Diapositivas de UNIR la Universidad en Internet sobre Régimen Fiscal de la Empresa. El Pdf explora la teoría general de la imposición, clasificando ingresos públicos como inversiones reales y transferencias de capital, y abordando el concepto de deuda pública forzosa, ideal para estudiantes universitarios de Economía.
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Prof. Antonio de Isidro Álvaro TEMA 1. CONCEPTOS BÁSICOS DE TEORÍA GENERAL DE LA IMPOSICIÓN Semana 1 Del 03/03/2025 a 07/03/2025 uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET La Universidad en InternetÍndice de la sesión: El Sector Público en el SEC 2010 (Sistema Europeo de Cuentas) Concepto, delimitación y clasificación de los ingresos públicos uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 2
Sector público: Administraciones públicas (AA. PP.) Empresas públicas (EE. PP.)
Administraciones públicas (S.13): Actividad principal: producir bienes y servicios no destinados a la venta (productor no de mercado) y / o efectuar operaciones de redistribución de la renta y la riqueza. Recursos principales: pagos obligatorios efectuados por las unidades pertenecientes a otros sectores (tributos). Se denomina tributo a todo ingreso del sector público que se obtiene a través del ejercicio de la autoridad sobre los distintos agentes privados (empresas, familias o individuos). Los tributos se clasifican en impuestos, tasas y contribuciones especiales. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 3
Clasificación de los ingresos públicos según el grado de voluntariedad u obligatoriedad de la transmisión de la renta del sector privado al sector público:
Ingresos gratuitos: son aquellos ingresos aportados voluntariamente al sector público y sin ningún tipo de contraprestación, por tanto, el grado de voluntariedad es máximo. Ejemplo: Las donaciones o herencias a favor del sector público. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 4
Ingresos contractuales: son recursos totalmente voluntarios pero, en este caso, existe una contraprestación por parte del sector público, ya que se establece un contrato entre partes mediante el cual el sector público se obliga a prestar un servicio o actividad. En consecuencia, en estos ingresos existe voluntariedad por parte de los agentes privados y contraprestación directa por parte del sector público. Ejemplo: los ingresos derivados de la venta de bienes y prestaciones de servicios, de los rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario, de la venta de bienes patrimoniales y de las operaciones financieras. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 5
Ingresos obligatorios: son ingresos obtenidos mediante la aplicación del poder de coacción del sector público sobre los agentes privados. Por tanto, es evidente que respecto de este tipo de ingresos el grado de voluntariedad es mínimo, ya que se trata de una imposición del sector público a su favor. Este poder de coacción por parte del sector público se manifiesta de tres maneras:
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Principio de autoridad (coacción) C Deuda pública Tasas. Impuestos S O forzosa. Contribuciones afectados. I I N especiales. Impuestos. N Venta de bienes y Precios servicios. públicos. Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Venta de bienes patrimoniales. Deuda pública. Donaciones y herencias. CONTRAPRESTACIÓN Principio de mercado (voluntariedad) uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 7
Impuestos: Son recursos de carácter coactivo que no implican una contraprestación directa por parte del sector público, es decir, su cuantía no guarda ningún tipo de relación con las prestaciones públicas que pueda recibir el contribuyente. [Capítulos I (Impuestos directos) y II (Impuestos indirectos)]. Impuestos son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente [Artículo 2 (Concepto, fines y clases de tributos), apartado 2, letra c de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 8
Impuestos afectados: son impuestos cuya recaudación se destina a financiar una actividad concreta y específica que guarda algún tipo de relación con la actividad gravada. Ejemplo: las cotizaciones a la Seguridad Social, que son ingresos totalmente obligatorios que se destinan a financiar las actuales pensiones, existiendo un compromiso político de que dichas cotizaciones darán derecho a cobrar una pensión a los actuales cotizantes en el momento en que se jubilen [Capítulos I y II]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 9
Tasas: son ingresos de carácter coactivo pero con una contraprestación directa por parte del sector público. Se definen como ingresos que financian servicios o actividades concretas y específicas de solicitud obligatoria por parte de los administrados, por lo que el grado de coacción es máximo. Las actividades que financian no pueden ser prestadas o realizadas por el sector privado debido a que no sólo son de solicitud obligatoria sino también porque no pueden prestarse en concurrencia con el sector privado. Aunque dichas actividades o servicios presentan un beneficio individual, comportan también un cierto beneficio colectivo. No tienen porque cubrir el coste total del servicio [Capítulo III (Tasas, precios públicos y otros ingresos)]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 10
