Salud Laboral: Más Vale Prevenir que Curar, Apuntes

Documento de Formación profesional sobre Salud Laboral: Más Vale Prevenir que Curar. El Pdf explora la salud y seguridad en el trabajo, cubriendo la prevención de riesgos y enfermedades profesionales, con un caso práctico y definiciones clave en Derecho.

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UNIDAD DE TRABAJO 1: SALUD LABORAL. “MÁS VALE PREVENIR QUE
CURAR”
INDICE:
1. EL TRABAJO Y LA SALUD.
2. CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
3. ¿QUÉ DAÑOS SE PUEDEN SUFRIR EN EL TRABAJO?
4. MARCO JURÍDICO DE LA PREVENCIÓN.
4.1. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
4.2. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA PLANTILLA.
4.3. LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA EN MATERIA DE PREVENCIÓN.
EL CASO DE LORENA:
Lorena ha comenzado a trabajar en un laboratorio de diagnóstico clínico. El laboratorio esta poco iluminado,
los espacios para moverse son muy reducidos y hay bastante desorden (trozos de gasa en el suelo, jeringuillas
usadas sobre la mesa y botes con productos químicos por todos los sitios, algunos sin etiquetar).
Elena, su jefa, le indica el lugar donde se guardan las correspondientes fichas de seguridad de los productos
químicos que va a utilizar, para que consulte los riesgos a los que puede estar expuesta. Le enseña el sitio donde
están los guantes de látex, las mascarillas y otras prendas de protección personal y le advierte de que debe tener
mucha precaución con objetos punzantes o cortantes contaminados y de que siempre deberá llevar la bata
limpia y calzado adecuado.
Transcurridos unos meses, Lorena empieza a sentir molestias en la espalda, ya que tiene que estar mucho tiempo
en la misma postura inclinada sobre su mesa de trabajo, está muy saturada de trabajo y apenas puede
descansar.
A pesar de todo, Lorena adora su trabajo porque le permite desarrollar sus habilidades, el resto de la plantilla
es encantadora y es el trabajo que siempre ha querido realizar. Aunque, últimamente está teniendo problemas
con la jefa, Elena, puesto que juzga su trabajo de manera ofensiva y la ridiculiza delante del resto. Hoy le ha
gritado sin motivo y muy decepcionada, se ha marchado a casa nerviosa. Desgraciadamente, por el camino ha
sufrido un accidente de tráfico que le ha producido graves lesiones.
1. EL TRABAJO Y LA SALUD
El trabajo es una actividad necesaria para poder satisfacer las necesidades del ser humano. El desempeño de
toda actividad laboral comporta la exposición de quien trabaja a riesgos derivados del trabajo. Unas condiciones
de trabajo adecuadas suponen una garantía para la seguridad y la salud de toda la plantilla.
Tradicionalmente se entendía la salud como la ausencia de enfermedades o incapacidades.
De esta definición podemos sacar una triple dimensión, ya que incluye, además de la salud física y mental, el
aspecto social. El desequilibrio o la perdida de cualquiera de estos factores implican el quebranto de la salud.
Repercusiones del trabajo en la salud:
Repercusión positiva: cuando contribuye al bienestar físico, psíquico y social.
Repercusión negativa: cuando las condiciones de trabajo no son las adecuadas para desempeñarlo,
pudiendo originar riesgos que causan daños a la salud (accidentes laborales, enfermedades, etc.).
La primera norma española para proteger la salud de los trabajadores es la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900, que tenía como objeto
la limitación de la jornada laboral, la prohibición de trabajos a menores, etc.
2 . CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. (Art. 4 LPRL)
Es necesario conocer una serie de conceptos básicos en materia de seguridad y salud. Principalmente son tres:
Ø PREVENCIÓN: conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de
la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
Ø RIESGO LABORAL: es la posibilidad de que quienes trabajan sufran un determinado daño derivado del
trabajo.
o Para valorar los riesgos laborales tiene que tenerse en cuenta la probabilidad de que se produzca un daño
y la severidad/gravedad o consecuencias del mismo.
Probabilidad
Baja
Media
Alta
Severidad
Ligeramente
dañina
Dañina
Extremadamente dañina
Ø DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO: son las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u
ocasión del trabajo.
Salud
Física
Funcionamiento correcto del
conjunto de las células, tejidos
y órganos.
Psíquica
Equilibrio intelectual y
emocional.
Social
Bienestar de la persona en
sus relaciones sociales.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece un concepto más amplio.
Salud: <<Estado de bienestar físico, mental y social completo, y no solamente la ausencia
enfermedades>>.

