Protección Radiológica Operacional
Ninguno de nuestros sentidos, es capaz de detectar la radiación, esto es un
problema ya que es algo perjudicial para la salud.
A pesar de ellos, utilizamos las radiaciones ionizantes, ya que tienen multitud de
aplicaciones beneficiosas
- Radiodiagnóstico
- Medicina nuclear
Debemos aprender a protegernos de ellas.
La protección radiológica (PR): conjunto de normas para la utilización segura de
las radiaciones ionizantes, cuyo fin es proteger a los individuos, sus descendientes
y la población en su conjunto, frente a los riesgos que derivan su exposición, con
el objetivo de prevenir sus riesgos, y en su caso, solucionar sus efectos.
Objetivos Básicos de la Protección Radiológica
-
Prevenir la aparición de los efectos deterministas, esto se consigue
estableciendo unos limites de dosis que impidan la superación de la
dosis umbral que los caracteriza
-
Limitar la probabilidad de incidencia de los efectos estocásticos, esto se
consigue optimizando los trabajos, de tal manera que las dosis
recibidas sean tan bajas como razonablemente sea posible
La protección radiológica tienes como objetivo prevenir la ocurrencia de efectos
deterministas y liberar la probabilidad de ocurrencia de efectos estocásticos
La protección operacional de los trabajadores expuestos se basa en los siguientes
principios:
-
Evaluación previa de las condiciones laborales: determina la
naturaleza y magnitud del riesgo radiológico
- Clasificación de los lugares de trabajo en diferentes zonas
- evaluación de las dosis anuales
- riesgo de dispersión de la contaminación
- probabilidad y magnitud de exposiciones potenciales
- Clasificación de los trabajadores expuestos
-
Aplicación de las normas y medidas de vigilancia y control,
incluida la vigilancia individual
- Vigilancia sanitaria
Sistema de Protección Radiológica
- ORGANISMOS DE PROTECCIÓN RADIOLOGICA
Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP)
- Se creo en 1928
-
Organismo internacional independiente que elabora recomendaciones
y presta asesoramiento sobre los aspectos relacionados con la
protección frente a las radiaciones ionizantes
-
A partir de estas recomendaciones se establece la reglamentación
normativa por parte del resto de organismos
-
Cinco comités:
- Estudio de los efectos de las exposiciones
- Los limites de dosis
- Protección radiológica en medicina
- Protección radiológica del medio ambiente
-
Aplicación de las medidas de cada una de estas
áreas
Comité Científico de las Naciones Unidas para el Estudio de los Efectos de las Radiaciones Atómicas (UNSCEAR)
- Se creo en 1955
-
Estima niveles y efectos de exposición a radiación ionizante e
informar de ellos
-
Los informes del comité se usan como una base científica para
evaluar los riesgos de la radiación y para establecer medidas de
protección radiológica
- Contribuyen de manera importante del trabajo de ICRP
Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA)
-
Misión: desarrollo de normas y guías, que hayan alcanzado un
consenso internacional, conteniendo las recomendaciones de la
ICRP
-
El consenso es entre países y organizaciones (OMS u
organización internacional del trabajo)
Tratado Euratom (EU)
-
Normativa sobre protección radiológica exigida a los estados
miembros de la UE, realizan la transposición de estas a sus
respectivas legislaciones
Consejo de Seguridad Nuclear (CSN)
-
Único organismo competente en España en materia de seguridad
nuclear y protección radiológica
-
Misión: proteger a los trabajadores, población y medio ambiente
de los efectos nocivos de la radiación, esto hace que las
instalaciones nucleares y radiactivas sean operadas de forma
segura y estableciendo normas de prevención oportunas
Recomendaciones y asesoramiento
basadas en el conocimiento científico
IGRP
UNSCEAR
