Diapositivas de I.e.s Juan de Mairena sobre Recepción y Logística CD. El Pdf detalla la clasificación de residuos en el ámbito clínico-dental, abordando categorías como residuos sanitarios, biosanitarios y citotóxicos, y presenta criterios de evaluación para la organización de actividades y la gestión de residuos. Este material de Formación profesional es útil para la formación en higiene bucodental.
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San Sebastián de los Reyes Recepción y Logística CD UT7-Residuos CD CURSO 2024/2025 LAURA ANDRÉS DELGADO landresdelgado@educa.madrid.org
Resultado de Aprendizaje 1: Organiza las actividades de la clínica y unidad de salud bucodental, analizando la carga de trabajo.
RA1: 10 % TOTAL módulo Prueba objetiva 80% (8%) Actividades 20% (2%)
De forma general, la clasificación de los residuos se realiza en base a cuatro criterios:
No peligrosos PELIGROSOS
RESIDUOS SANITARIOS NO PELIGROSOS Clase I. Residuos Generales Clase II. Residuos Sanitarios Asimilables a Urbanos Clase IV. Residuos de medicamentos citotóxicos v citostáticos Clase IV Cadáveres y restos humanos de entidad suficiente Clase V. Residuos Químicos Residuos generados como consecuencia de actividades no sanitarias desarrolladas en los centros (mantenimiento instalaciones, cocina, actividades administrativas ... Clase VI. Residuos Industriales Peligrosos Clase VI Residuos citotóxicos Residuos propios de la actividad sanitaria Clase VII Residuos contaminados por sustancias radioactivas https://www.comunidad.madrid/servicios/ur banismo-medio-ambiente/residuos- biosanitarios-citotoxicos#panel-64342 RESIDUOS SANITARIOS PELIGROSOS Clase III. Residuos Biosanitarios Específicos
Consejería de Presidencia Comunidad de Madrid Decreto 83/1999, de 3 de junio
DECRETO 83/1999, de 3 de junio, por el que se regulan las actividades de producción y de gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos en la Comunidad de Madrid. (1)
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, y modificada en último lugar por la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, en su artículo 27.7 atribuye a la Comunidad de Madrid la competencia de desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria, y la ejecución en materia de protección del medio ambiente, sin perjuicio de la facultad de la Comunidad de Madrid de establecer normas adicionales de protección.
En ejercicio de esta competencia, la Comunidad de Madrid aprobó el Decreto 61/1994, de 9 de junio, sobre gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos. El objeto de este DecretoWind Ve a Configuració era cubrir el vacío legal existente en relación con la gestión de estos residuos.
1 .- BOCM 14 de junio de 1999. Corrección de errores BOCM 1 de julio de 1999.
El texto reproducido incorpora las modificaciones efectuadas por:
1
Artículo 2 .- Glosario de términos 1. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente, los términos empleados en este Decreto tendrán el significado que se les atribuye en el artículo 3 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
2. A los efectos de esta norma, se entiende por: a) Residuos sanitarios: Todos los residuos, cualquiera que sea su estado, generados en centros sanitarios, incluidos los envases, y residuos de envases, que los contengan o los hayan contenido. b) Centro sanitario
Artículo 2 .- Glosario de términos 1. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente, los términos empleados en este Decreto tendrán el significado que se les atribuye en el artículo 3 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
2. A los efectos de esta norma, se entiende por: a) Residuos sanitarios: Todos los residuos, cualquiera que sea su estado, generados en centros sanitarios, incluidos los envases, y residuos de envases, que los contengan o los hayan contenido.
b) Centro sanitario: Cualquier instalación o establecimiento en el que, de forma temporal o permanente, se desarrolle alguna de las siguientes actividades de atención a la salud humana o de carácter veterinario:
Activa
c) Residuos biosanitarios: Residuos sanitarios específicos de la actividad sanitaria propiamente dicha, potencialmente contaminados con sustancias biológicas al haber 2 Consejería de Presidencia Comunidad de Madrid Decreto 83/1999, de 3 de junio entrado en contacto con pacientes o líquidos biológicos.
d) Residuos citotóxicos: Residuos compuestos por restos de medicamentos citotóxicos y todo material que haya estado en contacto con ellos, que presentan riesgos carcinogénicos, mutagénicos o teratogénicos.
ENVASE vs CONTENEDOR
c) Residuos biosanitarios: Residuos sanitarios específicos de la actividad sanitaria propiamente dicha, potencialmente contaminados con sustancias biológicas al haber 2 Consejería de Presidencia Comunidad de Madrid Decreto 83/1999, de 3 de junio entrado en contacto con pacientes o líquidos biológicos.
d) Residuos citotóxicos: Residuos compuestos por restos de medicamentos citotóxicos y todo material que haya estado en contacto con ellos, que presentan riesgos carcinogénicos, mutagénicos o teratogénicos.
e) Envase: Recipiente en el que se acumulan directamente residuos, es decir, que está en contacto directo con los mismos.
