Diapositivas de la Universidad Europea sobre el marco jurídico ambiental nacional y de la Unión Europea. El Pdf detalla la legislación ambiental de Comunidades Autónomas como Aragón, Cataluña y Valencia, útil para estudiantes de Derecho universitario.
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Ue Universidad Europea Marco jurídico ambiental nacional y de la Unión EuropeaUe Universidad Europea Marco jurídico ambiental nacional y de la Unión Europea María Isabel Flores Ruiz, PhD Isabel.flores@universidadeuropea.es 620Ue Universidad Europea Tema 2: Las competencias autonómicas en materia del medio ambienteUe
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¿Cuál es la competencia de las comunidades autónomas en el marco ambiental? Son las administraciones públicas que ostentan la competencia en lo relativo a la gestión de la flora y fauna, la elaboración y desarrollo de planes de prevención y control de especies exóticas y especies exóticas invasoras, así como también de la gestión de espacios naturales protegidos.
¿Qué dice la Constitución Española? Art. 148.1.9 - Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en la gestión en materia de protección del medio ambiente; Art. 149.23.1, que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección.
¿Quién dicta la política ambiental en España? Real Decreto 864/2018, de 13 de julio desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica. Es el departamento de la Administración General del Estado al que corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de energía y medio ambiente para la transición a un modelo productivo y social más ecológico. @ Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 5Ue
¿Cuáles son los órganos superiores y directivos del Ministerio de Transición ecológica? (Real Decreto 503/2024)
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2.1. Comunidades Autónomas y su legislación ambiental En este capítulo intentaremos mostrar la legislación ambiental de cada una de las comunidades autónomas de España a. Asturias: El artículo 11.5 de la Ley orgánica 7/1981 que aprueba el Estatuto de autonomía de la comunidad menciona: En el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde al Principado de Asturias el desarrollo legislativo y la ejecución en las siguientes materias: ( ... ) Protección del medio ambiente, incluidos los vertidos industriales y contaminantes en ríos, lagos y aguas interiores y normas adicionales de protección del medio ambiente.
b. Cantabria: El artículo 25,7 de la Ley orgánica 8/1981 que aprueba el Estatuto de autonomía de la comunidad menciona: En el marco de la legislación básica del Estado y en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad Autónoma de Cantabria el desarrollo legislativo y la ejecución de las siguientes materias: ( ... ) 7. Protección del medio ambiente y de los ecosistemas.
c. Galicia: El artículo 27 de la Ley orgánica 1/1981 que aprueba el Estatuto de autonomía de la comunidad menciona: En el marco del presente Estatuto corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia exclusiva de las siguientes materias: ( ... ) Treinta. Normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje en los términos del artículo ciento cuarenta y nueve, uno, veintitrés.
d. País Vasco: El artículo 25,7 de la Ley orgánica 3/1979 que aprueba el Estatuto de autonomía de la comunidad menciona: Es de competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco el desarrollo legislativo y la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del Estado en las siguientes materias: a) Medio ambiente y ecología.
e. Navarra El artículo 25,7 de la Ley orgánica 13/1982 que aprueba el Estatuto de autonomía de la comunidad menciona: En el marco de la legislación básica del Estado corresponde a Navarra el desarrollo legislativo y la ejecución de las siguientes materias: ( ... ) c) Medio ambiente y ecología. @ Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 7ve
2.1. Comunidades Autónomas y legislación ambiental f. Murcia: El artículo 11.3 de la Ley orgánica 4/1982 que aprueba el Estatuto de autonomía de la comunidad atribuye a la CA de la Región de Murcia la protección del medio ambiente y las "normas adicionales de protección".
g. Castilla-la Mancha: El artículo 4 de la Ley orgánica 9/1982 de Derechos y libertades menciona: El fomento de la calidad de vida, mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente y el desarrollo de los equipamientos sociales, con especial atención al medio rural. Competencias exclusivas: Artículo 32.7: Protección del medio ambiente y de los ecosistemas. Normas adicionales de protección.