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Índice de Salud Laboral

  1. EL TRABAJO Y LA SALUD.
  2. CONCEPTOS BÁSICOS SOBRE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
  3. ¿QUÉ DAÑOS SE PUEDEN SUFRIR EN EL TRABAJO?
  4. MARCO JURÍDICO DE LA PREVENCIÓN.

Obligaciones y Derechos en Prevención

  1. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
  2. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA PLANTILLA.
  3. LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA EN MATERIA DE PREVENCIÓN.

El Caso de Lorena

Lorena ha comenzado a trabajar en un laboratorio de diagnóstico clínico. El laboratorio esta poco iluminado, los espacios para moverse son muy reducidos y hay bastante desorden (trozos de gasa en el suelo, jeringuillas usadas sobre la mesa y botes con productos químicos por todos los sitios, algunos sin etiquetar).

Elena, su jefa, le indica el lugar donde se guardan las correspondientes fichas de seguridad de los productos químicos que va a utilizar, para que consulte los riesgos a los que puede estar expuesta. Le enseña el sitio donde están los guantes de látex, las mascarillas y otras prendas de protección personal y le advierte de que debe tener mucha precaución con objetos punzantes o cortantes contaminados y de que siempre deberá llevar la bata limpia y calzado adecuado.

Transcurridos unos meses, Lorena empieza a sentir molestias en la espalda, ya que tiene que estar mucho tiempo en la misma postura inclinada sobre su mesa de trabajo, está muy saturada de trabajo y apenas puede descansar.

A pesar de todo, Lorena adora su trabajo porque le permite desarrollar sus habilidades, el resto de la plantilla es encantadora y es el trabajo que siempre ha querido realizar. Aunque, últimamente está teniendo problemas con la jefa, Elena, puesto que juzga su trabajo de manera ofensiva y la ridiculiza delante del resto. Hoy le ha gritado sin motivo y muy decepcionada, se ha marchado a casa nerviosa. Desgraciadamente, por el camino ha sufrido un accidente de tráfico que le ha producido graves lesiones.

El Trabajo y la Salud

El trabajo es una actividad necesaria para poder satisfacer las necesidades del ser humano. El desempeño de toda actividad laboral comporta la exposición de quien trabaja a riesgos derivados del trabajo. Unas condiciones de trabajo adecuadas suponen una garantía para la seguridad y la salud de toda la plantilla.Tradicionalmente se entendía la salud como la ausencia de enfermedades o incapacidades.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece un concepto más amplio.

Salud: << Estado de bienestar físico, mental y social completo, y no solamente la ausencia enfermedades>>.

De esta definición podemos sacar una triple dimensión, ya que incluye, además de la salud física y mental, el aspecto social. El desequilibrio o la perdida de cualquiera de estos factores implican el quebranto de la salud.

Dimensiones de la Salud

Física Funcionamiento correcto del conjunto de las células, tejidos y órganos.

Salud Psíquica Equilibrio intelectual y emocional.

Social Bienestar de la persona en sus relaciones sociales.

Repercusiones del Trabajo en la Salud

  • Repercusión positiva: cuando contribuye al bienestar físico, psíquico y social.
  • Repercusión negativa: cuando las condiciones de trabajo no son las adecuadas para desempeñarlo, pudiendo originar riesgos que causan daños a la salud (accidentes laborales, enfermedades, etc.).

La primera norma española para proteger la salud de los trabajadores es la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900, que tenía como objeto la limitación de la jornada laboral, la prohibición de trabajos a menores, etc.

Conceptos Básicos sobre la Prevención de Riesgos Laborales (Art. 4 LPRL)

Es necesario conocer una serie de conceptos básicos en materia de seguridad y salud. Principalmente son tres:

  • PREVENCIÓN: conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
  • RIESGO LABORAL: es la posibilidad de que quienes trabajan sufran un determinado daño derivado del trabajo.

Valoración de Riesgos Laborales

  • Para valorar los riesgos laborales tiene que tenerse en cuenta la probabilidad de que se produzca un daño y la severidad/gravedad o consecuencias del mismo.

