Unidad 3: Atención a la Diversidad en la Educación, Universidad Europea

Diapositivas de Universidad Europea sobre Unidad 3: Atención a la Diversidad. El Pdf detalla la evolución de la legislación española en educación, opciones para estudiantes con dificultades de asistencia y un protocolo para el alumnado Trans* y la diversidad de género.

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Dr. Olena Kostiv
Unidad 3:
Atención a la diversidad
Procesos y Contextos Educativos
Curso 2024-2025
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2
ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
EVOLUCIÓN DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
SEGÚN LAS LEYES EDUCATIVAS
LGE LOGSE LOCE LOE - LOMLOE

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Evolución de la Atención a la Diversidad según las Leyes Educativas

Ue
EVOLUCIÓN DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
SEGÚN LAS LEYES EDUCATIVAS
LGE - LOGSE - LOCE - LOE - LOMLOE
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LGE, 1970

Se organiza y configura, por primera vez, la Educación Especial en España.
El alumnado con discapacidad debe recibir una atención educativa dentro del
sistema educativo, aunque en una vía diferente y paralela a la ordinaria.
Atención a la diversidad dirigida a alumnado con diversidad funcional física,
psíquica o sensorial.
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LOGSE, 1990

  • Integración escolar del alumnado con educación especial en centros ordinarios.
  • Se introduce el concepto de necesidades educativas especiales (NEE). Conjunto de
    personas que presentan dificultades de aprendizaje mayores a las de otros alumnos en
    algún momento a lo largo de su escolarización y que, por tanto, requieren de una
    atención más específica y de mayores recursos educativos que los compañeros de su
    edad.
  • Currículo flexible para este alumnado.
  • Se destaca la necesidad de desarrollar acciones compensatorias para personas o zonas
    en situación de desventaja socioeconómica.
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LOCE, 2002

  • Se introduce el término necesidades educativas específicas, incluyendo al alumnado
    extranjero, superdotación intelectual y necesidades educativas especiales.
  • Primera vez que se hace alusión al alumnado extranjero. Programas específicos de
    aprendizaje de la lengua y cultura españolas.
  • Establece que este alumnado podrá permanecer escolarizado en centros de Educación
    Especial hasta los 21 años, lo que supone un año más de permanencia con respecto a lo
    decretado en la LOGSE.
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LOE, 2006

  • Atención a la diversidad para todo el alumnado. Se sustituye el concepto de integración
    por inclusión.
  • Se incorpora el término Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE): debida a
    NEE, dificultades de aprendizaje, ALCAIN (Alumnado Con Altas Capacidades
    Intelectuales), ECOPHE (Especiales Condiciones Personales o de Historia Escolar), etc.
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LOMCE, 2013

No conlleva grandes modificaciones con respecto a la LOE.
Se contemplaron por primera vez las dificultades relacionadas con el Trastorno por
Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH).
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LOMLOE, 2021

  • De forma global, el Proyecto Educativo de Centro deberá respetar los principios
    de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales.
  • Desde tercer curso, los Programas de diversificación curricular permiten modificar
    el currículo para adaptarse a las necesidades del alumnado que presenta
    dificultades relevantes.
  • Los objetivos de la etapa y las competencias correspondientes se alcanzan en
    estos casos con una metodología específica.
  • La orientación educativa y profesional debe tener un enfoque inclusivo.
    @ Copyright Universidad Europea. Todos los derechosgeservadosMedidas de atención a la diversidad en la CCAA de Canarias

Medidas de Atención a la Diversidad en Educación Secundaria Obligatoria

MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
APOYO IDIOMÁTICO PARA EL
ALUMNADO NO
HISPANOHABLANTE
PROGRAMAS PARA LA MEJORA
DE LA CONVIVENCIA
(PROMECO)
PROGRAMA DE
DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR
(PDC)
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Apoyo Idiomático para el Alumnado No Hispanohablante

  • Escaso o nulo dominio del español, en su vertiendo oral o escrita.
  • El alumnado permanece en esta medida hasta que haya alcanzado un dominio del
    idioma español que le garantice el seguimiento del currículo ordinario.
  • Ratio mínima de 5 alumnos (alumnado escolarizado en diferentes niveles).
  • Se detrae de horas ordinarias, pero manteniendo una vinculación suficiente con todas
    ellas. En ESO, Español como Segunda Lengua en contexto escolar.
    https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/web/ensenanzas/atencion-a-la-diversidad/medidas-eso/apoyo-idiomatico/
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Cálculo de Horas de Apoyo Idiomático

El número total de horas destinadas al apoyo idiomático se calculará en función del alumnado
propuesto y según se establece a continuación:
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO
BÁSICO
N.º de alumnos y alumnas
N.º de horas
Entre 5 y 12
5
De 13 a 18
10
A partir de 19
2 horas por cada 5 alumnos y alumnas más
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Programas para la Mejora de la Convivencia (PROMECO)

