Documento de Dra. Antonia Ramírez García sobre Los Elementos Curriculares. El Pdf explora el perfil de salida, objetivos, competencias clave y específicas, saberes básicos y metodologías de evaluación, óptimo para estudiantes universitarios.
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El proceso de globalización que afecta a gran parte de nuestra vida en distintos planos: económico, político, lingüístico, etc., ha llegado también al mundo educativo; tradicionalmente, cada Estado era soberano para determinar los principios fundamentales de su sistema educativo, su estructura, el protagonismo de los distintos agentes en la toma de decisiones, ... La incorporación de España a la Unión Europea la han vinculado a una serie de tratados, resoluciones, pactos, etc., que van configurando una nueva forma de entender la educación en nuestro país, ahora ya, en el seno de unas directrices europeas comunes.
Estas directrices europeas han provocado la necesidad de una nueva reforma educativa que, junto a la calidad y la equidad de la educación, encuentra en las competencias el eje rector de la nueva configuración del sistema educativo y del currículo escolar.
Gimeno-Sacristán (2010, p.21) define currículo como:
( ... ) de todo lo que sabemos y es potencialmente enseñable y posible de aprender, el currículum es una selección regulada de los contenidos a enseñar y aprender que, a su vez, regulará la práctica didáctica que se desarrolla durante la escolaridad ( ... ).
En este sentido, el currículo refleja en un documento escrito las necesidades y aspiraciones que una sociedad determinada demanda del sistema educativo. Representa la intención cultural que una sociedad quiere que adquieran sus ciudadanos y ciudadanas. El currículo estructura ese contenido cultural y le da significado psicopedagógico. Es, por tanto, la expresión de lo que una sociedad pretende ser en un futuro.
Para Coll y Martín (2021), el currículo permite establecer el mecanismo de engranaje de los elementos del sistema educativo. Asimismo, define las intenciones educativas, qué y para qué se debe enseñar y aprender, cómo y cuándo se deben organizar los procesos de enseñanza y aprendizaje y de qué manera se va a comprobar que el alumnado ha aprendido.
Esta idea que hemos expresado anteriormente alude a lo formal, al texto escrito, pues como expresa Casarini (2010), además de la formal, existen otras dos dimensiones: el currículo real (definido por la práctica docente en el aula) y el oculto (lo que no se refleja de manera explícita, pero se transmite en el proceso de enseñanza y aprendizaje).
Si nos centramos en el currículo formal, este se desarrolla a partir de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE, 2020) y se refleja en el Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil, el Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, en el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria y en la normativa de cada Administración educativa que las desarrolla y en los documentos de planificación docente de un centro educativo que, en virtud de sus competencias, completa y concreta elementos de la normativa citada anteriormente.
Según Luengo, Hernández-Ortega, Clavijo y Gómez (2021), el nuevo currículo emanado de la LOMLOE (2022) recupera el modelo y la gestión competencial compartida entre las administraciones educativas y el Gobierno, es decir, nos sitúa ante un currículo con un enfoque de progresiva concreción curricular.
El currículo educativo se caracteriza por unos rasgos identificativos que le permiten se adecuación a las diferentes Comunidades Autónomas, a los distintos contextos educativos y a cada alumno o alumna, nos referimos a su carácter abierto o semiabierto. Este carácter abierto del currículo, junto con la autonomía pedagógica de los centros, conlleva una necesaria coordinación de los docentes al objeto de articular de forma coherente el currículo que se va a desarrollar en cada centro, en cada aula, con cada alumno y alumna.
La normativa es clara y establece que:
5. Cuando estas experimentaciones, planes de trabajo o formas de organización puedan afectar a la obtención de títulos académicos o profesionales, deberán ser autorizados expresamente por el Gobierno.
El documento que plasma esta autonomía es el Proyecto Educativo de Centro. Según la LOMLOE (2020), este instrumento:
corresponde a las Administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y alumnas y del profesorado.
Todo esto implica una oportunidad para los centros de renovación e innovación educativa. Para ello es preciso adoptar la planificación curricular como "estrategia, que haga posible el máximo desarrollo de capacidades y aprendizajes de los alumnos" (Rodríguez y Cruz, 2015, p.942). No podemos tampoco olvidar que cada Comunidad Autónoma, en el ejercicio de sus competencias educativas, matiza y complementan el currículo educativo.
Pero la adaptación del currículo al contexto educativo va más allá, mediante la elaboración de la programación docente, en estos momentos nos encontramos ya ante la actuación específica del docente que articula la adaptación del proceso de enseñanza- aprendizaje con referencia a un grupo de alumnos y alumnas específico.
Las Programaciones pueden referirse a varias áreas (trabajo del docente tutor o tutora) o a un solo área (trabajo del profesorado especialista) y en ellas se establecerá una secuencia ordenada de las unidades didácticas o unidades de programación. En este nivel se definen los objetivos y contenidos más concretos, así como las experiencias de enseñanza-aprendizaje y los criterios de evaluación para cada grupo-clase. Algunos autores como López Román llegan a distinguir un cuarto nivel: la adaptación al alumno.
En todo este proceso entran en juego una serie de elementos, nos referimos a los elementos curriculares.
De acuerdo con los Reales Decretos de enseñanzas mínima en Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, el conjunto de objetivos, competencias, contenidos enunciados en forma de saberes básicos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada etapa constituyen el currículo de esta misma.