Documento de Uc.cl sobre La Fijación del Derecho. El Pdf, un conjunto de apuntes manuscritos de Derecho, explora las fuentes del Derecho Canónico y las teorías filosóficas de Hegel y Marx, con un enfoque en la dialéctica y la lucha de clases. Es un recurso útil para estudiantes universitarios de Derecho.
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Correo ayudante : ugartlabrin@uc. cl Profesor Enrique López y Profesor Jean Menanteau
> Extremadamente puntual
antes la fuente Ponerlo por escrito Dialógos Platón V Mayéutica Costumbre Fund. de Roma Las fuentes del derecho estaban en la costumbre Mores mais um (costumbre de los mayores) L Fijación 12 tablas D° Común Dº Natural Racional (Positivo > Codificación) D' Común 1 D° Romano - D° Canónico D° Fevolal Conservado por la Iglesia luego de la caida del Imp. Romano D° Romano * Clásico * Vulgar D° Canónico Do Común 7492 D° Feudal (Lombardia) 1 D° Germánico > Do Visigodo Código Penal Chileno Do Medieval11/03/2024 Pr. Jean B. Menanteau
> del D° común La Matrimonio, y sus impedimentos Canon V En la Norma Hurgia Ley Concilio > Reunión de las altas autoridades de la Iglesia Normas acordadas Cánones Fue la principal fuente del Derecho Canónico
1er periodo 7 S. 5. 1-IV - Inicios de la religión, construcción de la Iglesia - El foco era logiar sobrevivir como religion , comprendiendo la persecución a los cristianos
a) Los evangelios · Mateo Donde se ordena a Pedro comenzar la Iglesia, donde Pedro asume la cabeza de la Iglesia. Deriva a la jeras quización de la Iglesia. b) Hechos de los apóstoles > " "Leyes mosaicos San Pablo dice que no se deben cumplir tales requisitos para ser cristiano c) Cartas de San Pablo Se empieza la organización básica de la Iglesia, con las Fuentes existentes
a) Didaché Pseudo - Apostólicos (Generación Inmediata a lo apóstolos pros * Encontrado en Sitra Primeras normas que regular S. I. I 1 EconómicosSI-I b) Didascalia Apostolorum c) Tradición de San Hipólito 20%
· 313: El Edicto de Milán promulgado por Constantinol, permite la lib. de culto. Los cristianos dejan de ser perseguidos. · 380: Edicto de Tesalónica, promulgado declara el cristianismo como religión por el oficial Emperador Teodosio 1 del Imperio.
a) Emanon conones b) Pueden ser ecumenicos o regionales La universal, toda la iglesia
a) Cartas, respuestas del Sumo Pontificio a civiles o religioso
a) La iglesia católica toma varias práticas de este Do b) En el momento, el D° Romano era la perfec. c) Aún así, el D° Romano regulaba aspectos edesiastico Ej: Código de Justiniano, trataba aspectos religiosos No había una clara separación del Estado - Iglesia d) > Colonis roman; (Color Romano) > Tras la caída del 1. Romano de Occidente, la Iglesia preserva la tradición romana. la vida y conducta de los primeros cristianose) El de canónico, tambien hace un aporte al D° Romano. Suavizandolo. Ej: Esclavidad; Matrimonia, relación entre cónyuges, se suaviza la dote, se establece cierta igualdad entre personas.
La Podría ser "eventualmente" obras epigonales Estas agregar cierta doctrina b) Pueden ser clasificados; cronológica 0 sis. temática. Podíon ser regionales. c) Ej: Recopilación hispánica; recopila los concílios 0 de cretales de la Hispania. > Generalmente estas eran públicas. Un cuerpo fijador debe ser público. d) Podíon ser Vigentes por autoritas 0 potestas.
al Documento que estable peca do y su penitencia correlativo.
a) Doc. falsos, que justifi- caban el poder terrenal de la iglesia.
3 er periodo XII - XV · Comienza la construcción del Corpus Furis Cononici Tera universidades; Boloña, Salamanca, Oxford. Empieza el estudio más sistematizade del Derecho · Reencuentro con las técnicos
a) Agrupación de material, que zado es orga-· Papa; autoridad indiscutida de la iglesia Decreto de Graciano NO ES UNA DECRETAL La Abogado, profesor y menje Lamaldulense Aprox. 1140 La S. XII La Enseñaba teología b) Escribe la "Obra concordante de los cánones inconcordantes · En esta época, el argumento 0 religioso. era muy fuerte. c) Recopilo concilios, canones, de autoridad y los dist. documentos que eran parte del D° conómico. · Epoca de gran actividad de la Iglesia, d) A partir de ahí, entre go por tanto, sus argumentos para la selección con fin de armo- hizor. "Dicta Gratiani, Immediato "La desición Graciani" de L Singular e) Lo hizo de manera respetuosa 11 Bonifacio VI " Liber sexto"Dicta Gratiani" en las Decreto de Gracia + Liber extra: 5 libros · Libro de Clemente, recopila las de- cretales de Papas anteriores en las "Clementinas · La escuela de cretalista Decretales e) Crea derecho, selecciono fuentes, sistematiza por 1era vez el derecho. > Las extravagantel (Doc. Privado) F) Es más que un mero texto jurídico Recopila las decretales de los Papas. 9) Biblia, lemones, caciler es, decre. tales. les frag. padres iglesia , · Decretales de Gregorio I "Liber extra del Decreto de Graciano f) Apoya sus selecciones autoritates de miembros Iglesia. (¿Quién asistío a tal concilio? ¿ Es más válido esta fuente?) Ly 1er abogado que esta en el cielo según la Divina Comedia a) Existía un evidente desorden "desastre", no existía Un Sistemah) Surge la escuela de- cretista, que estudia el Decreto de Graciano
alSe compuso con el Decreto de Graciano + Libro de Gregoria + Libro de Bonifacio + Libro de Clemente. b) Estuvo vigente hasta el 1917 hasta la creación del "Código Pio Benectino XI c) Fue escrito por "Pietro Gaspari"12/03/2024 Pr. Enrique Lopez
Creación, desarrollo, y extinción (derogación)de las normas jurídicas (ordenamiento jurídico). Estudio del proceso, mediante comparación. Ejemplos: Actual ley de Delitos Sexuales donde se deroga el adulterio. También aquella clasificación de hijos legítimos e ilegítimos. Ley de vagancia.
