten de forma inmediata.
  • Procesos, actividades, operaciones, equipos o productos potencialmente peligrosos: Aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan.
  • Equipo de trabajo: Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.

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