  • Se podrá incorporar alumnado escolarizado en los tres primeros cursos de la ESO que
    presente las siguientes características:
  • Problemas o dificultades en las relaciones interpersonales.
  • Desajuste en el aprendizaje.
  • Absentismo.
  • Propuesta organizativa:
  • Incorporación del tutor o la tutora PROMECO en la tutoría semanal del grupo de
    referencia del alumnado.
  • Incorporación del tutor/a PROMECO en el grupo de referencia del alumnado.
  • Metodología que propicie el desarrollo de competencias socioemocionales a través
    de tutorías afectivas.
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Baja en el Programa PROMECO

  • ¿ Cuándo un alumno/a causará baja en el programa?
  • a) La mejora de las relaciones y habilidades sociales.
  • b) El ajuste en el aprendizaje.
  • c) La asistencia regular a clase.
  • Compromiso firmado por progenitores y alumno/a.
  • Ratio mínima para constituir un grupo será de 12 alumnos.
  • El profesorado que imparte por primera vez esta medida deberá realizar la formación
    establecida desde Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad.
  • El profesorado asignado no deberá formar parte del equipo directivo del centro
    educativo.
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Atención a la Diversidad: NEE

  • Aulas Enclave: en centros educativos ordinarios, para alumnado que requiere de
    adaptaciones muy significativas.
  • En IES: de 14 a 21 años. Tránsito a la vida adulta.
  • Centros Ordinarios de Atención Educativa Preferente (COAEP): discapacidad motora y
    auditiva.
  • Centros de Educación Especial (CEE): NEE con supervisión constante.
  • Escolarización ordinaria hasta los 19 años.
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Alumnado que no puede acudir al centro educativo: Centros Enseñanza en Línea

  • Alumnado que por enfermedad no pueda acudir durante más de 30 días al centro o por
    enfermedad crónica de forma continuada falta al menos 2 días a la semana.
  • Informe médico.
  • Horario lectivo semanal: lunes a viernes, 6 sesiones/día (55min c/u), descanso de 30 min.
  • De manera excepcional por situaciones de acoso escolar o desprotección infantil.
  • Centro de enseñanzas en línea (CEL) de CCAA.
  • Temporal. Plaza en centro de origen.
  • Atención educativa domiciliaria: se prioriza el CEL.
    https://www.stec.es/stec/archivos subidos/noticias/12982/resolucion aulas hospitalarias 5 18 1338.pdf
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Atención Educativa Domiciliaria

  • Lo mismo que el alumnado del CEL, pero que no pueda recibir enseñanza telemática.
  • Profesorado voluntario a tiempo completo del equipo docente / claustro / otro centro.
  • Prolongación de jornada. Horas extraordinarias pagadas aparte.
  • Familiar adulto siempre en casa. Firma de asistencias.
  • Horario 8 horas semanales: mañana o tarde, en función de la jornada laboral del
    profesorado asignado.
  • Coordinación profesorado, equipo directivo y tutor/a estudiante.
  • Aulas hospitalarias.
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Protocolo para el Acompañamiento al Alumnado Trans* y la Atención a la Diversidad de Género en los Centros Educativos

Objetivo:
Garantizar la no discriminación por razón de diversidad sexual o de identidad de género,
expresión de género y características sexuales y, de forma particular, los derechos y el
bienestar de las personas transexuales en los centros educativos.
Depende cada Comunidad Autónoma
Actual en Canarias: 2021.
DERECHOS
HUMANOS
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Procedimiento de Actuación del Protocolo Trans*

1. Comunicación al equipo directivo: La situación de tránsito social se pondrá en conocimiento del equipo
directivo
2. Valoración de la situación: orientador + tutor/a a inspección. Recogerá las inquietudes y necesidades
del alumno o alumna trans* y convocará a la familia para conocer el sentir al respecto, así como la existencia o no de
una red de apoyo.
3. Activación del protocolo: se valora si hay apoyo familiar y si es mayor de edad.
4. Actuaciones inmediatas: supondrá la puesta en marcha de una serie de medidas organizativas y de gestión. así
como medidas educativas específicas para acompañar el tránsito,
5. Seguimiento: garantizar la seguridad y el bienestar del alumnado trans *.
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Actuaciones del Protocolo Trans*

  • *Activación de protocolo
  • No es necesario ningún informe médico o psicológico .*
  • Consentimiento firmado de progenitores si es menor de edad y por sí mismo si es mayor de edad .*
  • Dirigirse al alumnado por el nombre elegido.
  • Cambiar toda la documentación administrativa, menos los documentos oficiales de evaluación que
    mantiene el nombre que aparece en registro civil.
  • Rellenar anexo de nombre elegido para facilitar cambio en registro civil.
  • Libertad de vestimenta.
  • Aseos y vestuarios según su identidad de género.
  • Confidencialidad, tutorías afectivas, actuaciones con grupo-clase y comunidad educativa.
    https://www.gobiernodecanarias.org/cmsweb/export/sites/educacion/web/ galerias/descargas/otros/triptico protocolo acompanamiento trans.pdf
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