Probabilidad Baja Media Alta

Severidad Ligeramente dañina Dañina Extremadamente dañina

  • DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO: son las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

Relación entre Prevención, Riesgos y Daños

PREVENCIÓN Evita RIESGOS Producen DAÑOS

Los riesgos laborales a los que puede estar expuesto quien trabaja en su centro de trabajo dependen de las condiciones en las que preste sus servicios.

Condición de trabajo es cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del/la trabajad@r.

Las podemos clasificar en función de los siguientes grupos:

Clasificación de Condiciones de Trabajo y Daños

Condiciones De Seguridad Daños Características de los Lugares De Trabajo Equipos De Trabajo · Espacios de trabajo, locales • Maquinaria • Herramientas • Equipos de transporte • Accidentes (golpes, cortes, lesiones oculares, atrapamiento, caídas) Daños Agentes Físicos A. Químicos A. Biológicos • Ruido. • Temperatura, calor, frio o humedad. · Vibraciones. • Hongos. • Gusanos. Condiciones Ergonómicas Daños Carga Física de trabajo Carga Mental de trabajo • Posturas. • Cantidad de información utilizada. • Fatiga · Manipulación de cargas. · Envejecimiento Prematuro • Esfuerzos físicos. • Rapidez en la toma de decisiones. • Responsabilidad. · Depresión, insomnio,problemas digestivos, sobrecarga muscular ... • TME. Condiciones Psicosociales Daños Factores Psicosociales · Organización del trabajo (ritmo de trabajo, turnos, falta de descanso, mala organización, falta de autonomía, trabajos repetitivos, estilo de mando, comunicación, etc.) • Características personales: motivación, perfeccionamiento, percepción del riesgo, etc. • Insatisfacción • Mobbing • Burnout • Depresión, estrés • Enfermedades Profesionales (lesiones auditivas, fatiga visual, cefalea, resfriado, golpe de calor, esterilidad) • Protozoos. • Iluminación. • Radiaciones. • Sustancias y preparados químicos. • Virus. • Bacterias. Instalaciones de trabajo, por ejemplo, eléctricas. • Escaleras, orden, limpieza ... Condiciones Medioambientales/Higiénicas

Caso Práctico 1: Ana en la Carpintería

Ana trabaja en una carpintería con sierras, taladros, afiladoras, cuchillas, lijadoras, encoladoras, etcétera. Además, cada vez que viene un camión con maderas o cualquier otro material, tiene que descargarlas y almacenarlas para usos futuros. El local siempre está sucio, desordenado con polvo y con herramientasesparcidas por todos los sitios. La madera puede tener astillas que además de un corte, pueden provocar una infección. Realiza una clasificación de las condiciones de trabajo de Ana que pueden suponer un riesgo para su salud.

Actividades

  1. Enumera qué condiciones de trabajo pueden ocasionar riesgos laborales en tu sector profesional.
  2. Localiza el Convenio Colectivo aplicable a tu sector profesional e indica si establece alguna disposición en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  3. ¿ Qué ocurre en el caso de Lorena? ¿ Cuáles son los riesgos?

Daños Derivados del Trabajo

Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, son daños derivados del trabajo << las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo>>.

Son la consecuencia de los riesgos presentes en el entorno de trabajo. Es la materialización del riesgo. Podemos hacer la siguiente clasificación:

  • Patologías específicas: existe una relación directa entre el daño y la actividad laboral.
    • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Patologías inespecíficas: el daño esta relacionado con el trabajo, pero en su aparición pueden haber influido factores no laborales.
    • La fatiga física y mental.
    • La insatisfacción laboral.
    • El estrés.
    • El envejecimiento prematuro.
  • Patologías emergentes: son "nuevos daños" son provocados por una serie de circunstancias abiertas y complejas de analizar.
    • El acoso en el trabajo.

El síndrome del quemado.

Accidentes de Trabajo (AT)

Definición Legal de Accidente de Trabajo

DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL. La Ley General de Seguridad Social establece su definición:

<< Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena>>

Tres serían los elementos básicos:

  • Lesión corporal. No solo la lesión física, sino tambien la lesión psíquica o mental.
  • Trabajo por cuenta ajena.
  • Relación de causalidad entre el trabajo y lesión. Se origina en el trabajo y ser consecuencia de este, existe una relación directa entre causa-efecto, trabajo-lesión.

