Tipicidad: relación de causalidad e imputación objetiva del resultado

Diapositivas de la Universidad Pontificia Icai Icade Comillas Madrid sobre Tipicidad (ii) la Relación de Causalidad y la Imputación Objetiva Del Resultado. El Pdf, destinado a estudiantes universitarios de Derecho, explora los elementos del tipo objetivo y la relevancia de la conducta de la víctima, con casos prácticos y un enfoque esquemático.

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26 páginas

TEMA 3 TIPICIDAD (II)
LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD Y LA
IMPUTACIÓN OBJETIVA DEL RESULTADO
ELEMENTOS DEL TIPO OBJETIVO
Delitos de acción (no omisiones):
Aquellos que se cometen mediante un hacer o comportamiento positivo
Movimiento corporal ejecutado de manera consciente y sin estar condicionado
físicamente de manera necesaria.
Delitos de resultado:
Resultado naturalístico: modificación del mundo exterior perceptible por los
sentidos
Necesidad de un nexo entre la acción y el resultado para que el sujeto
responda por el delito consumado: relación de causalidad
El resultado ha de haber sido causado por esa acción
Relación de causalidad e imputación objetiva del resultado
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Elementos del Tipo Objetivo

MIVE ERSITAS UNIVERSIDAD COM PONTIFICIA PONTIFICIA ICADE ICAI COMILLAS M A D R I D upcomillas es upcomillas es TEMA 3 - TIPICIDAD (II) LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD Y LA IMPUTACIÓN OBJETIVA DEL RESULTADOELEMENTOS DEL TIPO OBJETIVO

  • Delitos de acción (no omisiones):
    • Aquellos que se cometen mediante un hacer o comportamiento positivo . Movimiento corporal ejecutado de manera consciente y sin estar condicionado físicamente de manera necesaria.
  • Delitos de resultado:
    • Resultado naturalístico: modificación del mundo exterior perceptible por los sentidos
    • Necesidad de un nexo entre la acción y el resultado para que el sujeto responda por el delito consumado: relación de causalidad
    • El resultado ha de haber sido causado por esa acción
    • Relación de causalidad e imputación objetiva del resultado 2

Teorías de la Relación de Causalidad

RELACIÓN DE CAUSALIDAD: TEORÍAS

  • Teoría de la equivalencia de las condiciones
  • Teoría de la adecuación
  • Teoría de la relevancia típica 3

Teoría de la Equivalencia de las Condiciones

Teoría de la equivalencia de las condiciones

  • Concepto lógico-científico de causa: toda condición necesaria para la producción del resultado es causa del mismo (todas las condiciones tienen el mismo valor causal)
  • Procedimiento: fórmula de la conditio sine qua non o de la supresión mental:
    • Si suprimida mentalmente una acción, desaparece el resultado, entonces la acción es causa del resultado.
  • Críticas:
    • Concepto desmedido de causa: remisión ad infinitum (es causa del delito de adulterio el carpintero que fabricó la cama; del delito de asesinato, sus ascendientes, etc.)
    • Cuestiones problemáticas cuando la relación científico natural no es tan evidente
    • Iván empuja levemente a Ana que cae a un estanque y a consecuencia de ello contrae una pulmonía. Resulta que Ana tiene bronquitis crónica, por lo que es ingresada. Se declara un incendio en la clínica y Ana muere 4

