El Contrato de Trabajo en España: Requisitos, Salario y Nómina

Documento de la Universidad sobre El Contrato de Trabajo. El Pdf explora el contrato de trabajo en España, cubriendo requisitos legales, figuras empresariales y el salario mínimo interprofesional, con detalles sobre la estructura de la nómina. Es un material de Derecho para estudiantes universitarios.

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11 páginas

T.3 EL
CONTRATO
DE TRABAJO
3.1.
CONCEPTOS
PREVIOS
¿Quiénes pueden
trabajar en España
actualmente?
Para trabajar de manera legal en España se
tienen que cumplir tres requisitos
principales:
Edad mínima: en primer lugar,
encontramos el requisito de la edad. Hay
que ser mayor de 18 años. También se
puede trabajar de 16 a 18 años si se cuente
con autorización de los padres o tutores
legales (si no es un menor emancipado).
Una persona menor de 18 años no puede
realizar trabajos nocturnos, es decir, entre
las 22:00 y las 06:00 horas. Además, no
pueden hacer horas extraordinarias ni
realizar más de ocho horas diarias de
trabajo efectivo (incluyendo el tiempo de
formación). En cuanto a la duración de la
jornada diaria, no puede superar las cuatro
horas y media sin tener un descanso
mínimo de 30 minutos, y el descanso
semanal tendrá que ser como mínimo de
dos días ininterrumpidos. Y si se
teletrabaja, la empresa debe garantizar
como mínimo un 50% de tiempo de trabajo
presencial. Y en casos muy excepcionales
se puede trabajar con menos de 16 años,
como por ejemplo en espectáculos públicos
o desarrollando una actividad artística
(audiovisual, teatro), aunque con muchas
limitaciones.
Disponer del derecho a trabajar: esto
se puede conseguir de dos maneras
distintas:
Siendo ciudadano español (con
nacionalidad), algo que implica este
derecho de manera intrínseca
Disponer de un permiso de
residencia y trabajo, para poder
trabajar tanto por cuenta ajena
como por cuenta propia. A través de
la consecución de este permiso se
concede automáticamente un NIE,
un número que identifica como
extranjero y que se necesita para
firmar el contrato laboral.
Estar dado de alta en la Seguridad
Social: esta alta es la que permite después
recibir la prestación por desempleo o la
pensión o recibir la asistencia de la
Seguridad Social. En general, será la
empresa la que te da de alta, aunque antes
deberás solicitar tu número de afiliación en
la Tesorería de la Seguridad Social. (El
número de la Seguridad Social se
transforma en Número de Afiliación
cuando el ciudadano inicia una actividad
laboral determinante de inclusión en el
Sistema de la Seguridad Social).
¿Quiénes pueden ser
empresarios?
Persona física: puede ser empresario
individual todo aquel que tenga capacidad
jurídica general, sea mayor de edad, con
libre disposición de los bienes, menor de
edad emancipado, o menor de edad en
circunstancias especiales siempre que
tenga la libre disposición de sus bienes a
través de sus representantes legales. El
empresario individual es lo que se conoce
como autónomo.
Persona jurídica: es aquella que tiene
derechos y obligaciones pero que no es un
ciudadano sino una organización,
institución o empresa que tiene un fin.
Puede estar constituida por una o más
personas físicas que actúan de modo
conjunto a través de una única
personalidad jurídica, respondiendo de sus
acciones como un ente propio. Las formas
jurídicas más habituales son la Sociedad
Anónima (tiene que tener al menos un
socio y se debe constituir con un capital
mínimo de 60.000 euros) y la Sociedad de
responsabilidad Limitada (a diferencia de
la sociedad anónima, el capital mínimo
para crear una Sociedad de
Responsabilidad Limitada es de solo un
euro. Se puede crear con un solo socio).
El salario mínimo
interprofesio
El SMI, o Salario Mínimo Interprofesional,
es la retribución mínima que, por ley, debe
recibir cualquier trabajador,
independientemente de su empleo o
profesión. Se fija por día y por mes. Lo
regula el Gobierno anualmente, previa
consulta con las organizaciones sindicales
y las asociaciones empresariales más
representativas. En el salario mínimo se
computa únicamente la retribución en
dinero y se refiere al salario bruto de los
trabajadores.
SMI en 2024 quedó regulado en el RD
145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija
el salario mínimo interprofesional para
2024.
SMI 2024 año: 15.876 euros.
SMI 2024 mes (14 pagas): 1.134
euros al mes.
SMI 2024 mes (12 pagas): 1.323 euros al
mes.

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EL CONTRATO DE TRABAJO

CONCEPTOS PREVIOS

¿Quiénes pueden trabajar en España actualmente?