Otros Supuestos de Accidentes de Trabajo

  • Los que sufra al desempeñar cargos electos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o volver del lugar en que se ejerciten estas funciones.
  • Los ocurridos al realizar tareas distintas a las que de su grupo profesional, en cumplimiento de las ordenes de su empresario.
  • Accidente de trabajo en misión, se producen en los desplazamientos para cumplir órdenes del empresario o los requerimientos y las funciones del puesto de trabajo.
  • Los ocurridos en acto de salvamento u otros de naturaleza análoga, cuando tengan conexión con el trabajo.
  • Las enfermedades no incluidas en el cuadro de enfermedades profesionales (RD 1299/2006).
  • Accidentes debidos a imprudencias profesionales como consecuencia del exceso de confianza de la persona trabajadora en la realización de la tarea.
  • Los que sufra el trabajador al ir o volver de su puesto de trabajo (in itinere).

Requisitos para Accidentes In Itinere

  • El trayecto desde el domicilio al lugar del trabajo o viceversa debe ser el normal y habitual, aunque no sea el más corto.
  • La finalidad principal y directa del viaje tiene que estar determinada por el trabajo.
  • El accidente debe producirse dentro del tiempo prudencial que normalmente se invierte en el trayecto, y sin desviaciones que no sean normales y obedezcan a motivos de interés particular.
  • El trayecto debe realizarse con un medio normal y racional de transporte, bien de carácter público o privado, incluso a pie.

La casuística en estos casos es infinita, hay que estar atento a las sentencias del Tribunal Supremo, pues crean jurisprudencia pudiendo ser utilizadas en casos posteriores. (Artículo de El País sobre transporte habitual).

Casos de Accidentes de Trabajo

No son AT Los ocurridos por dolo o imprudencia temeraria de la persona trabajadora Desobedecer la orden de utilizar arnés de seguridad y sufra una caída desde el andamio en el que estaba trabajando

Son AT Los accidentes que ocurren en tiempo y lugar de trabajo Un infarto que ocurre cuando se esta trabajando, se considera AT

Ampliación del Accidente de Trabajo

Una sentencia del Tribunal Supremo ha modificado la noción de «accidente in itínere» ampliando notable- mente su alcance. La decisión estima como accidente laboral el producido en la noche del domingo en el desplazamiento de un trabajador desde el domicilio familiar en León, donde descansa habitualmente los fines de semana, hasta Almazán (Soria), donde vive durante los días laborales.

Hasta este momento, el alto tribunal rechazaba cali- ficar como laborales este tipo de siniestros, al consi- derar que falla en ellos el elemento teleológico, pues la finalidad principal de tales viajes no es el trabajo, sino la estancia con la familia. Tampoco concurre el cronológico, al tener lugar en un momento que no se puede considerar próximo al comienzo del trabajo.

Sin embargo, «la realidad social» hace necesario re- visar «criterios anteriores más estrictos».

La evolución de las nuevas formas de organización del trabajo y la distribución de este en el hogar familiar es- tán imponiendo unas exigencias de movilidad territo- rial que obligan a los trabajadores a ajustes continuos en el lugar del trabajo, ajustes que no siempre pueden traducirse en un cambio de domicilio y que tienen en muchos casos un carácter temporal, explica la sala.

Ello determina que, si se quiere respetar la voluntad del legislador para delimitar el punto de partida o re- torno del lugar de trabajo, pueda estarse tanto en el domicilio del trabajador en sentido estricto como en su residencia habitual a efectos del trabajo.

El Supremo estima que el lugar del que parte el tra- bajador (León) puede considerarse como «su domi- cilio», aunque por razones de trabajo la residencia se haya trasladado temporalmente a otro lugar, pero existe un elemento intencional en el trabajador de querer continuar residiendo en ese lugar. De ahí que aprecie la concurrencia de los elementos definitorios del «accidente in itínere»: el elemento teleológico, porque el fin del viaje lo determina el trabajo; y el elemento cronológico, porque aunque el accidente haya sido a las 21.15 del domingo, cuando el trabajo comienza a las 8.00 del lunes, lo cierto es que el viaje desde el domicilio del trabajador hasta su residencia habitual a aquella hora obedece a la necesidad de descansar para trabajar al día siguiente.

Fuente: El País J. Manuel Díaz Arias

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