Organización Judicial Civil en España, Universidad Alfonso X el Sabio

Diapositivas de la Universidad Alfonso X el Sabio sobre la Organización Judicial Civil. El Pdf detalla la estructura judicial civil en España, el Consejo General del Poder Judicial y los principios de imparcialidad judicial, útil para estudiantes de Derecho.

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ORGANIZACIÓN JUDICIAL CIVIL
Derecho Procesal I
Universidad Alfonso X El Sabio
1
ORGANIZACIÓN ÓRGANOS
JUDICIALES
Introducción sobre evolución del
sistema
2
JUZGADO Nº 1
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
AUXILIARES
JUZGADO Nº 2
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
AUXILIARES
JUZGADO SOCIAL
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
AUXILIARES
JUZGADO JDO PENAL
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
AUXILIARES
JDO MERCANTIL
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
AUXILIARES
SISTEMA TRAS LA LEY ORGÁNICA 19/2003 DE 23 DE DICIEMBRE
UPAD Nº 1
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
UPAD Nº 2
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
UPAD SOCIAL
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
UPAD JDO PENAL
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
UPAD MERCANTIL
JUEZ
LAJ
GESTORES
TRAMITADORES
SERVICIO
COMÚN
REGISTRO Y
REPARTO
LAJ y
FUNCIONARIOS
SE
DETERMINEN
SERVICIO
COMÚN
ORDENACIÓN
DEL PROCESO
LAJ y
FUNCIONARIOS
SE
DETERMINEN
SERVICIO
COMÚN ACTOS
DE
COMUNICACIÓN
LAJ y
FUNCIONARIOS
SE
DETERMINEN
SERVICIO
COMÚN AUXILIO
JUDICIAL
LAJ y
FUNCIONARIOS
SE
DETERMINEN
SERVICIO
COMÚN
EJECUCIÓN
LAJ y
FUNCIONARIOS
SE
DETERMINEN
CUALQUIER
OTRO QUE
PUEDA SER
CREADO
LAJ y
FUNCIONARIOS
SE
DETERMINEN
SISTEMA ANTERIOR A LA REFORMA LOPJ (vigente para algunos órganos judiciales)

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ORGANIZACIÓN JUDICIAL CIVIL

Derecho Procesal I Universidad Alfonso X El Sabio

SISTEMA ANTERIOR A LA REFORMA LOPJ

Vigente para algunos órganos judiciales

JUZGADO Nº 1 JUZGADO Nº 2 JUZGADO SOCIAL JUEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES AUXILIARES JUZGADO JDO PENAL JUEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES AUXILIARES UEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES AUXILIARES

ORGANIZACIÓN ÓRGANOS JUDICIALES

SISTEMA TRAS LA LEY ORGÁNICA 19/2003 DE 23 DE DICIEMBRE

UPAD Nº 1 JUEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES UPAD Nº 2 JUEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES UPAD SOCIAL JUEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES UPAD JDO PENAL JUEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES UPAD MERCANTIL JUEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES SERVICIO COMÚN REGISTRO Y REPARTO SERVICIO COMÚN ORDENACIÓN DEL PROCESO SERVICIO COMÚN ACTOS DE COMUNICACIÓN SERVICIO COMÚN AUXILIO JUDICIAL SERVICIO COMÚN EJECUCIÓN LAJ y FUNCIONARIOS SE DETERMINEN LAJ y FUNCIONARIOS SE DETERMINEN LAJ y FUNCIONARIOS SE DETERMINEN LAJ y FUNCIONARIOS SE DETERMINEN LAJ y FUNCIONARIOS SE DETERMINEN CUALQUIER OTRO QUE PUEDA SER CREADO LAJ y FUNCIONARIOS SE DETERMINEN

Introducción sobre evolución del sistema

JDO MERCANTIL JUEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES AUXILIARES JUEZ LAJ GESTORES TRAMITADORES AUXILIARES

  • UNIDADES PROCESALES DE APOYO DIRECTO (UPAD)
  • Asiste a jueces y magistrados en el ejercicio de las funciones que le son propias realizando las actuaciones necesarias para el exacto y eficaz cumplimiento de cuantas resoluciones dicten.
  • Son creadas por el Ministerio de Justicia.
  • Dotación básica: letrados de la administración de justicia, gestores procesales y tramitadores procesales -se sobreentiende que también forman parte los jueces-
  • SERVICIOS COMUNES PROCESALES

. Aquella unidad de la oficina judicial que, sin estar integrada en órgano judicial concreto, asume labores centralizadas de gestion y apoyo en actuaciones derivadas de aplicación de las leyes procesales > apoyo a todos o a alguno de los órganos judiciales de su ámbito territorial con independencia > orden jurisdiccional y la extensión de su jurisdicción

  • Son creados por el Ministerio de Justicia o CCAA (competencias transferidas).
  • Dotación básica: letrados de la administración de justicia, gestores procesales y tramitadores procesales y auxilios judiciales
  • UNIDADES ADMINISTRATIVAS
  • Sin estar integrada en la oficina judicial.
  • Se constituye para:
  • la jefatura, ordenación y gestión de los recursos humanos.
  • medios informáticos y nuevas tecnologías.
  • demás medios materiales.