Para trabajar de manera legal en España se tienen que cumplir tres requisitos principales:

Edad mínima: en primer lugar, encontramos el requisito de la edad. Hay que ser mayor de 18 años. También se puede trabajar de 16 a 18 años si se cuente con autorización de los padres o tutores legales (si no es un menor emancipado). Una persona menor de 18 años no puede realizar trabajos nocturnos, es decir, entre las 22:00 y las 06:00 horas. Además, no pueden hacer horas extraordinarias ni realizar más de ocho horas diarias de trabajo efectivo (incluyendo el tiempo de formación). En cuanto a la duración de la jornada diaria, no puede superar las cuatro horas y media sin tener un descanso mínimo de 30 minutos, y el descanso semanal tendrá que ser como mínimo de dos días ininterrumpidos. Y si se teletrabaja, la empresa debe garantizar como mínimo un 50% de tiempo de trabajo presencial. Y en casos muy excepcionales se puede trabajar con menos de 16 años, como por ejemplo en espectáculos públicos o desarrollando una actividad artística (audiovisual, teatro), aunque con muchas limitaciones.

Disponer del derecho a trabajar: esto se puede conseguir de dos maneras distintas:

  • Siendo ciudadano español (con nacionalidad), algo que implica este derecho de manera intrínseca
  • Disponer de un permiso de residencia y trabajo, para poder trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. A través de la consecución de este permiso se concede automáticamente un NIE, un número que identifica como extranjero y que se necesita para firmar el contrato laboral.

Estar dado de alta en la Seguridad Social: esta alta es la que permite después recibir la prestación por desempleo o la pensión o recibir la asistencia de la Seguridad Social. En general, será la empresa la que te da de alta, aunque antes deberás solicitar tu número de afiliación en la Tesorería de la Seguridad Social. (El número de la Seguridad Social se transforma en Número de Afiliación cuando el ciudadano inicia una actividad laboral determinante de inclusión en el Sistema de la Seguridad Social).¿Quiénes pueden ser empresarios?

Tipos de Empleadores

Persona física: puede ser empresario individual todo aquel que tenga capacidad jurídica general, sea mayor de edad, con libre disposición de los bienes, menor de edad emancipado, o menor de edad en circunstancias especiales siempre que tenga la libre disposición de sus bienes a través de sus representantes legales. El empresario individual es lo que se conoce como autónomo.

Persona jurídica: es aquella que tiene derechos y obligaciones pero que no es un ciudadano sino una organización, institución o empresa que tiene un fin. Puede estar constituida por una o más personas físicas que actúan de modo conjunto a través de una única personalidad jurídica, respondiendo de sus acciones como un ente propio. Las formas jurídicas más habituales son la Sociedad Anónima (tiene que tener al menos un socio y se debe constituir con un capital mínimo de 60.000 euros) y la Sociedad de responsabilidad Limitada (a diferencia de la sociedad anónima, el capital mínimo para crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada es de solo un euro. Se puede crear con un solo socio).

El salario mínimo interprofesio

El SMI, o Salario Mínimo Interprofesional, es la retribución mínima que, por ley, debe recibir cualquier trabajador, independientemente de su empleo o profesión. Se fija por día y por mes. Lo regula el Gobierno anualmente, previa consulta con las organizaciones sindicales y las asociaciones empresariales más representativas. En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero y se refiere al salario bruto de los trabajadores.

SMI en 2024 quedó regulado en el RD 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024.

SMI 2024 año: 15.876 euros.

SMI 2024 mes (14 pagas): 1.134 euros al mes.

SMI 2024 mes (12 pagas): 1.323 euros al mes.

Evolución del Salario Mínimo Interprofesion

1200 € 965 € 950 € 1000 € 900 € 736 € 800 € 707 € 600 € 400 € 200 € 2017 2018 2019 2020 2021 Fuente: Ministerio de Trabajo y Economía SocialEl período de prueba

El período de prueba

El periodo de prueba es un lapso en el tiempo donde la relación entre el trabajador y la empresa se prueban. Desde el punto de vista del empresario, y del departamento de recursos humanos, le permite evaluar al nuevo trabajador respecto a las expectativas del puesto de trabajo, es decir, según los requerimientos, destrezas y habilidades requeridas para ejecutar las tareas propias del puesto. De esta manera, el departamento de recursos humanos decidirá si el nuevo trabajador es apto para una relación laboral a más largo plazo.

Desde el punto de vista del trabajador, el periodo de prueba le permite conocer con más detalle los requerimientos y exigencias del puesto de trabajo, sentir el clima organizacional o cultural empresarial en el que va a trabajar y finalmente concluir si se siente a gusto en ese nuevo puesto de trabajo.

La duración del periodo de prueba varía y va en función del perfil del trabajador y del tamaño de la empresa:

  • Si el contrato es temporal y demenos de 6 meses, el periodo de prueba será de 1 mes, siempre y cuando el convenio colectivo no diga nada al respecto.
  • Los puestos de personal técnico con titulación tendrán un periodo de prueba de 6 meses.
  • El resto de los empleados y trabajadores que no sean titulados tendrán un periodo de prueba de 2 meses.
  • Si la empresa tiene menos de 25 empleados, los empleados que no sean técnicos titulados tendrán un periodo de prueba de 3 meses.

