Pdf de Dirección General de Educación Básica Especial sobre Guía para orientar la intervención de los servicios de apoyo y asesoramiento para la atención de las necesidades educativas especiales SAANEE. El material, un Material de Formación profesional en Educación cívica, detalla el rol del SAANEE en la inclusión educativa, su organización y coordinación con los Programas de Intervención Temprana (PRITE), incluyendo requisitos para la matrícula de estudiantes con discapacidad.
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Guía para orientar la intervención de los servicios de apoyo y asesoramiento para la atención de las necesidades educativas especiales SAANEE
La selección de profesionales que conforman estos equipos esta a cargo de una comisión de evaluación presidida por el Director del CEBE., tres representantes del Consejo Directivo y un representante de los padres de familia integrante del CONEI. Se eleva la propuesta a la UGEL/DRE para la emisión de Resolución Directoral.
Los profesionales que conformen el equipo SAANEE deben de elaborar el Plan de Trabajo del SAANEE, que formará parte de los documentos de Gestión del Centro. Este plan considera acciones para cada uno de los ámbitos de intervención: escuela, familia y comunidad. Algunas de ellas son las siguientes:
Los profesionales que conforman los SAANEE brindan apoyo y asesoramiento a los docentes de las Instituciones Educativas de Básica Regular, Básica Alternativa y Técnico Productivo que atienden en sus aulas a estudiantes con discapacidad leve y moderada y a los Centros de Educación Básica Especial CEBE que brindan atención educativa a estudiantes con discapacidad severa y multidiscapacidad. También coordinan el proceso de inclusión con los Programas de Intervención Temprana-PRITE.
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En el caso que no exista un CEBE en tu localidad, las DRE son las responsables de crear un SAANEE a nivel de UGEL, con la finalidad de orientar la atención de los estudiantes que presenten necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad talento y superdotación. Estos equipos cumplen igualmente una labor itinerante en las provincias y distritos donde no exista un CEBE.
Estos equipos pertenecen directamente en lo técnico pedagógico y en lo administrativo al Área de Gestión Pedagógica de la UGEL y su plan de trabajo formará parte del POA de dicha área.
RECUERDA: El no contar con estos documentos no será impedimento para que los padres de familia puedan matricular a sus hijos que presentan alguna discapacidad en las escuelas de su comunidad.
Denominamos personas con multidiscapacidad a aquellas que tienen una o más discapacidades asociadas, con limitaciones y posibilidades muy específicas. Hay que aclarar que la multidiscapacidad no se trata de una suma de discapacidades (un sordociego no es una suma de sordera y ceguera), sino que tienen características propias consecuencia de dos o más limitaciones.
Es fundamental observar las vías sensoriales que utiliza y sus posibilidades motrices para generar un espacio estimulante y experiencias funcionales que le permitan acceder a conocimientos básicos y útiles para la vida.
Muchas son las causas por las que no hay población con discapacidad severa o multidiscapacidad identificada, pues aún persiste la tendencia a ocultarlos o tener bajas expectativas sobre su escolaridad. Ante esta situación lo que deben de realizar los profesionales del SAANEE es elaborar un Diagnóstico de la Población Oculta, en 88 Dirección General de Educación Básica EspecialGuía para orientar la intervención de los servicios de apoyo y asesoramiento para la atención de las necesidades educativas especiales SAANEE coordinación con los centros de Salud de la Región a la que pertenecen para detectar e identificar a los niños con discapacidad severa que han sido registrados en el área neonatal o por la trabajadora social de dicho centro.
La podemos definir como la dificultad o imposibilidad que tiene una persona de realizar sus actividades cotidianas, requerimiento del apoyo o cuidados de una tercera persona y que no logra superar las barreras del entorno.
Libro: Discapacidad - Risolidaria http://www.educared.cl/images/ficheros/articulos/10855/libroriscl_discap.pdf
La condición de discapacidad severa y multidiscapacidad será determinada por el certificado médico otorgado por el centro de salud, la seguridad social o el que haga sus veces.
Los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad severa y multidiscapacidad ya establecida, deben ser matriculados en el CEBE a la más temprana edad para estimular y desarrollar sus potencialidades al máximo.
Si los estudiantes provienen de un PRITE, se le ubicará de acuerdo a su edad en el nivel que le corresponda para continuar con su atención en forma escolarizada.
La Ley General de Educación Nº 28044, señala la necesidad de currículos básicos, comunes a todo el país, articulados entre los diferentes niveles y modalidades. En este sentido, se presenta el Diseño Curricular Nacional el cual responde a esta necesidad, y guarda coherencia con los principios y fines de la educación peruana, con el Proyecto Educativo Nacional al 2021 y las exigencias del mundo moderno a la educación. El Currículo Nacional, producto de la articulación y reajuste de los currículos vigentes al 2005 en los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, señala los "Propósitos de la Educación Básica Regular al 2021" que las instituciones educativas a nivel nacional deben garantizar, en resultados concretos a la sociedad.
La evaluación psicopedagógica en el CEBE será responsabilidad del SAANEE y la docente de aula con la participación de la familia, quienes en conjunto podrán redefinir las metas, estrategias y/o actividades en función a las potencialidades, habilidades o limitaciones halladas durante el proceso de aprendizaje.
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Como sabemos el PRITE brinda atención no escolarizada e individualizada a niños menores de 6 años con discapacidad o en riesgo de adquirirla, a cargo de un equipo de profesionales; son ellos los responsables de realizar la Evaluación Psicopedagógica, el Informe Psicopedagógico especificando las necesidades detectadas, así como el Plan de Orientación Individual de cada uno de sus niños.
El equipo SAANEE debe de coordinar de manera directa con el equipo de profesionales del PRITE para impulsar el proceso de inclusión educativa, familiar y social de los niños con discapacidad.
El equipo SAANEE en coordinación con el equipo interdisciplinario del PRITE debe de realizar de manera conjunta: campañas de prevención, detección oportuna y captación de niños menores de 5 años.
En el caso que en tu jurisdicción no existiera un Programa de Intervención Temprana, los niños y niñas menores de 6 años que presentan necesidades educativas asociadas a discapacidad leve o moderada, pueden asistir a los programas escolarizados o no escolarizados de la educación básica inicial ( como PRONOEI , cunas, alberges, etc.) y solicitar apoyo al SAANEE del CEBE mas cercano a tu localidad para evaluar y dar una respuesta educativa acorde a las necesidades de tus niños. Cuando el niño este en edad de ser incluido a una institución educativa será el SAANEE el responsable de elaborar los documentos necesario para promover esta inclusión.
Si el niño presenta NEE asociadas a discapacidad leve o moderada deberá ser incluido a una institución educativa de la básica regular, básica alternativa y/o técnico productivo; para iniciar su escolaridad en el nivel inicial o primario, según describa su POI e Informe psicopedagógico.
Si el niño que esta siendo atendido en el PRITE presenta NEE asociadas a discapacidad severa deberá de ser incluido en el CEBE mas cercano.
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La atención que brindan es individualizada, en sesiones de trabajo con el niño/niña en presencia del padre, madre o quien haga sus veces, a quien se capacita para asegurar la continuidad de la atención en el domicilio.
La evaluación psicopedagógica esta a cargo del equipo interdisciplinario que labora en los Programas de Intervención Temprana - PRITE.
Los niños menores de 5 años que llegan a los Programas de Intervención Temprana, luego de la evaluación psicopedagógica y la emisión del informe se pueden observar las situaciones siguientes:
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