Legislación y relación laboral: contrato, derechos y deberes en Isfp Instituto Superior Fp

Documento de Isfp Instituto Superior Fp sobre Legislación y Relación Laboral. El Pdf, de nivel universitario y materia de Derecho, explora el contrato de trabajo, los derechos y deberes de trabajadores y empleadores, y las dinámicas del vínculo laboral.

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52 páginas

LEGISLACIÓN Y
RELACIÓN LABORAL
UNIDAD TEMÁTICA Nº3
Módulos comunes
FORMACION Y
ORIENTACION LABORAL
ÍNDICE
02
UNIDAD DIDÁCTICA Nº3: LEGISLACIÓN Y RELACIÓN LABORAL
RESUMEN
1. EL DERECHO LABORAL
1.1 EL CONTRATO DE TRABAJO
1.2 DERECHOS Y DEBERES DEL TRABAJADOR
1.2.1 DERECHOS
1.2.1 DEBERES LABORALES
1.3 LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN LABORAL
1.4 LA RELACIÓN LABORAL
1.5 RELACIONES LABORALES EXCLUIDAS
1.6 RELACIONES LABORALES DE CARÁCTER ESPECIAL
1.7 LAS FUENTES DEL DERECHO LABORAL
2. NACIMIENTO DEL CONTRATO DE TRABAJO
2.1 LA FORMA DEL CONTRATO
2.2 COMUNICACIÓN DE LAS CONTRATACIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO
2.3 DEBER DE INFORMACIÓN
2.4 DURACIÓN DEL CONTRATO
2.5 PERIODO DE PRUEBA
3. DERECHOS Y DEBERES DEL EMPRESARIO
3.1. LÍMITES CONTRACTUALES DEL EMPRESARIO: EL IUS VARIANDI Y LAS MODIFICACIONES
SUSTANCIALES DEL CONTRATO DE TRABAJO
3.1.1 LA MOVILIDAD FUNCIONAL
3.1.2 LA MOVILIDAD GEOGRÁFICA
3.2. EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO
4. DERECHOS Y DEBERES DEL TRABAJADOR
4.1 EL SALARIO
4.1.1 ESTRUCTURA DEL SALARIO
4.1.2 LIQUIDACIÓN Y PAGO DEL SALARIO
4.1.3 GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS
4.1.4 EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL
4.1.5 EL INDICADOR PÚBLICO DE RENTA DE EFECTOS MÚLTIPLES (IPREM)
4.1.6 IGUALDAD DE REMUNERACIÓN POR RAZÓN DE SEXO
4.1.7 GARANTÍAS DEL SALARIO
4.1.8 LA PROTECCIÓN DEL SALARIO: EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL
4.2 LA JORNADA DE TRABAJO
4.2.1 HORAS ORDINARIAS
4.2.2 HORAS EXTRAORDINARIAS
4.2.3 TRABAJO NOCTURNO, TRABAJO NOCTURNO Y RITMO DE TRABAJO
4.2.4 DESCANSO SEMANAL, FIESTAS Y PERMISOS
4.2.5 VACACIONES ANUALES
4.3 DEBERES DE LOS TRABAJADORES
5. BENEFICIOS PARA LOS TRABAJADORES EN LAS NUEVAS ORGANIZACIONES: FLEXIBILIDAD Y
BENEFICIOS SOCIALES
5.1 LA DESCENTRALIZACIÓN
5.2 LA FLEXIBILIDAD LABORAL
5.3 LA CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR
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UNIDAD DIDÁCTICA Nº3: LEGISLACIÓN Y RELACIÓN LABORAL

