Diapositivas de Unitec sobre Introducción al estudio del derecho. El Pdf, un material de estudio universitario de Derecho, aborda las fuentes del derecho, distinguiendo entre formales, reales e históricas, con un enfoque en el proceso legislativo y jurisprudencial.
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UNIDAD IV. Fuentes del derecho
UNITEC
Presentación de la unidad.
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Objetivos.
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4.I. Concepto de fuente y clasificación.
5
4.2.Distinción entre fuentes formales, reales e históricas.
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4.3.Fuentes formales.
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4.3.I.Proceso legislativo.
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4.3.2.Proceso jurisprudencial.
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4.3.3.Proceso reglamentario.
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4.3.4.Proceso consuetudinario.
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4.4.Fuentes reales
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4.5.Fuentes históricas.
21
4.6.Otras fuentes ..
22
Para saber más ....
24
Cierre de la unidad
25
Fuentes de consulta
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TemarioUNITEC
4. Fuentes del derecho
¡Bienvenido a la unidad 1V!
Durante esta cuarta unidad tendrás oportunidad de estudiar y conocer las diversas fuentes del derecho,
formales, históricas y reales, así al importancia y trascendencia de las mismas. Se analizarán las diversas fuentes
del derecho, como las condiciones, procedimientos o modos por medio de los cuales se crea y se concreta. Se les
llama fuentes porque se ve como una analogía respecto del lugar donde nace o brota el agua, que es una fuente.
Te invito a estudiar estos contenidos de manera profunda y, ante cualquier duda, contactar a tu profesor a través
del área de mensajes.
"Estudiar no es un acto de consumir ideas, sino de crearlas y recrearlas" Paulo Freire.
¡Éxito en esta cuarta unidad!
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Objetivos
.
Al término de esta unidad lograrás:
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4.1. Concepto de fuente y
clasificación
propiedad de mayte m. caro
Son factores que el hombre toma en cuenta para crear el derecho, de esta forma las fuentes del derecho nos permite
identificar de donde surgen las normas jurídicas, existen tres principales fuentes del derecho: Eduardo García Máynez
señala que "en la terminología jurídica la palabra fuente tiene tres acepciones que es necesario distinguir con cuidado.
Cuando nos referimos a las fuentes del derecho, tenemos que hacer mención que fuente significa "de donde emana algo",
y atendiendo a esa fuente podemos dar como concepto de fuentes del derecho, que es el origen o contribuye a la creación
de las normas jurídicas de un Estado.
Las principales fuentes del derecho son:
a) Formales: Son todos aquellos procesos de creación de las normas jurídicas, ya que a través de ellos se conoce en qué
condiciones una norma jurídica es válida y obligatoria. Es el derecho Codificado, para muchos juristas, son la legislación,
la jurisprudencia, la costumbre y los principios generales del derecho.
b) Reales: Son todos aquellos hechos, acontecimientos, circunstancias de tipo social, político, cultural,
económico que
tiene como consecuencia la creación de una norma jurídica, es decir, que los hechos y actos del hombre contribuyen a la
creación del derecho (ejemplo, el Código penal no penalizaba la tala de arboles, la conducta reiterada de hacerlo, tuvo
como consecuencia que se sancionara).
c) Históricas: Son todos los acontecimientos, documentos, vestigios que en su momento contenían una norma o ley
jurídica y que le sirve al legislador para crear nuevas leyes. (papiros, Código de Hammurabi, el Código Napoleónico, la
Declaración de los Derechos Humanos).
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4.2. Distinción entre fuentes
formales, reales e históricas
RES . PUBLICA
ROMANA
sage
Las fuentes formales: Son los diversos procesos de creación de la ley (proceso legislativo), la jurisprudencia (con la
interpretación y consideraciones integradoras de la autoridad judicial, proceso jurisprudencial), la doctrina, (proceso
reglamentario), y la costumbre (uso reiterado y constante de la colectividad). Por lo que los procesos de creación de
dichas leyes constituyen la fuente formal del derecho, es decir, la ley.
Las fuentes históricas: Son todas aquellas normas que rigieron en el pasado y que perdieron su vigencia, ya sea por ser
abrogadas o derogadas. Por ejemplo, el Código Napoleónico, La constitución de Cádiz, la Constitución de 1857, son
todos aquellos que sirvieron para crear nuevos ordenamientos jurídicos.
Fuentes reales: Son todos los acontecimientos dados en el mundo material de la realidad que fomentan la creación de
normas que prohíban, limiten o permitan las conductas humanas. Por ejemplo el cambio climático, la contaminación, la
globalización, la tecnología, etc.
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4.3. Fuente formal
LA LEY
Fuentes formales: son los procedimientos o modos establecidos por una determinada sociedad para crear su propio
derecho. Este tipo de fuentes están compuestas por legislación, costumbre y jurisprudencia, asimismo, se encuentran
determinadas por situaciones reales, en el caso de la legislación, las necesidades económicas, seguridad y el bien común
que deben regularse son un ejemplo. Estas fuentes se consideran instrumentales, ya que pretenden saber cuándo y en qué
condiciones una norma jurídica es válida y obligatoria.
