Apuntes de Teoría del Derecho: interpretación jurídica, justicia y derechos humanos

Documento de la Universidad de Oviedo sobre Apuntes de Teoría del Derecho. El Pdf explora la interpretación jurídica, las doctrinas sobre la racionalidad de las decisiones judiciales y la teoría normativa débil de la argumentación jurídica, así como el concepto de justicia, sus concepciones y los derechos humanos.

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Apuntes Tª Derecho
Teoría del Derecho (Universidad de Oviedo)
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Sara Conejero Bances
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Teoría del Derecho

studocu Apuntes Tª Derecho Teoría del Derecho (Universidad de Oviedo) Escanea para abrir en Studocu Studocu no está patrocinado ni avalado por ningún colegio o universidad. Descargado por DANIEL SUAREZ VIESCA (danisv14@icloud.com)Teoría del Derecho Sara Conejero Bances This document is available free of charge on studocu Descargado por DANIEL SUAREZ VIESCA (danisv14@icloud.com)Sara Conejero Bances

Tema 1. Derecho y sociedad

1. Introducción al campo jurídico: tipos de sociedad y Derecho

a. La ubicuidad del Derecho

b. Derecho y progreso

c. ¿ Pueden existir sociedades sin Derecho?

d. Derecho y conflicto

2. La dificultad de delimitar el Derecho

a. Variedad de perspectivas

b. Las definiciones en el Derecho

c. Problemas de vaguedad y ambigüedad

3. Las funciones del Derecho

a. El análisis funcional del Derecho

b. La concepción funcionalista y la concepción conflictualista de la sociedad

Tema 2. Las concepciones del Derecho

1. Carácteres generales y tipos de iusnaturalismo e iuspositivismo

2. Concepciones del Derecho del siglo XX

a. El formalismo jurídico

b. El realismo jurídico americano y escandinavo

i. Realismo jurídico americano
ii. Realismo jurídico escandinavo

c. El normativismo

i. El normativismo formalista de H. Kelsen
ii. El normativismo analítico de H. L. A. Hart

d. El iusnaturalismo del siglo XX

e. El marxismo jurídico

f. La situación actual

i. Iusnaturalismo
ii. Teorías críticas del Derecho
iii. El postpositivismo de R. Dworkin
iv. El paradigma constitucionalista

Tema 3. El mundo de las normas

1. Introducción

2. Leyes naturales y normas o reglas de conducta

3. Reglas técnicas y normas

4. Mandatos y normas

5. Hábitos y normas

6. Las normas como enunciados lingüísticos, como hechos sociales y como razones para la acción

7. Las piezas del Derecho: normas y disposiciones jurídicas no normativas

a. Normas consuetudinarias

b. Principios generales del Derecho

8. Elementos de las normas jurídicas: supuesto de hecho y consecuencia jurídica

9. Clases de normas en función de sus destinatarios: normas generales y normas particulares

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10. Clases de normas en función de su objeto: normas abstractas y normas concretas

11. Clases de normas según cómo regulan la conducta: normas prescriptivas y normas permisivas

12. Reglas, principios y directrices

a. Diferencias básicas. Caracterización de las reglas y principios según Dworkin y Alexy. Problemas que plantea su delimitación

b. Distinción entre subsunción y ponderación: diferencias según Alexy y problemas que suscita esa diferenciación. La objetividad de la ponderación

c. Método de ponderación: test de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto

Tema 4. El Derecho como sistema de normas (I)

1. La concepción kelseniana del derecho como sistema

a. La idea de sistema normativo

b. Rasgos distintivos del Derecho como sistema normativo

i. Dinamismo
ii. Coactividad

2. La concepción del Derecho como sistema normativo en Hart

a. La distinción de Hart entre normas primarias y secundarias

b. El derecho como unión de normas primarias y secundarias

c. El derecho como sistema normativo institucionalizado

Tema 5. El Derecho como sistema de normas (II)

1. Las relaciones entre las normas del ordenamiento jurídico

a. La jerarquía

i. Concepto de jerarquía normativa
ii. Fundamentación y normativa aplicable
iii. Contradicción entre normas de distintas jerarquías: supuestos y criterios de solución

b. La competencia

i. Concepto del criterio de competencia normativa
ii. Manifestaciones o tipos del criterio de competencia