OFICINA JUDICIAL

Organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional de jueces y magistrados. Actúa bajo los principios de jerarquía, división de funciones y coordinación

  • EJERCICIO DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL:

. Por jueces y magistrados profesionales, que forman la carrera judicial -se entienden incluidos los jueces en régimen de provision temporal y los jueces de adscripción territorial (JAT)

  • Sin carácter de profesionalidad, los magistrados suplentes, los que sirven plazas de jueces como sustitutos, los jueces de paz y sus sustitutos
  • CATEGORÍAS:
  • Juez: mediante sistema de oposición.
  • Magistrado: por ascenso (por tiempo), especialista o concurso entre juristas.
  • Magistrado del TS: por designación o concurso.
  • REQUISITOS:
  • Español
  • Mayor de edad
  • Licenciado en Derecho . No estar incurso en causa de incapacidad, incompatibilidad ni en edad de jubilación forzosa o alcanzarla durante el proceso selectivo

Derecho procesal I - Universidad Alfonso X El Sabio - Javier Martínez Ramos

JUECES

  • DEFINICIÓN:

· Son funcionarios públicos que constituyen un cuerpo superior jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la administración de justicia, dependiente del ministerio de justicia, y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad, ostentando la dirección de la oficina judicial.

  • CATEGORÍAS:
  • Primera: concurso o libre designación.
  • Segunda: concurso.
  • Tercera: oposición libre, concurso-oposición o promoción interna
  • REQUISITOS:
  • Español
  • Mayor de edad
  • Licenciado en Derecho . No estar incurso en causa de incapacidad, incompatibilidad ni en edad de jubilación forzosa o alcanzarla durante el proceso selectivo . FUNCIONES:
  • Fe pública judicial.
  • Dación de cuenta. . Dirección técnico procesal.

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LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

OTRO PERSONAL AL SERVCIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

  • CUERPOS GENERALES
  • Gestión Procesal.
  • Tramitación procesal.
  • Auxilio judicial.
  • CUERPOS ESPECIALES
  • Médicos forenses.
  • Facultativos del INT.
  • Técnicos especialistas del INT.
  • Ayudante de laboratorio INT.

Derecho procesal I - Universidad Alfonso X El Sabio - Javier Martínez Ramos

Regulado en el Art. 122 CE y en el Libro VIII LOPJ

Órgano de gobierno interno del Poder Judicial que no ejerce funciones jurisdiccionales y que ejerce sus competencias en todo el territorio nacional, de acuerdo con la CE y lo previsto en la LOPJ

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMPOSICIÓN DEL CGPJ

12 entre JUECES y MAGISTRADOS DE TODAS LAS CATEGORÍAS JUDICIALES, en los términos que establezca la LO

El CGPJ estará integrado por el PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPREMO, que lo presidirá, y por 20 MIEMBROS nombrados por el Rey por un periodo 5 años

4 a propuesta DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS elegidos por mayoría de 3/5 de sus miembros, entre abogados y otros juristas de reconocida competencia y con más de 15 años de ejercicio en su profesión.

4 propuesta DEL SENADO elegidos por mayoría de 3/5 de sus miembros, entre abogados y otros juristas de reconocida competencia y con más de 15 años de ejercicio en su profesión.

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COMISIÓN PERMANENTE

COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá ANUALMENTE a los Vocales de la Comisión Permanente

El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, que la presidirá, y otros 7 Vocales (4 judiciales y 3 juristas)

FUNCIONES DE LA COMISIÓN PERMANENTE

.Decidir aquellos nombramientos de jueces y magistrados que, por tener carácter íntegramente reglado, no sean de la competencia del Pleno ·Preparar los informes sobre los anteproyectos de ley o disposiciones generales que se hayan de someter a la aprobación del Pleno.

OBSERVACIONES DE LA COMISIÓN PERMANENTE

. Los Vocales de ambos turnos se renovarán anualmente

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

COMISIÓN DISCIPLINARIA

7 VOCALES El Pleno elegirá a los Vocales integrantes de la Comisión Disciplinaria, cuyo mandato, salvo las sustituciones que procedan, será de 5 años (4 judiciales y 3 juristas)

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DISCIPLINARIA

.compete resolver los expedientes disciplinarios incoados por infracciones graves y muy graves

OBSERVACIONES DE LA COMISIÓN DISCIPLINARIA

La Comisión Disciplinaria deberá actuar con la asistencia de todos sus componentes

COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS

3 VOCALES El Pleno del CGPJ elegirá ANUALMENTE a los Vocales integrantes de la Comisión de Asuntos Económicos

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS

· la realización de estudios y proyectos de carácter económico y financiero y el control de la actividad financiera y contable de la gerencia

OBSERVACIONES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS

Deberá actuar con la asistencia de todos sus miembros

COMISIÓN DE IGUALDAD

3 VOCALES El Pleno del CGPJ elegirá ANUALMENTE, de entre sus Vocales, y atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, a los componentes de la Comisión de Igualdad

FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD

·asesorar al Pleno sobre medidas necesarias o convenientes para integrar activamente el principio de igualdad entre mujeres y hombres

OBSERVACIONES DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD

Deberá actuar con la asistencia de todos sus miembros

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IMPARCIALIDAD DE LA CARRERA JUDICIAL

ABSTENCIÓN

  • Momento: en cuanto tenga conocimiento del motivo.
  • Forma: por escrito a quien tenga competencia resolver recurso contra sentencia.
  • Efectos: suspensión del proceso hasta resolución.
  • Decisión:
  • Desestimación: se alza la suspensión.
  • Estimación: juez o magistrado apartado del proceso y nombramiento de sustituto.

RECUSACIÓN

  • Legitimación: las partes.
  • Momento: 10 días siguientes a la notificación de la notificación resolución se conozca la causa de recusación (inadmisión)
  • Tramitación: formulación por escrito > traslado a partes por 3 días > recusado se pronuncia sobre las causas alegadas > remisión al órgano competente.
  • Efectos: suspensión del proceso hasta resolución.
  • Decisión:
  • Aceptada por el recusado: se admite sin más trámites
  • No aceptada por el recusado: práctica de prueba > traslado al Ministerio Fiscal > resolución por auto (no recurso)

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