RESUMEN

4 4

1. EL DERECHO LABORAL

5 5

1.1 EL CONTRATO DE TRABAJO

5 5

1.2 DERECHOS Y DEBERES DEL TRABAJADOR

6 6

1.2.1 DERECHOS

6 6

1.2.1 DEBERES LABORALES

7 7

1.3 LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN LABORAL

8 8

1.4 LA RELACIÓN LABORAL

9

1.5 RELACIONES LABORALES EXCLUIDAS

9 9

1.6 RELACIONES LABORALES DE CARÁCTER ESPECIAL

10

1.7 LAS FUENTES DEL DERECHO LABORAL

10

2. NACIMIENTO DEL CONTRATO DE TRABAJO

12

2.1 LA FORMA DEL CONTRATO

12

2.2 COMUNICACIÓN DE LAS CONTRATACIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO

14

2.3 DEBER DE INFORMACIÓN

15

2.4 DURACIÓN DEL CONTRATO

15

2.5 PERIODO DE PRUEBA

15

3. DERECHOS Y DEBERES DEL EMPRESARIO

16

3.1. LÍMITES CONTRACTUALES DEL EMPRESARIO: EL IUS VARIANDI Y LAS MODIFICACIONES

18

3.1.1 LA MOVILIDAD FUNCIONAL

21

3.1.2 LA MOVILIDAD GEOGRÁFICA

22

3.2. EL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

25

4. DERECHOS Y DEBERES DEL TRABAJADOR

26

4.1 EL SALARIO

26

4.1.1 ESTRUCTURA DEL SALARIO

27

4.1.2 LIQUIDACIÓN Y PAGO DEL SALARIO

27

4.1.3 GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS

29

4.1.4 EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

29

4.1.5 EL INDICADOR PÚBLICO DE RENTA DE EFECTOS MÚLTIPLES (IPREM)

30

4.1.6 IGUALDAD DE REMUNERACIÓN POR RAZÓN DE SEXO

30

4.1.7 GARANTÍAS DEL SALARIO

31

4.1.8 LA PROTECCIÓN DEL SALARIO: EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL

32

4.2 LA JORNADA DE TRABAJO

33

4.2.1 HORAS ORDINARIAS

34

4.2.2 HORAS EXTRAORDINARIAS

35

4.2.3 TRABAJO NOCTURNO, TRABAJO NOCTURNO Y RITMO DE TRABAJO

37

4.2.4 DESCANSO SEMANAL, FIESTAS Y PERMISOS

39

4.2.5 VACACIONES ANUALES

44

4.3 DEBERES DE LOS TRABAJADORES

45

5. BENEFICIOS PARA LOS TRABAJADORES EN LAS NUEVAS ORGANIZACIONES: FLEXIBILIDAD Y

45 BENEFICIOS SOCIALES

5.1 LA DESCENTRALIZACIÓN

45

5.2 LA FLEXIBILIDAD LABORAL

48

5.3 LA CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR

50 02 SUSTANCIALES DEL CONTRATO DE TRABAJOUT3 Legislación y relación laboral IRL UT3 LEGISLACIÓN Y RELACIÓN LABORAL

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  • Estudiar los conceptos básicos de la relación laboral.
  • Definir el concepto de contrato de trabajo.
  • Examinar el contenido de la relación laboral.

CONTENIDOS ESPECÍFICOS

  • Los sujetos en la relación laboral.
  • Relaciones laborales y relaciones excluidas del ámbito laboral.
  • El contenido del contrato laboral.
  • Derechos y obligaciones de las partes.

03UT3 Legislación y relación laboral

Resumen de la Unidad Didáctica

La presente Unidad Didáctica tiene un contenido claro: la relación laboral. Se inicia con el estudio del concepto de contrato laboral; desgranándose el resto de conceptos que penden del mismo, como las partes contractuales, que es relación laboral y, en consecuencia, determinar las relaciones excluidas de este ámbito, o las especiales. Seguidamente, se examinará el contenido de la relación laboral, aspecto fundamental, centrando la atención en los derechos y obligaciones de las partes.