Realiza estudios epidemiológicos y
emite informes
INTERNATIONAL COMMISSION ON
RADIOLOGICAL PROTECTION
Desarrollo de normas y guías
European
Commission
IAEA
International Atomic Energy Agency
Responsable de la aplicación de la
normativa
CSN
CONSEJO DE
SEGURIDAD NUCLEAR
El sistema de protección radiológica fue propuesto por la ICRP (comisión
internacional de la protección radiológica)
Se basa entra practicas e intervenciones y en la aplicación de diferentes grados de
control a cada uno de los tipos de exposición (ocupacional, medica y del público)
-
PRACTICAS: actividades humanas que incrementan la exposición
o la probabilidad de exposición a las radiaciones ionizantes de
los individuos o grupo de individuos, cada act se vincula a una
fuente emisora de radiación
- debido a la introduzcan nuevas fuentes de radiación
- nuevas vías de exposición
- debido al incremento importante de los individuos afectados
-
INTERVENCIONES: actividades humanas destinadas a reducir la
exposición o la probabilidad de incurrir en exposiciones,
actuando sobre las diversas causas que ocasionan esas
exposiciones
Pueden dirigirse hacia:
- eliminar/reducir la intensidad de las fuentes
- modificar las vías que incrementen la exposición
- reducir/eliminar el número de individuos expuestos
Principios Básicos de la Protección Radiológica
Justificación de Actividades
JUSTIFICACIÓN: se refiere a las actividades (practicas)
- Es el principio que ha de cumplirse de la PR
-
Las act humana a las radiaciones ionizantes deben producir un
beneficio neto positivo, teniendo en cuenta el daño que pueden
implicar la exposición
-
Se basa en un análisis coste-beneficio para demostrar que el
conjunto de prejuicios resultantes es compensado por los
beneficios
-
En caso contrario, no están justificadas y por tanto no deben de
ser autorizadas
detrimento radiológico: prejuicio o daño total que experimenta con el tiempo las
personas como consecuencia de la exposición a la radiación.
Expresado matemáticamente:
B = V - (P +X +Y)
Donde:
B:
beneficio neto resultante de la actividad
V:
valor bruto de la actividad
P
representa los costes de producción
X:
coste de la protección radiológica
coste para la sociedad del detrimento radiológico.
Optimización de la Protección
OPTIMIZACIÓN: se refiere a la protección de los trabajadores
Es el 2º principio de la PR
-
La dosis que se reciban han de ser lo mas bajas que
razonablemente sea posible, teniendo en cuenta las
consideraciones socioeconómicas aplicables
-
Conocido como criterio ALARA: as low as reasonably achievable
Tan bajas como sea razonablemente posible
CRITERIO ALARA: indica que las dosis que se reciban sean lo mas bajas que
razonablemente sea posible
Limitación de Dosis Individual
LIMITACIÓN: se refiere a la dosis individual
-
Indica que las dosis recibidas no deben superar ciertos límites, su
fin es asegurar una protección adecuada de los trabajadores
-
Los límites de dosis representan los valores de la dosis efectiva
(cuerpo entero) y de las dosis equivalentes (diferentes partes)
que no deberían de ser sobrepasados
-
Los limites de dosis recomendados por la ICPR se refieren a la
suma de todas las dosis adquiridas por el individuo respecto a
todas las fuentes de radiación controlables. No deben de tenerse
en cuenta los niveles de radiación natural, no producen una dosis
de unos 2,4 msv al año
-
Constituyen una protección general que se aplica en situaciones
normales, pero no en accidentes o emergencias radiológicas
-
Estos límites están referidos a un año oficial, excepto cuando se
indique otro periodo
-
Se distingue: trabajadores expuestos, estudiantes, miembros del
público y población en conjunto
Trabajadores
expuestos
(TE)
Miembros
del público
Personas en
formación y
estudiantes
Mujeres
gestantes
Organismo
total
100
En 5 años
oficiales
