Elementos del Tipo Objetivo
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upcomillas es
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TEMA 3 - TIPICIDAD (II)
LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD Y LA
IMPUTACIÓN OBJETIVA DEL RESULTADOELEMENTOS DEL TIPO OBJETIVO
- Delitos de acción (no omisiones):
- Aquellos que se cometen mediante un hacer o comportamiento positivo
. Movimiento corporal ejecutado de manera consciente y sin estar condicionado
físicamente de manera necesaria.
- Delitos de resultado:
- Resultado naturalístico: modificación del mundo exterior perceptible por los
sentidos
- Necesidad de un nexo entre la acción y el resultado para que el sujeto
responda por el delito consumado: relación de causalidad
- El resultado ha de haber sido causado por esa acción
- Relación de causalidad e imputación objetiva del resultado
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Teorías de la Relación de Causalidad
RELACIÓN DE CAUSALIDAD: TEORÍAS
- Teoría de la equivalencia de las condiciones
- Teoría de la adecuación
- Teoría de la relevancia típica
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Teoría de la Equivalencia de las Condiciones
Teoría de la equivalencia de las condiciones
- Concepto lógico-científico de causa: toda condición necesaria
para la producción del resultado es causa del mismo (todas las
condiciones tienen el mismo valor causal)
- Procedimiento: fórmula de la conditio sine qua non o de la supresión
mental:
- Si suprimida mentalmente una acción, desaparece el resultado, entonces la
acción es causa del resultado.
- Críticas:
- Concepto desmedido de causa: remisión ad infinitum (es causa del delito de
adulterio el carpintero que fabricó la cama; del delito de asesinato, sus
ascendientes, etc.)
- Cuestiones problemáticas cuando la relación científico natural no es tan
evidente
- Iván empuja levemente a Ana que cae a un estanque y a consecuencia de ello
contrae una pulmonía. Resulta que Ana tiene bronquitis crónica, por lo que es
ingresada. Se declara un incendio en la clínica y Ana muere
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Casos Problemáticos de Causalidad
- Antón, asesino a sueldo, va a matar a Clara. Un segundo antes de que esto se
produzca, Javier dispara a Clara:
- Si eliminamos la acción de Javier, no se elimina el resultado. No podemos
afirmar la relación de K entre el disparo de Javier y la muerte de Clara, y
tampoco respecto del asesino a sueldo, por cuanto no lleva a cabo acción
alguna
- Supuesto de causalidad hipotética: en la hipótesis de que no se hubiera
realizado el curso causal que efectivamente ha causado el resultado (disparo
de Javier), surge la alternativa de otro curso causal que hubiera producido de
igual modo el mismo resultado (disparo de Antón).
- Jose y Teresa, independientemente el uno de la otra, ponen en el cafe de Manuel,
0.1 gr. de matarratas. Ambos quieren matar a Manuel. Únicamente por la suma de
las dos dosis muere Manuel.
- Eliminada la acción de cualquiera de los dos se elimina el resultado, por lo
tanto sí son causales.
- Causalidad cumulativa (o concurrente): intervención concurrente de dos o
más factores de posible eficacia causal sobre un mismo resultado, cuyos
efectos se unen o potencian. El resultado se produce por la suma de las dos
acciones
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- Como en el caso anterior con la única diferencia de que 0.1 gr. de veneno son mortales y
las dos dosis producen la muerte de Manuel al mismo tiempo
- Eliminada la acción de cualquiera de los dos se sigue produciendo el resultado, luego
no son causales
- Causalidad alternativa: la conjunción de diversas acciones o factores produce el
resultado, pero cada una de ellas por separado lo hubiera producido exactamente igual
- Antonia ataca a su marido Benito golpeándole 3 veces con una paellera y se va, dejándolo
sólo y malherido. Al rato llega Cristina, la hija, y golpea un par de veces con la paellera
sobre la cabeza de Benito. Posteriormente aparece Antonia y vuelve a golpear a Benito.
Antonia y Cristina actúan con total independencia la una de la otra. No se puede
determinar qué golpe ha causado la muerte de Benito.
- No sabemos que causa hay que eliminar para eliminar el resultado, por lo tanto todas y
ninguna son causa: in dubio pro reo
- Curso causal no verificable: supuestos en que se produce un resultado por las distintas
acciones reiteradas que múltiples personas han tenido con un mismo factor. No es
posible conocer la totalidad del curso causal
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Correcciones a la Teoría de la Equivalencia
- Intentos de corrección:
- Correctivo de la "interrupción del curso causal" o de la "prohibición de
regreso":
- Si después de una acción dolosa o imprudente, entre esa acción y el ulterior
resultado lesivo, se interpone el comportamiento doloso o imprudente de un
tercero, este comportamiento interrumpe el curso causal
- Correctivo de la culpabilidad o correctivo subjetivo:
- Si aun siendo el sujeto causa del resultado no concurren dolo ni imprudencia, no
habrá responsabilidad penal
- Correctivo de comprobación de la causalidad atendiendo al tal como en
efecto se produjo
- Alicia mata de un disparo a Juan a las 9 horas, quien a su vez había sido
envenenado por Beatriz, de forma que la muerte por envenenamiento se habría
producido en todo caso a las 9:05. ¿ Quien es condición del resultado?
