Diapositivas de Sena sobre Análisis del sistema de administración del riesgo y lavado de activos y financiación del terrorismo. El Pdf, un documento de Derecho para Formación profesional, examina la normativa colombiana, las sanciones por incumplimiento y la conservación de documentos, ofreciendo información clara y bien estructurada.
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Estimado aprendiz en esta actividad correspondiente al programa de formación "Análisis del sistema de administración del riesgo y lavado de activos y financiación del terrorismo - SARLAFT", se revisarán contenidos propios de los órganos de control, las sanciones por incumplimiento de normas, así como la preservación de documentos, además se estará analizando el contexto de Colombia la cual cuenta con tres organismos correctamente establecidos que a nombre del Estado se encargan directamente de inspeccionar el lavado de activos. Dado que el no controlar a los infractores se puede convertir en una problemática trascendental para el progreso de la economía nacional, así como la seguridad de cada persona y de las organizaciones en general.
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CONTENIDOS PAG. Introducción 2 Mapa conceptual 3 Estructura de contenidos Órganos de control. 4 Sanciones por el incumplimiento en la aplicación de las normas 4 Conservación de documentos e información 6 Bibliografía 13 Glosario 14 Creative commons 15 Créditos del programa 16
Efectos particulares por permitir el lavado de activos.
Órganos de control.
Sanciones por el incumplimiento en la aplicación de las normas.
Conservación de documentos e Información.
Son entes estatales que no pertene- cen a ninguna rama del poder públi- co, poseen autonomía administrativa y presupuestal para la ejecución de las acciones de control determinadas por la Constitución Política de Colombia. Se conforman por el Ministerio Público y la Contraloría General de la República.
Son las organizaciones encargadas de reglamentar desde diferentes aspectos, normas, políticas, procesos y condicio- nes en aspectos de inspección, certifi- cación y auditoría en distintas áreas del desarrollo económico y organizacional
En el presente material hallará los con- ceptos más importantes de los órga- nos de control definidos por el Estado colombiano, estos hacen parte de los elementos de control y vigilancia del lavado de activos y financiación del te- rrorismo, su presencia en el quehacer diario de la economía nacional y del bienestar del estado cuenta con una categoría muy alta, debido a que esta actividad demanda de un control deli- berado y nuestra nación no se puede puede separar de la legislación inten- cional que existe para combatir este.
Ente oficial encargada de propen- der por la solvencia, disciplina y su- pervisión del Sistema Financiero de Colombia determinada por la Ley 45 de 1923 la cual se denominaba sec- ción bancaria, el artículo 19 de esta ley escogió como su director al su- perintendente bancario, delegándo- le con ello la supervisión de todos las entidades de capital. En 2005 fue fusionada en la Superintenden- cia de Valores y cumple su misión institucional por medio de la inspec- ción, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financieras, bursátiles, aseguradoras y cualquier otra relacionadas con el manejo, aprovechamiento o inver- sión de recursos captados del públi- co. En el ámbito de las instituciones públicas hoy la Superintendencia Fi- nanciera fue la primera que se creó en Colombia y es reconocida como uno de los organismos oficiales de mayor respetabilidad, valorada por su larga tradición de capacidad téc- nica y administrativa.
Convenciones [1] Organización Internacional de Comisiones de Valores. En ingles In- ternational Organization of Securities Commissions - IOSCO [2] Asociación Internacional de Supervisores de Seguros. En ingles International Association of Insuran- ce Supervisors - IAIS [3] Banco Internacional de Pagos
Figura 1. Objetivos estratégicos de la Superintendencia financiera de Colombia (SFC) Fuente: SENA (2017)
· Debido a la importancia de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), la entidad efectuară actividades direccionadas para llevar a cabo mejores prácticas a nivel internacional en temas de gobierno corporativo, actuando en forma coordinada con las demás entidades del Estado que velan por la estabilidad del sistema financiero.