Casos Problemáticos de Causalidad

  1. Antón, asesino a sueldo, va a matar a Clara. Un segundo antes de que esto se produzca, Javier dispara a Clara:
    • Si eliminamos la acción de Javier, no se elimina el resultado. No podemos afirmar la relación de K entre el disparo de Javier y la muerte de Clara, y tampoco respecto del asesino a sueldo, por cuanto no lleva a cabo acción alguna
    • Supuesto de causalidad hipotética: en la hipótesis de que no se hubiera realizado el curso causal que efectivamente ha causado el resultado (disparo de Javier), surge la alternativa de otro curso causal que hubiera producido de igual modo el mismo resultado (disparo de Antón).
  2. Jose y Teresa, independientemente el uno de la otra, ponen en el cafe de Manuel, 0.1 gr. de matarratas. Ambos quieren matar a Manuel. Únicamente por la suma de las dos dosis muere Manuel.
    • Eliminada la acción de cualquiera de los dos se elimina el resultado, por lo tanto sí son causales.
    • Causalidad cumulativa (o concurrente): intervención concurrente de dos o más factores de posible eficacia causal sobre un mismo resultado, cuyos efectos se unen o potencian. El resultado se produce por la suma de las dos acciones 5
  3. Como en el caso anterior con la única diferencia de que 0.1 gr. de veneno son mortales y las dos dosis producen la muerte de Manuel al mismo tiempo
    • Eliminada la acción de cualquiera de los dos se sigue produciendo el resultado, luego no son causales
    • Causalidad alternativa: la conjunción de diversas acciones o factores produce el resultado, pero cada una de ellas por separado lo hubiera producido exactamente igual
  4. Antonia ataca a su marido Benito golpeándole 3 veces con una paellera y se va, dejándolo sólo y malherido. Al rato llega Cristina, la hija, y golpea un par de veces con la paellera sobre la cabeza de Benito. Posteriormente aparece Antonia y vuelve a golpear a Benito. Antonia y Cristina actúan con total independencia la una de la otra. No se puede determinar qué golpe ha causado la muerte de Benito.
    • No sabemos que causa hay que eliminar para eliminar el resultado, por lo tanto todas y ninguna son causa: in dubio pro reo
    • Curso causal no verificable: supuestos en que se produce un resultado por las distintas acciones reiteradas que múltiples personas han tenido con un mismo factor. No es posible conocer la totalidad del curso causal 6

Correcciones a la Teoría de la Equivalencia

  • Intentos de corrección:
    • Correctivo de la "interrupción del curso causal" o de la "prohibición de regreso":
      • Si después de una acción dolosa o imprudente, entre esa acción y el ulterior resultado lesivo, se interpone el comportamiento doloso o imprudente de un tercero, este comportamiento interrumpe el curso causal
    • Correctivo de la culpabilidad o correctivo subjetivo:
      • Si aun siendo el sujeto causa del resultado no concurren dolo ni imprudencia, no habrá responsabilidad penal
    • Correctivo de comprobación de la causalidad atendiendo al tal como en efecto se produjo
      • Alicia mata de un disparo a Juan a las 9 horas, quien a su vez había sido envenenado por Beatriz, de forma que la muerte por envenenamiento se habría producido en todo caso a las 9:05. ¿ Quien es condición del resultado?
      • Alicia, porque si suprimo mentalmente su acción, el resultado muerte no desaparece en abstracto, pero si la muerte tal como en concreto se produjo (a las 9 de la mañana y a consecuencia de un disparo) . Beatriz no habría condicionado la muerte (sólo tentativa de asesinato) pues suprimiendo su acción el resultado concreto no desaparece
    • Problemas: introducción de criterios valorativos, no siempre precisos, para resolver una cuestión fáctica 7

Teoría de la Adecuación

Teoría de la adecuación

  • Sólo es causa del resultado aquella conducta que, conforme a la experiencia, es generalmente apropiada o adecuada para producir el resultado tal como en concreto se produjo
  • Supuestos de causalidad hipotética (Antón, asesino a sueldo, va a matar a Clara. Un segundo antes de que esto se produzca, Javier dispara a Clara)
    • El disparo de Javier Clara es adecuado para causar la muerte, luego hay K
  • Supuestos de causalidad cumulativa (las dosis de 0.1 gr. de veneno de Teresa y José no son mortales y sólo la suma de las dos dosis produce la muerte de Manuel)
    • Ninguno de los sujetos que pone la dosis insuficiente de veneno en el vaso habría causado el resultado típico
  • Supuestos de causalidad alternativa (las dosis de 0.1 gr. de veneno de Teresa y José son mortales por separado y las dos dosis producen la muerte de Manuel al mismo tiempo)
    • Ambas aportaciones de veneno son adecuadas para causar la muerte, luego ambas son causales 8