· Personas naturales: (El sujeto es la persona, ya no más el hombre) Concepto de persona Boecio (524): Sustancia individual de naturaleza racional. Sustancia-> Grecia, se sostiene, sustantivo. Naturaleza racional establece la diferencia con los animales. La racionalidad conlleva la responsabilidad. Menores tienen la potencia de la racionalidad. Imputabilidad- > Se le pueden imputar delitos (cod. Civil art. 10) ->Ley de responsabilidad penal juvenil Persona natural cod civil art 55: Som personas todos los individuos de la especie humana cualquiera sea su edad, su sexo, estirpe (procedencia), o condición. Divísense en chilenos y extranjeros. La def de persona otorgada por Bello, proviene de la definición de Boecio. En donde ambos, repiten el término individuo. Donde se establece la unidad. Extrajo material de los códigos de Luisiana, el código civil napoleónico de 1804, las 12 tablas, las 7 partidas. -> Napoleon utiliza los ideales de la Revolución, principalmente en el código de comercio. -> Está definición de persona, establece la igualdad ante la ley. Principio e ideal de la revolución.
· Personas jurídicas (art 545 código civil): Se llama persona jurídica; una persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada de manera judicial y extrajudicialmente. -> A. Alesandri Rodríguez; define a la persona jurídica como "abstracción". Creada por las personas naturales. El Estado es la gran persona jurídica. Podemos incluir empresas, partidos políticos, instituciones, etc.Stato-> Maquiavelo. · En la edad moderna, podemos hablar de las "ciudades-estado" Estado: Territorio delimitado por fronteras, donde una autoridad ejerce la autoridad, en donde vive población. En donde la soberanía reside en la nación. Deberíamos entender el conjunto de nación, como un todo sucesivo, no un instantáneo. Cómo una formación sociológica. -> M. Góngora: El estado de chile creo la nación chilena.
Aristóteles-> La constitución de Atenas, primeros antecedentes en la materia. San Isidoro de Sevilla-> Escribió una historia d elos visigodos. San Gregorio de Tuls-> Historia de los Francos. Clodoveo, rey de los Francos. Julio Cesar-> Historia de la Galia. Tácito-> La Germanía. Establecía la sucesión por muerte. La historia del Derecho tiene sus orígenes en el teórico alemán Savignj. Quien crea la asignatura de Historia del Derecho y también la revista de Historia del derecho. Para la época Chile Todos los pueblos tienen un espíritu común, que los diferencia de todos los demás; VOLKGESIT. Este espíritu se manifieste de forma estética, política, y en este caso jurídica. La base jurídica está en los costumbres, que es lo que refleja el sentido. El derecho primero, por tanto, es algo consuetudinario. Por tanto, es el legislador lo que el pueblo practica. Ej. En la Monarquía Romano, no hay derecho escrito. Hay costumbres provenientes de los patricios, quienes practicaban la costumbre. Esta costumbre es escrita, es la primera fijación de la historia. El teórico alemán era contrario a la codificación en la Alemania, ya que esto significaba rigidez en la práctica del derecho. Hecha la sociedad, hecho el derecho. N El código es un ley. Hoy podríamos estar viviendo una descodificación. Las leyes se crean paralelamente al cuerpo código. Código Penal-> 1875 La costumbre es reiteración. Pero debemos distinguir cuando tiene relevancia jurídica. 1er código-> 1712 Código de Austria, Código Teresiano. Quien sabe los códigos sabe el derecho. Hoy no. Ya que se deben de conocer las leyes que están agregadas. Nuestro derecho está influenciado por el derecho Romano, el derecho canónico, el derecho castellano.
· Judeo-cristiana · Greco-romana.
1. Enfoque de la historia cíclica: Estos fueron los primeros en observar la naturaleza, en donde aplican estos principios al estudio de la historia. Ej. Polivio. Roma: Monarquía-> Tiranía (se levanta una minoría)-> Aristocracia (Aristos; los mejores, Kratos; poder) -> Oligarquía. (Julio Cesar encabeza el primer triunvirato) Grecia: Democracia-> Oclocracia (el poder en los sectores más ignorantes del pueblo)-> Monarquía. Se vuelve al mismo punto. La aristocracia, la monarquía y la democracia serían las formas puras. En cambio la tiranía, la oligarquía, y la oclocracia las formas impuras.