- La Superintendencia Financiera de Colombia para el desarrollo de sus funciones de vigilancia y control creó desde hace varios años un Marco Integral de Supervisión (MIS), el cual se fundamenta on el enfoque de supervisión basada en riesgos (SBR). En el periodo 2015 - 2018 se continua con la revisión y ajuste del Proceso de Seguimiento, con el fin de mejorar su armonización con el Marco Integral de Supervisión, de manera que cada dia la SFC pueda actuar con mayor celeridad, oportunidad y eficacia ante situaciones de riesgo en el mercado financiero.
· La SFC avanza en mejores habilidades intemacionales para llevar a cabo una supervisión tolerante y solidificada, iniciando el contenido de conglomerado financiero, requerimientos prudenciales aplicables a las holding financieras, a través de las potestades de control identificando la estructura de los conglomerados, jurisdicciones, accionistas y partes vinculadas y estableciendo un procedimiento de administración de riesgos financieros a nivel general, para que las entidades vigiladas administren en forma conjunta sus riesgos, evitando un manejo de manera separada o independiente.
- En el periodo comprendido entre el 2015 y 2018 la SFC debe desarrollar acciones tendientes a la consumación y fortalecimiento de los requisitos normativos de acuerdo las indicaciones emitidas por importantes organismos internacionales (TOSCO [1]_ IAIS [2] y BIS [3]).
- Uno de los objetivos primordiales de la Superintendencia Financiera de Colombia, es proteger a los inversores, ahoradores y asegurados, a través de la supervisión otorgada a la institución en el marco legal vigente, lo mismo que establecer normas que conleven a suministrar a los clientes financieros información completa sobre sus derechos y deberes y todo lo relacionado con los productos o servicios que oblengan, con la única finalidad que tengan elementos de juicio suficientes para la toma de decisiones correspondiente.
- En el periodo comprendido entre 2015 a 2018 la SFC, estará velando por el fortalecimiento de las politicas que rigen los mercados de capitales, por medio de la ejecución de prácticas y estándares internacionales de regulación y supervisión, asumiendo las causas de la globalización de los mercados del pais
· Alcanza politicas de misión administrativa, sistemas de Gestión y defensa judicial de la Organización que se deben efectuar en forma transversal a las áreas y procesos de la Entidad y que apoyan la gestión funcional de la entidad Adicionalmente se cuenta con un Manual para la prevención del daño antjuridico, se formulará e implementará el Programa de Gestión Documental (PGD), y se implementará el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Figura 2. Normas básicas que regulan la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) Fuente: SENA (2017)
Un vez promulgada la nueva Cons- titución, Política de Colombia en al año 1991, nace tambien La Fiscalía General de la Nación e inicia como estamento fiscal del estado el día 01 del mes de julio de 1992, es decir un año después de promulgada la carta magna de Colombia, hoy aún vigente. Según lo contempla el artículo 249 de la Constitución Política de Colombia la Fiscalía General de la Nación está in- tegrada de la siguiente manera.
"Artículo 249. La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los fiscales de- legados y los demás funcionarios que determine la ley. El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presiden- te de la República y no podrá ser reelegido. Debe reunir las mis- mas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. La Fiscalía General de la Nación forma parte de la rama judicial y tendrá autonomía ad- ministrativa y presupuestal".
Funciones: Las funciones de la Fis- calía General de la nación están con- templadas en el artículo 250 de La Constitución política de Colombia. Que reza lo siguiente. "La Fiscalía General de la Nación está obli- gada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la in- vestigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su cono- cimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circuns- tancias facticas que indiquen la posible existencia del mismo. No podrá, en consecuencia, sus- pender, interrumpir, ni renun- ciar a la persecución penal, sal- vo en los casos que establezca la ley para la aplicación del prin- cipio de oportunidad regulado dentro del marco de la política criminal del Estado, el cual es- tará sometido al control de le- galidad por parte del juez que ejerza las funciones de control de garantías. Se exceptúan los delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en relación con el mis- mo servicio".
Atañe a la Fiscalía General de la Na- ción investigar las infracciones e im- putar a los hipotéticos transgresores ante los tribunales y magistraturas correspondientes. Se excluyen las fal- tas perpetradas por integrantes de la Fuerza Pública en ejercicio de su profesión y/o en concordancia con el acto de servicio.
Para cumplir con dicho compromiso es deber de la Fiscalía General de la Na- ción lo siguiente: