Curso de Compraventa Internacional y Medios de Pagos Internacionales

Diapositivas de Eap Escuela de Administración Pública sobre Curso: XP-0275 Compraventa Internacional y Medios de Pagos Internacionales. El Pdf, un recurso para estudiantes universitarios de Derecho, explora el concepto de contrato, sus principios y la presentación de la cátedra, con un enfoque en la sesión del 18 de marzo de 2025.

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53 páginas

Curso:
XP-0275
Compraventa
Internacional y
Medios de Pagos
Internacionales
Sesión : 2 (18 de marzo 2025)
Tema: El Contrato. Concepto. Principios.
Presentación de la cátedra.
Profesores:
Ana Lucía González
Otto Federico Rivera
Federico González
OBJETIVOS Y
RESULTADOS
Distinguir entre el principio de
legalidad y el principio de autonomía
de la voluntad.
Conocer las características y sujetos
contractuales y los principios de
validez contractual
Objetivos
Resultados
1 Conocer los principios
básicos de los contratos y su
interpretación

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Curso: Compraventa Internacional y Medios de Pagos Internacionales

XP-0275
Compraventa
Internacional y
Medios de Pagos
Internacionales

Sesión : 2 (18 de marzo 2025)
Tema: El Contrato. Concepto. Principios.
Presentación de la cátedra.

Profesores:
Ana Lucía González
Otto Federico Rivera
Federico González

EAP
Escuela de
Administración
Pública

Objetivos y Resultados del Curso

Objetivos

Distinguir entre el principio de
legalidad y el principio de autonomía
de la voluntad.

  1. Conocer los principios
    básicos de los contratos y su
    interpretación

Conocer las características y sujetos
contractuales y los principios de
validez contractual

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Administración
Pública

Contratos

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Pública

Definición de Contrato

Es la manifestación o acuerdo de dos o más
voluntades que buscan la consecución de un
mismo logro y que califica como acto bilateral o
plurilateral ... (Rodríguez Azuero)

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Pública

Otra Definición de Contrato

Contrato: acuerdo entre dos o más partes
(sujetos) para producir efectos jurídicos de
carácter patrimonial. (Víctor Pérez Vargas)

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Pública

Elementos Esenciales del Contrato

Consentimiento
(autonomía de la
voluntad)

Objeto (materia sobre la
que versa. Posible, lícito
y determinado)

Causa (el por qué y el
para que se contrata.
Justifica la creación de
una obligación por la
voluntad de las partes)

Formalidades

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Pública

Definición de Contrato: Acuerdos y Obligaciones

Acuerdo de voluntades
Privado
Oral o escrito
Sobre materia o cosa
determinada (o
determinable)
Pueden ser exigidas a
su cumplimiento
Acuerdo que genera
derechos y
obligaciones

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Pública

Sujetos o Partes del Contrato

Personas:
• Físicas
• o Jurídicas
Pueden ser una o más personas,
• ubicadas en dos polos o extremos,
• geográficamente conexos o no.

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Pública

Contrato: Derechos y Obligaciones

Genera «derechos y obligaciones relativos»
Algunos contratos exigen, para su perfección, otros hechos o actos de alcance jurídico, tales como
efectuar una determinada entrega (contratos reales), o exigen ser formalizados en documento
especial (contratos formales), de modo que, en esos casos especiales, no basta con la sola
voluntad.
Es función elemental del contrato originar efectos jurídicos (es decir, obligaciones exigibles), de
modo que a aquella relación de sujetos que no derive en efectos jurídicos no se le puede atribuir
cualidad contractual.

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Pública

Negocio Jurídico

1. La Voluntad en el Contrato

Contrato > Acuerdo de voluntades
• La Voluntad > es un querer > el
acto
intencional que decide
nuestras acciones; es la libertad de
hacer algo con pleno conocimiento.
• Determina
a
actuar
con
conocimiento del fin y motivos de la
acción.
• El Contrato > acuerdo donde las
voluntades expresan su autonomía
de dar, hacer o no hacer algo,
produciendo
-libremente-,
obligaciones y derechos, surgidos
de dicho pacto.