Ejemplo: las tasas de expedición del documento nacional de identidad, del pasaporte, del permiso de conducción, de las licencias de armas, o de los títulos académicos. Tasas son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado [Artículo 2 (Concepto, fines y clases de tributos), apartado 2, letra a de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 11
Contribuciones especiales: se trata de un pago obligatorio a favor del sector público que responde al beneficio que obtiene un agente privado por la realización de una inversión pública que se capitaliza en un mayor valor de sus propiedades. El grado de coacción es máximo. La filosofía es muy similar a la de las tasas (si bien estas financian gastos corrientes) y las contribuciones especiales financian inversiones públicas (se trata de una figura, hoy en desuso, que se utilizó sobre todo en el ámbito de las Corporaciones Locales). Al igual que las tasas, las contribuciones especiales no tienen porque cubrir el coste total de la inversión [Capítulo III]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 12
Contribuciones especiales son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos [Artículo 2 (Concepto, fines y clases de tributos), apartado 2, letra b de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 13
Precios públicos: son ingresos de carácter voluntario y contractual, que financian servicios o actividades que son de solicitud voluntaria para los administrados y que son susceptibles de ser prestados por el sector privado. Son los precios de venta en el mercado de bienes y servicios prestados por el sector público. En la mayor parte de los casos, la intervención del sector público en la producción de bienes y servicios se justifica por motivos de eficiencia económica (presencia de monopolios naturales, externalidades positivas, falta de competencia, ausencia de mercados o asimetrías en la información). También se aplican en el caso de la utilización privada del dominio público. Este tipo de ingresos deben cubrir, como mínimo, el coste del servicio que financian [Capítulo III]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 14
Transferencias corrientes: son ingresos procedentes del propio sector público o del sector privado para financiar los gastos corrientes. Pueden estar condicionadas a la realización de un determinado gasto o pueden no estar sujetas a ningún tipo de restricción respecto de su utilización [Capítulo IV (Transferencias corrientes)].
Ingresos patrimoniales: son ingresos procedentes del rendimiento de los activos reales y financieros que tiene el sector público. Se trata de recursos de carácter totalmente voluntario y contractual [Capítulo V (Ingresos Patrimoniales)]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 15
Venta de inversiones reales: Son ingresos que se obtienen de manera voluntaria y totalmente contractual por la venta de bienes de capital [Capítulo VI (Enajenación de inversiones reales)].
Transferencias de capital: Son ingresos procedentes fundamentalmente del propio sector público, pero, a diferencia de las transferencias corrientes, están siempre condicionadas a financiar gasto de inversión [Capítulo VII (Transferencias de capital)]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 16
Activos financieros: Son ingresos procedentes fundamentalmente del reintegro de préstamos concedidos por el sector público a otras entidades del sector público o del sector privado [Capítulo VIII (Activos Financieros)].
Pasivos financieros: Dentro de este tipo de ingresos, figuran los procedentes del endeudamiento ya sea mediante la emisión de deuda o mediante la obtención de créditos por parte del sector público. Se trata de ingresos totalmente voluntarios con contraprestación directa por parte del sector público, ya que éste ha de pagar unos intereses por la obtención de dicho endeudamiento al igual que lo hace el sector privado [Capítulo IX (Pasivos Financieros)]. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 17
Deuda pública forzosa: los recursos procedentes por esta vía tienen las mismas características que el resto de la deuda pública, es decir, existe una relación contractual entre el sector público y la persona o entidad que compra esta deuda, pero la gran diferencia reside en que este tipo de deuda es obligatoria para los agentes financieros. Ejemplo: los coeficientes obligatorios de caja, lo que supone que, ante una emisión de deuda pública, las entidades financieras deben comprar forzosamente una determinada cantidad de esta emisión. uniR LA UNIVERSIDAD EN INTERNET 18