Las fuentes formales también pueden denominarse procesos de creación de las normas jurídicas; éstas son instrumentales,
"[ ... ] pues a través de ellas se pretende saber cuándo y en qué condiciones una norma jurídica es válida y obligatoria para
una sociedad determinada" (Pereznieto, 2012, p. 310). Tradicionalmente, la legislación, la jurisprudencia y la costumbre
son consideradas como fuentes formales en nuestro sistema jurídico. En nuestro país, el proceso de creación del derecho
se encuentra previsto y regulado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De manera indirecta, en el
último párrafo del artículo 14 constitucional, se establece la prelación de las fuentes formales del derecho ... "
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4.3.1. Proceso legislativo
1911
CAMARA
DE DIPUTADOS
Artículo 14 "[ ... ] En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación
jurídica dela ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho" (CPEUM, 2016, p. 14).
Los procesos que surgen a partir de las fuentes formales del derecho corresponden a los siguientes:
Artículo 14 "[ ... ] En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación
jurídica dela ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho" (CPEUM, 2016, p. 14).
1. Proceso Legislativo: En los países de derecho escrito, la legislación es la más importante de las fuentes formales. Ésta
presupone, a su vez, un proceso de creación, el cual es: "El proceso por el cual uno o varios órganos del Estado
formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se da el nombre específico de
leyes" (García, 1996, p. 52). Es importante distinguir, entonces, que la ley no es la fuente formal, sino el resultado de
la actividad legislativa. En el proceso legislativo federal intervienen los Poderes Legislativo y Ejecutivo. Este proceso
comprende varias etapas (García, 1996):
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4.3.1. Proceso legislativo
INICIATIVA CIUDADANA
LEY GENERAL DE
AGUAS
04/FEBRERO/2020
AGUA
PARA TODOS
Agua para la vida
1. Iniciativa: Acto por el cual determinados órganos del Estado someten a consideración del Congreso un proyecto de
ley (CPEUM, art. 71). Compete a:
2. Discusión: Acto mediante el cual las Cámaras deliberan acerca de las iniciativas, a fin de determinar si deben o no ser
aprobadas. A la Cámara en donde inicialmente se discute un proyecto de ley se le denomina Cámara de origen; a la otra,
revisora.
3. Aprobación: Acto mediante el cual las Cámaras aceptan un proyecto de ley, ésta puede ser total o parcial.
4. Sanción: Aceptación de una iniciativa por el Poder Ejecutivo, es un acto posterior a la aprobación del proyecto por
parte de las Cámaras. El derecho de veto implica la negativa de la presidencia a sancionar un proyecto ya admitido por el
Congreso.
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4.3.1. Proceso legislativo
INICIATIVA CIUDADANA
LEY GENERAL DE
AGUAS
04/FEBRERO/2020
AGUA
PARA TODOS
Agua para la vida
5. Publicación: Acto por el cual la ley ya aprobada y sancionada se da a conocer a quienes deben cumplirla. Esto se hace
en el Diario Oficial de la Federación, y en diarios o gacetas oficiales de los estados si se trata de leyes locales.
6. Iniciación de la vigencia: El lapso comprendido entre el momento de la publicación y aquél en que la norma entra en
vigor se denomina vacatio legis, término durante el cual se supone que los destinatarios de una norma estarán en
condiciones de conocerla. Concluido el lapso, la norma es obligatoria.
Las etapas en el proceso legislativo descrito son invariables; es decir, aunque con peculiaridades propias, toda ley, para
serlo, deberá transitar por todas y cada una de dichas etapas. Una de las peculiaridades posibles es que, en el caso de leyes
locales, serán el Poder Legislativo y Ejecutivo locales quienes intervengan.
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4.3.2. Proceso Jurisprudencial
El proceso jurisprudencial. La palabra jurisprudencia tiene dos acepciones distintas. En una de ellas equivale a ciencia del
derecho o teoría del orden jurídico positivo. En la otra designa el conjunto de principios y doctrinas contenidos en las
decisiones de los tribunales. Es fuente formal del derecho ante las lagunas de la ley. Cuando el texto legal es obscuro o
dudoso, la jurisprudencia implica una labor de creación jurídica, al precisarse el alcance y sentido de la ley se introducen
nuevos elementos que vienen a vitalizar y enriquecer el ordenamiento jurídico.
El artículo 192 de la Ley de Amparo establece que "Las resoluciones constituirán jurisprudencia, siempre que lo resuelto
en ellas se sustenten en cinco sentencias ejecutorias ininterrumpidas por otra en contrario, que hayan sido aprobadas por
lo menos por ocho ministros si se tratara de jurisprudencia del pleno, o por cuatro ministros, en los casos de
jurisprudencia de las salas. Las resoluciones de los Tribunales Colegiados de Circuito constituyen jurisprudencia siempre
que lo resuelto en ellas se sustente en cinco sentencias no interrumpidas por otra en contrario, y que hayan sido
aprobadas por unanimidad de votos de los magistrados que integran cada tribunal colegiado.
Para entender el proceso jurisprudencial, partiremos explicando que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es
la cabeza del Poder Judicial de la Federación, que se compone de los siguientes órganos (Gamboa, 2007).
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