C. Relación entre los criterios de jerarquía y competencia

2. La plenitud del ordenamiento jurídico

a. Noción de plenitud del ordenamiento jurídico

b. Las lagunas del ordenamiento jurídico

c. Noción de laguna jurídica

d. Las lagunas jurídicas y el derecho penal

e. Métodos de integración de las lagunas jurídicas: la analogía y los argumentos a fortiori

3. La coherencia del ordenamiento jurídico

a. La coherencia y las antinomias jurídicas

b. Tipos de antinomias

i. Por sus contenidos
ii. Antinomias de segundo grado

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C. Métodos para solucionar las antinomias

Tema 6. La argumentación jurídica

1. La interpretación jurídica: qué es, que se interpreta en Derecho y sus consecuencias

2. Concepciones de la interpretación jurídica: la concepción positivista de la interpretación

3. Ambigüedad, vaguedad y subsunción

4. Argumentos interpretativos: criterios y reglas

5. Racionalidad y uso de los argumentos interpretativos

Tema 7. Justicia y derechos humanos

1. El concepto de justicia

a. Justicia e igualdad

b. Justicia y libertad

c. Justicia y seguridad jurídica

2. Concepciones de la justicia

a. La concepción iusnaturalista

3. Justicia y derechos humanos

a. El concepto de los derechos humanos ¿derechos morales o jurídicos?

b. Las generaciones de los derechos humanos

c. La justificación de los derechos humanos

4. La concepción de la justicia de J. Rawls. La posición originaria. El velo de la ignorancia. Los principios de la justicia.

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1. DERECHO Y SOCIEDAD

1. Introducción al campo jurídico: tipos de sociedad y Derecho

a. La ubicuidad del Derecho

El Derecho es un fenómeno omnipresente en nuestras sociedades, prácticamente no hay ninguna relación que no esté, o pueda llegar a estar, regulada jurídicamente. Lo jurídico es un aspecto de lo social, pero no podemos prescindir de él si queremos entender algo del mundo que nos rodea. Mismamente, en cualquier periódico podemos ver noticias del Derecho penal, Derecho internacional ... También está presente en la política, en la actividad de un obispo ... Hasta tal punto están juridificadas nuestras sociedades que lo que en principio aparece como alternativas al Derecho, simplemente es otra forma de Derecho. Ejemplo: "parejas de hecho" en contraposición a las "parejas legales". No es una alternativa al Derecho, sino una alternativa al Derecho establecido.

b. Derecho y progreso

Al no ser conscientes de que la ubicuidad del Derecho es un hecho aplastante, como consecuencia, no solemos plantearnos el porqué de su existencia ¿Nuestras sociedades son o no mejores por el hecho de estar organizadas jurídicamente? Para contestar se necesita saber con precisión qué debe entenderse por "Derecho" y "sociedad justa", las funciones sociales del Derecho o cuáles son sus alternativas. Hoy tendemos a pensar que la evolución de nuestras sociedades es progresiva, que nuestra vida es mejor que la de nuestros antepasados, y que, por tanto, si nuestras sociedades se caracterizan por la importancia creciente del Derecho (o del mercado), entonces estos últimos son también hechos progresivos, positivos. Problema-> No es fácil saber en qué consiste el progreso y cómo medirlo, no afecta igual a todas las sociedades ni a todos los individuos de una misma sociedad. Tiene múltiples facetas: progreso económico, técnico, científico ... Se puede dar el caso de que alguna sociedad es progresiva desde una perspectiva pero no de otra. Mismamente el hecho del progreso científico y tecnológico no implica una evolución positiva, no hace que nuestra sociedad sea necesariamente mejor, nuestras sociedades no están necesariamente mejor organizadas. Es más, las sociedades "primitivas" resolvieron mejor que nosotros problemas básicos de integración social (Ejemplo de los indios cheyennes (Hobbes), cuya organización social ha sido más racional que la mayor parte de las sociedades contemporáneas, se enjuiciaban para evitar la venganza y reforzar los vínculos sociales en momentos críticos). Resumen: las sociedades pueden hacerse, en diversos sentidos, más complejas sin que ello signifique que son más justas; la mayor presencia del Derecho, de instrumentos jurídicos, para gobernar la conducta de los hombres en la sociedad no lleva necesariamente aparejado un orden social de tipo superior.

c. ¿ Pueden existir sociedades sin Derecho?