Formación del Juicio de Adecuación

  • Formación del juicio de adecuación:
    • La adecuación se determina a través de un juicio de probabilidad
    • Es probable lo que objetivamente es previsible para el hombre medio diligente situado en la posición del autor y con sus conocimientos:
      • Fernando, con intención de matar a Javier, le paga un billete de avión, con el deseo de que el avión se estrelle. El avión se estrella porque hay un atentado en el que un terrorista suicida hace estallar una bomba en pleno vuelo:
      • ¿ Financiar a otro un vuelo es generalmente apropiado para producir la muerte?
      • ¿ Y si Fernando hubiera sabido, siquiera por azar, que en el avión había un terrorista con una bomba? . En ese caso, como el autor sabe que en el avión hay una bomba, la acción sí sería adecuada
    • La concatenación objetiva de los acontecimientos en el mundo exterior es la misma: comprar un billete a otro con la esperanza de que se estrelle y muera.
    • Problema de indeterminación
      • ¿ Con qué grado de probabilidad podemos afirmar que una acción es causa adecuada de un resultado?
      • La existencia de una relación de K (concatenación físico-natural entre dos acontecimientos) no se puede hacer depender de un dato subjetivo como lo es el conocimiento o no conocimiento que pueda tener un sujeto de determinada circunstancia
      • La concatenación objetiva es la que es y no puede dejar de serlo por un elemento puramente intelectual 9

Teoría de la Relevancia Típica

Teoría de la relevancia típica

  • Necesidad de distinguir entre:
    • La determinación de la causalidad
    • Teoría de la equivalencia de las condiciones
    • La relevancia de la causa para el Derecho penal:
      • No toda condición del resultado es causa del mismo, sólo aquella que tiene relevancia jurídica - criterios jurídicos
    • Necesidad de afirmar la relación de causalidad + la relevancia jurídica del nexo causal
    • ¿ Cuándo es relevante el nexo causal?
      • Cuando así se deduce de una interpretación conforme a sentido de los tipos (cada tipo penal indica implicitamente que nexos causales tienen relevancia jurídico-penal): requisito normativo
      • Dificultad de discernir a partir de los tipos cuáles son los cursos causales que se deben calificar de relevantes 10

Recapitulación de Teorías Causales

Recapitulación

  • La teoría causal idónea es la teoría de la equivalencia de las condiciones
  • Verificación del nexo conforme a leyes naturales, entendiendo el resultado en su forma más concreta e incluyendo todos los eslabones intermedios
  • El problema de la amplitud del concepto de causa no es tal si se admite que la relación de causalidad no agota los requisitos para responsabilizar de una conducta 11

La Imputación Objetiva del Resultado

LA IMPUTACIÓN OBJETIVA DEL RESULTADO

  • Punto de partida: distinción entre la relación de causalidad y la imputación objetiva
  • Un sujeto sólo responderá de un resultado causado por su acción cuando dicho resultado pueda imputarse objetivamente a la acción del sujeto:
    • Relación de causalidad: determinante de la conexión causal entre comportamientos y resultados
    • Juicio fáctico de conexión
    • Cuestión de hecho
    • Imputación objetiva: determinante de la responsabilidad jurídica por el comportamiento y su eventual resultado
    • Juicio jurídico de atribución
    • Cuestión de interpretación del tipo penal
    • Precisa los criterios normativos extraídos del sentido y función del tipo que no precisó la teoría de la relevancia típica 12

Contenido de la Imputación Objetiva

Contenido de la IO

  • Finalidad de la imputación objetiva: indicar las circunstancias que hacen de una causación una acción típica
  • Definición-Fórmula:
    • Un resultado causado por una acción humana -en el sentido de la teoría de la condición- sólo es objetivamente imputable cuando dicha acción ha creado un riesgo juridicamente desaprobado para el bien jurídico que se ha realizado en el resultado típico
  • Creación de un riesgo jurídicamente desaprobado, típicamente relevante (o superación del riesgo permitido):
    • En el caso en el que Fernando paga el pasaje de avión de Javier con la esperanza de que el avión se estrelle y muera, aunque finalmente se materialice, no habría imputación objetiva porque falta la creación de un riesgo juridicamente relevante para la vida
  • Realización de ese riesgo en el resultado concreto
    • En el caso del disparo con ánimo de matar que hiere levemente a la víctima, muriendo esta por el incendio del hospital si se ha creado un peligro no permitido de matar, pero en el incendio del hospital no se realiza el peligro que parte de la acción juridicamente desaprobada de disparar 13

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