consecutivos
(=50 mSv/año
oficial)
1
>18 años
Limites de TE
16- 18 años
6 mSv
< 16 años
M. público
>18 años
150 mSv
importante
16 - 18 años
Cristalino
150
15
50 mSv
< 16 años
15 mSv
>18 años
500 (1 cm2)
16 - 18 años
Piel
500 (1 cm2)
50 (1 cm2)
150 mSv
< 16 años
50 (1 cm2)
Manos,
antebrazos,
pies y
tobillos
>18 años
500
500
16-18 años
150 mSv
1
Dosis al
feto
Tipos de Exposición Radiológica
-
EXTERNA O INTERNA: en función de donde se encuentre la fuente
irradiante. Externa cuando esta fuera de organismo, interna cuando esta
dentro de el
-
CONTINUA O UNICA:
Continua: prolongada en el tiempo
Única: solo una vez en periodos muy espaciados
-
GLOBAL O PARCIAL:
Global: irradiación de cuerpo entero
-
Parcial: sobre una parte del cuerpo
PLANIFICADA O DE EMERGENCIA:
Planificada: estan previstas y por tanto se pueden tomar
medidas de protección
Emergencia: demandan capacidad de adaptación y toma de
decisiones en cortos periodos de tiempo
Exposicion ocupacional: es la exposicion en el trabajo como consecuencia del uso
de fuentes naturales o artificiales
Este grupo incluye profesionales del diagnostico por imagen, medicina nuclear,
radioterapia, personal de plantas nucleares o industrias en las que exista
tratamiento, extracción o actividad laboral que suponga la presencia de fuentes
naturales de radiacion que produzca aumentos significativos de la exposición de
los trabajadores
No se incluyen las que hayan sido excluidas por la autoridad competente o se
consideren "exentas" del control legislativo establecido
Exposicion medica: es la exposición a las radiaciones de los procedimientos de
diagnostico de tratamiento medico que recibe el paciente
Se incluye la radiacion recibida por las personas acompañantes tras una operación
No se consideran exposiciones medicas las recibidas por el personal tecnico de
las instalaciones medicas, ni la radiacion dispersa procedenre de operaciones de
otras personas
Exposición del público: exposiciones que no están incluidas en las anteriores,
pero que son consecuencia de ellas
También se incluyen las derivadas de fuentes artificiales o naturales que
produzcan una irradiación significativa
-
Exposiciones normales: consecuencia de las actividades que se
desarrollan en una practica
-
Exposiciones potenciales: son las que se producirán en casi de
fallo o accidente de los sistemas de seguridad y protección
Clasificación de las Personas
El reglamento de protección sanitaria contra las radiaciones ionizantes (RPACRI),
clasifica a las personas:
-
En función de los riesgos de exposición a las radiaciones ionizantes
-
Trabajador expuesto: persona que por su trabajo, de modo
habitual u ocasional esta sometida a un riesgo de exposición a
las radiaciones
-
Trabajadores expuestos de categoría A: puedan recibir una dosis efectiva
superior a 6msv por año o una dosis superior a 3/10 de los límites de
dosis equivalente para el cristalino, la piel y extremidades.
-
Trabajadores expuestos de categoría B: muy improbable que reciban dosis
superiores a 6msv por año oficial o a 3/10 de los límites de dosis
equivalente para el cristalino, la piel y extremidades
-
Público: cualquier individuo de la población. Excluidos
trabajadores expuestos y estudiantes (durante horas de trabajo) y
personas sometidas a tratamientos y exposiciones voluntarias
para ayudar a pacientes o investigación médica o biomédica
-
Personas en formación/estudiantes: personas que no siendo TE,
reciben formación para realizar actividades que pudieran implicar
exposición a las radiaciones
- Otras particularidades
No podrá tener la categoría de TE (trabajador expuesto) ninguna persona ninguna
persona menor de 18 años, ni se le asignara un puesto de trabajo implicado a la
exposición de radiaciones, pero si podrá ser considerado como persona en
formación/estudiante.