04UT3 Legislación y relación laboral

1. EL DERECHO LABORAL

Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de trabajo prestadas de forma personal, dependiente, por cuenta ajena y mediante retribución. Sobre este concepto, existen otra serie de ámbitos perimetrales como la organización y funcionamiento de la previsión social, los organismos administrativos y jurisdiccionales especiales, la regulación de la representación colectiva, etc. De la definición de relación laboral vista más arriba, y de la lectura del artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores podemos inferir las siguientes características:

  • Voluntario: la prestación de trabajo es voluntaria.
  • Retribución: la contraprestación al trabajo prestado es la retribución económica o salario que percibe el trabajador.
  • Ajenidad: el trabajador realiza la prestación del trabajo para otra persona, física o jurídica distinta de él: el empresario.
  • Dependencia: el empresario organiza la prestación del trabajo, dicta las órdenes, y fiscaliza la conducta del trabajador.

Las características básicas del derecho laboral son:

  • Imperatividad: por ser el trabajador la parte que precisa más protección, una gran parte del derecho laboral es de cumplimiento imperativo, como puede ser los Convenios Colectivos, verdadera fuente de derecho laboral, cuyo valor viene atribuido constitucionalmente, en virtud del artículo 37.1 de la Constitución.
  • Autonomía contractual: permite, en virtud de la regulación del contrato de trabajo entre las partes, regular condiciones más beneficiosas para el trabajador de las contenidas en el Convenio Colectivo.

05UT3 Legislación y relación laboral

1.1 El contrato de trabajo

Es la relación voluntariamente establecida entre un trabajador y un empresario por la que el primero se compromete a prestar sus servicios retribuidos por cuenta del empresario, en el ámbito de su dirección y organización, a cambio del salario. Las características del contrato de trabajo son:

  • Prestación personal: la prestación se lleva a cabo exclusivamente por el trabajador.
  • El empresario dirige y ordena la prestación del trabajo.
  • Los resultados de la actividad laboral corresponden al empresario, ya sean riesgos, beneficios o el resultado de la prestación.
  • El trabajador recibe una retribución por su prestación consistente en el salario.

1.2 Derechos y deberes del trabajador

1.2.1 Derechos del trabajador

El Artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, señala los siguientes derechos básicos de naturaleza laboral:

  • Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  • Libre sindicación.
  • Negociación colectiva.
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Huelga.
  • Reunión.
  • Información, consulta y participación en la empresa.
  • En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:
    • A la ocupación efectiva.
  • A la promoción y formación profesional en el trabajo.
  • A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español.

06UT3 Legislación y relación laboral

  • Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.
  • A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
  • Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
  • A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.
  • Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.
    • A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo.

1.2.2 Deberes laborales

El artículo 5 del mismo Estatuto de los Trabajadores señala como deberes básicos:

  • Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
  • No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta ley.
  • Contribuir a la mejora de la productividad.

07UT3 Legislación y relación laboral

  • Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.

1.3 Los sujetos de la relación laboral

El trabajador:

  • Es quien voluntariamente preste sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario, como hemos visto.

El empresario:

  • Serán empresarios todas las personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas en el apartado anterior, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.

08UT3 Legislación y relación laboral

1.4 La relación laboral

El Estatuto de los Trabajadores y, por tanto, la legislación laboral general, serán de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos al empresario, teniendo en cuenta las dos definiciones examinadas más arriba.

1.5 Relaciones laborales excluidas

Se excluyen del ámbito regulado por la presente ley:

  • La relación de servicio de los funcionarios públicos y personal al servicio del Estado y resto de administraciones.
  • Las prestaciones personales obligatorias, en su caso.
  • La actividad que se limite, pura y simplemente, al mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad y siempre que su actividad en la empresa sólo comporte la realización de cometidos inherentes a tal cargo.
  • Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
  • Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.
  • La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, siempre que queden personalmente obligados a responder del buen fin de la operación asumiendo el riesgo y ventura de la misma.
  • En general, todo trabajo que se efectúe en desarrollo de relación distinta de la relación que se define como laboral, vista más arriba. A tales efectos se entenderá excluida del ámbito laboral la actividad de las personas prestadoras del servicio de transporte al amparo de autorizaciones administrativas de las que sean titulares, realizada, mediante el correspondiente precio, con vehículos comerciales de servicio público cuya propiedad o poder directo de disposición ostenten, aun cuando dichos servicios se realicen de forma continuada para un mismo cargador o comercializador.

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