Formación
de la
voluntad

3 requisitos de suma importancia:
- Capacidad
de Actuar
(que el
sujeto
pueda
realizar un
acto
voluntario);
- La Volición
(que
efectivamen
te quiera
realizarlo); y
- La
Manifestaci
ón de esa
voluntad
(que se
exprese la
voluntad)

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Pública

2. Manifestación de la Voluntad

• Debe ser libre y claramente manifestada
> debe ser de palabra (oral o verbal), escrita, o bien a través de
hechos de que se deduzca
• La Manifestación es la exteriorización de la voluntad. Debe ser:
• Expresa, tácita o presunta (silencio)
• Se perfecciona al conformarse (nace a la vida jurídica y
adquiere objetividad)

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3. Elementos Accidentales del Negocio Jurídico

• Se distinguen de los Esenciales (Voluntad y manifestación de
la voluntad) en que ...
• su presencia no es necesaria para la validez y el
perfeccionamiento del negocio jurídico (o sea, el contrato),
• pero una vez presentes, adquieren la misma importancia y
trascendencia que los Esenciales,
• y su falta o vicio > genera Nulidad.

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La Condición, el Término y el Modo o Carga

• Condición - es el acontecimiento futuro e incierto del que depende el nacimiento o la extinción de los
efectos de un negocio jurídico.
• Nacimiento > Condición suspensiva
• Extinción > condición resolutoria
El termino
• Término- es el acontecimiento futuro , pero cierto, ...
• del que depende el nacimiento o la extinción de los efectos de un negocio jurídico.
El modo o carga
• Es una declaración de voluntad accesoria por la cual se impone al adquirente la obligación de realizar una
prestación.
• Sólo puede añadirse a los negocios a título gratuito (Ej: Donación o Testamento).
• Uno de los sujetos de los negocio, además de querer los efectos propios de éste, desea que se imponga al
otro una carga consistente normalmente en señalar un uso o destino determinado a la cosa objeto del
negocio.

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Presupuestos del Negocio Jurídico: Subjetivos y Objetivos

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Pública

1. Personales o Subjetivos

Elementos Subjetivos >
• Personas físicas o jurídicas capaces
Presupuestos Subjetivos
• Capacidad, Legitimación y
Titularidad

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Capacidad, Legitimación y Titularidad

Capacidad: Facultad de obligarse
• Jurídica > Potencialidad del sujeto de expresarse y obligarse
• De Actuar > aptitud jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones sin asistencia ni
representación de terceros
Legitimación
• Aptitud o Facultad reconocida por ley para representar a un tercero en una relación jurídica
• Viene otorgada por el sujeto del contrato, o por la Ley
• El legitimado para actuar puede disponer del objeto del negocio
Titularidad
• Posición de un sujeto como destinatario de los derechos de disposición sobre un bien
• No implica propiedad
• El sujeto debe ser el titular del derecho de propiedad para poder transmitir el dominio.

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Pública

2. Reales u Objetivos

• Objeto del Negocio
- Bien (cosa) u Obligación (dar, hacer o no hacer)
• Existencia es requisito
• Ser cosa
cierta y posible
(determinada
o
determinable a futuro)
• Determinable - Si es a futuro implica condición
suspensiva del contrato.
• Susceptible de valoración económica
• Licito (ley, buenas costumbres, moral)
• Defecto o vicio > nulidad absoluta del negocio

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Elementos y Presupuestos del Negocio Jurídico (Contrato)

NEGOCIO JURÍDICO
RELEVANCIA
REQUISITOS DE VALIDEZ
REQUISITOS DE
EFICACIA
ESTRUCTURALES
MATERIAL
1. Libre
VOLUNTAD
2. Sin vicios
ELEMENTOS
ESCENCIALES (de
existencia)
FORMAL
MANIFESTACIÓN (o forma)
Acorde con la voluntad interna
Formalidades ad substantciam
Funci
onale
s
CAUSA
EXISTENCIA LICITUD
Punto de vinculación subjetivo entre
hecho y efecto
Legitimación
SUJETO
Titularidad
Determinación si se trata de:
a. Destinatario ajeno cuya
decisión debe expresarse
b. Sujeto futuro
c. Destinatario que debe ser
indicado por un tercero
PRESUPUESTOS
SUBJETIVOS
Punto de vinculación objetivo ente
hecho y efecto
OBJETO
Existencia
Posibilidad física y jurídica
(licitud)
Certeza
Valor exigible
Determinación o
determinabilidad
Determinación si:
a. El bien es designado de modo
genérico
b. Su indicación se deja al
arbitrio de un tercero
c. Es un bien futuro