Autores de diversas épocas han hipotetizado la existencia de una Edad de Oro primigenia en la que los hombres viven en un estado de libertad y armonía natural donde no se precisa del 4 This document is available free of charge on studocu Descargado por DANIEL SUAREZ VIESCA (danisv14@icloud.com)Sara Conejero Bances establecimiento de instituciones, que llevan aparejado el ejercicio de poder (Ejemplos de ello: en la Biblia, en un pasaje de El Quijote). El ideal que postularon los marxistas y anarquistas en el siglo XIX y XX es similar al mito de la Edad de Oro, pasando por la ideología del progreso: la religión cristiana supone la pérdida del paraíso terrenal (influencia de Nietzsche), la aparición del mal en el mundo y con ello el surgimiento del Derecho y del Estado. Marxismo y Derecho: la idea central es que existe una lógica del desarrollo social y que la clave para comprender cada tipo de sociedad se encuentra en el modo de producción y en el tipo de relaciones sociales que establecen entre sí a este respecto. Se distinguen así momentos de una sucesión de tipo cronológico y "lógico": modo de producción de sociedades primitivas, asiáticas, feudal, capitalista ... El Estado y Derecho no habrían existido siempre, surgen históricamente cuando aparecen las clases sociales. Para Marx Engels: el poder político es la violencia organizada de una clase para la opresión de otra y dejará de existir cuando en sustitución de la antigua sociedad burguesa con sus clases y antagonismos de clase, surja una "asociación en la que el libre desarrollo de cada uno será la condición del libre desenvolvimiento de todos". Marx expone que la fase superior de la sociedad comunista se podrá por fin "rebasar totalmente el estrecho horizonte del Derecho burgués, y la sociedad podrá escribir en su bandera: ¡ De cada cual, según su capacidad, a cada cual, según sus necesidades!" El anarquismo como concepción política no parece gozar hoy de muy buena salud. A pesar de que el marxismo parece haber sido barrido de escena, ha sido una de las dos grandes ideologías que movían el mundo. No hay razón sin más para abandonar las tesis del marxismo: La idea de que el Derecho surge como lucha entre clases, consecuentemente siendo un fenómeno histórico. ¿Han existido o existen sociedades sin Derecho? Volviendo al ejemplo de los cheyennes, ¿existió realmente un Derecho de los cheyennes? En dicha sociedad había normas en vigor que prohibían conductas violentas o contrarias a la comunidad. La pase de ellas tenía un carácter religioso, contrariamente a lo que ocurre hoy en día: separación entre Derecho y religión. Los cheyennes creían que el hombre está subordinado a fuerzas sobrenaturales. También existían autoridades elegidas regularmente con poder de cambiar o adaptar las normas a las nuevas circunstancias. Aunque no había propiamente un órgano legislativo ni códigos o juristas profesionales. Ubi societas ibi ius: donde hay una sociedad hay también un Derecho, para el Derecho romano. Es inevitable pensar que en una sociedad se establezcan normas en contra de la violencia, pero otra cosa es que llamemos a dichas normas jurídicas, el Derecho es un aspecto de la sociedad, no la sociedad sin más. Pero, ¿qué es el Derecho? Para los autores marxistas es la existencia de un Estado y de autoridades centralizadas. Para otros antropólogos, las normas son jurídicas cuando se conciben y aplican como obligaciones vinculantes, basta que se de una relación de reciprocidad, sin necesidad de autoridades. Para los antropólogos que no están de acuerdo con esta última tesis, entre ellos reina la disputa de cuándo empieza a haber Derecho. Hay que averiguar cuáles son los rasgos sobresalientes que caracterizan a lo que normalmente solemos llamar "Derecho" y hasta que punto están o no presentes en todos los otros tipos de sociedad. Partiendo de lo que consideramos usualmente que es un sistema jurídico:

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