En cualquier caso, la duración debe aparecer expresamente establecida en el contrato de trabajo. No todos los contratos de trabajo contemplan un periodo de prueba, pero cuando se pacta bilateralmente al respecto, esto debe aparecer de forma expresa en el contrato de trabajo.

La empresa de trabajo temporal (ETT)Las Empresas de Trabajo Temporal,

conocidas como ETT, son agencias especializadas en la contratación de personal para ofertas de trabajo temporal. A ellas, por un lado, acuden los trabajadores que buscan trabajos para un periodo de tiempo limitado y, por el otro, reciben peticiones de empresas que buscan empleados para proyectos de duración determinada. Las empresas pueden recurrir a una ETT porque les facilita dar con los perfiles idóneos para realizar trabajos temporales de forma rápida, algo que al departamento de RRHH le llevaría más tiempo y esfuerzo, ya que tendría que dedicarse a revisar todas las candidaturas y a realizar las entrevistas. Entre estas necesidades de contratación puntuales están la de temporada (épocas de verano o Navidad), la de horas (apertura de negocios en días o en horarios distintos y necesarios trabajadores que puedan cubrir esas horas), contratación por experiencia o habilidades (la mayoría de las ETT trabajan con perfiles no cualificados, pero algunos se especializan en candidatos con habilidades concretas).

Para que una ETT te tenga en cuenta para sus procesos de selección o presente tu perfil a las empresas que solicitan profesionales para sus trabajos, tienes que enviarles tu candidatura personal, en la que deberás incluir un currículum y una carta de presentación. Después, puede que te contacten para conocerte mejor y elaborar un perfil más detallado.

La forma de funcionar es la siguiente:

  • La empresa firma un contrato con la ETT en el que se indica qué tipos de candidatos busca, las condiciones laborales, el lugar donde se va a desarrollar el trabajo, el horario, el salario y otros detalles.
  • La ETT crea la oferta de empleo y la envía a los miembros de su base de datos y lo publica en portales de empleo.
  • La ETT selecciona a los candidatos: revisa los perfiles que han solicitado el puesto, descarta los que no encajan, contacta a los que encajan y selecciona a los candidatos que remitirá al departamento de RRHH de la empresa para evaluar su posible contratación.
  • La decisión final la toma la empresa después de entrevistar a los candidatos remitidos.
  • La ETT contrata a los candidatos y es la que paga los salarios a los trabajadores (la empresa abona a la ETT los salarios más la cantidad adicional para cubrir los servicios de la agencia).

Todo lo que respecta a temas burocráticos estará a cargo de la ETT: alta y baja en Seguridad Social, prevención de riesgos laborales, obligaciones tributarias ... El trabajador tendrá las mismas condiciones que el resto de los empleados de la compañía, con la diferencia de que responderá a la ETT (si comete una infracción, será la ETT quien sancione al trabajador).

El finiquito

El finiquito es un documento en el que se plasma la liquidación final obligatoria que corresponde al trabajador una vez concluida la relación laboral por la causa que sea. Es decir, que corresponde el finiquito, aunque exista un despido sin causa y la correspondiente indemnización por despido, e incluso cuando el trabajador termina la relación laboral por decisión propia.

Este documento está integrado por los siguientes elementos:

  • Salario de los días trabajados y no cobrados al momento de la baja, generalmente el mes en curso.
  • Pagas extra y horas extra trabajadas pendientes de pago.
  • Importe total correspondiente a vacaciones no disfrutadas. Se deben calcular en forma proporcional a los días trabajados desde el 1 de enero.
  • Otros conceptos generados no pagados

A esta cantidad debe restarse lo que el trabajador adeude a la empresa, como adelantos de sueldo o cualquier otro concepto.

El objetivo de este documento es plasmar la aceptación de las partes en la extinción del contrato de trabajo. Al firmar, el trabajador acepta este hecho y su conformidad con la liquidación de haberes realizada. Es decir, evitar futuros reclamos del trabajador. La firma del documento prueba que el trabajador ha recibido la suma indicada. Por eso hay que comprobar antes de firmar el finiquito, que la cantidad se ha depositado en la cuenta del trabajador.

En caso de disconformidad con el contenido del documento, el trabajador no debe firmarlo y tiene que presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación correspondiente y si esa gestión no prospera, iniciar una demanda en el Juzgado de lo Social.

El contrato de trabajo

El contrato de trabajo es el acuerdo que se tiene lugar entre el trabajador y la empresa para regular la relación laboral, dando lugar a una serie de obligaciones y derechos por ambas partes, entre las que destacan la actividad y tareas a realizar, remuneración, horario, jornada, vacaciones, periodo de prueba y duración del contrato.

Forma del contrato de trabajo

El contrato de trabajo tiene dos forma: por escrito o de forma verbal. La forma verbal solo se permite en los contratos indefinidos y en los contratos temporales por circunstancias de la producción cuya duración sea inferior a 4 semanas. Tanto el empresario

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