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Pública

Libre
Capacidad

Patología Negocial: Invalidez e Ineficacia

• Invalidez (*)
Nulidad Absoluta > falta 1 elemento o presupuesto, o está viciado
Anulabilidad > el elemento o presupuesto están viciados
(*) El contrato es Nulo o Anulable
• Ineficacia ( ** )
Resolución
Rescisión
Revocación

un elemento
externo viene a
incidir en la
producción de
efectos del contrato

( ** ) El contrato es Ineficaz

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Los Vicios del Consentimiento (Nulidad y/o Anulabilidad)

Falsedad > una persona se hace pasar por
otra de modo que aparentemente la
manifestación proviene de ésta (NA)
Violencia Física > fuerza o presión que
ejerce un individuo sobre otro para
determinarle a ejecutar un acto (NA)
Violencia moral > fuerza o presión que
ejerce un individuo sobre otro para
determinarle a ejecutar un acto en la forma
de amenazas que producen un temor
insuperable (NR) > No destruye la voluntad
pues el amenazado puede optar.
Incapacidad Natural > es la ausencia de
capacidad volitiva y cognoscitiva sin que
exista declaratoria de interdicción
(sonambulismo, drogadicción) (NR)

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Vicios del Consentimiento: Error, Falta de Seriedad y Reserva Mental

Error > es el falso o equívoco conocimiento de algo:
• a) Error vicio > vicia la voluntad (se inserta en el momento de la formación de la voluntad - afecta
motivos, fin, objeto) /N.R.
. b) Error obstativo (inconsciente) > excluye la voluntad (se inserta en el momento de la
manifestación de la voluntad, ej: lapsus linguae, desacuerdo) > N.A.
Falta de seriedad en la manifestación > ej: las manifestaciones en broma, en representaciones
teatrales, con fines de enseñanza > N.A.
Reserva mental > se emite una declaración pero se calla algo que se sabe evitaría el negocio > N.A.

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Vicios del Consentimiento: Simulación y Miedo Grave

Simulación > el declarante y su contraparte convienen en que sus manifestaciones no tengan validez,
con el fin de engañar, en perjuicio de la ley o de terceros.
• a) Relativa: acuerdo de partes de realizar un negocio jurídico sólo aparente con el fin de efectuar
otro distinto. > N.R.
• b) Absoluta: acuerdo de partes de realizar un negocio que en realidad no se lleva a cabo (sólo
aparentemente). > N.A.
Miedo grave > se asemeja a la violencia moral pero a diferencia de ésta no requiere que la intimidación
sea producida por una amenaza, bastando que el miedo se genere por factores objetivos o subjetivos y
sea este miedo la causa de la voluntad manifestada (ej: el matrimonio por presión)

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Vicios del Consentimiento: Dolo y Lesión

Dolo > es toda maquinación o fraude para engañar a una persona logrando que manifieste su voluntad
de realizar un negocio jurídico que no hubiese hecho, o hubiese hecho distinto, de no existir el dolo. >>
(N.R. - )
. Debe provenir de una de las partes y ser ilícito, aunque también puede provenir de un tercero, así
como ser omisivo.
Lesión > perjuicio que puede experimentar una persona cuando ejecuta ciertos negocios, resultante de
la desigualdad entre la ventaja obtenida y el sacrificio hecho para obtenerla, producto del
aprovechamiento que hace una de las partes del "estado de necesidad o de peligro" de la otra. Sin la
presión de las circunstancias, el acto no se hubiera ejecutado.

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