h. Madrid: La comunidad autónoma postula la Ley orgánica 3/1983 que menciona que la Competencia sobre la protección del medio ambiente, sin perjuicio de la facultad de la Comunidad de Madrid de establecer normas adicionales de protección. Contaminación biótica y abiótica. Vertidos en el ámbito territorial de la Comunidad. dee karen mshutterstock Co utterstock dee karen shutterstr O O dee karen shutterstock shuttersts https://www.shutterstock.com/es/image- photo/concepts-international-environmental-law- climate-justice-2439063001 @ Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 8Ue
2.1.Comunidades Autónomas y legislación ambiental i. Aragón: De la Ley orgánica 5/1007 de la legislación autonómica se destacan los siguientes preceptos: 1. Todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y respetuoso hacia la salud, de acuerdo con los estándares y los niveles de protección que determinan las leyes. También tienen derecho a gozar de los recursos naturales en condiciones de igualdad y el deber de hacer uso responsable de los mismos. 2. Todas las personas tienen derecho a la protección frente a las distintas formas de contaminación de acuerdo con los estándares y los niveles que se determinen por ley. También tienen que colaborar en la conservación del patrimonio natural y en las actuaciones que tiendan a eliminar las diferentes formas de contaminación, con el objetivo de su mantenimiento y conservación para las generaciones presentes y futuras. 3. Todas las personas tienen derecho a acceder a la información medioambiental de que disponen los poderes públicos, en los términos que establecen las leyes.
j. Cataluña: La Ley orgánica 6/2006 reforma el Estatuto de Autonomía de Cataluña tomando en cuenta la cuestión del desarrollo sostenible además de los derechos y obligaciones ambientales. 1. Los poderes públicos deben velar por la protección del medio ambiente mediante la adopción de políticas públicas basadas en el desarrollo sostenible y la solidaridad colectiva e intergeneracional. 2. Las políticas medioambientales deben estar dirigidas a la reducción de las diferentes formas de contaminación, la fijación de estándares y niveles mínimos de protección, la articulación de medidas correctivas de impacto ambiental, uso racional de los recursos naturales, la prevención y el control de la erosión y de las medidas que afecten la atmósfera, respeto a los principios de preservación del medio, la conservación de los recursos naturales, fiscalización ecológica, reciclaje, y reutilización de bienes y productos. 3. Los poderes públicos deben hacer efectivas las condiciones para la preservación de la naturaleza y la biodiversidad, a través de políticas sectoriales que permitan el disfrute de los ecosistemas al mundo. @ Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 9Ue
2.1.Comunidades Autónomas y legislación ambiental k. Valencia: La Ley orgánica 5/1982 que aprueba el Estatuto de autonomía de Valencia muestra los siguientes preceptos legales en favor del medio ambiente. · Artículo 17.2: Toda persona tiene derecho a gozar de una vida y un medio ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. La Generalitat protegerá el medio ambiente, la diversidad biológica, los procesos ecológicos y otras áreas de especial importancia ecológica. · Artículo 18: Desde el reconocimiento social y cultural del sector agrario valenciano y de su importante labor en la actividad productiva, en el mantenimiento del paisaje, del territorio, del medio ambiente, de la cultura, de las tradiciones y costumbres más definitorias de la identidad valenciana, la Generalitat adoptará medidas políticas, fiscales, jurídicas y legislativas que garanticen los derechos de este sector · Artículo 50.6: En el marco de la legislación básica del Estado, y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Generalitat el desarrollo legislativo y la ejecución de las siguientes materias: ( ... ) 6. Protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de la Generalitat para establecer normas adicionales de protección.
l. Andalucía: La Ley orgánica 2/2007 tiene como objetivo primordial la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas, a través de la protección de la naturaleza y del medio ambiente, una gestión adecuada de los recursos hídricos siguiendo el principio de solidaridad interterritorial. · Todas las personas tienen derecho a vivir en un medio ambiente sostenible, equilibrado y saludable, haciendo un uso responsable de sus recursos para evitar su deterioro y conservarlos para el futuro. · El deber principal que pide la ley tiene que ver directamente con el respeto, la conservación y un uso responsable de los recursos £ de tal manera que pueda ser utilizados en el futuro. · La ley en Andalucía propone la sostenibilidad como la base del desarrollo económico de la comunidad, tanto la población, el sector empresarial deben cumplir las leyes de cacería, pesca, manejo de residuos, uso responsable de las fuentes hídricas de manera que sus acciones sean beneficiosas para la protección del medioambiente. @ Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 10