- Alicia, porque si suprimo mentalmente su acción, el resultado muerte no desaparece
en abstracto, pero si la muerte tal como en concreto se produjo (a las 9 de la mañana
y a consecuencia de un disparo)
. Beatriz no habría condicionado la muerte (sólo tentativa de asesinato) pues
suprimiendo su acción el resultado concreto no desaparece
- Problemas: introducción de criterios valorativos, no siempre precisos, para
resolver una cuestión fáctica
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Teoría de la Adecuación
Teoría de la adecuación
- Sólo es causa del resultado aquella conducta que, conforme a la
experiencia, es generalmente apropiada o adecuada para producir el
resultado tal como en concreto se produjo
- Supuestos de causalidad hipotética (Antón, asesino a sueldo, va a matar a
Clara. Un segundo antes de que esto se produzca, Javier dispara a Clara)
- El disparo de Javier Clara es adecuado para causar la muerte, luego hay K
- Supuestos de causalidad cumulativa (las dosis de 0.1 gr. de veneno de
Teresa y José no son mortales y sólo la suma de las dos dosis produce la
muerte de Manuel)
- Ninguno de los sujetos que pone la dosis insuficiente de veneno en el vaso habría
causado el resultado típico
- Supuestos de causalidad alternativa (las dosis de 0.1 gr. de veneno de
Teresa y José son mortales por separado y las dos dosis producen la muerte
de Manuel al mismo tiempo)
- Ambas aportaciones de veneno son adecuadas para causar la muerte, luego ambas
son causales
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Formación del Juicio de Adecuación
- Formación del juicio de adecuación:
- La adecuación se determina a través de un juicio de probabilidad
- Es probable lo que objetivamente es previsible para el hombre medio diligente
situado en la posición del autor y con sus conocimientos:
- Fernando, con intención de matar a Javier, le paga un billete de avión, con el deseo de
que el avión se estrelle. El avión se estrella porque hay un atentado en el que un
terrorista suicida hace estallar una bomba en pleno vuelo:
- ¿ Financiar a otro un vuelo es generalmente apropiado para producir la muerte?
- ¿ Y si Fernando hubiera sabido, siquiera por azar, que en el avión había un
terrorista con una bomba?
. En ese caso, como el autor sabe que en el avión hay una bomba, la acción sí
sería adecuada
- La concatenación objetiva de los acontecimientos en el mundo exterior es la
misma: comprar un billete a otro con la esperanza de que se estrelle y muera.
- Problema de indeterminación
- ¿ Con qué grado de probabilidad podemos afirmar que una acción es causa
adecuada de un resultado?
- La existencia de una relación de K (concatenación físico-natural entre dos
acontecimientos) no se puede hacer depender de un dato subjetivo como lo es el
conocimiento o no conocimiento que pueda tener un sujeto de determinada
circunstancia
- La concatenación objetiva es la que es y no puede dejar de serlo por un elemento
puramente intelectual
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Teoría de la Relevancia Típica
Teoría de la relevancia típica
- Necesidad de distinguir entre:
- La determinación de la causalidad
- Teoría de la equivalencia de las condiciones
- La relevancia de la causa para el Derecho penal:
- No toda condición del resultado es causa del mismo, sólo aquella que tiene
relevancia jurídica - criterios jurídicos
- Necesidad de afirmar la relación de causalidad + la relevancia jurídica
del nexo causal
- ¿ Cuándo es relevante el nexo causal?
- Cuando así se deduce de una interpretación conforme a sentido de los
tipos (cada tipo penal indica implicitamente que nexos causales tienen
relevancia jurídico-penal): requisito normativo
- Dificultad de discernir a partir de los tipos cuáles son los cursos causales
que se deben calificar de relevantes
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Recapitulación de Teorías Causales
Recapitulación
- La teoría causal idónea es la teoría de la equivalencia de las
condiciones
- Verificación del nexo conforme a leyes naturales, entendiendo el resultado
en su forma más concreta e incluyendo todos los eslabones intermedios
- El problema de la amplitud del concepto de causa no es tal si se
admite que la relación de causalidad no agota los requisitos para
responsabilizar de una conducta
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La Imputación Objetiva del Resultado
LA IMPUTACIÓN OBJETIVA DEL RESULTADO
- Punto de partida: distinción entre la relación de causalidad y la
imputación objetiva
- Un sujeto sólo responderá de un resultado causado por su acción
cuando dicho resultado pueda imputarse objetivamente a la acción del
sujeto:
- Relación de causalidad:
determinante de la conexión causal entre
comportamientos y resultados
- Juicio fáctico de conexión
- Cuestión de hecho
- Imputación objetiva: determinante de la responsabilidad jurídica por el
comportamiento y su eventual resultado
- Juicio jurídico de atribución
- Cuestión de interpretación del tipo penal
- Precisa los criterios normativos extraídos del sentido y función
del tipo que no precisó la teoría de la relevancia típica
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Contenido de la Imputación Objetiva
Contenido de la IO
- Finalidad de la imputación objetiva: indicar las circunstancias que hacen
de una causación una acción típica
- Definición-Fórmula:
- Un resultado causado por una acción humana -en el sentido de la teoría
de la condición- sólo es objetivamente imputable cuando dicha acción ha
creado un riesgo juridicamente desaprobado para el bien jurídico que se ha
realizado en el resultado típico
- Creación de un riesgo jurídicamente desaprobado, típicamente relevante (o
superación del riesgo permitido):
- En el caso en el que Fernando paga el pasaje de avión de Javier con la esperanza de que el
avión se estrelle y muera, aunque finalmente se materialice, no habría imputación
objetiva porque falta la creación de un riesgo juridicamente relevante para la vida
- Realización de ese riesgo en el resultado concreto
- En el caso del disparo con ánimo de matar que hiere levemente a la víctima, muriendo
esta por el incendio del hospital si se ha creado un peligro no permitido de matar, pero en
el incendio del hospital no se realiza el peligro que parte de la acción juridicamente
desaprobada de disparar
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