Activar W Ve a Configu
f) Contenedor: Recipiente en el que se acumulan envases con residuos, o residuos de envases, sin que exista contacto directo entre los residuos y el contenedor, salvo en caso de rotura o impermeabilidad insuficiente del envase.
g) Depósito intermedio: La acumulación temporal de envases con residuos, o residuos de envases, en el centro sanitario, a la espera de su evacuación a otra zona del mismo. También tendrá esta consideración la estancia o zona del centro sanitario donde se realiza dicho depósito.
h) Depósito final: La acumulación temporal de residuos en el centro productor, con carácter previo a las operaciones de gestión. También tendrá esta consideración la estancia o zona del centro sanitario donde se realiza el mismo.
i) Transporte: El desplazamiento de los residuos desde un único punto de origen, constituido por las instalaciones de un productor o un gestor, hasta un único punto de destino.
CLASES I Generales II Biosanitarios asimilables a urbanos III Biosanitarios especiales IV Cadáveres y restos humanos de entidad (Policía Sanitaria Mortuoria ... ) V Químicos (Ley Básica de Residuos Tóxicos) VI Citotóxicos VII Radiactivos (RD ENRESA)
Artículo 4 .- Ámbito de aplicación 1. Quedan sometidos a lo establecido en este Decreto las actividades de producción o gestión de residuos de las clases II, III y VI que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
2. Se excluyen del ámbito de aplicación de este Decreto las actividades de producción y gestión de:
a) Residuos de las Clases I, IV, V y VII, definidas en el artículo 3. b) Escorias y cenizas procedentes de la incineración de residuos en los centros sanitarios.
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GRUPO CLASE III BIOSANITARIOS ESPECIALES
CM SaludMadrid Hospital Universitario La Paz w Cemanidad de Madrid CLASIFICACIÓN RESIDUOS SANITARIOS ferrovial servicios
CLASEI - RESIDUOS GENERALES Cartón, papel, material de oficinas, cocinas Bares, talleres, jardineria.
CLASE II - RESIDUOS ASIMILABLES A URBANOS Material de curas, yesos, guantes, ropas y material de un solo uso manchado con sangre, secreciones y/o excreciones.
CLASE III - RESIDUOS BIOSANITARIOS CORTANTES Y PUNZANTES Agujas hipodermicas, hojas de bisturi, lancetas, capilares, portaobjetos, cubreobjetos, pipetas Pasteur, articulos de cristal rotos si han estado en contacto con material biológico. Se efiquelan como residuos biosanitarios
CLASE III - RESIDUOS BIOSANITARIOS ESPECIALES
CLASE V - RESIDUOS QUÍMICOS DISOLVENTES HALOGENADOS: * Con an utiquele capee Líquidos Orgánicos con un contenido en cloro superior al 1 %. Ejemplos: Cloroformo, cloruro de metileno, Telracloroetileno, Dicloroetano, tetracloruro Líquidos orgánicos inflamables con contenido en cloro inferior al 1 %. Ejemplos: Etanol, butanol, formol, tolueno, xilol, xileno, acetona, propanol, metanol, Soluciones alcohólicas de colorantes, mezclas acético-metanol, etc. de carbono, elc. AGUAS DE LABORATORIO; " Con su etiquein especifica LÍQUIDOS RADIOGRÁFICOS: Revelador y fijador. REACTIVOS DE LABORATORIO: " Con tu etiqueta especifica Productos reactivos que no deben mezclarse con el resto de grupos. Se generan en limpiezas de laboratorios, almacén, etc. Siempre deben mantenerse en sus envases originales identificados y bien cerrados sin posibilidad de pérdida, antes de introducirlos en algún contenedor. Ejemplos: Reactivos quimicos puros, reactivos caducados, etc. MEDICAMENTOS CADUCADOS: * Con su etiqueta específica Medicamentos caducados o que no vayan a usarse y sea necesario desprenderse de ellos. Ejemplos: Pastillas, jarabes, cremas, etc. ENVASES VACÍOS CONTAMINADOS: " Con su etiqueta espectina Recipientes vacios que hayan contenido sustancias peligrosas. PLACAS RADIOGRÁFICAS: * Con su etiqueta especifica Placas y radiografias fuera de uso. Envases VIDRIO Envases PLÁSTICO RESTOS ANATÓMICOS EN FORMOL: Restos anatómicos conservados en formol. CLASE VI - RESIDUOS CITOTÓXICOS O CITOSTÁTICOS Restos de medicamentos cilotóxicos no aptos para el uso terapeutico (viales caducados, jeringuillas con medicamentos), material cortante y/o punzante utilizado en la preparación o administración de estos medicamentos y material de un solo uso que haya estado en contacto con los medicamentos (Tubuladores, botellas de suero, viales vacios, jeringuillas, etc.). EN CASO DE INCIDENCIA Para cualquier aclaración deban dirigirse a la Sección de RSC en la dirección de correo teléfono 91.207.15.06 mpasi @nahunt madrid.ning o al Soluciones de desecho de autoanalizadores: Mezclas de soluciones de reactivos químicos, disolventes orgánicos y acuosos, etc. DISOLVENTES NO HALOGENADOS: