Documento de Universidad sobre Tema 1. El Pdf explora la política de empleo en España, analizando su evolución legislativa desde 1980 hasta 2023, los objetivos y el papel de los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas. Este material de Derecho es útil para el estudio universitario.
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TEMA 1 1. ¿ Qué es la PE? La primera ley empleo se aprobó en 1980 (Ley 51/1980). Posteriormente, fue derogada por la ley de empleo 56/2003. Luego se aprobó el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de empleo. Este último, fue derogado por la ley de empleo aprobada en el año 2023.
1980: pretende mantener equilibrio adecuado entre oferta y demanda de empleo. De esta forma, importan tanto los aspectos cuantitativos y cualitativos (calidad de empleo). En esta definición, se establecen las claves de la ley de empleo actual. Es desarrollada a corte de la política económica del gobierno. En este caso, no se centra tanto en quiénes la desarrollan.
"Uno. La política de empleo es el conjunto de decisiones que tienen como finalidad esencial la consecución del equilibrio a corto, medio y largo plazo, entre la oferta y la demanda de trabajo, en sus aspectos cuantitativos y cualitativos, así como la protección de las situaciones de desempleo. Dos. Las medidas de política de empleo previstas en la presente Ley se adoptarán en el marco de la política económica del Gobierno, de forma que permitan conseguir y mantener el nivel de pleno empleo, mejorar la estructura ocupacional y fomentar la mejora de las condiciones de vida y de trabajo. "
2003: a la definición dada en la ley anterior se incluye a las CCAA en el proceso de creación de la política de empleo. Se menciona el concepto de no discriminación, se menciona la CE y la UE.
"Teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 40 y 41 de la Constitución, la política de empleo es el conjunto de decisiones adoptadas por el Estado y las comunidades autónomas que tienen por finalidad el desarrollo de programas y medidas tendentes a la consecución del pleno empleo, así como la calidad en el empleo, a la adecuación cuantitativa y cualitativa de la oferta y demanda de empleo, a la reducción de las situaciones de desempleo y a la debida protección en las situaciones de desempleo.La política de empleo se desarrollará, dentro de las orientaciones generales de la política económica, en el ámbito de la estrategia coordinada para el empleo regulada por el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. "
La actual ley de empleo (ley 3/2023, de 28 de febrero, de empleo) no define en si la propia ley de empleo, sino que se enfoca en que conforma la política de empleo: políticas activas (conjunto de decisiones, medidas, servicios y programas para mejorar la empleabilidad de las potenciales personas trabajadoras, reducir el desempleo y el desarrollo del derecho al empleo digno, estable de calidad, generación de trabajo cedente y consecución de pleno empleo) y de protección frente al desempleo (prestaciones y subsidios orientadas a la protección económica de las situaciones de desempleo)
``1. Integran la política de empleo las políticas activas de empleo y las políticas de protección frente al desempleo, cuyo diseño y ejecución deberán coordinarse mediante la colaboración de las Administraciones públicas con competencias en la materia y con la participación de los interlocutores sociales"
2. Objetivos PE Pasamos de 9 objetivos, con la norma anterior, a 15. ESTUDIAR DE FORMA RESUMIDA
3. Principios rectores de la PE Los principios de igualdad y no discriminación en el acceso y consolidación del empleo y desarrollo profesional por motivo de edad, sexo, discapacidad, salud, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opinión política, afiliación sindical, así como por razón de lengua, dentro del Estado español o cualquier otra condición o circunstancia personal, familiar o social favoreciendo de esta manera la cohesión social. Tales principios regirán, en particular, el diseño y ejecución de las políticas de empleo, la garantía y cumplimiento de los servicios garantizados y compromisos reconocidos en esta ley, así como el acceso a los servicios de empleo, básicos y complementarios, y otros programas o actuaciones orientados a la inserción, permanencia o progresión en el mercado de trabajo (adaptación a la Ley 4/2023)
El principio de transparencia en el funcionamiento del mercado de trabajo, a cuyos efectos deberán difundirse, a través del Sistema Público Integrado de Información de los Servicios de Empleo, las políticas de empleo diseñadas, en los diferentes niveles, por las Administraciones competentes en la materia, los servicios de empleo, básicos y complementarios, prestados, así como las ofertas y demandas de empleo gestionadas.
Los principios de colaboración institucional y coordinación entre la Agencia Española de Empleo, los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos y las demás Administraciones públicas con competencias en la materia, en el marco de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo y la Estrategia coordinada para el empleo de la Unión Europea, promoviendo la cohesión y el equilibrio territorial y garantizando la igualdad de acceso a las políticas activas de empleo a cualquier persona en todo el Estado. Por lo que, existen varios organismos a nivel estatal, de las comunidades autónomas, de la UE que participan en la elaboración de la política de empleo.
Los principios de adaptación, acompañamiento y activación, a fin de promover una atención personalizada adecuada a las necesidades de las personas y empresas usuarias de los servicios públicos de empleo, así como la activación laboral de la población en edad de trabajar. Se pretende que existe un trato personalizado e individualizado.
Los principios de eficacia y eficiencia en el diseño y ejecución de las políticas de empleo, así como en la prestación de los servicios de empleo, básicos y complementarios, a las personas demandantes y personas, empresas u otras entidades empleadoras usuarias, a cuyos efectos se establecerán las correspondientes herramientas de seguimiento y control de calidad.
El principio de adecuación a las características del territorio, teniendo en cuenta la realidad del mercado de trabajo, las peculiaridades locales y sectoriales y los actores socioeconómicos.
Estos principios tienen que ser respetadas tanto por los organismos propios del Sistema de empleo como por los organismos colaboradores del mismo. Además, informarán, a su vez, todas las actuaciones de las entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo.
4. Planificación de la PE La PE se desarrollará dentro de la planificación de la política económica en el marco de la estrategia coordinada para el empleo regulada por el tratado de funcionamiento de la Unión Europea. Esto es debido a que, la UE tiene